Invitación Cultural 11° Muestra Afro 2026 - Muestra Nacional - Todas las culturas cuentan - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, por medio de la Cinemateca de Bogotá y el CERLALC - Centro Regional para el fomento del Libro en América Latina y el Caribe, invitan a personas naturales, agrupaciones y personas jurídicas autorreconocidas como pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, a participar de la INVITACIÓN CULTURAL 11° MUESTRA AFRO 2026 - MUESTRA NACIONAL para obras audiovisuales. Esta invitación cultural busca exhibir obras de cualquier duración y formato durante la Muestra Afro que se llevará a cabo en noviembre de 2026.
Artes audiovisuales
24-08-2026
Fecha de apertura
14-09-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
16-09-2026
Fecha límite publicación de listado de habilitados y no habilitados
17-09-2026
Fecha de recepción de observaciones al listado de Verificación
28-09-2026
Fecha Límite de publicación de seleccionados
01-12-2026
Fecha Límite de realización de Actividades
Progreso
7% Estás a tiempo de presentarte.

Descripción

La Muestra Afro inició en el año 2016 con la intención de visibilizar la cultura y la producción audiovisual afro en el país, su riqueza y diversidad. Este espacio ha sido una apuesta significativa para el desarrollo, fortalecimiento y transformación del cine y el audiovisual afro en Colombia.


La Cinemateca de Bogotá – Gerencia de Artes Audiovisuales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el CERLALC - Centro Regional para el fomento del Libro en América Latina y el Caribe invitan a personas naturales, agrupaciones y personas jurídicas autorreconocidas como pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras de Colombia, que tengan una obra audiovisual finalizada entre 2024 y 2026, que no haya sido exhibida en versiones anteriores de la Muestra Afro, a participar de esta invitación cultural para exhibir sus obras en la 11a edición de la Muestra Afro, que se llevará a cabo en noviembre de 2026.


Las obras seleccionadas dentro de esta Muestra Nacional tendrán un máximo de cuatro (4) proyecciones a realizarse en noviembre de 2026 en la Cinemateca de Bogotá y el proyecto Cinemateca Local.


El formato y el género audiovisual para esta invitación cultural son libres. Pueden presentarse largometrajes, mediometrajes y cortometrajes de ficción, documentales, experimentales, de animación, video-ensayos, videoclips, entre otros.


Una misma persona natural, agrupación o persona jurídica puede presentar más de una obra audiovisual para la 11° Muestra Afro 2026 - Muestra nacional.


Los participantes que se registren en esta Invitación Cultural manifiestan que tienen los derechos de exhibición de la obra postulada. 


Esta invitación cultural se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 [1], especialmente con la Coordenada uno: Todas las culturas cuentan, todas las personas y todos los territorios cuentan, promoviendo el reconocimiento, reestablecimiento, garantía y ejercicio efectivo de los derechos culturales de las comunidades creadoras que desde lugares profesionales, poblacionales y territoriales diversos participan, acceden y contribuyen a la cultura de la ciudad, del país y del mundo, garantizando la sostenibilidad artística, cultural y patrimonial de la ciudad. Invitamos a las y los participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía la convocatoria y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad.


[1] El Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/plan-de-cultura-de-bogota-2038


Nota: El Idartes no asumirá costos de viajes de las personas que sean seleccionadas para la Muestra Nacional.


Socialización de la invitación cultural

Con el fin de resolver inquietudes sobre la invitación cultural, le invitamos a participar de una sesión de socialización virtual el día 8 de septiembre de 2026 a las 5:00 p.m. en el siguiente enlace: meet.google.com/iwx-pxnn-uub 

Incentivos


  • Se otorgarán ocho (8) incentivos económicos por valor de quinientos mil pesos ($500.000.oo) cada uno, para un total de cuatro millones de pesos ($4.000.000.oo). Dejar esta nota fija: Al valor total del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.

¿Quién puede participar?

 

Persona natural:


Persona colombiana autorreconocida como perteneciente a la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera mayor de 18 años. 


Persona extranjera autorreconocida como afrodescendiente que resida en Colombia mayor de 18 años.

Agrupación:








Agrupación integrada por dos o más personas naturales colombianas o extranjeras residentes en Colombia, mayores de 18 años, donde al menos uno de los integrantes sea autorreconocido como perteneciente a la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.


Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con el Idartes en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del incentivo en caso de que la agrupación resulte ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la invitación cultural. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal.



Persona jurídica:


Persona jurídica debidamente constituida en cualquiera de las modalidades autorizadas por la ley, acreditada mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo. El equipo debe estar integrado por dos (2) o más personas colombianas o extranjeras residentes en Colombia, mayores de 18 años, donde al menos uno de los integrantes sea autorreconocido como perteneciente a la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.



Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

  • Título de la obra audiovisual
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Sinopsis
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Director/a/e(s)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Duración exacta en minutos incluyendo créditos
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Año de estreno (2024, 2025 o 2026)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Territorio(s) de producción. Si fue realizado en Colombia, por favor indique el o los municipios o distritos donde fue producido. (Ejemplo: Palmira, Valle; Cali, Valle)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Enlace de visualización de la obra en Vimeo, YouTube u otra plataforma (incluir la contraseña, si aplica). El enlace debe estar disponible hasta el 1 de diciembre de 2026. De no poderse visualizar este material, la propuesta no será tenida en cuenta.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Perfil de l_s realizador_s: un texto descriptivo de la(s) personas que realizaron la obra audiovisual que incluya: quiénes son, cuál es su experiencia y su filmografía realizada previamente, si cuentan con ella.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Opciones de accesibilidad
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identificación

Para persona natural:
Documentos administrativos a presentar: -Documentos de Identidad: Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras. Cédula de extranjería. Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso por Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Para agrupación:
En un único PDF, presentar los Documentos de identidad del representante de la agrupación y de cada uno de los integrantes: Cédula de ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras. Cédula de extranjería. Ciudadanos venezolanos: Permiso para Protección Temporal (PPT) de cada uno de los integrantes.
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Para persona jurídica:
Documento de identidad del Representante Legal.

Certificado de existencia y representación legal (personas jurídicas)

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la entidad competente con mínimo 30 días, antes de la fecha de cierre de inscripción.
Documentos técnicos

Fotografía de la Obra

Fotografía de la Obra

Anexos

Guía Operativa - Invitaciones Culturales Guía Operativa - Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Calidad artística, técnica y solidez en la propuesta estética, narrativa y conceptual
    Puntaje máximo: 70
  • Pertinencia en relación a la Muestra Afro
    Puntaje máximo: 30

Proceso de selección

  • Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. 

  • Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.

Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.

  • Evaluación y selección: El Idartes conformará un comité de selección integrado por tres (3) personas del equipo de la Cinemateca de Bogotá–Gerencia de Artes Audiovisuales del Idartes. Este comité estará encargado de evaluar, deliberar y seleccionar las iniciativas ganadoras. La conformación del comité evaluador quedará consignada en un acta para consulta pública en la página de esta invitación. Los resultados de la evaluación serán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


  • Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.


           Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.


  • Publicación de resultados: El Acta de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta Invitación Cultural.  


En caso de que alguno de los participantes, incluyendo integrantes de agrupaciones o representante legal de la  persona jurídica, sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación Cultural.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  5. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  6. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.

  7. La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la Invitación Cultural adelanta las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  8. La obra audiovisual presentada fue previamente proyectada como parte de alguna de las versiones anteriores de la Muestra Afro de la Cinemateca de Bogotá.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

1. Una vez se publiquen los resultados, la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES se pondrá en contacto con las personas seleccionadas, quienes deberán aceptar el incentivo en un plazo máximo de dos (2) días hábiles a los correos luis.ragua@idartes.gov.co y daniel.vallejo@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos dos (02) días hábiles la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, se entenderá que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere. 


En caso de que se presente renuncia, impedimento, restricción de participación o una situación de incumplimiento relacionada a una iniciativa ganadora, la Entidad otorgará el incentivo a aquel que haya ocupado la suplencia, si a ello hubiese lugar. Lo anterior, siempre y cuando sea posible adelantar los trámites administrativos correspondientes, que garanticen el pleno desarrollo y tiempos de ejecución de la iniciativa.


Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío a los correos luis.ragua@idartes.gov.co y daniel.vallejo@idartes.gov.co de los siguientes documentos: 

●    Documento de identidad (según Perfil del Participante).

●  Certificado bancario (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica),  no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. Esta cuenta debe corresponder a un banco colombiano.

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

●    RUT (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica), generado el año 2026.

2. Entregar en la fecha estipulada por la Cinemateca de Bogotá el material promocional y la copia de la obra audiovisual para proyección en las condiciones que la Cinemateca de Bogotá determine una vez sea notificada la selección.

3. Autorizar la circulación de la información de la obra audiovisual en los medios de comunicación de la Cinemateca de Bogotá y CERLALC - Centro Regional para el fomento del Libro en América Latina y el Caribe.

4. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.

5. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones. 

6. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

7. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas

8. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.

9. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a las direcciones de correo luis.ragua@idartes.gov.co y daniel.vallejo@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.

Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito,  un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

10. Promover y mantener un trato respetuoso, incluyente y libre de cualquier tipo de violencia, discriminación, acoso o conducta que afecte la integridad y el bienestar de los demás participantes, del equipo de la Cinemateca y de los públicos del Centro Cultural. La organización se reserva la posibilidad de desvincular del proceso a quienes incurran en situaciones que vulneren estos principios o afecten la convivencia y el desarrollo adecuado de las actividades.

11. Mantener afiliación activa a la EPS o sistema de salud, durante la ejecución de la Invitación Cultural, en caso de no tener, el ganador deberá cubrir la atención médica que se requiera (Si aplica).

12. Informar sobre condiciones médicas preexistentes que puedan representar un riesgo durante las actividades relacionadas con la ejecución de la iniciativa.

Beneficios

  1. Participar en la Muestra nacional con la proyección de la obra audiovisual en el marco de la programación oficial de la 11° Muestra Afro 2026.

  2. Recibir un único desembolso del 100% del incentivo económico en el mes de noviembre de 2026 contra entrega de los documentos solicitados y aprobados por el CERLALC - Centro Regional para el fomento del Libro en América Latina y el Caribe.  

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación cultural algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Supervisar la entrega de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos: 

De conformidad con las condiciones específicas establecidas en esta Invitación Cultural, el IDARTES actuará bajo el siguiente procedimiento en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento de los compromisos adquiridos por el ganador:

  • Requerimiento de Explicaciones: La Entidad requerirá formalmente al participante para que brinde las explicaciones pertinentes frente a la situación detectada.


  • Debido Proceso: Si el participante no atiende los requerimientos o si sus explicaciones no justifican el incumplimiento frente a los compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento administrativo correspondiente. Este proceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, garantizando en todo momento el derecho a la defensa y al debido proceso del participante.


  • Declaratoria y Sanción: Si como resultado del proceso administrativo se comprueba el incumplimiento, éste se declarará mediante Acto Administrativo.


  • Consecuencia: La declaratoria de incumplimiento conllevará una sanción de restricción que impedirá al artista participar, por el término de los dos (2) años siguientes, en las invitaciones culturales adelantadas por la Subdirección de las Artes.