El Ciclo Rosa nace en 2001 en Bogotá como un espacio alternativo para la muestra audiovisual y la discusión alrededor de la visibilidad LGBTIQ+. Por el Ciclo han pasado figuras significativas de la creación e investigación audiovisual nacional e internacional y se ha promovido la emergencia de nuevas formas de representación de los géneros y las sexualidades en su diversidad y complejidad.
En su edición 25, a llevarse a cabo en junio de 2026, el Ciclo Rosa incluirá, en alianza con el Goethe Institut, una retrospectiva del director Rosa von Praunheim (1942-2025), a quien el ciclo debe su nombre: figura fundamental en la historia del cine LGBTIQ+, activista y pionero del cine queer y uno de los máximos representantes del Nuevo Cine Alemán.
Como parte del Ciclo, se llevará a cabo el Laboratorio de Creación Rosa von Praunheim, donde personas interesadas en la creación artística transdisciplinar y en los temas que Rosa von Praunheim trató en su obra podrán encontrarse durante el mes de junio de 2026 para crear una obra instalativa y performática que será activada en la Cinemateca de Bogotá.
Algunos de los temas sobre los que versa la obra de Rosa von Praunheim y sobre los que se plantea el laboratorio son: activismo queer, formas de relacionamiento y comunidad queer, liberación sexual y erótica, marginalidad, movimientos de lucha trans y lucha contra la estigmatización del VIH.
Metodología:
El laboratorio se propone como un espacio de creación colaborativa que articula tres (3) ejes de exploración: imagen, sonido y cuerpo. La ruta metodológica se divide en cuatro (4) etapas de formación, experimentación y co-creación:
Etapa de aproximación conceptual (6 horas):
Se iniciará con 6 horas de introducción teórica (divididas en dos sesiones) enfocadas en la obra y estética de Rosa von Praunheim. Se explorarán conceptos clave como la estética DIY (Do It Yourself), la hibridación entre documental y ficción, la improvisación con el cuerpo y formas de creación de bajo presupuesto como herramienta política.
Etapa de talleres de formación técnica en los tres ejes: Imagen, sonido y cuerpo (18 horas):
Se desarrollarán 18 horas de talleres especializados (6 horas por cada eje) liderados por talleristas colombianos:
Imagen (6 horas).
Sonido (6 horas)
Cuerpo (6 horas)
Etapa de ideación y estructuración de proyectos (4 horas):
Tras la etapa de talleres de formación técnica, se realizará una sesión de conformación de grupos, ideación y pitch. En este espacio, los veinticinco (25) participantes se organizarán en cinco (5) grupos de trabajo para plantear ideas creativas bajo la tutoría de los talleristas, utilizando un “lienzo instalativo”* como base técnica y conceptual para sus iniciativas.
*El lienzo instalativo será una estructura espacial pre-definida sobre la cual deberán trabajar sus iniciativas.
Etapa de maratón creativa y muestra de resultados (24 horas):
La etapa final consiste en dos (2) jornadas intensivas de doce (12) horas de creación a modo de “maratón” creativa. Los grupos trabajarán en el desarrollo de sus obras, contando con acompañamiento técnico y mentorías para culminar en la muestra de resultados al finalizar la segunda jornada de maratón.
Programación:
El laboratorio se plantea en once (11) sesiones a llevarse a cabo entre el 4 de junio y el 28 de junio de 2026. Las sesiones se llevarán a cabo de manera presencial en la Cinemateca de Bogotá (Carrera 3 # 19-10), con algunas sesiones virtuales.
Sesión 1: Aproximación conceptual, parte 1
Duración: 3 horas
Fecha: jueves, 4 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 2: Aproximación conceptual, parte 2
Duración: 3 horas
Fecha: sábado, 6 de junio
Hora: 10:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sesión 3: Taller de imagen 1
Duración: 3 horas
Fecha: martes, 9 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 4: Taller de imagen 2
Duración: 3 horas
Fecha: jueves, 11 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 5: Taller de sonido 1
Duración: 3 horas
Fecha: sábado, 13 de junio
Hora: 10:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sesión 6: Taller de sonido 2
Duración: 3 horas
Fecha: martes, 16 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 7: Taller de cuerpo 1
Duración: 3 horas
Fecha: jueves, 18 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 8: Taller de cuerpo 2
Duración: 3 horas
Fecha: sábado, 20 de junio
Hora: 10:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sesión 9: Ideación y estructuración de proyectos (definición de grupos)
Duración: 3 horas
Fecha: martes, 23 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 10: Presentación y retroalimentación
Duración: 3 horas
Fecha: jueves, 25 de junio
Hora: 5:30 p.m. a 8:30 p.m.
Sesión 11: Maratón creativa, día 1
Duración: 12 horas
Fecha: sábado, 27 de junio
Hora: 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
Sesión 12: Maratón creativa, día 2 y socialización de resultados
Duración: 12 horas
Fecha: domingo, 28 de junio
Hora: 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
Sesiones de pruebas técnicas en sala
Fecha: del 29 de junio al 3 de julio
Sesiones de presentación abiertas al público
Del 4 al 12 de julio
La muestra audiovisual de la edición 25 del Ciclo Rosa se llevará a cabo entre el 18 y el 28 de junio de 2026 e incluirá proyecciones de las películas de Rosa von Praunheim. Los participantes del taller recibirán cortesías para estas proyecciones, con el objetivo de que sean insumos para la creación durante la maratón creativa.
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C., con interés en la creación artística, la experimentación transdisciplinar y el activismo, con una invitación especial a integrantes del colectivo LGBTIQ+.
Documentos administrativos a presentar:
-Documentos de Identidad:
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente (ciudadanos extranjeros).
Ciudadanos Venezolanos:
PPT (Permiso por Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado
Evaluación y selección: El Idartes conformará un comité de selección Ad Honorem integrado por tres (3) personas del equipo de la Cinemateca de Bogotá–Gerencia de Artes Audiovisuales del Idartes. Este comité estará encargado de evaluar, deliberar y seleccionar las iniciativas ganadoras y suplentes, si hay lugar. La conformación del comité evaluador quedará consignada en un acta para consulta pública en la página de esta invitación.
En caso de que alguno de los participantes sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 60 puntos ponderados. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.
Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 60 puntos o más, no implica su selección como ganadora.
Publicación de resultados: El Acta de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
La persona postulante es funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Servidores públicos o empleados(as) oficiales
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2024 o 2025.
Otras restricciones
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
1. Una vez se publiquen los resultados, la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES se pondrá en contacto con las personas seleccionadas, quienes deberán aceptar el incentivo en un plazo máximo de dos (5) días hábiles a los correos cinematecaenlaciudad@idartes.gov.co y luis.ragua@idartes.gov.co, manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos cinco (05) días hábiles la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES no recibe la aceptación o rechazo del incentivo, se entenderá que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
En caso de que se presente renuncia, impedimento, restricción de participación o una situación de incumplimiento relacionada a una iniciativa ganadora, la Gerencia de Artes Audiovisuales otorgará el incentivo a aquel que haya ocupado la suplencia, si a ello hubiese lugar.
Lo anterior, siempre y cuando sea posible adelantar los trámites administrativos correspondientes, que garanticen el pleno desarrollo y tiempos de ejecución de la iniciativa.
Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío a los correos cinematecaenlaciudad@idartes.gov.co y luis.ragua@idartes.gov.co de los siguientes documentos:
● Documento de identidad.
● Certificado bancario no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. Esta cuenta debe corresponder a un banco colombiano.
*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
● RUT generado en el año 2026.
2. Asistir a todas las sesiones del Laboratorio de Creación Rosa von Praunheim - 25° Ciclo Rosa 2026.
3. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
4. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
5. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a las direcciones de correo cinematecaenlaciudad@idartes.gov.co y luis.ragua@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
Un (1) cupo para participar del 4 de junio al 28 de junio en el Laboratorio de Creación Rosa von Se otorgará un (1) cupo a veinticinco (25) personas seleccionadas para participar en el Laboratorio. Praunheim - 25° Ciclo Rosa.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación cultural algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de participación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la presente Invitación Cultural.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.
Incumplimientos:
De conformidad con las condiciones específicas establecidas en esta Invitación Cultural, el IDARTES actuará bajo el siguiente procedimiento en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento de los compromisos adquiridos por el ganador:
Requerimiento de Explicaciones: La Entidad requerirá formalmente al participante para que brinde las explicaciones pertinentes frente a la situación detectada.
Debido Proceso: Si el participante no atiende los requerimientos o si sus explicaciones no justifican el incumplimiento frente a los compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento administrativo correspondiente. Este proceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, garantizando en todo momento el derecho a la defensa y al debido proceso del participante.
Declaratoria y Sanción: Si como resultado del proceso administrativo se comprueba el incumplimiento, éste se declarará mediante Acto Administrativo.
Consecuencia: La declaratoria de incumplimiento conllevará una sanción de restricción que impedirá al artista participar, por el término de los dos (2) años siguientes, en las invitaciones culturales adelantadas por la Subdirección de las Artes.