Dé clic acá y lea las Condiciones generales de Participación
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes le da la bienvenida a la tercera versión del Programa Es Cultura Local.
LEER LAS CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN: Antes de consultar las condiciones específicas de esta beca, lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022, en las que encontrará la información detallada que le permitirá comprender cada una de las etapas establecidas para la participación en esta convocatoria:
Etapa de preselección: aquí se verificará el cumplimiento de los requerimientos de la información y documentación administrativa y técnica suministrada por los participantes inscritos, con el fin de determinar quiénes quedarán habilitados para adelantar el proceso de formación, según los cupos disponibles por localidad y de acuerdo con el orden de inscripción según la fecha y hora de la última modificación realizada a la propuesta. Lo anterior como prerrequisito para pasar a la etapa de evaluación y selección de propuestas recomendadas como ganadoras por parte de los jurados.
Etapa de formación: está dirigida al desarrollo de capacidades emprendedoras y empresariales, así como a la formulación de proyectos, a través de un proceso de formación impartido por un aliado estratégico, el cual consta de lo siguiente:
Emprendetones: escenarios dirigidos al fortalecimiento de habilidades emprendedoras de los participantes, lo cual se desarrollará en dos (2) emprendetones presenciales de jornada completa (8 horas) durante una misma semana. Los participantes que obtengan el certificado de cumplimiento de participación en el proceso de formación, tendrán la oportunidad de pasar a la fase de formulación de proyectos.
Fase de formulación de proyectos: talleres virtuales con acompañamiento por parte de tutores del aliado estratégico, donde cada participante mejorará su idea de proyecto para la construcción de una propuesta sólida, robusta y que corresponda a los criterios y objetivos de la convocatoria.
Los beneficiarios deberán destinar como mínimo siete (7) horas de trabajo para estas sesiones y horas de trabajo autónomo distribuidas durante dos (2) semanas.
Al inscribirse en la convocatoria, el participante entiende y acepta participar en la fase de formación, en la totalidad de sus actividades, para poder concursar por el estímulo.
Nota: las personas naturales preseleccionadas deberán asistir al proceso de formación, no podrán delegar a alguien diferente a la persona inscrita. En el caso de las agrupaciones y personas jurídicas preseleccionadas podrán designar a un integrante inscrito en la propuesta diferente al representante, para asistir al proceso de formación.
Etapa de selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación. Para lo cual se designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad designados a través del Banco de Jurados del Programa Distrital de Estímulos, quienes evaluarán de acuerdo a los criterios aquí establecidos y recomendarán la selección de los ganadores de los estímulos económicos.
En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de fortalecer y aportar a la sostenibilidad de proyectos, procesos o emprendimientos culturales y creativos desarrollados en la localidad.
Para tal fin, los interesados en participar deberán proponer un plan de gestión e inversión del estímulo, que cumpla con las siguientes características:
Los proyectos, procesos o emprendimientos deben encontrarse en estado de implementación, y demostrar potencial de crecimiento, expansión y sostenibilidad en el tiempo.
Las propuestas deben identificar una necesidad de fortalecimiento y plantear una solución a través del plan de gestión e inversión.
Como resultado de la implementación del plan de gestión e inversión, el fortalecimiento debe reflejarse en mejoras al impacto y sostenibilidad del proyecto, como por ejemplo: diversificación de los medios de relacionamiento con sus públicos, comunidades, grupos de interés o consumidores, lo que permite ampliar su cobertura; cualificación de insumos de creación/producción, circulación/distribución, que incremente la calidad de los servicios o productos ofertados.
En todos los casos el plan de inversión debe proponer un aporte a la dinamización económica y social de la localidad, mediante la generación de ingresos o adquisición de productos y servicios de agentes locales.
Las propuestas deben estar relacionadas con alguna de las Actividades de la Economía Cultural y Creativa Programa Es Cultura Local, descritas en el numeral 4.2, de las Condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Cupos disponibles para el proceso de formación: Cincuenta y nueve (59), distribuidos así:
Personas naturales y agrupaciones: Cincuenta (50) cupos.
Personas jurídicas: Nueve (9) cupos.
Cantidad de estímulos: Treinta y nueve (39)
Valor de los estímulos: Los estímulos económicos se distribuirán de la siguiente manera:
Personas naturales y agrupaciones: Se otorgarán treinta y cinco (35) estímulos, cada uno por un valor de quince millones novecientos dos mil trescientos cincuenta y tres pesos m/cte ($15.902.353).
Personas jurídicas: Se otorgarán cuatro (4) estímulos, cada uno por un valor de catorce millones ciento veintinueve mil cuatrocientos setenta y seis pesos m/cte ($14.129.476).
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Del total de los estímulos dispuestos en la convocatoria, se destinarán once (11) para la aplicación de enfoque étnico, diferencial o poblacional de la siguiente manera:
Aclaraciones frente a la tabla de aplicación de enfoques:
La destinación de los estímulos a los enfoques se realizará de acuerdo con la tabla anterior, a partir de las siguientes condiciones: sólo podrán optar aquellos participantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria, así mismo en el proceso de evaluación deberán obtener un puntaje mínimo de setenta (70), siendo priorizados para la asignación de los estímulos, aún cuando haya propuestas con puntajes superiores en orden descendente, presentadas por participantes que no se encuentren dentro de los enfoques mencionados.
En caso que alguno de los estímulos destinados a los enfoques descritos anteriormente quede desierto, ya sea porque no se cuente con inscritos, el participante no culmine el proceso de formación y cualificación, las propuestas queden rechazadas o en el proceso de evaluación no alcancen el puntaje mínimo para ser seleccionados, los estímulos se asignarán a los demás proyectos habilitados para evaluación, de acuerdo al puntaje obtenido en orden descendente. Lo anterior con el fin de garantizar la entrega de los recursos en esta convocatoria.
Lea las condiciones generales de participación, numeral 7.3.2., en el que se especifican las exigencias de los documentos administrativos que debe presentar según el tipo de participante.
Los documentos administrativos son comunes a todas las convocatorias y tienen el carácter de subsanables. Se entiende como documento subsanable todo documento susceptible de ser completado, actualizado o corregido en un momento posterior a la inscripción, por parte del participante y por solicitud de la entidad convocante.
Documento de identidad vigente, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. Este documento se aporta al momento de diligenciar el perfil en plataforma.
Certificado de residencia con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. En su defecto, podrá aportar declaración juramentada del lugar de residencia.
Registro Único Tributario (RUT) con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Cuando apliquen los enfoques:
Aval de pertenencia al grupo étnico a nombre de la persona natural, emitido por las instancias consultivas o mesas locales étnicas, según corresponda.
Para los grupos de Mujer y género, Jóvenes y Población con Discapacidad: aportar documento de reconocimiento de sectores sociales expedido por la instancia de participación local correspondiente o el CLACP, a nombre de la persona natural participante (si aplica).
Documento de identidad vigente del representante y de sus integrantes.
RUT del representante de la agrupación, con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Certificado de residencia del representante y de todos los integrantes, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. En su defecto, podrá aportar declaración juramentada del lugar de residencia.
Cuando apliquen los enfoques:
Aval de pertenencia al grupo étnico a nombre del representante de la agrupación, emitido por las instancias consultivas o mesas locales étnicas, según corresponda.
Para los grupos de Mujer y género, Jóvenes y Población con Discapacidad: aportar documento de reconocimiento de sectores sociales expedido por la instancia de participación local correspondiente o el CLACP, a nombre del representante de la agrupación participante (si aplica).
Documento de identidad vigente del representante legal.
Certificado de existencia y representación legal: vigencia de mínimo 30 días y máximo de 90 días. Este documento se aporta al momento de diligenciar el perfil en plataforma.
RUT de la Persona Jurídica con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Cuando apliquen los enfoques:
Certificación sobre la existencia y representación legal del grupo étnico o aval a nombre del representante legal emitido por las instancias consultivas o mesas locales étnicas, según corresponda.
Para los grupos de Mujer y género, Jóvenes y Población con Discapacidad: aportar documento de reconocimiento de sectores sociales expedido por la instancia de participación local correspondiente o el CLACP, a nombre del representante de la persona jurídica participante (si aplica).
Adicional a lo contenido en las condiciones generales de participación, tenga en cuenta lo siguiente:
Verificación: Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de las condiciones de participación de cada participante y propuesta, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Al finalizar el proceso de verificación, el resultado será publicado en la plataforma, de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en la plataforma. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
Propuestas habilitadas: las que presentan la totalidad de la documentación requerida (documentos técnicos y administrativos para verificación) y cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas rechazadas: las que no presenten la documentación no subsanable requerida, no subsanen en el tiempo establecido o no cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas que se deben subsanar: las que no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable, o fue aportada de manera incorrecta. Únicamente se podrán subsanar los documentos administrativos mencionados en el capítulo ¿Quiénes pueden participar?
Aquellas propuestas que cumplan con las condiciones generales y específicas de participación de cada convocatoria, serán remitidas a la entidad aliada para desarrollar el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales, así como la formulación de proyectos.
Evaluación y selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación por parte del jurado designado, de acuerdo con los criterios de evaluación y teniendo en cuenta los enfoques priorizados.
Para el PECL, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados de la plataforma SICON.
Los interesados en ser jurados para evaluar los proyectos deberán leer las condiciones generales del banco de jurados (aquí), inscribirse en la plataforma SICON y aportar la documentación solicitada teniendo en cuenta el perfil de jurado al que aplique.
Los jurados designados evaluarán los proyectos y emitirán un concepto escrito de los mismos, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo en cuenta que los proyectos seleccionados serán los que hayan obtenido los mayores puntajes o sido priorizados con enfoque diferencial. Como resultado de este proceso, se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión.
Para postularse como jurado de esta convocatoria, ingrese al Banco de Jurados haciendo clic aquí.
Nota: Tenga en cuenta que, las inscripciones en el Banco de Jurados estarán disponibles a partir del 16 de septiembre de 2022, día en el que se publicarán en este apartado los perfiles de los jurados encargados de evaluar los proyectos preseleccionados del proceso de formación.
Adicional a lo indicado en los numerales 7.2. ¿Quiénes no pueden participar? y 7.5. Causales de rechazo de las Condiciones Generales de Participación, se considerará como causales de rechazo lo siguiente:
Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos de la BECA ES CULTURA LOCAL - LOCALIDAD FONTIBÓN 2021
Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos de la CONVOCATORIA ES CULTURA LOCAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE EMPRENDIMIENTOS DEL SECTOR CULTURAL Y CREATIVO DE LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN 2021.
Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos del PREMIO ES CULTURA LOCAL AL EMPRENDIMIENTO CULTURAL Y CREATIVO EN LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN.
Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos en cualquiera de las convocatorias ofertadas en el marco del Programa Es Cultura Local 2021 y en el primer semestre de 2022.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Adicional a lo indicado en las Condiciones Generales de Participación, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, y garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Asimismo, se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo.
Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.
Realizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo, a través de talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones, entre otras, según la naturaleza del proceso adelantado.
En el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo, el ganador deberá asegurar que quien reemplaza a la persona saliente cumpla el mismo rol y cuente con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – IDARTES.
Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.10.14 de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022, así como la siguiente información:
Participar en por lo menos una de las actividades de articulación con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.
Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES para tal fin, y aportarse a través del correo electrónico que le sea indicado.
Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 17 de mayo de 2023.
Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.11. de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022
Los demás señalados en las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán realizar el desembolso del estímulo económico de la siguiente manera:
* Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
* Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.