Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales - SCRD

JM
Sostenibilidad del ecosistema artístico
21-04-2026
Fecha de apertura
21-05-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
29-05-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
13-07-2026
Fecha publicación de seleccionados
30-09-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
5% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 

Bajo las directrices del Plan de Desarrollo Distrital 2024–2027 “Bogotá Camina Segura”, y en línea con el objetivo No. 3  “Bogotá confía en su potencial”,  la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) implementa la estrategia Bogotá Cultural 24/7. Esta iniciativa busca ampliar el acceso ciudadano a la cultura, fortalecer la apropiación del territorio y dinamizar la vida cultural en horarios no convencionales.

Esta estrategia reconoce la cultura como un eje fundamental para la convivencia, la seguridad, el desarrollo económico y el ejercicio de los derechos culturales, promoviendo una ciudad activa, incluyente y diversa durante las 24 horas del día.


En este contexto, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) invita a personas jurídicas y agrupaciones de la localidad de Chapinero, a participar en la Invitación Cultural “Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales”, orientada a la creación e implementación de circuitos culturales en horarios no convencionales que dinamicen la vida cultural, fortalezcan la apropiación del territorio y promuevan experiencias culturales seguras, incluyentes y sostenibles.

Las rutas o circuitos culturales deben diseñarse con una vocación clara para horarios no convencionales tales como noches (después de las 6:00 p.m.), jornadas matutinas con poblaciones que por sus dinámicas o ciclos vitales pueden acceder a oferta cultural o franjas atípicas (ejemplo: cine matutino en plazas, baile para personas mayores en la mañana, teatro callejero diurno), e integrar protocolos de cuidado (seguridad, convivencia, accesibilidad) y estrategias de relacionamiento comunitario, (diálogo con residentes, comerciantes y líderes locales). Esto permite adaptaciones operativas y territoriales que garantizan condiciones óptimas para experiencias culturales en espacios no convencionales, espacio público y espacios convencionales (salas, teatros, etc) de la localidad de Chapinero.

Ejemplos de actividades: Agendas como recorridos patrimoniales, festivales, ferias culturales, rutas inmersivas o circuitos artísticos que activan el territorio de forma progresiva y diversa.

Las iniciativas pueden incluir intervenciones temporales o livianas (pop-up, instalaciones efímeras, iluminación, embellecimiento del territorio, señalética cultural, entre otros) para que el entorno se perciba como seguro, habitable y culturalmente vivo, transformando imaginarios sobre la noche y el día extendido.

La iniciativa debe incluir una estrategia de comunicaciones, difusión y socialización para invitar a la ciudadanía a disfrutar de las actividades que se realizan en la ruta o circuito. Las piezas o productos generados deben contener el logos de la estratégia 24/7 y los logos respectivos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte como lo dicta  el manual de comunicaciones de la entidad. 

Las rutas o circuitos podrán desarrollarse en espacios no convencionales, espacio público y espacios convencionales (salas, teatros, etc) de la localidad de Chapinero, transformando los imaginarios sobre el uso del espacio público y los escenarios convencionales.

Aspectos mínimos de integración:

Las rutas o circuitos culturales deberán incluir, como mínimo, dos (2) de los siguientes aspectos:

  • Procesos de intervención y activación de espacios urbanos, orientados a la transformación de imaginarios sociales, la recuperación simbólica de lugares de encuentro y el fortalecimiento de condiciones físicas, estéticas y relacionales para el disfrute cultural en horarios no convencionales.

  • Acciones de arte y creación colectiva, en disciplinas como música, danza, teatro, performance, arte urbano, arte digital, mapping o instalaciones lumínicas, que promuevan el diálogo entre ciudadanía, territorio y prácticas culturales contemporáneas.

  • Espacios de reflexión y conversación ciudadana sobre arte, convivencia, ciudad y derechos culturales, como herramientas para fortalecer la confianza, el reconocimiento mutuo y la vida urbana en horarios no convencionales.

  • Iniciativas o mecanismos vivos de cultura ciudadana, orientados a transformar conductas que afectan el disfrute del espacio público, mejorar la convivencia y reducir conflictos asociados al uso de la ciudad en horarios no convencionales.

Estrategias y protocolos de cuidado y sostenibilidad

Complementariamente, las iniciativas deben detallar sus estrategias y protocolos de cuidado y sostenibilidad, los cuales incluirán, como mínimo:

i. Estrategias de relacionamiento comunitario y vecinal que promuevan la vinculación activa de la ciudadanía con la iniciativa, integrando medidas para prevenir y mitigar posibles impactos negativos o afectaciones en el entorno.

ii. Protocolos de cuidado para el público asistente, con enfoque de género y poblacional, que contemplen rutas de prevención de violencias, acciones de cuidado colectivo y medidas de protección y uso responsable del espacio público y privado.

La presente invitación será de carácter focalizado y estará dirigida exclusivamente a agentes del sector cultural y creativo de la localidad de Chapinero.

Condiciones generales

  • La invitación está dirigida a personas jurídicas y agrupaciones de la localidad de Chapinero.

  • Las iniciativas deberán ejecutarse exclusivamente en la localidad de Chapinero.

  • No podrán ser beneficiarias aquellas iniciativas que resulten seleccionadas en la Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local. 

Incentivos


  • Seis (6) incentivos de diecinueve millones de pesos ($19.000.000) cada uno.

¿Quién puede participar?

 Agrupación:

Agrupación conformada por un mínimo de dos (2) y un máximo de cuatro (4) integrantes, quienes deberán acreditar residencia en la localidad de Chapinero.

La agrupación deberá acreditar experiencia en la organización y ejecución de al menos tres (3) rutas o circuitos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) años. La trayectoria o experiencia de la agrupación deberá acreditarse mediante soportes expedidos a nombre de la misma. No se aceptarán soportes de experiencia expedidos a nombre de las personas naturales que la integran.


Persona Jurídica:

Personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, debidamente constituidas y domiciliadas en Bogotá, que acrediten experiencia en la organización y ejecución de por lo menos tres (3) rutas o circuitos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) años.

Los soportes de experiencia de la persona jurídica deberán estar expedidos a nombre de la misma.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad del representante y de cada uno de los miembros de la agrupación o del representante legal de la persona jurídica (según aplique)

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico, cédula de extranjería vigente o en el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente o el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de que alguna de las caras de la cédula no sea legible o visible, el documento no será válido. Nota: En el caso de las agrupaciones, las cédulas de ciudadanía de todos los integrantes deberán ser presentadas en un único archivo en formato PDF.

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica

Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la iniciativa y un año más. Nota: La información correspondiente a la matrícula mercantil se registra en el certificado como “último año renovado”. Por lo general, la fecha límite para efectuar dicha renovación es antes del 31 de marzo de cada año, por lo que, para este proceso, debe figurar renovada al año 2026. Adjúntelo en formato PDF.

Certificado de residencia o declaración juramentada

El representante y los integrantes de la agrupación deberán evidenciar la residencia en la localidad de Chapinero. El Certificado de Residencia en Bogotá debe ser expedido por la Alcaldía Local de Chapinero o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local de Chapinero o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2026 adjunto en la invitación. Nota: Los certificados de residencia y/o declaración juramentada de todos los integrantes de la agrupación deberán ser presentados en un único archivo en formato PDF. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Soportes que acrediten la realización tres (3) rutas o circuitos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) años, que hayan incluido uno o varios de los siguientes componentes: agendas artísticas y culturales, recorridos patrimoniales, festivales, ferias, intervenciones temporales o livianas (pop-up, instalaciones efímeras, iluminación, embellecimiento del territorio, señalética cultural, entre otros).

Todos los soportes que acrediten la trayectoria de la persona jurídica o de la agrupación deben presentarse en un solo archivo en formato PDF. Este archivo puede incluir: - Certificaciones de entidades u organizaciones públicas, privadas o comunitarias. - Contratos o actas de liquidación. - Evidencia de participación en exposiciones o eventos (programas de mano, flyers, notas de prensa, etc.). - Resoluciones de ganadores. - Otros documentos relevantes que demuestren la experiencia. Importante: Cada soporte deberá mostrar de forma clara y visible: - El nombre de la persona jurídica participante o de la agrupación. - Las fechas de realización. - El lugar donde se llevaron a cabo las actividades. Nota: Si algún soporte (como un flyer o un artículo de prensa) no incluye la fecha exacta de realización, se deberá añadir una breve descripción complementaria dentro del mismo documento, ampliando esta información. No se aceptarán autocertificaciones (documentos emitidos por los mismos participantes)

Formato de presentación de la iniciativa

Presentar en un documento PDF el formato de presentación de la iniciativa diligenciado en su totalidad. Descargar plantilla aquí

Formato de presupuesto

Presentar en un documento PDF el formato de presupuesto de la iniciativa diligenciado en su totalidad. Para la elaboración del presupuesto se debe revisar el anexo Guía para la formulación del presupuesto. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía para la formulación del presupuesto Guía para la formulación del presupuesto

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Alineación con la estrategia Bogotá Cultural 24/7: Claridad y creatividad en el diseño de la ruta/circuito en horarios atípicos (noches, mañanas tempranas o franjas inusuales) ó actividades culturales en espacios no convencionales a dicha práctica, integrando al menos dos aspectos mínimos (activación urbana, arte colectivo, reflexión ciudadana o cultura ciudadana). Se valorará la vocación específica para Chapinero y su contribución a la dinamización cultural 24/7.
    Puntaje máximo: 30
  • Protocolos de cuidado y sostenibilidad: Detalle y viabilidad de estrategias de relacionamiento comunitario (diálogo con residentes/comerciantes) y protocolos de cuidado (enfoque de género/poblacional, rutas antiviolencia, protección del espacio público), adaptables al territorio.
    Puntaje máximo: 25
  • Apropiación territorial e impacto local: Capacidad para activar espacios no convencionales de Chapinero y estrategias que permitan la transformación de imaginarios, mejoren la percepción de habitabilidad del territorio y promuevan la convivencia.
    Puntaje máximo: 20
  • Innovación y diversidad cultural: Originalidad en actividades (recorridos, festivales, ferias, inmersivas) y articulación de disciplinas (música, teatro, arte urbano, etc.) que fomentan la inclusión, diálogo ciudadano y acceso equitativo, alineado con derechos culturales y el Plan “Bogotá Camina Segura”.
    Puntaje máximo: 15
  • Viabilidad operativa y focalización: Coherencia presupuestal, cronograma realista, alianzas interinstitucionales (turismo, entidades locales).
    Puntaje máximo: 10

Proceso de selección

  • Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política (DEEP), verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, así como que la información y los documentos presentados permitan su acceso y lectura. Esta invitación no contempla periodo de subsanación.

  • Plazo de observaciones: Los participantes dispondrán de un término de tres (3) días hábiles para enviar sus comentarios o reclamaciones frente a los resultados de la verificación, hasta las 5:00 p. m. del último día.

  • Evaluación: la Dirección de Economía, Estudios y Política nombrará un Comité de jurados externo seleccionado a través del Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura el cual será encargado de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate, se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Alineación con la estrategia Bogotá Cultural 24/7". Si persiste el empate, se acudirá al criterio  Apropiación territorial e impacto local.

  • Selección: El resultado del proceso de selección se consignará en un acta formal. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité de jurados mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre que se ajusten a la normatividad vigente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  • Publicación de Resultados: La Resolución que acoge la recomendación de las iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural.

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural.

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el  participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el  participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la SCRD el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo las personas ganadoras deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, las personas participantes deberán hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.

  2. Asistir a las reuniones o jornadas programadas por la entidad.

  3. Entregar la documentación requerida, de la siguiente manera:

●   Documento de identidad del representante legal en caso de la persona jurídica, o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones.

●   Certificado bancario de la persona jurídica, o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones, no mayor a un (1) mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta.  (No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano).

●    RUT de la persona jurídica o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones con fecha de generación no mayor a 30 días antes de su entrega.

●  Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al envío de la documentación. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la iniciativa y un año más.

●  Certificación de parafiscales, expedido por revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.

4. Comunicaciones y visibilidad: todas las comunicaciones, piezas gráficas y publicaciones relacionadas con las iniciativas seleccionadas y las acciones derivadas de esta invitación deberán incluir los logos oficiales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y de la Estrategia de Distritos Creativos, de acuerdo con el manual de uso de imagen institucional vigente. Estos logos deberán ubicarse en un lugar visible y acorde con los lineamientos establecidos por la entidad.

5.     Cumplir con los criterios establecidos en su postulación, según lo descrito en el formato de presentación de la iniciativa.

6.     Tramitar los permisos y autorizaciones para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa, en caso de ser requeridos.

7.    Entregar el informe de ejecución de la iniciativa siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas.

8.     Al momento de la inscripción y con la presentación de la iniciativa, las y los participantes de la invitación cultural manifiestan que son titulares de los derechos morales y patrimoniales de autor sobre las obras presentadas. De no ser titulares y en caso de no contar con las autorizaciones o licencias de uso sobre las mismas, estas deberán presentarse antes de la ejecución de la iniciativa, cuando a ello hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido en la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes en la materia. Así mismo, al momento de la inscripción declara que no existe ninguna limitación que pueda afectar los usos que se autorizan con ocasión de la convocatoria. La o el participante asume la responsabilidad por cualquier falta o insuficiencia de los derechos que impidan el cumplimiento de los términos de la Invitación Cultural. En caso de presentarse reclamación o acción por esta causa, las y los participantes asumirán la responsabilidad y defensa que les corresponda con el fin de permitir a la entidad que otorga el estímulo, realizar todas las actividades conforme a lo previsto en la convocatoria y, asumirán el pago de los perjuicios que sean ocasionados. Para todos los efectos, la entidad otorgante actúa como tercero de buena fe, exento de culpa. Recuerda que, en todo caso, las personas participantes deberán cumplir con la legislación vigente en Colombia sobre propiedad intelectual.

9.     Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación

10. Asistir a las jornadas de socialización programadas.

11. Entregar un informe final con evidencias de la ejecución de la iniciativa.

Beneficios

Recibir el incentivo económico de la siguiente manera:

  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo. 


  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.

Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja —PAC—. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 

2. Gestionar los desembolsos de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.