El Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, a través de la Gerencia de Artes Audiovisuales, presenta la Invitación Cultural Temporada Imágenes y Sonidos Experimentales: Saberes, oficios y tecnologías del común – MetaLab del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá 2026.
El MediaLab de la Cinemateca de Bogotá tiene el objetivo de fomentar, articular y promover iniciativas audiovisuales, cinematográficas y digitales, que articulen los nuevos medios, el arte y la tecnología, con énfasis en nuevas formas de creatividad y formatos de producción, experimentación con diferentes medios, tecnologías y metodologías de trabajo transdisciplinares e innovadoras que generen apropiación entorno a la cultura digital y audiovisual de la ciudad de Bogotá, abarcando diferentes públicos y poblaciones.
La presente Invitación Cultural Temporada Imágenes y Sonidos Experimentales: saberes, oficios y tecnologías del común – MetaLab del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá 2026 #Bogotá en Red, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: Una brújula hacia 2038 [1], especialmente con la Coordenada cuatro: Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras, reconociendo la importancia del trabajo colaborativo, la co-creación, el intercambio de saberes comunitarios y de oficio, y la construcción de memorias metodológicas compartidas que garanticen la sostenibilidad y permanencia de los procesos de investigación-creación audiovisual y la cultura digital en la ciudad. Invitamos a las y los participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía la invitación cultural y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad.
Invitamos a las personas participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía la invitación cultural y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad.
[1] El Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/plan-de-cultura-de-bogota-2038.
¿Qué es el MetaLab?
El MetaLab se plantea como un espacio de investigación-creación del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá que pone el foco en el desarrollo, experimentación y documentación de procesos investigativos, metodologías y formas de hacer alrededor de preguntas relacionadas con las artes audiovisuales y sus vínculos con otros saberes, prácticas y tecnologías.
El MetaLab tiene como objetivo abrir estos procesos de investigación-creación al diálogo y la participación ciudadana, generando espacios de intercambio, experimentación y construcción colectiva de conocimiento en los que las preguntas, metodologías y formas de trabajo puedan enriquecerse o transformarse a partir del encuentro con diferentes experiencias y conocimientos; así como documentar y sistematizar los procesos desarrollados, haciendo visibles las preguntas, referentes, herramientas, decisiones metodológicas, exploraciones y aprendizajes que acompañan la creación.
De esta manera, el MetaLab busca contribuir a la construcción de un repositorio abierto de investigación-creación de procesos ciudadanos que permita consultar, compartir y apropiar metodologías y conocimientos generados, fortaleciendo la sostenibilidad, permanencia y continuidad de experiencias futuras en el campo audiovisual.
Metalab versión 2026:
El MediaLab de la Cinemateca de Bogotá abre esta invitación para la postulación de procesos de investigación-creación previamente formulados o en desarrollo interesados en la futura circulación del conocimiento (libre, abierto y público) que harán parte de la programación de la Temporada Imágenes y Sonidos Experimentales: saberes, oficios y tecnologías del común.
Las propuestas presentadas deberán dialogar con uno o varios de los siguientes ejes conceptuales de la Temporada.
1. Sostenibilidad y permanencia de procesos
Este eje propone que la sostenibilidad audiovisual no se reduce al reciclaje de equipos, sino a la construcción de infraestructuras culturales que perduren y puedan ser apropiadas por las comunidades. Se busca que el conocimiento construido colectivamente sobre las artes audiovisuales pueda ser consultado, reutilizado y resignificado, entendiendo el archivo como un organismo vivo que alimenta y es alimentado por quienes lo habitan.
2. Co-creación y laboratorios de intercambio
Este eje entiende el MediaLab como un nodo donde el conocimiento técnico se hibrida con saberes ancestrales, barriales y de oficio mediante el intercambio de saberes para la creación audiovisual. Propone romper la jerarquía entre "quien sabe de tecnología" y "quien sabe del territorio", reconociendo que ambos conocimientos son igualmente necesarios para construir narrativas situadas.
3. Artesanía digital y baja tecnología
Este eje propone alejarse de la lógica de la alta tecnología industrial para enfocarse en la dimensión artesanal de la creación audiovisual. Invita a explorar cómo prácticas como el papel, el tejido o la encuadernación dialogan con la experimentación electrónica y el software libre, reivindicando el "hacer con las manos" como una forma de creación, aprendizaje y experimentación en el ámbito audiovisual.
Este eje propone el MediaLab como un espacio para la creación y la escritura audiovisual, la exploración narrativa y formal, la experimentación con lenguajes, técnicas y estéticas, y el encuentro entre distintas formas de narrar, hacer, pensar y crear en torno a las imágenes en movimiento y los sonidos. Se busca reconocer la investigación-creación como parte del desarrollo de proyectos audiovisuales que exploren diversas formas de producción, narrativas, géneros, formatos y dispositivos, y que puedan materializarse en obras de ficción o no ficción, piezas experimentales, producciones seriadas, largometrajes, videojuegos, obras instalativas, obras interactivas, expandidas y otros formatos y medios audiovisuales.
Preguntas orientadoras*
Los ejes conceptuales anteriormente descritos plantean un conjunto de preguntas abiertas que buscan orientar los procesos de investigación-creación del MetaLab.
¿Cómo se producen las artes audiovisuales desde los saberes, los oficios y las tecnologías del común?
¿Qué otras formas de crear, investigar y compartir las artes audiovisuales son posibles cuando dialogan distintos conocimientos, prácticas, materialidades y territorios?
¿Cómo se construyen las artes audiovisuales desde las prácticas cotidianas, comunitarias, artesanales y tecnológicas?
¿Cómo se redefine lo audiovisual cuando se piensa desde los saberes, las materialidades, los oficios y las prácticas situadas?
*Estas preguntas no constituyen una lista cerrada ni representan los únicos enfoques posibles; buscan servir como punto de partida para que cada propuesta dialogue con el marco conceptual de la temporada desde sus propios intereses, metodologías y procesos.
Estructura del MetaLab
El MetaLab se desarrolla a partir de cuatro momentos:
La presente invitación cultural seleccionará un máximo de dos (2) procesos de investigación-creación que harán parte de la programación del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá durante un periodo máximo de seis (6) meses.
Una vez seleccionado el proceso de investigación-creación, la Cinemateca de Bogotá abrirá una convocatoria dirigida a la ciudadanía para conformar un grupo de entre diez (10) y quince (15) participantes por proceso que se vincularán activamente al desarrollo de la investigación-creación. La convocatoria será abierta y pública, y la conformación del grupo responderá a los perfiles, intereses, saberes y necesidades particulares de la investigación-creación seleccionada.
Durante un periodo máximo de seis (6) meses el proyecto seleccionado junto con los participantes vinculados al proceso compartirán espacios de trabajo colaborativo donde las preguntas, metodologías y prácticas puedan enriquecerse mediante el intercambio de saberes, trayectorias y la participación ciudadana. Durante el desarrollo del MetaLab, el proceso será liderado por la agrupación, colectivo o proceso seleccionado, quien definirá las metodologías de trabajo de acuerdo con la naturaleza de su propuesta.
Construcción de una memoria metodológica que contribuya a la circulación, apropiación y permanencia de los conocimientos, metodologías y aprendizajes generados. Como resultado del proceso, el proyecto seleccionado deberá entregar una memoria metodológica que documente el desarrollo del trabajo colectivo, las metodologías implementadas, las herramientas empleadas, las decisiones tomadas, los aprendizajes y las reflexiones surgidas durante la experiencia. Esta memoria podrá presentarse en formato escrito, audiovisual, sonoro, gráfico, editorial, digital o cualquier otro formato pertinente y deberá estar acompañada de una ficha documento descriptiva. hará parte del repositorio de investigación-creación del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá. Es importante aclarar que se espera que esta memoria pueda ser, eventualmente, liberada para consulta y circulación libre, abierta y pública a la ciudadanía.
Duración
El MetaLab se desarrollará durante máximo seis (6) meses mediante sesiones periódicas de trabajo acordadas entre el equipo de la Cinemateca de Bogotá y el proceso seleccionado.
Lugar
Cinemateca de Bogotá
Cra. 3 #19-10, Santa Fe, Bogotá.
Nota:
Como complemento a la presente invitación, se pone a disposición el texto curatorial completo de la Temporada Imágenes y Sonidos Experimentales: saberes, oficios y tecnologías del común, en el cual se desarrolla el marco conceptual que orienta esta invitación y se amplían las reflexiones y referentes que dieron origen a la temporada.
Temporada imágenes y sonidos experimentales: saberes, oficios y tecnologías del común
• Agrupaciones: Colectivos, organizaciones, semilleros de investigación o procesos de trabajo colaborativo conformados por dos (2) o más personas naturales, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá o en municipios aledaños: Chía, Soacha, Cota, Tocancipá, Funza, Mosquera, Cajicá, Fusagasugá, Zipaquirá, Madrid, Tenjo, Facatativá, La Calera, Sopó, Sibaté, Tabio, Subachoque, Gachancipá, El Rosal, Bojacá; que desarrollen procesos de investigación-creación relacionados con las artes audiovisuales, el cine, los nuevos medios o con prácticas provenientes de otros campos del conocimiento, los oficios, las artes, el trabajo comunitario, las prácticas artesanales, los saberes tradicionales o territoriales, siempre que estas dialoguen con la creación audiovisual y con uno o varios de los ejes conceptuales relacionados en la presente invitación cultural.
Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con el Idartes en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del incentivo en caso de que la agrupación resulte ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la invitación cultural.
Las agrupaciones deberán contar con un proceso de investigación-creación previamente formulado o en desarrollo que pueda abrirse a la experimentación colectiva, el intercambio de saberes y la participación ciudadana mediante metodologías de trabajo colaborativas.
Se valorará la experiencia en procesos de creación interdisciplinar, laboratorios, metodologías participativas, trabajo con comunidades, documentación de procesos y proyectos que articulen saberes, oficios, tecnologías, materialidades y territorios desde una perspectiva de investigación-creación.
• Persona jurídica: Debidamente constituida en cualquiera de las modalidades autorizadas por la ley, acreditada mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, de naturaleza pública o privada, con domicilio principal o sucursal en Bogotá D.C. o en alguno de los municipios aledaños: Chía, Soacha, Cota, Tocancipá, Funza, Mosquera, Cajicá, Fusagasugá, Zipaquirá, Madrid, Tenjo, Facatativá, La Calera, Sopó, Sibaté, Tabio, Subachoque, Gachancipá, El Rosal, Bojacá; que desarrollen o hayan desarrollado procesos relacionados con las artes audiovisuales, el cine, los nuevos medios o con prácticas provenientes de otros campos del conocimiento, los oficios, las artes, el trabajo comunitario, las prácticas artesanales, los saberes tradicionales o territoriales, siempre que estos dialoguen con la creación audiovisual y con uno o varios de los ejes conceptuales relacionados en la presente invitación cultural
La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.
Las personas jurídicas deberán contar con un proceso de investigación-creación previamente formulado o en desarrollo, que pueda abrirse a la experimentación colectiva, el intercambio de saberes y la participación ciudadana mediante metodologías de trabajo colaborativas.
Se valorará la experiencia de la organización en procesos de creación interdisciplinar, laboratorios, metodologías participativas, trabajo con comunidades, documentación y circulación de procesos y proyectos que articulen saberes, oficios, tecnologías, materialidades y territorios desde una perspectiva de investigación-creación.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo cinco (5) días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si la agrupación, colectivo o semillero participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello o al correo santiago.rodriguezc@idartes.gov.co.
La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado.
Evaluación y selección: Se designarán tres (3) evaluadores que conformarán un comité de selección interno del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES (ad honorem), quienes evaluarán las propuestas presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en la presente invitación.
El comité seleccionará un máximo de dos (2) procesos, de acuerdo con la calidad, pertinencia conceptual y viabilidad de las mismas, y podrá recomendar propuestas suplentes en caso de que se presente alguna inhabilidad, desistimiento o imposibilidad de ejecución por parte de las personas o agrupaciones seleccionadas.
En caso de que alguno de los postulantes sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.
Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.
Publicación de resultados: El Acta de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Se presentaron dos o más iniciativas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran agrupaciones o personas jurídicas.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la Invitación Cultural adelanta las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de seleccionados: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguientes de la fecha y hora de recibo del correo de notificación (Art. 61, Ley 4 de 1913), para dar su respuesta al correo electrónico: santiago.rodriguezc@idartes.gov.co, manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos dos (2) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
2. Las personas naturales, agrupaciones o colectivos seleccionados deberán entregar los contenidos audiovisuales, artísticos, documentales o de registro derivados de las sesiones del MetaLab seleccionado en el marco de la presente invitación cultural al MediaLab de la Cinemateca de Bogotá, con fines de archivo, memoria y documentación de los procesos.
Dicha entrega deberá realizarse a más tardar el 15 de diciembre de 2026, o en la fecha que sea acordada con el equipo de la Cinemateca de Bogotá según la programación y naturaleza de cada propuesta.
3. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
4. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras, contenidos audiovisuales, artísticos, documentales o de registro derivados de las sesiones desarrolladas en el marco de la presente finvitación cultural y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas
5. Promover y mantener un trato respetuoso, incluyente y libre de cualquier tipo de violencia, discriminación, acoso o conducta que afecte la integridad y el bienestar de los demás participantes, del equipo de la Cinemateca y de los públicos del Centro Cultural. La organización se reserva la posibilidad de desvincular del proceso a quienes incurran en situaciones que vulneren estos principios o afecten la convivencia y el desarrollo adecuado de las actividades.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo santiago.rodriguezc@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
Uso de espacios:
Se permitirá el uso de los espacios físicos de la Cinemateca de Bogotá para el desarrollo de las actividades, sujeto a la disponibilidad institucional y a la programación del equipamiento cultural. Su uso deberá ser previamente coordinado y acordado con el equipo de la Cinemateca, garantizando su adecuada articulación con la operación general de la entidad.
Capacidad instalada
Las iniciativas seleccionadas contarán con la disposición de la capacidad instalada de la Cinemateca de Bogotá, incluyendo equipos técnicos y tecnológicos disponibles. Su uso deberá ser previamente coordinado y acordado con el equipo de la Cinemateca, garantizando su adecuada articulación con la operación general de la entidad.
Acompañamiento técnico, logístico
Las iniciativas seleccionadas contarán con el acompañamiento del equipo técnico, logístico y humano de la entidad, de acuerdo con la disponibilidad institucional y las condiciones operativas del equipamiento cultural.
Acompañamiento misional:
Las iniciativas seleccionadas contarán con el acompañamiento y la gestión del equipo misional de la Cinemateca de Bogotá, a través de la línea de trabajo del MediaLab, para el desarrollo, articulación y seguimiento de las actividades programadas.
Difusión y comunicación:
Las iniciativas seleccionadas serán difundidas a través de los canales institucionales de la Cinemateca de Bogotá, incluyendo su página web, redes sociales y demás medios de comunicación institucional disponibles, de acuerdo con las estrategias de divulgación de la entidad.
Gestión de convocatoria de participantes:
Una vez seleccionadas las iniciativas, la Cinemateca de Bogotá será la encargada de la gestión del proceso de convocatoria y apertura de inscripciones abiertas a la ciudadanía para la conformación del grupo de los participantes.
Constancia de participación para participantes:
Los participantes seleccionados como responsables de la formulación y desarrollo de las actividades recibirán constancia de participación por su ejecución en el marco de la presente invitación, siempre que hayan cumplido con la totalidad del proceso programado.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación cultural algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación cultural, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro de los incentivos, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas en la presente Invitación Cultural.
Los incentivos otorgados a las iniciativas seleccionadas consisten en un conjunto de apoyos para el desarrollo, articulación y circulación de las actividades propuestas. Estos incluyen el uso de espacios físicos de la Cinemateca de Bogotá, sujeto a la disponibilidad institucional y a la programación del equipamiento cultural; la disposición de la capacidad instalada de la entidad, incluyendo los equipos técnicos y tecnológicos disponibles; el acompañamiento técnico, logístico y humano requerido para el desarrollo de las actividades, de acuerdo con las condiciones operativas de la entidad; el acompañamiento y gestión del equipo misional de la Cinemateca de Bogotá, a través de la línea de trabajo del MediaLab; la difusión y comunicación de las iniciativas seleccionadas mediante los canales institucionales disponibles; la gestión del proceso de convocatoria y apertura de inscripciones para la conformación de los grupos de participantes; y la entrega de una constancia de participación a las personas naturales, agrupaciones o colectivos responsables de la ejecución de las actividades, siempre que cumplan con el proceso programado.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas
Incumplimientos:
De conformidad con las condiciones específicas establecidas en esta Invitación Cultural, el IDARTES actuará bajo el siguiente procedimiento en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento de los compromisos adquiridos por el ganador:
Requerimiento de Explicaciones: La Entidad requerirá formalmente al participante para que brinde las explicaciones pertinentes frente a la situación detectada.
Debido Proceso: Si el participante no atiende los requerimientos o si sus explicaciones no justifican el incumplimiento frente a los compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento administrativo correspondiente. Este proceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, garantizando en todo momento el derecho a la defensa y al debido proceso del participante.
Declaratoria y Sanción: Si como resultado del proceso administrativo se comprueba el incumplimiento, éste se declarará mediante Acto Administrativo.
Consecuencia: La declaratoria de incumplimiento conllevará una sanción de restricción que impedirá al artista participar, por el término de los dos (2) años siguientes, en las invitaciones culturales adelantadas por la Subdirección de las Artes.