Invitación cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan - SCRD

JM
Arte dramático, Danza, Música, Producción, Interdisciplinar
01-10-2026
Fecha de apertura
22-10-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
28-10-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
03-11-2026 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
19-11-2026
Fecha de publicación del listado de elegibles
15-12-2027
Fecha máxima de ejecución
Progreso
5% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

En el Plan Distrital de Desarrollo 2024 - 2027 “Bogotá Camina Segura”, la cultura, la recreación y el deporte se rigen como factores fundamentales para el desarrollo, el crecimiento y la transformación de la ciudad. La cultura y las expresiones artísticas son reconocidas no solo como elementos dinamizadores de los contextos urbanos, sino también como instrumentos estratégicos para consolidar a Bogotá como la ciudad en movimiento a través de las artes escénicas.


La Ley de Espectáculos Públicos (LEP) 1493 de 2011 “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”, fue creada con el propósito de regular y formalizar el sector de los espectáculos públicos en Colombia. Su objetivo principal fue resolver las dificultades que enfrentaban los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas —como la carga tributaria, la complejidad de los trámites, la escasez de escenarios adecuados y los altos costos de producción—.


Esta invitación se desarrolla con recursos de la Ley 1493 de 2011 (Ley de Espectáculos Públicos – LEP), los cuales, de conformidad con la Ley 2070 de 2020, el Decreto 639 de 2021 y el artículo 180 del Decreto Distrital 649 de 2025, se destinan al fortalecimiento de la producción y la circulación de las artes escénicas mediante convocatorias públicas que promueven el desarrollo del sector y amplían el acceso de la ciudadanía a una oferta artística diversa y de calidad.


La presente Invitación Cultural, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la coordenada uno: Todas las culturas, todas las personas y todos los territorios cuentan, promoviendo el acceso y garantía de derechos culturales a través de “Espacios públicos y entornos vitales de la cultura”.


Invitamos a las y los participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía la convocatoria y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad. Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038. https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2025-09/plan_de_cultura_septiembre_2025.pdf


La Invitación cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan busca promover la producción y la circulación de obras o puestas en escena de las artes escénicas, el diálogo creativo interdisciplinar y el reconocimiento del talento local, en el marco de la celebración del centenario del natalicio de Gabriel García Márquez en 2027. La invitación propone un diálogo artístico con su legado cultural y literario, su trayectoria y los temas, contextos e imaginarios asociados a su figura, a partir de proyectos escénicos originales y autónomos.

El legado de Gabriel García Márquez trasciende la literatura y ofrece múltiples posibilidades de diálogo con las artes escénicas. Temas como la oralidad, la memoria, los vínculos con el territorio, las relaciones humanas, la manera de aproximarse a lo cotidiano y lo extraordinario, así como los contextos culturales y sociales asociados a su trayectoria, pueden ser abordados desde el arte dramático, la danza, la magia, la música, la narración escénica, la comparsa y el circo sin animales. En este sentido, la invitación busca que las obras o puestas en escena de las artes escénicas, se encuentren previamente creadas y se interpreten como espacios para desarrollar lecturas artísticas originales y autónomas que dialoguen con el legado de Gabriel García Márquez y con las sensibilidades de los públicos contemporáneos.

Se invita a los participantes a aproximarse al legado de Gabriel García Márquez a partir de distintas rutas abiertas. Entre ellas podrán explorarse la oralidad y la narración oral escénica como formas de contar historias; la memoria y su relación con los territorios; los vínculos entre lo cotidiano y lo extraordinario; los oficios, los afectos y las relaciones humanas; la música y su presencia en la trayectoria vital y cultural del autor; su ejercicio periodístico; su relación con Bogotá y con otros territorios; y los contextos sociales y culturales que atravesaron su vida y su producción. Cada propuesta podrá concentrarse en una o varias de estas rutas, o plantear otras, siempre que desarrolle una creación artística propia y autónoma que establezca un diálogo con su legado y con los públicos de Bogotá.

La conmemoración del centenario del nacimiento de Gabriel García Márquez en Bogotá reconoce los vínculos del autor y de su obra con la ciudad, así como la dimensión oral que atraviesa su universo literario. El propio García Márquez señaló que encontró el tono narrativo de su novela más reconocida en la manera en que su abuela relataba acontecimientos extraordinarios con total naturalidad. Esa relación entre oralidad y narración encuentra un lugar en los espacios públicos y culturales donde la ciudad se reúne a contar y a escuchar historias. Bogotá, además, hizo parte de su proceso de formación y de sus primeros años como escritor: aquí inició sus estudios de Derecho y escribió algunos de sus primeros cuentos, entre ellos «La tercera resignación», publicado por El Espectador en 1947. Su vínculo con la ciudad se extendió después al ejercicio periodístico, cuando se desempeñó como reportero de ese mismo diario. 


La referencia a Gabriel García Márquez y a su legado en esta invitación tiene una finalidad conmemorativa y temática. Las iniciativas no están obligadas a reproducir, adaptar, transformar o incorporar sus obras para cumplir con el objeto de la invitación. Cuando el participante decida incorporar obras o elementos protegidos por derechos de autor, deberá contar con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en estas condiciones de participación.


Para participar en la presente invitación, las y los interesados deberán tener en cuenta los siguientes aspectos clave, de acuerdo con la categoría a la cual deseen participar:


CATEGORÍA 1: REALISMOS MÁGICOS EN ESCENA

 

  • Ejecución: Octubre a diciembre de 2027.

  • Requisito: Personas jurídicas con mínimo cinco (5) años de trayectoria o experiencia.

  • Presentación: Cinco (5) funciones.

  • Equipo: Mínimo ocho (8) artistas en escena + un (1) director (a) + un (1) productor (a).

Se hace referencia al equipo de trabajo dentro del cual puede estar el equipo detrás de escena y los artistas en escena.

  • Duración de la función: 60-90 minutos.

  • Público: Familiar.

  • Lugar: Los espacios para las presentaciones serán concertados con la SCRD una vez se defina el ganador. No obstante, los costos que haya lugar deben ser asumidos por el ganador. 


Esta categoría busca promover la producción y la circulación de obras de artes escénicas de mediano formato que podrán desarrollarse desde uno o varios lenguajes, entre ellos  arte dramático, la danza, la magia  y el circo sin animales, mediante propuestas con capacidad de convocatoria y una puesta en escena consolidada. Se valorarán especialmente aquellas que, a través de sus recursos escénicos, artísticos y técnicos, potencien la experiencia del público y propicien un encuentro significativo entre la producción escénica, los públicos y el legado cultural y literario de Gabriel García Márquez. 


Esta categoría está dirigida a personas jurídicas con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo cinco (5) años en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos, a la fecha de cierre de esta convocatoria. 

 


CATEGORÍA 2: PEQUEÑAS HISTORIAS, GRANDES MUNDOS

Circulación de artes escénicas de pequeño formato para espacios no convencionales

  • Ejecución: Marzo a mayo de 2027.

  • Requisito: Agrupaciones o Personas jurídicas con mínimo dos (2) años de trayectoria o experiencia.

  • Presentación: cinco (5) funciones.

  • Equipo: Mínimo tres (3) artistas en escena + un (1) director (a). Se hace referencia al equipo de trabajo dentro del cual puede estar el equipo detrás de escena y los artistas en escena.

  • Duración de la función: 45-60 minutos.

  • Público: Familiar.

  • Lugar: Los espacios para las presentaciones serán concertados con la SCRD una vez se defina el ganador. No obstante, los costos que haya lugar deben ser asumidos por el ganador.


Esta categoría busca promover propuestas de pequeño formato, flexibles y adaptables, capaces de circular en espacios no convencionales. Estas propuestas podrán desarrollarse desde uno o varios lenguajes, entre ellos el arte dramático, la danza, la magia, la comparsa y el circo sin animales, mediante puestas en escena consolidadas y con capacidad de convocatoria. Se valorarán especialmente aquellas que, a través de sus recursos escénicos, artísticos y técnicos, potencien la experiencia del público y propicien un encuentro significativo entre la producción escénica y el universo creativo de Gabriel García Márquez.


Esta categoría está dirigida a agrupaciones y personas jurídicas con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo dos (2) años, a la fecha de cierre de esta convocatoria, en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos. 



CATEGORÍA 3: CARAVANA DE MELQUÍADES


  • Ejecución: Marzo a mayo de 2027.

  • Requisito: Personas jurídicas con mínimo cinco (5) años de trayectoria o experiencia.

  • Presentación: Seis (6) funciones.

  • Equipo: Mínimo Doce (12) artistas en escena + un (1) director (a) + un (1) productor (a). Se hace referencia al equipo de trabajo dentro del cual pueden estar el equipo detrás de escena y los artistas en escena.

  • Duración de la función: 90 minutos (divididos en 2 salidas de 45 minutos).

  • Público: Familiar.

  • Lugar: Los espacios para las presentaciones serán concertados con la SCRD una vez se defina el ganador. No obstante, los costos que haya lugar deben ser asumidos por el ganador.


Esta categoría busca promover la circulación de caravanas escénicas concebidas como propuestas itinerantes que se desplazan y desarrollan su acción artística en espacios públicos de la ciudad. La caravana deberá constituir el formato central e integrador de la propuesta y podrá articular uno o varios lenguajes y prácticas de las artes escénicas, entre ellos el arte dramático, la danza, la comparsa y el circo sin animales, incorporando obligatoriamente la magia como práctica escénica (se entenderá este requisito como la incorporación / realización de actos de ilusionismo o magia escénica). Las propuestas deberán contar con capacidad de convocatoria, adaptación al espacio público e interacción con públicos diversos, aprovechando las características del recorrido y de los lugares de circulación como parte de la experiencia artística, propiciando un encuentro entre la ciudadanía y el universo creativo de Gabriel García Márquez.


Esta categoría está dirigida a personas jurídicas con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo cinco (5) años en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos, a la fecha de cierre de esta convocatoria. 



 

CATEGORÍA 4: LA BENDITA MANÍA DE CONTAR


  • Ejecución: Marzo a mayo de 2027.

  • Requisito: Agrupaciones o Personas jurídicas con mínimo dos (2) años de trayectoria o experiencia.

  • Presentación: cinco (5) funciones.

  • Equipo: Duetos artísticos compuestos por un(a) narrador(a) oral y un(a) músico en escena.

  • Duración de la función: 20-40 minutos.

  • Público: Familiar.

  • Lugar: Los espacios para las presentaciones serán concertados con la SCRD una vez se defina el ganador. No obstante, los costos que haya lugar deben ser asumidos por el ganador.


Esta categoría busca promover la circulación de duetos que articulen la música en vivo y la oralidad en escena, a través de expresiones como el performance, la cuentería o la poesía escénica. La presentación debe generar un diálogo entre la música y la narración oral al integrar estas dos expresiones en obras o actos que estén inspiradas en la obra y vida de Gabriel García Márquez. Las propuestas deberán contar con capacidad de convocatoria, adaptación a espacios no convencionales e interacción con públicos diversos, aprovechando las características de la experiencia artística y propiciando un encuentro entre la ciudadanía y el universo creativo de Gabriel García Márquez.


Esta categoría está dirigida a agrupaciones y personas jurídicas con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo dos (2) años en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos, a la fecha de cierre de esta convocatoria. 


Requisitos para todas las categorías:

 

Las propuestas deberán presentar los siguientes insumos, desarrollados en el formato de presentación de propuesta, con el fin de facilitar una valoración integral de la obra, puesta en escena o del producto artístico postulado:

 

Sinopsis de la obra, puesta en escena o producto artístico: Texto de carácter narrativo y descriptivo que presente de manera clara la temática, el enfoque creativo y el desarrollo general de la propuesta escénica. Extensión máxima de una (1) página.

Ficha artística: Relación detallada del equipo creativo, artístico y técnico que participa en la obra, puesta en escena o producto artístico, especificando los roles y responsabilidades de cada integrante.

Descripción de personajes: Caracterización de los personajes que hacen parte de la propuesta, incluyendo sus rasgos principales, funciones dentro de la obra o puesta en escena y su relación con la narrativa o la estructura escénica, cuando aplique.

Diseño sonoro: Descripción conceptual y técnica de los elementos sonoros que acompañan la obra o puesta en escena, tales como música, efectos, ambientes o paisajes sonoros, y su función dentro de la propuesta escénica.

Diseño de vestuario y maquillaje: Presentación del concepto estético del vestuario y maquillaje, su relación con la propuesta artística y, de ser posible, una breve descripción de las piezas o estilos utilizados por las y los intérpretes.


RECOMENDACIONES GENERALES


  • En cumplimiento de la Ley 1493 de 2011, esta Invitación Cultural, en su línea de producción y circulación, apoya exclusivamente acciones orientadas a la materialización de espectáculos públicos de las artes escénicas que hayan superado la etapa de creación. 

  • Los incentivos otorgados están destinados a fortalecer la circulación de las artes escénicas mediante el apoyo a procesos de producción, operación técnica, promoción y divulgación directamente asociadas a la circulación de los espectáculos de la programación cultural de la ciudad. 

  • La circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas comprende, entre otras actividades, el montaje en sitio, la producción técnica, la escenografía, el vestuario, la iluminación, el sonido, la gestión de escenarios y artistas, y los demás servicios y oficios conexos requeridos por los espacios para la realización de las funciones, tales como: salud, logística y gestión de permisos (sayco/Acinpro, SUGA, PULEP). 

  • Las propuestas presentadas para acceder a recursos de la Contribución Parafiscal Cultural (LEP) no podrán destinar dichos recursos a actividades de creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas, de conformidad con la Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos. En caso de incluir este tipo de actividades, estas deberán ser financiadas con recursos propios del participante o mediante aportes de terceros. 

  • Los recursos del incentivo no podrán destinarse a cubrir gastos de transporte, traslados, alimentación, alojamiento u otros costos asociados a actividades que se desarrollen por fuera de las fechas establecidas para la ejecución del proyecto. 

  • Del valor asignado, el participante deberá destinar como mínimo el cincuenta porciento (50%) del recurso para el pago de honorarios de artistas, personal técnico y personal de producción directamente vinculado a la ejecución de las actividades de producción y circulación del espectáculo público de las artes escénicas, conforme a la Guía Operativa LEP - Línea de Producción y Circulación. 

  • En desarrollo de la presente Invitación Cultural se seleccionará una iniciativa por categoría, a excepción de la categoría 4 que serán 2 iniciativas seleccionadas.  

  • En caso de que alguna categoría se declare desierta, no cuente con el número de iniciativas suficientes para otorgar los incentivos o resulten recursos remanentes, estos podrán asignarse a una iniciativa de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la invitación cultural, esto, siempre y cuando la siguiente iniciativa haya obtenido setenta (70) o más puntos.

  • Las propuestas no estarán obligadas a reproducir, adaptar, transformar o incorporar obras de Gabriel García Márquez ni otros elementos protegidos por derechos de autor para cumplir con el objeto de la presente invitación.

Cuando, por decisión del participante, la propuesta contemple la utilización de obras, fragmentos, personajes u otros elementos protegidos por derechos de autor o derechos conexos, deberá contar con las licencias, autorizaciones o permisos necesarios para los usos previstos en la iniciativa. La obtención de dichas autorizaciones y los costos asociados serán responsabilidad del participante y no podrán ser financiados con recursos del incentivo. Esta obligación se aplicará igualmente a las demás obras o contenidos de terceros incorporados a la puesta en escena, incluyendo, cuando corresponda, música, material coreográfico, obras audiovisuales y demás contenidos protegidos.

  • No está permitida la participación de personas menores de dieciocho (18) años en las iniciativas. 

 

Incentivos

CATEGORÍA 1: REALISMOS MÁGICOS EN ESCENA

  • 1 Un (1) Incentivo de $150.000.000 (Ciento cincuenta millones de pesos).

CATEGORÍA 2: PEQUEÑAS HISTORIAS, GRANDES MUNDOS

  • 1 Un (1) Incentivo de $50.000.000 (Cincuenta millones de pesos).

CATEGORÍA 3: CARAVANA DE MELQUÍADES

  • 1 Un (1) Incentivo de $150.000.000 (Ciento cincuenta millones de pesos).

CATEGORÍA 4: LA BENDITA MANÍA DE CONTAR

  • 2 Dos (2) Incentivos de $20.000.000 (Veinte millones de pesos cada uno).

¿Quién puede participar?

 

Agrupación

Las agrupaciones sólo podrán participar en la Categoría 2. Pequeñas historias, grandes mundos y Categoría 4. La bendita manía de contar. 

En la Categoría 2. Pequeñas historias, grandes mundos las agrupaciones deberán estar conformada por mínimo 3 (tres) integrantes mayores de 18 años y residentes en la ciudad de Bogotá con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo dos (2) años a la fecha de cierre de esta convocatoria, en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos. 


En la Categoría 4. La bendita manía de contar las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) integrantes, duetos artísticos compuestos por un(a) narrador(a) oral y un(a) músico en escena mayores de 18 años y residentes en la ciudad de Bogotá con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo dos (2) años a la fecha de cierre de esta convocatoria, en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos.


La trayectoria o experiencia debe acreditarse mediante certificaciones, contratos que incluyan día, mes, año de inicio y finalización, que estén debidamente firmadas, que den cuenta de la experiencia mínima solicitada. La trayectoria o experiencia deberá corresponder a la  postulante y los soportes presentados deberán estar a nombre de esta. 



Nota: Al momento de la inscripción de la iniciativa, el o la representante de la agrupación debe encontrarse registrado(a) como productor(a) en el Registro Nacional de Productores de Espectáculos de las Artes Escénicas del Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP.


Nota: Los(as) integrantes de la agrupación corresponden a las personas que conforman el equipo de trabajo responsable de la ejecución de la iniciativa y que deberán registrarse en la plataforma Invitaciones Culturales. Esto no implica que todos(as) los(as) artistas en escena deban registrarse como integrantes de la agrupación; sin embargo, los(as) integrantes registrados(as) sí podrían desempeñarse como artistas en escena dentro de la puesta en escena propuesta. 

La información de los integrantes del equipo se verificará en el Formato. Presupuesto/Cronograma/Equipo.


Persona Jurídica

Personas Jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social se encuentre relacionado con la producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas y con domicilio en Bogotá. Deberán contar con una trayectoria o experiencia certificada de mínimo cinco (5) años a la fecha de cierre de esta convocatoria, en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos o relacionada con la Categoría 1.  Realismos mágicos en escena, y la Categoría 3. Caravana de Melquíades; y de mínimo dos (2) años para la Categoría 2. Pequeñas historias, grandes mundos y la Categoría 4. La bendita manía de contar.


La trayectoria o experiencia debe acreditarse mediante certificaciones, contratos que incluyan día, mes, año de inicio y finalización, que estén debidamente firmadas, que den cuenta de la experiencia mínima solicitada. La trayectoria o experiencia deberá corresponder a la persona jurídica postulante y los soportes presentados deberán estar a nombre de esta. 


Nota: La persona jurídica deberá encontrarse registrada como productora en el Registro Nacional de Productores de Espectáculos de las Artes Escénicas del Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP y aportar el certificado vigente que así lo acredite.


Nota: El equipo de trabajo, se refiere a las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos (mínimo 10 en la categoría 1, mínimo 4 en la categoría 2, mínimo 14 en la categoría 3 y, mínimo 2 en la categoría 4). La información de los integrantes del equipo se verificará en el Formato. Presupuesto/Cronograma/Equipo.


Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Documento de identidad

En formato PDF, copia legible por ambas caras del documento de identidad de los integrantes de la agrupación o del representante legal persona jurídica.

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante

En formato PDF, certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación y debe evidenciar que cuenta con un establecimiento de acuerdo con el perfil. En este certificado se debe evidenciar su domicilio en la ciudad de Bogotá.

Certificado de Residencia o Declaración juramentada de residencia 2026 de la totalidad de los integrantes de la agrupación (sólo aplica para categoría 2 y 4)

En formato PDF, certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. expedido por la Alcaldía del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la Invitación. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia Para el caso de las agrupaciones, deberán adjuntar un PDF unificado con cada uno de los certificados o declaraciones de los integrantes. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia, de acuerdo con el modelo previsto en esta invitación cultural. Descargar plantilla aquí

Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado, a nombre del representante de la agrupación o del representante legal de la persona jurídica

En formato PDF, cargue el Registro Único Tributario (RUT), tenga en cuenta que la fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega. Nota: Se recomienda que el domicilio fiscal indicado en el RUT corresponda con el indicado en el certificado de residencia o su declaración juramentada (sí aplica).
Documentos técnicos

Todas las categorias

Formato de presentación de la iniciativa

En formato PDF, cargue el documento de presentación de la iniciativa debidamente diligenciado en la plataforma. Se recomienda leer atentamente las condiciones específicas de esta invitación cultural. Incluya en el ítem correspondiente el enlace del video de sustentación de la iniciativa de acuerdo con las especificaciones señaladas en el formato. Descargar plantilla aquí

Formato de presupuesto, cronograma y equipo de trabajo

En formato Excel, cargue el documento de formato de presupuesto, cronograma y equipo de trabajo debidamente diligenciado, en cada una de las tres (3) hojas, en la plataforma. Señale cada uno de los tipos de gasto correspondientes al desarrollo de la iniciativa en el formato de presupuesto, cronograma y equipo de trabajo. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en la iniciativa. Debido a que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos públicos de las Artes Escénicas (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto se deberán tener en cuenta los parámetros descritos en el documento anexo “Guía de gastos permitidos y no permitidos”. Solo se aceptarán gastos permitidos según la normatividad vigente en relación con los recursos LEP. Descargar plantilla aquí

Soportes de trayectoria o experiencia

En un (1) solo archivo en formato PDF, consolidar los soportes como: certificaciones expedidas por entidades u organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la agrupación o persona jurídica que acrediten mínimo dos (2) años (de acuerdo con la categoría), o de la persona jurídica que acrediten mínimo dos (2) años o cinco (5) años (de acuerdo con la categoría), a la fecha de cierre de esta convocatoria, en la ejecución de proyectos artísticos y culturales o la creación, producción y circulación de productos escénicos.

Hoja de vida con soportes del director(a) (sólo aplica para categoría 1, 2 y 3)

En un PDF, hoja de vida con soportes del director(a) relacionado en el Formato de presupuesto, cronograma y equipo de trabajo.

Hoja de vida con soportes del productor(a) (sólo aplica para categoría 1 y 3)

En un PDF, hoja de vida con soportes del productor(a) relacionado en el Formato de presupuesto, cronograma y equipo de trabajo.

Video de sustentación de la iniciativa

Un enlace web (URL) de libre acceso de un video de duración máxima de tres (3) minutos, alojado y publicado en una plataforma digital (por ejemplo, YouTube, Vimeo, etc). Solo se aceptan enlaces a plataformas digitales con acceso público para su visualización, en el que se dé cuenta de la visión artística de la iniciativa, permitiendo al Comité de Selección comprender la propuesta conceptual y la manera en que esta establece un diálogo con el legado cultural y literario de Gabriel García Márquez en el marco de la presente invitación. La sustentación podrá apoyarse, de manera opcional, en material audiovisual de las puestas en escena.

Anexos

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía Operativa Invitaciones Culturales

Guía LEP Gastos Permitidos y no permitidos Guía LEP Gastos Permitidos y no permitidos

Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural

Criterios de selección


Criterios Generales - Aplican a todas las categorías
Primera Ronda:
  • Calidad artística: Se evaluará la solidez de la propuesta conceptual y artística, la manera en que establece un diálogo creativo con el legado cultural y literario de Gabriel García Márquez, la experiencia y calidad escénica, así como la pertinencia de la integración multidisciplinar.
    Puntaje máximo: 35
  • Viabilidad técnica: Se evaluará la coherencia entre los objetivos, las actividades, el cronograma y el presupuesto, con énfasis en la propuesta de producción y circulación de las artes escénicas en términos operativos y logísticos, que permita asegurar el cumplimiento del cronograma, la adaptabilidad de la puesta en escena a los espacios de circulación y la ejecución de las funciones en condiciones óptimas.
    Puntaje máximo: 25
  • Viabilidad presupuestal: Se evaluará la coherencia y eficiencia en la asignación de los recursos económicos para el desarrollo de la iniciativa. Los gastos deben tener relación directa con la puesta en escena y deben ser indispensables para la presentación de las funciones. Asimismo, se verificará el cumplimiento de los gastos permitidos y no permitidos establecidos por la Ley 1493 de 2011 (LEP).
    Puntaje máximo: 20
  • Experticia del equipo de trabajo: Se evaluará la trayectoria o experiencia, formación y solidez profesional del equipo de trabajo, valorando especialmente la experiencia y participación en producciones similares de la persona a cargo de la dirección y de la persona a cargo de la producción, según la categoría exigida.
    Puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación cultural, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados permitan su acceso, visualización y lectura. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de evaluación por parte del Comité de Selección. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar documentos administrativos. 

  • Evaluación: la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD delegará un Comité de Selección, el cual será encargado de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. 

  • Selección: El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas habilitadas. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un acta de recomendación de ganadores. 

    • El puntaje mínimo para que una iniciativa sea elegible es de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Calidad artística. De persistir el empate se acudirá al criterio Viabilidad técnica. 


  • Publicación listado de elegibles: En esta etapa se hace público el listado de las iniciativas que, tras el proceso de selección, cumplen con los requisitos establecidos en la Invitación Cultural y alcanzan los puntajes necesarios para ser consideradas elegibles. Esta publicación se realiza a través de la plataforma de Invitaciones Culturales.  

  • Presentación ante el Comité de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas: Una vez se ha publicado el listado de elegibles, se presentan las iniciativas  elegibles ante el Comité de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, con el fin de socializar los resultados del proceso y obtener la aprobación correspondiente para la asignación de los recursos LEP en la línea de producción y circulación.

  • Inscripción y registro de la iniciativa en el Portal Único de La Ley de Espectáculos Públicos-PULEP: Corresponde al proceso de inscripción y registro de la iniciativa en el Portal Único de la Ley de Espectáculos Públicos (PULEP), plataforma del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes que permite registrar y hacer seguimiento a las iniciativas, propuestas y proyectos de artes escénicas, garantizando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el marco de la Ley 1493 de 2011.


Para adelantar el proceso de inscripción de la iniciativa en el PULEP, la iniciativa elegible deberá allegar, dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles, la documentación oficial requerida, incluyendo, cuando corresponda, el Registro PULEP como productor o productora y el RUT. Dentro de este mismo plazo, la SCRD podrá solicitar los ajustes presupuestales y/o administrativos que resulten necesarios para verificar el cumplimiento de los gastos permitidos y no permitidos y de los demás requisitos establecidos en el marco de la Ley 1493 de 2011 y sus decretos reglamentarios. La iniciativa elegible deberá atender estos requerimientos dentro del plazo máximo señalado.


Una vez adelantado el proceso de inscripción PULEP, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes podrá realizar las verificaciones correspondientes y solicitar, cuando haya lugar, ajustes presupuestales o documentación adicional en el marco de sus competencias. En tal caso, la iniciativa elegible deberá atender oportunamente dichos requerimientos y realizar los ajustes solicitados, de acuerdo con los plazos que para ello se establezcan.


Posterior a la emisión de registro de la iniciativa por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, la entidad acogerá la recomendación del comité de selección mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  • Publicación de resultados: La Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.

  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural..

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el  participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el  participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité de selección, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los ganadores deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.

  2. Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo en los plazos establecidos.

  3. Presentar la Póliza de Cumplimiento de Disposiciones Legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo económico, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por mínimo el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador, y estar acompañadas por el soporte de pago y por las condiciones generales que la rigen.

  4. Presentar póliza de responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: la o el ganador(a) deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la iniciativa. Si el espacio no cuenta con esta garantía, la o el ganador(a) deberá constituir a favor de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades.

  5. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga el Comité y las que formule la SCRD, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 

  6. Entregar el cronograma de la ejecución de la iniciativa a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la invitación cultural con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.

  7. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la SCRD.

  8. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la invitación cultural.

  9. Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

  10. Entregar los informes de ejecución de la iniciativa que sean requeridos (Informe final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas y los recursos ejecutados durante el proceso, así como los productos, soportes y registros documentales relacionados en su iniciativa.

  11. Participar en las estrategias de socialización definidas por la SCRD.

  12. Contar con los derechos, licencias, autorizaciones o permisos necesarios para la utilización de las obras, contenidos y demás elementos protegidos incorporados en la iniciativa, de acuerdo con los usos previstos durante su ejecución. 

  13. Garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de derechos de autor y derechos conexos, incluida la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993, y cumplir con las obligaciones frente a las sociedades de gestión colectiva cuando corresponda. 

  14. Autorizar a la SCRD el uso, con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio, del material original desarrollado en el marco de la iniciativa respecto del cual el ganador cuente con las facultades necesarias. Esta autorización no implica la cesión o transferencia de los derechos morales o patrimoniales correspondientes. 

  15. Ejecutar la iniciativa aprobada por el comité, de acuerdo con las condiciones específicas de la Invitación Cultural, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. 

  16. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, deberá realizar, cuando aplique, el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP https://pulepapp.mincultura.gov.co/ y remitir el certificado a la SCRD una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos. 

  17. Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma. https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx

  18. En el caso de realizar eventos públicos, los ganadores deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021

  19. Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora. 

  20. Las y los ganadores deberán garantizar el adecuado uso de la imagen institucional de la SCRD y de las entidades participantes, así como obtener y conservar las licencias, autorizaciones o permisos necesarios respecto de las obras y contenidos de terceros incorporados en la iniciativa. Asimismo, deberán suministrar, cuando sean requeridos, los soportes que acrediten dichas autorizaciones y responder por las reclamaciones derivadas de la utilización de contenidos para los cuales les correspondía obtener autorización y esta no hubiera sido obtenida o resultara insuficiente. 

Beneficios

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del incentivo económico, una vez notificada la resolución que lo otorga, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.


Tenga en cuenta que, dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso de la iniciativa el beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, las artes y los saberes y contar con el código de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP, asimismo para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la Persona Jurídica o el representante de la Agrupación deberá realizar el registro como productor de las artes escénicas.


  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del incentivo económico, previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del  ganador(a) y la presentación de un informe final de actividades y ejecución de gastos con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.


Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

  1. Entregar el incentivo económico a la iniciativa seleccionada, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD


  1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.