El Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, por medio de la Cinemateca de Bogotá – Gerencia de Artes Audiovisuales, en alianza con la Fundación Patrimonio Fílmico Colombiano, se une a la celebración mundial del Día del Cine Casero (Home Movie Day), promovida por el Center for Home Movies de Estados Unidos bajo el lema "¡Cualquier día puede ser el Día del Cine Casero!". Esta celebración cuenta con actividades organizadas por anfitriones en distintos países del mundo.
Desde el año 2020, la Cinemateca de Bogotá ha desarrollado actividades enmarcadas en esta celebración. Para 2026, bajo el lema Rebobinar, extiende una invitación a la ciudadanía en general que cuente con archivos personales o memorias familiares en formatos audiovisuales 8mm, Super8, 16mm, VHS, Super VHS, Betamax y MiniDV, cuya titularidad corresponda al postulante, su familia o su comunidad.
En 2026 se conmemoran los 50 años del lanzamiento del formato VHS, soporte con el que numerosas familias en Colombia y el mundo registraron durante dos décadas eventos personales y familiares. Las cintas magnéticas tienen una vida útil limitada y su deterioro es irreversible; su recuperación constituye, por tanto, un aporte concreto a la preservación del patrimonio audiovisual.
¿En qué consiste la participación?
A través de un proceso de varias jornadas, acompañado por equipos técnicos especializados de la Cinemateca de Bogotá y la Fundación Patrimonio Fílmico Colombiano, cada participante realizará el inventario, inspección, selección y digitalización de su material, de acuerdo con las condiciones físicas de los soportes y la capacidad de las jornadas. El equipo técnico acompañará a cada participante en la selección del material a digitalizar.
El proceso culmina con una muestra pública de resultados, que se suma a los eventos realizados en distintos lugares del mundo con ocasión de la celebración internacional del Día del Cine Casero.
Cronograma:
Condiciones de participación
Para garantizar la participación, cada postulante deberá presentar carta firmada que acredite la titularidad o administración de los derechos patrimoniales de los materiales a intervenir, o las autorizaciones correspondientes de sus propietarios.
Límites de digitalización por participante:
Formatos de cine (8mm, Super 8, 16mm): hasta 30 minutos
Formatos magnéticos (VHS, Super VHS, Betamax, MiniDV): hasta 60 minutos
Estos límites están sujetos a las condiciones físicas del soporte y a la valoración del equipo técnico durante las jornadas de inspección.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado.
Evaluación y selección: Se conformará un comité evaluador integrado por tres personas del Idartes, actuando en calidad de jurados ad honorem, idóneas para valorar y elegir las iniciativas ganadoras y suplentes, de acuerdo a los criterios de evaluación. La conformación del comité evaluador quedará consignada en un acta para consulta pública en la página de esta invitación.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente (de mayor a menor) de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.
Publicación de resultados: El Acta de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación Cultural.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Se presentaron dos o más iniciativas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran agrupaciones o personas jurídicas.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
El contenido y la información presentada no permite su lectura, acceso o visualización.
La iniciativa no está relacionada con registros familiares/comunitarios o creaciones caseras.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación cultural adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
1. Una vez se publiquen los resultados, la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES, se pondrá en contacto con las personas seleccionadas, quienes deberán aceptar el incentivo (cupo para participar) en un plazo máximo de dos (2) días hábiles al correo: maia.figueroa@idartes.gov.co.
2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
4. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
5. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, de la Cinemateca de Bogotá y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo maia.figueroa@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
8. Promover y mantener un trato respetuoso, incluyente y libre de cualquier tipo de violencia, discriminación, acoso o conducta que afecte la integridad y el bienestar de los demás participantes, del equipo de la Cinemateca y de los públicos del Centro Cultural. La organización se reserva la posibilidad de desvincular del proceso a quienes incurran en situaciones que vulneren estos principios o afecten la convivencia y el desarrollo adecuado de las actividades.
9. Proveer el dispositivo digital de almacenamiento para la entrega de los materiales recuperados.
10. Mantener afiliación activa a la EPS o sistema de salud, durante la ejecución de la Invitación Cultural, en caso de no tener, el ganador deberá cubrir la atención médica que se requiera (si aplica).
Las personas seleccionadas para esta jornada tendrán acceso a los siguientes beneficios:
Acompañamiento técnico especializado en todas las etapas del proceso: inventario, inspección, selección y digitalización de sus materiales, a cargo de los equipos de la Cinemateca de Bogotá y la Fundación Patrimonio Fílmico Colombiano.
Acceso a infraestructura técnica de dos de las instituciones de referencia en preservación audiovisual del país, incluyendo equipos de reproducción y captura para formatos de cine y video que difícilmente están disponibles para el público general.
Entrega del archivo digital de los materiales seleccionados y digitalizados durante las jornadas, en caso de que las condiciones físicas del soporte lo permitan.
Formación práctica en criterios básicos de preservación, almacenamiento y cuidado de archivos audiovisuales domésticos, aplicable al resto de la colección personal o familiar.
Participación en la muestra pública del 17 de octubre de 2026, en el marco de la celebración internacional del Día del Cine Casero, con presencia en una actividad que se replica simultáneamente en distintos países del mundo.
Recibir constancia de participación, posterior al cumplimiento mínimo del 80% de asistencia al total de jornadas enmarcadas en la celebración del Home Movie Day / Día del Cine Casero 2026.
Garantizar el acompañamiento técnico y misional a los participantes en todas las etapas del proceso: inventario, inspección, selección, digitalización y muestra pública.
Notificar con anticipación a los participantes cualquier novedad, ajuste o cambio en la programación de las jornadas.
Entregar constancia de participación a cada persona que cumpla con un mínimo del 80% de asistencia al total de jornadas enmarcadas en la celebración del Home Movie Day / Día del Cine Casero 2026.
Entregar el material recuperado en el dispositivo de almacenamiento digital suministrado por el participante.
En caso de evidenciarse en cualquier etapa del proceso el incumplimiento de los términos de la invitación cultural por parte de un participante, el IDARTES aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se contempla el retiro del incentivo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.