Invitación Cultural Bogotá 2038: Narradores de Futuros - SCRD

JM
Arte dramático
06-05-2026
Fecha de apertura
27-05-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
04-06-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
10-06-2026 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
27-07-2026
Fecha de publicación del listado de elegibles
15-12-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
6% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

En el Plan Distrital de Desarrollo 2024 - 2027 “Bogotá Camina Segura”, la cultura, la recreación y el deporte se erigen como factores fundamentales para el desarrollo, el crecimiento y la transformación de la ciudad. La cultura y las expresiones artísticas son reconocidas no solo como elementos dinamizadores de los contextos urbanos, sino también como instrumentos estratégicos para consolidar a Bogotá como una ventana cultural y deportiva hacia el mundo. 

Para materializar esta visión, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) ha puesto en marcha una serie de iniciativas orientadas a fortalecer la circulación internacional de artistas y agentes culturales. Estos mecanismos institucionales potencian los ecosistemas creativos de la ciudad, afianzan la identidad local y fortalecen su reconocimiento en escenarios globales. 


En el marco de estos esfuerzos institucionales, la SCRD ofrece convocatorias con recursos de la Ley 1493 de 2011, Ley Espectáculos Públicos -LEP- destinadas a la producción y circulación de disciplinas como la danza, el teatro, el circo sin animales, la magia y la música. Con ello, Bogotá reafirma su compromiso de ser un epicentro creativo y diverso de puertas abiertas al mundo. 


La Ley 1493 de 2011, “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, fue creada con el propósito de regular y formalizar el sector de los espectáculos públicos en Colombia. En el Capítulo II estableció la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los eventos de esta naturaleza a nivel municipal o distrital y que equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($157.122 para el año 2026).

 

A través de la Ley 2070 de 2020, se modificaron las líneas de inversión del recaudo, el cual hasta esa fecha estaba centrado en la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de infraestructura cultural. A partir del Decreto 639 de 2021 se reglamenta parcialmente esta Ley y se establecen las orientaciones para ejecutar los recursos de la Contribución Parafiscal en la línea de producción y circulación , definida de la siguiente manera: 

  • Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

  • Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 180 del Decreto Distrital 649 de 2025, relativo a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), como entidad ordenadora del gasto y en coherencia con los propósitos y logros de ciudad y las metas del Plan de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, destinará estos recursos a la realización de actividades y proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas mediante convocatorias públicas.


De esta manera, se contribuye al fortalecimiento de los agentes culturales y a la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, promoviendo una cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento cultural.

 

Por lo anterior, esta invitación cultural se crea dando cumplimiento a los lineamientos normativos establecidos para favorecer la producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas en Bogotá, así como para garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados por la Ley 1493 de 2011 en lo que respecta a fomentar procesos de circulación cultural de las artes escénicas a nivel internacional.

 

La Invitación Cultural Bogotá 2038: Narradores de Futuros se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 1. Todas las culturas, todas las personas y todos los territorios cuentan, promoviendo el acceso y la garantía de los derechos culturales a través de “Prácticas e interacciones artísticas, creativas y comunitarias”. En este sentido, se invita a las y los participantes a consultar y apropiar el plan mencionado, profundizando en la coordenada que orienta esta convocatoria y en las demás directrices que este documento ofrece para la garantía, el ejercicio y el disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, las culturas y los territorios de la ciudad.


Objeto


Apoyar la narración oral escénica de artistas bogotanos para circular obras o puestas en escena de narración escénica en la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá-BibloRed, que traduzcan los desafíos de ciudad y las proyecciones del Plan de Cultura de Bogotá 2038 en narraciones orales sensibles y estéticas capaces de invitar a la ciudadanía a reflexionar sobre el presente y a imaginar futuros posibles para Bogotá del 2038.


Se entiende como narración oral la práctica artística basada en la transmisión de narrativas mediante la palabra hablada, en la que un(a) narrador(a) construye y comparte relatos frente a un público, haciendo uso de recursos expresivos como la voz, el gesto, el ritmo y la presencia escénica; la narración oral puede desarrollarse en las siguientes ramas: 1. Relatos tradicionales o de tradición oral, 2. Creaciones originales, 3. Testimonios o narrativas autobiográficas, 4. puestas en escena  con elementos humorísticos, dramáticos o críticos, en su dimensión contemporánea; la narración oral no se limita a contar cuentos en sentido clásico, sino que abarca diversas formas de relato escénico unipersonal; para los fines de esta invitación esperamos iniciativas que puedan incluir una o más de las ramas de la narración oral como, la cuentería, el stand up o monólogo; las iniciativas deberán estar alineadas con las apuestas estratégicas de la Escuela de Futuros y con los retos de la Bogotá futura a 2038.


Para ello las y los participantes deberán basar su iniciativa en la información contenida en https://escueladefuturos.scrd.gov.co, donde encontrarán orientaciones conceptuales para el desarrollo de las iniciativas en relación con las líneas temáticas de la invitación, el Plan de Cultura de Bogotá 2038 y profundizar en los diagnósticos sectoriales que se han desarrollado entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y la Secretaría Distrital de planeación, para ahondar más en la articulación entre el Plan de Cultura 2038 y la Escuela de Futuros revisar el Anexo 1 de esta convocatoria. 


Igualmente, como se anunció antes, esta Invitación Cultural se ancla en los diagnósticos y proyecciones del Plan de Cultura de Bogotá 2038, documento que actúa como la hoja de ruta para la ciudad de los próximos años. El Plan identifica tensiones estructurales profundas que ya están transformando nuestra vida cotidiana, tales como el envejecimiento acelerado de la población, la reconfiguración de los hogares hacia estructuras más pequeñas y unipersonales, la crisis de confianza en las instituciones y la urgencia de reparar nuestra relación con los ecosistemas ante el cambio climático y los avances tecnológicos que, si bien funcionan como herramientas de apoyo y uso cotidiano, también cuestionan la realidad y veracidad de la información, exigiendo procesos continuos de adaptación crítica. Estos fenómenos exigen una respuesta cultural contundente y se espera que los participantes incluyan por lo menos dos de estas tensiones en sus iniciativas de narración oral.


Líneas temáticas – Ejes de reflexión creativa para la cultura del bienestar

Las iniciativas deberán desarrollar narrativamente mínimo una (1) de las siguientes líneas temáticas. No obstante, podrán integrar de manera transversal elementos de otras líneas. 


  • Productividad sustentable: Esta línea aborda la necesidad de transformar los modelos de productividad hacia enfoques más empáticos, sostenibles y centrados en el bienestar. Invita a imaginar, desde la narración oral, nuevas formas de economía cultural y social en las que la creatividad, el cuidado, la sostenibilidad ambiental y el trabajo digno ocupen un lugar central en la vida de la ciudad.

  • Redes de cuidado a lo largo de la vida: Ante los cambios demográficos y las transformaciones de las estructuras familiares y comunitarias, esta línea propone reflexionar sobre nuevas formas de solidaridad, afecto y corresponsabilidad social. Las iniciativas pueden tener narraciones en donde las comunidades intergeneracionales y las redes de apoyo colectivo fortalecen el bienestar y el acompañamiento a lo largo del ciclo de vida.

  • Territorios recíprocos: Esta línea invita a reflexionar sobre la relación entre la ciudad, el agua, la biodiversidad y los ecosistemas que la sostienen. Se buscan iniciativas que expongan nuevas formas de convivencia entre lo urbano y lo natural, reconociendo la interdependencia entre las personas y todas las formas de vida que habitan el territorio.

  • Agencia y gobernanza de lo común: Frente a los desafíos de confianza institucional y participación ciudadana, esta línea convoca iniciativas que exploren nuevas formas de construcción colectiva, deliberación democrática y gestión de los bienes comunes. Se espera que las obras tengan narraciones donde la cooperación, la corresponsabilidad y el diálogo permitan imaginar nuevas maneras de habitar y gobernar la ciudad.

  • Transiciones culturales de las tecnologías: Esta línea invita a reflexionar sobre el papel de las tecnologías en la vida cultural contemporánea, reconociendo tanto sus potencialidades como sus riesgos. Las iniciativas podrán explorar el uso crítico y creativo de herramientas digitales —como la inteligencia artificial, la realidad extendida u otras tecnologías emergentes— para ampliar las formas de creación, participación y memoria cultural en la ciudad.

Las iniciativas deberán plantear una obra o puesta en escena de narración oral, diseñada para la realización de cinco (5) funciones, y cumplir con los siguientes requerimientos específicos:

  • Para la categoría 1: Realizar cinco (5) funciones  dirigidas a público general, dos (2) en la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá-BibloRed y tres (3) en espacios de circulación propuestos y gestionados por los ganadores de la invitación cultural

  • Para la categoría 2: Realizar tres (3) funciones dirigidas a público general, una (1) en la Red de bibliotecas públicas de Bogotá-BibloRed y dos (2) en espacios de circulación propuestos y gestionados por los ganadores de la invitación cultural.

  • Presentar una narrativa escénica clara, con desarrollo dramatúrgico, visual y sonoro coherente y consistente.

  • Garantizar una duración mínima de treinta (30) minutos por función.

  • Asegurar un alto nivel de calidad artística y técnica en la producción y ejecución del espectáculo.

  • Contemplar diseños escenográficos versátiles, sostenibles y de fácil transporte, que no dependan exclusivamente de las condiciones técnicas de un espacio específico, para facilitar la movilidad del espectáculo y su adaptación a diferentes escenarios de circulación, favoreciendo su transporte, así como la optimización de recursos técnicos, económicos y logísticos.

  • Presentar un plan de montaje, desmontaje y traslados.

  • Contar con un plan de divulgación y promoción.

  • Presentar un plan de circulación y proyección de funciones que contemple la gestión y trámite de los permisos correspondientes, la logística del escenario y los requerimientos técnicos adicionales que no estén incluidos en el rider técnico del espacio de circulación.


Nota 1: Las cuatro funciones de las dos categorías que no se realicen en la Red de Bibliotecas Públicas - BiblioRed, y sean gestionadas por las y los ganadores podrán tener venta de boletería; así mismo las y los ganadores deberán gestionar los permisos para la circulación, pólizas y logística de los espacios externos; la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte no gestionará los permisos y logística y estos deberán ser cubiertos con los recursos de la invitación cultural.  


Nota 2: Las funciones a realizarse en la Red de bibliotecas Públicas de Bogotá - BliblioRed serán concertadas con las y los ganadores de las dos categorías al momento de la ejecución, esto con el fin de definir las fechas y espacios disponibles para la circulación de las iniciativas ganadoras. 


Componentes técnicos y artísticos:

La iniciativas deberá incluir los siguientes componentes técnicos y artísticos:

  • Sinopsis general de la obra: resumen narrativo y conceptual de la iniciativa que muestre la idea de futuro en la Bogotá de 2038.

  • Guion o estructura narrativa: guion de la puesta en escena.

  • Diseño de componente plástico, visual y utilería: describir el diseño estético con la inclusión de elementos análogos o recursos tecnológicos en concordancia con las líneas estratégicas de la invitación y la visión de futuros a 2028

  • Diseños técnicos y artísticos: rider técnico

  • Formato de Presupuesto/Cronograma/Equipo (ver Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos)


Incluir también:

  • Repertorio musical o diseño sonoro: Lista de piezas musicales (si aplica) o descripción del universo sonoro.

  • Estructura coreográfica o planimetría escénica: Distribución o bocetos de los cuerpos y la escenografía en el espacio.

  • Ficha técnica del equipo: Descripción de roles y funciones del equipo técnico.

  • Necesidades técnicas, artísticas y logísticas: Para cada fase de la iniciativa: producción, circulación, desmontaje. Incluir un plan de ensayos, montaje, desmontaje y traslados.

  • Plan de proyección de funciones y espacios: Proyección de parrilla de todas las presentaciones detalladas.

Planes de gestión

  • Plan de divulgación y promoción, detallando: Objetivos de comunicación y perfil de públicos a convocar, Mensajes clave y enfoque narrativo del evento, Medios y canales de difusión (redes sociales, prensa local, plataformas culturales, perifoneo, aliados territoriales, etc.), Estrategias de convocatoria comunitaria y accesibilidad, entre otras.

Proyecciones de presentaciones y espacios

  • Incluir el mínimo de disciplinas artísticas detallado anteriormente 

  • Garantizar las funciones necesarias para la categoría y el montaje previo a la realización de las funciones.

  • Las y los ganadores deberán gestionar los permisos y logística para el espacio de circulación.

  • Las y los ganadores deberán asegurar el registro audiovisual de todas las funciones, este material debe ser entregado a la SCRD y debe contar con licencia de uso para la divulgación por dos (2) años.


Aspectos clave de las iniciativas LEP de circulación y producción


  • En cumplimiento de la Ley 1493 de 2011, esta convocatoria, en su línea de producción y circulación, apoyará aquellas acciones que sean orientadas a la materialización del espectáculo público de las artes escénicas y ya hayan surtido la etapa de creación.

  •  La producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas incluye entre otras actividades de montaje in situ, escenografía, vestuario, iluminación, sonido, escenarios y artistas.

  • Las actividades propuestas deben contemplar los tiempos correspondientes a la programación de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar los cronogramas.

  •  La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.

  • En el caso de que las propuestas sean interdisciplinares y/o transdisciplinares, los recursos de la contribución parafiscal cultural, solamente podrán ser invertidos en artes escénicas: teatro, música, danza, circo sin animales y magia. 

  • Las propuestas presentadas para participar por los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir actividades relacionadas con la creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas (ver guía de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.

  • En el caso de las iniciativas que incluyan desarrollos tecnológicos o la incorporación de disciplinas artísticas distintas a las artes escénicas, estas deberán aportar a la puesta en escena y estar escénicamente justificadas.


Se invita a inscribirse en solo una (1) de las categorías de participación:

  • Categoría 1. Narradores(as) Orales con larga trayectoria: Dirigida a personas naturales con obras o puestas en escena de narración oral, que cuenten con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo cinco (5) años, a la fecha de cierre de esta convocatoria. 

  • Categoría 2. Narradores(as) Orales(as) con mediana trayectoria: Dirigida a personas naturales con obras o puestas en escena de narración oral, que cuenten con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo tres (3) años, a la fecha de cierre de esta convocatoria. 

Incentivos

Categoría 1. Narradores(as) Orales con larga trayectoria

  • 3 Incentivos por valor individual de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) Para un total de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000)

Categoría 2. Narradores(as) Orales(as) con mediana trayectoria

  • 10 Incentivos por valor individual de quince millones de pesos ($15.000.000) Para un total de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000)

¿Quién puede participar?

Categoría 1. Narradores(as) Orales con larga trayectoria: Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, con residencia en Bogotá que de manera individual presenta una iniciativa de narración oral, que cuente con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo cinco (5) años, a la fecha de cierre de esta Invitación Cultural. 

Categoría 2. Narradores(as) Orales(as) con mediana trayectoria:  Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, con residencia en Bogotá que de manera individual presenta una iniciativa de narración oral, que cuente con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo tres (3) años, a la fecha de cierre de esta Invitación Cultural. 

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Documento de identidad de la persona natural participante.

En formato PDF, copia legible por ambas caras del documento de identidad de la persona natural.

Certificado de residencia o domicilio en Bogotá o declaración juramentada

Adjunte en formato PDF el certificado de residencia tramitado a través del enlace https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia, de la persona natural o de la totalidad de los integrantes que realizan la circulación. En lugar del certificado de residencia se podrá adjuntar una declaración diligenciada y firmada en formato pdf en la que los participantes manifiesten bajo juramento su residencia en Bogotá, de acuerdo con el modelo previsto en esta invitación cultural. En los casos de las personas jurídicas sin ánimo de lucro, se deberá además adjuntar certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. o por la autoridad competente en formato pdf, en el que se evidencie su domicilio en la ciudad de Bogotá y su pertenencia al sector de las artes escénicas de acuerdo a su objeto social. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Todas las categorias

Formato presentación de iniciativa Invitación Cultural Bogotá 2038: Narradores de Futuros

Cargue formato de presentación de la iniciativa debidamente diligenciado en formato pdf en la plataforma de Invitaciones Culturales. Se recomienda leer atentamente las condiciones específicas de esta invitación cultural . Incluya en el ítem correspondiente el enlace del video de sustentación de la iniciativa de acuerdo con las especificaciones señaladas en el formato. Descargar plantilla aquí

Formato_presupuesto_cronograma_equipo de trabajo

Cargue en excel el formato que encuentra enseguida debidamente diligenciado en cada una de sus hojas. Señale cada uno de los tipos de gasto correspondientes al desarrollo de la iniciativa en el formato Presupuesto/Cronograma/ Equipo de trabajo El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en la iniciativa diligenciada en el formato de presentación de la iniciativa. Debido a que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto se deberán tener en cuenta los parámetros descritos en el documento anexo “Guía de gastos permitidos y no permitidos”. Solo se aceptarán gastos permitidos según la normatividad vigente en relación con los recursos LEP. Descargar plantilla aquí

Soportes de experiencia o trayectoria.

Soportes, presentados en un solo documento en formato pdf, que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado en la categoría en la cual participa como persona natural. Estos soportes pueden incluir: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, o comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones ganadores de s, entre otros. En cualquier caso deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (persona, natural) y las fechas de la realización de dichas actividades o proyectos. La información deberá ser presentada en orden cronológico y en un solo documento en formato pdf. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes. Es necesario incluir enlaces o links de videos publicados sin restricciones de acceso en diferentes plataformas y redes sociales que permitan evidenciar la trayectoria en escena de la persona natural.

Anexos

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía Operativa Invitaciones Culturales

Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural

Guía LEP Gastos Permitidos y no permitidos Guía LEP Gastos Permitidos y no permitidos

Bogotá 2038 Diagnósticos Culturales Y Desafíos De Ciudad Bogotá 2038 Diagnósticos Culturales Y Desafíos De Ciudad

Criterios de selección


Criterios Generales - Aplican a todas las categorías
Primera Ronda:
  • Coherencia y calidad conceptual de la iniciativa: Evalúa la claridad, pertinencia y solidez conceptual de la iniciativa, su relación con el objeto de la invitación y la integración de las lineas temáticas de la Escuela de Futuros. Se evalúa la capacidad de puesta en escena para proponer un imaginario de bienestar verosímil y transformador.
    Puntaje máximo: 30
  • Viabilidad técnica, artística, logística: Analiza la factibilidad de la iniciativa, la solidez del equipo, la metodología, el cronograma, y la coherencia entre metas, actividades y tiempos.
    Puntaje máximo: 30
  • Impacto ciudadano, alcance y descentralización: Evalúa la proyección del espectáculo frente a los públicos, las estrategias de mediación y accesibilidad, el impacto cultural esperado y la pertinencia de la estrategia de circulación para conectar con la ciudadanía y calidad de la iniciativa de sistematización (memoria social) de la experiencia
    Puntaje máximo: 20
  • Viabilidad presupuestal: Se evaluará que el presupuesto y uso de los recursos del incentivo responda al objeto de la Invitación Cultural y a la fuente de recursos LEP sea coherente, permita el desarrollo de la iniciativa, respondan al objeto de la invitación, a los objetivos de la iniciativa y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas, así como la distribución de los mismos de acuerdo con la guía LEP de gastos permitidos y no permitidos.
    Puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación cultural, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados permitan su acceso, visualización y lectura. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de evaluación por parte de los jurados. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar documentos administrativos. 


  • Evaluación: la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD seleccionará un Comité evaluador compuesto por tres jurados externos seleccionados a través del Banco de Personas Expertas para el sector cultura, el cual será encargado de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. 


  • Selección: El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas habilitadas. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un acta de recomendación de ganadores.

     El puntaje mínimo para que una iniciativa sea elegible es de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Coherencia temática, técnica y artística de la iniciativa. De persistir el empate se acudirá al criterio Alcance del proceso de circulación.

    El Comité Evaluador asignará los incentivos en orden descendente, de acuerdo con el puntaje obtenido por las iniciativas habilitadas en cada categoría y conforme con la disponibilidad presupuestal de la Invitación Cultural. Para la Categoría 1. Narradores(as) Orales con larga trayectoria, se otorgarán hasta tres (3) incentivos por un valor individual de cincuenta millones de pesos ($50.000.000). Para la Categoría 2. Narradores(as) Orales con mediana trayectoria, se otorgarán hasta diez (10) incentivos por un valor individual de quince millones de pesos ($15.000.000). No obstante, en caso de que en alguna de las categorías no se presenten iniciativas habilitadas para evaluación o estas no alcancen el puntaje mínimo establecido en las condiciones de participación, el Comité Evaluador podrá recomendar la reasignación de los recursos disponibles a iniciativas de la otra categoría, atendiendo el orden de elegibilidad y la disponibilidad presupuestal de la Invitación Cultural.


  • Publicación listado de elegibles: En esta etapa se hace público el listado de las iniciativas que, tras el proceso de selección, cumplen con los requisitos establecidos en la Invitación Cultural y alcanzan los puntajes necesarios para ser consideradas elegibles. Esta publicación se realiza a través de la plataforma de Invitaciones Culturales.  


  • Presentación ante el Comité de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas: Una vez se ha publicado el listado de elegibles, se presentan las iniciativas  elegibles ante el Comité de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, con el fin de socializar los resultados del proceso y obtener la aprobación correspondiente para la asignación de los recursos LEP en la línea de producción y circulación.


  • Inscripción y registro de la iniciativa en el Portal Único de La Ley de Espectáculos Públicos-PULEP: Corresponde al proceso de inscripción y registro de la iniciativa en el Portal Único de la Ley de Espectáculos Públicos (PULEP), plataforma del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes que permite registrar y hacer seguimiento a las iniciativas, propuestas y proyectos de artes escénicas, garantizando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el marco de la Ley 1493 de 2011.

Para este proceso, se solicitará documentación oficial que deberá ser allegada en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, con el fin de adelantar el proceso de inscripción de la iniciativa en el PULEP. Así mismo, deberá contemplarse la posibilidad de que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o la SCRD soliciten ajustes presupuestales relacionados con los gastos permitidos y no permitidos, o con documentos administrativos en el marco de la Ley 1493 de 2011. En tal caso, la iniciativa elegible deberá atender y responder dichas solicitudes a la mayor brevedad posible.

Posterior a la emisión de registro de la iniciativa por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, la entidad acogerá la recomendación del comité evaluador mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  • Publicación de resultados: La Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).


Nota: Las personas que quieran ser parte del Comité evaluador podrán inscribirse y postularse a través de https://cultured.gov.co a más tardar el 22 de mayo de 2026 5:00p.m.

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural..

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el  participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el  participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.

  • Cuando el Comité Distrital de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, no apruebe la asignación presupuestal a alguna iniciativa.

  • Cuando el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en el marco de sus competencias, no registre la iniciativa en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (PULEP) debido al incumplimiento de los lineamientos establecidos en la Ley de Espectáculos Públicos o a la falta de garantía en la destinación específica del recurso.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

1). Ejecutar la iniciativa aprobada por el Comité evaluador, de acuerdo con las condiciones específicas de la invitación, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la iniciativa con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso. 

2). Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD en atención a la estrategia de internacionalización del sector, para lo cual la o el ganador(a) deberá atender los requerimientos que le sean realizados, en particular los referentes a la visibilización de la circulación internacional y su impacto.

3). Entregar el cronograma de la ejecución de la iniciativa a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador(a) de la invitación cultural con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación, este cronograma deberá ser detallado y realista, y debe contemplar: Ensayos previos el día anterior de las funciones y actividades preparatorias, Número total de presentaciones, Tiempos de montaje, desmontaje y desplazamiento, entre otras.

4). Informar a la SCRD a través de correo electrónico sobre cualquier ajuste o modificación en el presupuesto aprobado, las actividades o cronograma de la iniciativa. No se podrá avanzar en la ejecución de las actividades si se han presentado cambios que no hayan sido puestos en conocimiento y autorizados por la SCRD.

5). Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar la iniciativa.

6). Tramitar con antelación los permisos y autorizaciones (incluyendo visados y demás requeridos para viajes internacionales) pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa. En caso de no lograr el cumplimiento de los requisitos para la movilidad, la o el ganador(a) deberá renunciar al incentivo  y devolver los recursos en caso de que ya se hayan realizado desembolsos por parte de la SCRD.

7). Garantizar el cumplimiento de la normatividad relacionada con derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo con la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993. Así como encontrarse a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, en los casos que corresponda cumplir con esta obligación.

8). Entregar la sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato pdf o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la iniciativa y realizar la actividad de gestión de conocimiento señalada en la iniciativa. 

9). Entregar los informes de ejecución de la iniciativa que sean requeridos,  en los plazos indicados por la SCRD, siguiendo el formato suministrado por la entidad. En donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes y los soportes financieros de ejecución de los recursos del incentivo .

10).  Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la iniciativa.

11). Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la iniciativa ganadora. 

12). Es obligatorio que, en cualquier comunicado de prensa, publicación en diferentes medios, redes sociales y canales de comunicación dar el crédito a la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, incluir la marca de ciudad “Cultura Bogotá”, etiquetar @Culturaenbta, y señalar que la circulación se da en el marco de la Invitación Cultural Bogotá 2038: Narradores de Futuros

13). Las y los ganadores se comprometen a garantizar la imagen reputacional de Invitaciones Culturales, las entidades que lo ejecutan, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne a la entidad ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.

14). Las y los ganadores se comprometen a tramitar una póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo (es decir, que el beneficiario de la Póliza es La SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE DE BOGOTÁ)

15). Es deber hacer de los ganadores hacerse responsables de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la iniciativa. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda.

16). Adicionalmente a la documentación solicitada en las Condiciones específicas de Participación, la o el ganador(a) deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: la o el ganador(a) deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la iniciativa. Si el espacio no cuenta con esta garantía, la o el ganador(a) deberá constituir a favor de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades

17). En caso de que la iniciativa ganadora se trate de una intervención en espacio público, será obligación del ganador(a) cumplir con la normativa vigente y gestionar los permisos correspondientes frente a las autoridades competentes para llevar a cabo su iniciativa.

Beneficios

El (la) ganador(a) tendrá derecho a recibir el incentivo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del incentivo  una vez notificada la resolución que otorga el incentivo , y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo, la Guía Operativa y la presente Invitación Cultural. 


  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del incentivo  posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) para tales efectos, y la presentación y aprobación por el área misional del informe de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la entidad. 

Compromisos de la entidad

  1. Entregar el incentivo económico a la iniciativa seleccionada, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD.

  2. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.

  3. Difusión de logros de ganadores, según disponibilidad de la SCRD.