Invitación Cultural: Apoyo a las acciones concertadas y estratégicas de Las Agendas Participativas Anuales - APA - Consejos del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio SDACP - SCRD

JM
Interdisciplinar
09-07-2026
Fecha de apertura
31-07-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
10-08-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
26-08-2026
Fecha publicación de seleccionados
24-11-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
6% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 

La presente invitación cultural tiene como propósito apoyar la implementación de acciones concertadas y estratégicas priorizadas por los consejos e instancias del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio —SDACP— cuya secretaría técnica y acompañamiento se encuentran a cargo de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD.

Este apoyo se enmarca en las Agendas Participativas Anuales —APA—, entendidas como instrumentos de planeación concertada mediante los cuales cada consejo o instancia define, para la vigencia correspondiente, sus prioridades, acciones estratégicas y apuestas de gestión, orientadas al fortalecimiento de la participación cultural, la interlocución sectorial, la incidencia y el desarrollo territorial, en coherencia con su naturaleza y con los propósitos del Sistema. 

La presente Invitación Cultural se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 4, Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras, y la Coordenada 6, Gobernanza cultural, cuidado de lo público y participación incidente.

A través de esta Invitación se otorgarán incentivos económicos destinados a apoyar acciones de impacto comunitario de carácter artístico, cultural, patrimonial, comunitario o participativo, priorizadas mediante procesos de concertación interna. Estas acciones deberán estar articuladas con la APA del respectivo consejo o instancia y deben contribuir al fortalecimiento del SDACP, al tejido social, al diálogo con la ciudadanía, a la acción colectiva, a la gobernanza cultural y al desarrollo de capacidades de participación. 

La invitación reconoce a los consejos e instancias del SDACP como espacios legítimos de deliberación, concertación y decisión colectiva. En este sentido, la definición de la acción a apoyar, la destinación del estímulo económico, las responsabilidades para su implementación y los mecanismos de seguimiento deberán responder a acuerdos internos del respectivo espacio de participación, y no a intereses individuales.

El estímulo económico tendrá carácter de apoyo complementario. En consecuencia, no constituye financiación total de la Agenda Participativa Anual ni de las acciones priorizadas, no genera relación contractual con la SCRD y no sustituye las gestiones autónomas, colectivas y corresponsables que adelanten los consejos e instancias en el marco de sus APA.

Para participar, cada consejo o instancia deberá identificar y priorizar la acción que será objeto de apoyo, garantizar que esta se encuentre articulada con su APA, designar a un(a) consejero(a) activo(a) como beneficiario(a) delegado(a) y aportar los soportes que den cuenta del proceso de concertación, priorización y validación colectiva.

El beneficiario(a) delegado(a) actuará como interlocutor ante la SCRD y asumirá la gestión administrativa, técnica, operativa y financiera requerida para la legalización, ejecución, seguimiento y cierre del incentivo. No obstante, su actuación se entiende en representación de una decisión colectiva del consejo o instancia, por lo que deberá garantizar que la acción ejecutada corresponda a lo concertado, aprobado y validado por el respectivo espacio de participación.

Las acciones apoyadas deberán responder a criterios de pertinencia, viabilidad, oportunidad, alcance comunitario, transparencia, corresponsabilidad y coherencia con los propósitos del SDACP. Asimismo, deberán aportar al fortalecimiento de los consejos e instancias como escenarios de participación incidente, deliberación, interlocución, control social y gobernanza cultural.

La ejecución del incentivo deberá garantizar condiciones de trazabilidad, documentación y seguimiento. Para ello, el beneficiario(a) delegado(a), en articulación con el consejo o instancia correspondiente, deberá presentar los informes, soportes técnicos, financieros y evidencias requeridas, dando cuenta del cumplimiento de la acción concertada, el uso adecuado del recurso y los resultados alcanzados.

Esta invitación busca consolidar un mecanismo de fomento que fortalezca la capacidad de los consejos e instancias del SDACP para concertar, priorizar, implementar y hacer seguimiento a acciones estratégicas de impacto comunitario, en el marco de sus Agendas Participativas Anuales y de los procesos de participación cultural de Bogotá.

¿Qué esperamos recibir por parte de los participantes?

Se espera recibir propuestas de acciones concertadas y estratégicas, priorizadas por los consejos e instancias del SDACP en el marco de sus Agendas Participativas Anuales —APA—, que contribuyan al fortalecimiento del respectivo espacio de participación, al desarrollo de procesos de impacto comunitario, a la interlocución con la ciudadanía y a la consolidación de la gobernanza cultural en Bogotá.

La propuesta presentada deberá corresponder a una acción o conjunto articulado de actividades previamente concertadas por el consejo o instancia de participación. Por lo tanto, no se espera recibir una iniciativa individual del beneficiario(a) delegado(a), sino una acción definida colectivamente, en coherencia con las prioridades, apuestas de gestión y líneas estratégicas establecidas en la APA.

La acción postulada deberá responder a un ejercicio de análisis contextual, lectura territorial, sectorial o poblacional, y reconocimiento de las necesidades, dinámicas u oportunidades del entorno en el que se desarrollará. Asimismo, deberá evidenciar su pertinencia, viabilidad, oportunidad, alcance comunitario y aporte al fortalecimiento del consejo o instancia, del SDACP y de la participación cultural incidente.

Cada propuesta deberá permitir identificar con claridad:

  • El consejo o instancia del SDACP que presenta la acción concertada.

  • El nombre del consejero o consejera activo(a) designado(a) como beneficiario(a) delegado(a).

  • La relación de la acción propuesta con la Agenda Participativa Anual - APA.

  • La línea, prioridad o apuesta estratégica de la APA a la que responde la acción.

  • La descripción de la acción o conjunto articulado de actividades que se busca implementar.

  • La justificación de la acción, señalando la necesidad identificada, su pertinencia y su aporte al fortalecimiento del consejo o instancia.

  • El impacto comunitario, territorial, sectorial, poblacional, artístico, cultural o patrimonial que se espera generar.

  • La población, comunidad, sector, territorio o actores a quienes se dirige la acción.

  • Las actividades previstas, cronograma general, responsables y condiciones básicas para su implementación.

  • La forma en que se garantizará la participación corresponsable del consejo o instancia durante la ejecución y seguimiento de la iniciativa.

  • La destinación proyectada del incentivo económico, en coherencia con las actividades concertadas.

  • Los mecanismos de seguimiento, soportes y evidencias que permitirán verificar el cumplimiento de la acción apoyada.

  • Los resultados esperados y su aporte a la acción colectiva, la interlocución, la incidencia, el tejido social y la gobernanza cultural.

La propuesta deberá estar respaldada por soportes que permitan verificar el proceso de concertación interna, la priorización de la acción, la designación del beneficiario(a) delegado(a) y la validación colectiva del consejo o instancia. Estos deberán incluir: actas de sesión, formato de APA, formato de presentación de la iniciativa, firmas de validación o los documentos equivalentes que sean definidos en las condiciones específicas de participación.

El beneficiario(a) delegado(a) deberá ser un consejero o consejera activo(a) y actuará como interlocutor ante la SCRD para la legalización, ejecución, seguimiento y cierre del incentivo. Su participación no reemplaza el carácter colectivo de la decisión, por lo que deberá garantizar que la acción ejecutada corresponda a lo concertado, aprobado y validado por el respectivo consejo o instancia.

Las acciones propuestas deberán orientarse al interés colectivo del espacio de participación y responder a criterios de pertinencia, viabilidad, transparencia, trazabilidad, corresponsabilidad, impacto comunitario y fortalecimiento del SDACP.

En todos los casos, el incentivo económico deberá entenderse como un apoyo complementario para la implementación de acciones concertadas en el marco de la APA, sin que constituya financiación total de la agenda ni sustituya las gestiones autónomas, colectivas y corresponsables que adelanten los consejos e instancias del SDACP.


CONSEJOS A QUIENES VA DIRIGIDO EL APOYO:


Esta invitación va dirigida a los consejos e instancias de participación del SDACP, cuyo acompañamiento y secretaría técnica se encuentra a cargo de la Dirección de Asuntos Locales y Participación:


CONSEJOS LOCALES


- CLACP Usaquén 

- CLACP Chapinero

- CLACP Santa fé

- CLACP San Cristóbal

- CLACP Usme

- CLACP Tunjuelito

- CLACP Bosa

- CLACP Kennedy

- CLACP Fontibón

- CLACP Engativá

- CLACP Suba

- CLACP Barrios Unidos

- CLACP Teusaquillo

- CLACP Mártires

- CLACP Antonio Nariño

- CLACP Puente Aranda

- CLACP Candelaria

- CLACP Rafael Uribe Uribe

- CLACP Ciudad Bolívar

- CLACP Sumapaz


CONSEJOS DISTRITALES

- Consejo de Cultura de Grupos Etarios

- Consejo de Cultura de Grupos Étnicos

- Consejo de Cultura de Sectores Sociales

- Consejo de Cultura Poblacional

- Consejo Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio

- Consejo de Cultura para Asuntos Locales

Consejo Distrital de Casas de Cultura


ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN DEL SDACP

- Mesa de participación cultural de niños, niñas y adolescentes.


 RUTA GENERAL DEL PROCESO

La invitación se desarrollará a partir de una ruta de concertación de los consejos e instancias del SDACP articuladas con las correspondientes Agendas Participativas Anuales - APA,  aprobada para la vigencia 2026. Esta incluye los siguientes pasos: 

  • Socialización de lineamientos y formatos
    La SCRD, a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, socializará con las secretarías técnicas, consejos e instancias del SDACP la guía de elaboración de la APA, el formato institucional de APA, los lineamientos de la invitación, el formato de implementación del incentivo y las orientaciones para la concertación, validación, inscripción y seguimiento del proceso.

  • Construcción, actualización y aprobación de la APA
    Cada consejo o instancia, con el acompañamiento de su secretaría técnica, adelantará la construcción o actualización de su APA, en la que se definirán líneas estratégicas, prioridades de gestión, acciones, responsables, temporalidades y alcances. La APA deberá ser aprobada en sesión del consejo o instancia, conforme al quórum decisorio establecido en su reglamento interno, y quedar soportada mediante acta, listado de asistencia y formato institucional firmado.

  • Priorización de acciones susceptibles del apoyo.
    El consejo o instancia identificará y priorizará la acción o conjunto de actividades que será susceptible de ser apoyado con el incentivo económico estimado en la presente invitación cultural. La decisión deberá quedar registrada en acta y en el formato de presentación de la iniciativa, indicando la relación de la acción con la APA, su justificación, aporte estratégico, impacto esperado, viabilidad, responsables y destinación proyectada del recurso.

  • Conformación de la agrupación postulante
    El consejo o instancia designará tres (3) consejeros o consejeras activos(as) del SDACP para conformar la agrupación postulante: un(a) beneficiario(a) delegado(a), quien actuará como representante principal ante la SCRD, y dos (2) consejeros(as) de apoyo, quienes acompañarán la implementación, seguimiento y ejecución de la propuesta de implementación del incentivo. Esta conformación deberá ser resultado de la concertación interna del respectivo consejo o instancia.

  • Validación colectiva de la postulación
    La propuesta de implementación del incentivo y la conformación de la agrupación deberán contar con validación colectiva del consejo o instancia, de acuerdo con el quórum decisorio establecido en su reglamento interno. Esta validación deberá estar soportada mediante acta de sesión, listado de asistencia, formato de APA, formato de presentación de la iniciativa y las respectivas firmas de las consejerías que respaldan la decisión.

  • Inscripción en la plataforma
    El beneficiario(a) delegado(a), en representación de la agrupación, realizará la inscripción en la plataforma dispuesta para la Invitación Cultural, dentro de las fechas establecidas, y cargará la documentación administrativa y técnica requerida.

  • Verificación y selección
    La SCRD verificará el cumplimiento de las condiciones de participación, la condición de consejería activa de los integrantes de la agrupación, la totalidad de los documentos requeridos, la coherencia de la acción con la APA, la validez de la concertación y la trazabilidad del proceso. Las postulaciones habilitadas serán revisadas conforme al proceso de selección definido para la invitación.

  • Legalización del incentivo
    Una vez expedido el acto administrativo de selección, el beneficiario(a) delegado(a) deberá presentar la documentación requerida para la legalización del incentivo, de acuerdo con los requisitos administrativos, técnicos y financieros establecidos por la SCRD.

  • Ejecución de la acción concertada
    Cada iniciativa seleccionada para ser susceptible del apoyo económico, adelantará la implementación del incentivo en coherencia con la APA, la propuesta inscrita, el presupuesto aprobado y el acto administrativo de asignación. La ejecución deberá corresponder a lo concertado y validado por el consejo o instancia.

  • Seguimiento e informe final
    La SCRD realizará seguimiento técnico, participativo y documental al desarrollo de las acciones apoyadas. Al finalizar la ejecución, el beneficiario(a) delegado(a), con el apoyo de los demás integrantes de la agrupación y en articulación con el consejo o instancia, deberá presentar el informe técnico y financiero final, con los soportes de ejecución, resultados alcanzados y uso del recurso.

  • Validación y cierre
    La SCRD revisará el informe final, verificará el cumplimiento de las condiciones del incentivo y formalizará el cierre del proceso. En caso de inconsistencias, podrá solicitar ajustes o adelantar las acciones administrativas a que haya lugar.

Incentivos


  • Se otorgaran veintisiete (27) incentivos, cada uno por un valor de cuatro millones quinientos dieciocho mil quinientos dieciocho pesos M/CTE ($4.518.518)

¿Quién puede participar?

 

Agrupación

Agrupaciones conformadas por tres (3) consejeros o consejeras activos(as) del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio - SDACP, pertenecientes al mismo consejo o instancia susceptible de recibir apoyo en el marco de la presente invitación cultural.

La postulación deberá corresponder a una acción concertada por el respectivo consejo o instancia y articulada con su Agenda Participativa Anual —APA— aprobada para la vigencia 2026.

Para efectos de esta invitación cultural, la agrupación estará integrada por:

  • Un(a) beneficiario(a) delegado(a), quien actuará como representante principal ante la SCRD y será responsable de la inscripción, legalización, ejecución, seguimiento, presentación del informe final y cierre del incentivo.

  • Dos (2) consejeros(as) activos(as) de apoyo, quienes acompañarán la implementación, seguimiento y soporte de la acción concertada.

Los tres (3) integrantes deberán tener estado de consejería activa al momento de la inscripción y pertenecer al consejo o instancia que postula la acción.

La conformación de la agrupación, la designación del beneficiario(a) delegado(a) y la acción susceptible de apoyo deberán estar respaldadas por los soportes de concertación y validación definidos en la presente invitación cultural.

Cada consejo o instancia podrá presentar una (1) sola postulación. En caso de que se presenten dos o más postulaciones asociadas al mismo consejo o instancia, se tendrá en cuenta la inscripción que cumpla con la totalidad de los requisitos definidos en la invitación

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad de cada una de las personas integrantes de la agrupación

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico, cédula de extranjería vigente o pasaporte vigente en el caso de extranjeros; copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente o el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de que alguna de las caras de la cédula no sea legible o visible, el documento no será válido. Nota: Las cédulas de ciudadanía de todos los integrantes deberán ser presentadas en un único archivo, en formato PDF.
Documentos técnicos

Agenda Participativa Anual aprobada del consejo o instancia de participación

Anexe en PDF el documento final aprobado, en el formato oficial de la entidad en la cual se adelantó la construcción y aprobación de la Agenda Participativa Anual de su instancia de participación correspondiente a la vigencia 2026. Recuerde que el formato debe encontrarse totalmente diligenciado

Formato de presentación de iniciativas

Diligencie completamente el Formato para la presentación de presupuesto y cronograma, disponible en el apartado “Formatos”. Guárdelo en formato PDF y adjúntelo en la plataforma de inscripción. Tenga en cuenta que no se aceptarán pagos a menores de edad en la ejecución de su iniciativa. Apartado “Anexos”. Nota: El contenido de la iniciativa NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, presentarla en un formato diferente al estipulado en la presente invitación o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta Invitación Cultural al momento de la inscripción, implica que la iniciativa no será habilitada. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía Operativa Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Calidad técnica y metodológica de la acción. Se evaluará la coherencia entre el propósito de la propuesta, las actividades, la metodología, el cronograma, los responsables, los recursos requeridos y los resultados esperados. Se valorará que la acción sea clara, estructurada, viable y consistente con el alcance del incentivo económico.
    Puntaje máximo: 25
  • Aporte al fortalecimiento del SDACP y de la participación cultural. Se evaluará la capacidad de la propuesta para contribuir al fortalecimiento del consejo o instancia, cualificar la participación cultural, promover la acción colectiva, favorecer la interlocución con la ciudadanía y aportar al posicionamiento del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio en la ciudad.
    Puntaje máximo: 30
  • Pertinencia e impacto comunitario. Se evaluará la claridad de la necesidad, situación u oportunidad que motiva la acción, así como su pertinencia frente al territorio, sector, población o comunidad priorizada. Se valorará el alcance de los resultados esperados y su aporte al tejido social, al diálogo comunitario, a la apropiación cultural o al fortalecimiento de capacidades colectivas.
    Puntaje máximo: 30
  • Seguimiento, apropiación y proyección de resultados. Se evaluará la claridad de los mecanismos previstos para hacer seguimiento a la ejecución, documentar los avances, recoger aprendizajes y evidenciar resultados. También se valorará que la propuesta proyecte aportes útiles para el consejo o instancia después de finalizada la ejecución del incentivo.
    Puntaje máximo: 15

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  • Entregar, dentro de los tiempos establecidos por la SCRD, la documentación solicitada para la legalización del incentivo, de acuerdo con los requisitos administrativos, financieros y jurídicos definidos por la entidad.


  • Asistir a las reuniones, jornadas de orientación, espacios de seguimiento o requerimientos técnicos que sean programados por la SCRD para el desarrollo de la invitación cultural  APOYO A LAS ACCIONES CONCERTADAS Y ESTRATÉGICAS DE LAS AGENDAS PARTICIPATIVAS ANUALES - APA - CONSEJOS DEL SISTEMA DISTRITAL DE ARTE, CULTURA Y PATRIMONIO SDACP 


  • Ejecutar las acciones concertadas en coherencia con la Agenda Participativa Anual -APA, la propuesta inscrita, el presupuesto aprobado, los soportes de concertación y el acto administrativo de asignación del incentivo.


  • Garantizar que la implementación de la acción responda a lo concertado y validado por el consejo o instancia del SDACP, manteniendo su carácter colectivo y su orientación al interés común del espacio de participación.


  • Desarrollar las actividades dentro de los tiempos establecidos en el cronograma de la invitación y conforme a las condiciones técnicas, operativas y presupuestales aprobadas.


  • Destinar los recursos del incentivo exclusivamente al desarrollo de la acción seleccionada, de conformidad con el presupuesto aprobado, los conceptos autorizados y los tipos de gastos establecidos en el documento “Guía para la elaboración del presupuesto”


  • Informar oportunamente a la SCRD cualquier situación que pueda afectar la ejecución de la acción, el cumplimiento del cronograma, la destinación del recurso o los compromisos adquiridos.


  • Solicitar aprobación previa de la SCRD para cualquier modificación sustancial relacionada con actividades, cronograma, presupuesto, población beneficiaria, lugar de ejecución o condiciones de implementación.


  • Mantener la participación de los tres (3) integrantes de la agrupación durante el desarrollo de la propuesta. Cualquier novedad frente a la conformación del equipo deberá ser informada a la SCRD y contar con los soportes correspondientes.


  • Articularse con el consejo o instancia que priorizó la acción, de manera que este conozca los avances, resultados y soportes de la ejecución, en el marco de su ejercicio de corresponsabilidad y la responsabilidad colectiva de la implementación de la iniciativa


  • Llevar registro técnico, documental y financiero de la ejecución, incluyendo evidencias de las actividades realizadas, soportes del uso del recurso, listados de asistencia, registros fotográficos, audiovisuales, piezas de divulgación y demás documentos que permitan verificar el cumplimiento de la acción.


  • Dar los créditos a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD  y al Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio -SDACP en las actividades, publicaciones, piezas comunicativas, registros, productos y demás acciones de divulgación asociadas a la iniciativa, de acuerdo con las orientaciones de imagen institucional que sean definidas por la entidad.


  • Suministrar la información, registros, soportes o aclaraciones que solicite la SCRD durante las etapas de seguimiento, verificación, cierre o revisión de la ejecución del incentivo.


  • Presentar el informe técnico y financiero final dentro de los plazos establecidos, dando cuenta de las actividades ejecutadas, los resultados alcanzados, el uso del recurso, los aprendizajes del proceso y los soportes correspondientes.


  • Autorizar a la SCRD el uso de los registros, piezas, productos, memorias o contenidos derivados de la ejecución de la acción, únicamente con fines de divulgación, circulación, sistematización, memoria institucional y promoción de los procesos de participación cultural del SDACP.


  • Garantizar que los contenidos, imágenes, textos, sonidos, metodologías, registros o productos utilizados en la ejecución respeten la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual, derechos de autor, derechos conexos, uso de imagen y tratamiento de datos personales.


  • Mantener indemne, eximir y liberar de responsabilidad a la SCRD frente a reclamaciones derivadas del uso no autorizado de obras, contenidos, imágenes, registros, materiales, metodologías o cualquier otro elemento protegido por la normatividad vigente.


  • Cumplir con las condiciones establecidas en la presente Invitación Cultural, en el acto administrativo de asignación y en los lineamientos que emita la SCRD. El incumplimiento de estos compromisos podrá dar lugar a las acciones administrativas correspondientes.


  • Expedir la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la SCRD en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cuarenta por ciento (40%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.


  • Socializar los resultados de la implementación de la iniciativa en los espacios de encuentro del SDACP que se soliciten por parte de la SCRD según la necesidad e indicaciones dadas por el equipo de gestión del SDACP de la SCRD. Consejo Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio, Asamblea general del SDACP, Concertación anual SCRD, etc.

Beneficios

Los ganadores de la presente invitación cultural tienen derecho a:

1. Recibir el incentivo económico en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al setenta por ciento (70%) del valor total del incentivo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por la SCRD, para tal efecto.

1.2. Un segundo desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo económico, posterior al cumplimiento de los deberes del ganador, la aprobación del informe final con sus respectivos soportes y previo aval de cumplimiento de la entidad a cargo de la invitación. 

Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.

Al valor del incentivo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador. 

Nota: Los desembolsos se harán con previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del incentivo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Compromisos de la entidad

  • Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos, técnicos y documentales establecidos en la presente invitación cultural, incluyendo la condición de consejería activa de los integrantes de la agrupación, la totalidad de los documentos requeridos y la trazabilidad del proceso de concertación.


  • Adelantar el proceso de selección de las postulaciones habilitadas, conforme a los criterios definidos en la Invitación Cultural y a través del comité de selección conformado por profesionales de la Dirección de Asuntos Locales y Participación.


  • Expedir el acto administrativo correspondiente, mediante el cual se acoja la recomendación del comité de selección y se asignen los incentivos económicos a las agrupaciones seleccionadas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y los procedimientos establecidos por la SCRD.


  • Realizar el desembolso del incentivo económico en dos pagos, así:

  • Un primer desembolso equivalente al setenta por ciento (70%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para la legalización.

  • Un segundo y último desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de los compromisos adquiridos por la agrupación seleccionada, la presentación del informe técnico y financiero final con sus respectivos soportes y la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.


  • Realizar seguimiento técnico, participativo y documental al desarrollo de las acciones apoyadas, verificando la correspondencia entre lo concertado, lo aprobado, lo ejecutado y lo reportado por la agrupación seleccionada.


  • Solicitar, cuando sea necesario, información adicional, aclaraciones, ajustes o soportes que permitan verificar el cumplimiento de las condiciones de ejecución, seguimiento y cierre del incentivo.


  • Apoyar la difusión y divulgación de las acciones seleccionadas, dentro del ámbito de las funciones propias de la SCRD y conforme a la disponibilidad de recursos, canales institucionales y capacidades técnicas con que cuente la entidad.


  • Orientar a las agrupaciones seleccionadas sobre el uso adecuado de la imagen institucional, los créditos de la SCRD y la referencia al Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio - SDACP en las piezas, publicaciones, registros y productos asociados a la ejecución de las acciones.


  • Recibir, revisar y validar el informe técnico y financiero final, junto con los soportes de ejecución, resultados alcanzados y uso del recurso, con el fin de verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en la invitación cultural.


  • Formalizar el cierre del proceso, una vez verificado el cumplimiento de las condiciones del incentivo, y adelantar las acciones administrativas correspondientes en caso de incumplimiento, inconsistencias o falta de soportes suficientes.


  • Conservar, organizar y disponer los documentos, informes, registros y soportes derivados de la ejecución del incentivo, de acuerdo con los procedimientos de gestión documental de la entidad.


  • La SCRD no asumirá costos adicionales, obligaciones contractuales ni responsabilidades de ejecución diferentes a las establecidas en la presente invitación cultural, el acto administrativo de asignación y los lineamientos institucionales aplicables.