Dé clic acá y lea las Condiciones generales de Participación
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes le da la bienvenida a la tercera versión del Programa Es Cultura Local.
Antes de consultar las condiciones específicas de esta beca, lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022 , en las que encontrará la información detallada que le permitirá comprender cada una de las etapas establecidas para la participación en esta convocatoria.
Los beneficiarios deberán destinar como mínimo siete (7) horas de trabajo para estas sesiones y horas de trabajo autónomo distribuidas durante dos (2) semanas.
Al inscribirse en la convocatoria, el participante entiende y acepta participar en la fase de formación, en la totalidad de sus actividades, para poder concursar por el estímulo.
Nota: En el caso de las agrupaciones y personas jurídicas preseleccionadas podrán designar a un integrante inscrito en la propuesta diferente al representante, para asistir al proceso de formación.
En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local 2022, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de contribuir a la dinamización económica y social de la localidad, a partir del apoyo a proyectos, procesos o emprendimientos que vinculen mínimo tres (3) eslabones de la cadena de valor de la economía cultural y creativa (ver condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022, numeral 4.1), que:
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Lo anterior a excepción de aquellos participantes que apliquen a la destinación de estímulos con enfoque diferencial, étnico o poblacional, y que de acuerdo al orden de inscripción se encuentren en estado habilitado pasarán al proceso de formación, según la cantidad de estímulos priorizados en la presente convocatoria.
Conformadas por dos (2) o más personas colombianas o extranjeras mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Ciudad Bolívar, y que acrediten la realización de mínimo dos (2) proyectos o procesos de la economía cultural y creativa, mediante los soportes de experiencia indicados en el apartado “Documentos Requeridos”. Esta experiencia podrá certificarse como agrupación o por cada uno de los integrantes.
Nota 1: la experiencia podrá acreditarse como agrupación o por la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 2: Todas las personas que integren la agrupación, deben residir en la localidad de Ciudad Bolívar.
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Ciudad Bolívar, con experiencia acreditada en el desarrollo de mínimo dos (2) proyectos, procesos o emprendimientos culturales y creativos relacionados con las actividades económicas contenidas en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos, numeral 4.2.
Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su proyecto, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.
Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta que la conforman.
Del total de los estímulos dispuestos en la convocatoria, se destinarán cuatro (4) para la aplicación de enfoque étnico, diferencial o poblacional de la siguiente manera:
Lea las condiciones generales de participación, numeral 7.3.2., en el que se especifican las exigencias de los documentos administrativos que debe presentar según el tipo de participante.
Los documentos administrativos son comunes a todas las convocatorias y tienen el carácter de subsanables. Se entiende como documento subsanable todo documento susceptible de ser completado, actualizado o corregido en un momento posterior a la inscripción, por parte del participante y por solicitud de la entidad convocante.
Documento de identidad vigente del representante y de sus integrantes.
RUT del representante de la agrupación, con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Certificado de residencia del representante y de todos los integrantes, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. En su defecto, podrá aportar declaración juramentada del lugar de residencia.
Cuando apliquen los enfoques:
Documento de identidad vigente del representante legal.
Certificado de existencia y representación legal: vigencia de mínimo 30 días y máximo de 90 días. Este documento se aporta al momento de diligenciar el perfil en plataforma.
RUT de la Persona Jurídica con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Cuando apliquen los enfoques:
Adicional a lo contenido en las condiciones generales de participación, tenga en cuenta lo siguiente:
Verificación: Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de las condiciones de participación de cada participante y propuesta, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Al finalizar el proceso de verificación, el resultado será publicado en la plataforma, de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en la plataforma. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
Propuestas habilitadas: las que presentan la totalidad de la documentación requerida (documentos técnicos y administrativos para verificación) y cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas rechazadas: las que no presenten la documentación no subsanable requerida, no subsanen en el tiempo establecido o no cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas que se deben subsanar: las que no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable, o fue aportada de manera incorrecta. Únicamente se podrán subsanar los documentos administrativos mencionados en el capítulo ¿Quiénes pueden participar?
Aquellas propuestas que cumplan con las condiciones generales y específicas de participación de cada convocatoria, serán remitidas a la entidad aliada para desarrollar el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales, así como la formulación de proyectos.
Evaluación y selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación por parte del jurado designado, de acuerdo con los criterios de evaluación y teniendo en cuenta los enfoques priorizados.
Para el PECL, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados de la plataforma SICON.
Los interesados en ser jurados para evaluar los proyectos deberán leer las condiciones generales del banco de jurados (aquí), inscribirse en la plataforma SICON y aportar la documentación solicitada teniendo en cuenta el perfil de jurado al que aplique.
Los jurados designados evaluarán los proyectos y emitirán un concepto escrito de los mismos, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo en cuenta que los proyectos seleccionados serán los que hayan obtenido los mayores puntajes o sido priorizados con enfoque diferencial. Como resultado de este proceso, se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión.
Para postularse como jurado de esta convocatoria, ingrese al Banco de Jurados haciendo clic aquí.
Nota: Tenga en cuenta que, las inscripciones en el Banco de Jurados estarán disponibles a partir del 16 de septiembre de 2022, día en el que se publicarán en este apartado los perfiles de los jurados encargados de evaluar los proyectos preseleccionados del proceso de formación.
Adicional a lo indicado en los numerales 7.2. ¿Quiénes no pueden participar? y 7.5. Causales de rechazo de las Condiciones Generales de Participación, se considerará como causal de rechazo lo siguiente:
Adicional a lo indicado en las Condiciones Generales de Participación, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Asimismo, se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo.
Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Realizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo, a través de talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones, entre otras, según la naturaleza del proceso adelantado
En el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo, el ganador deberá asegurar que quien reemplaza a la persona saliente cumpla el mismo rol y cuente con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.10.14 de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022, así como la siguiente información:
Participar en por lo menos una de las actividades de articulación con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, y aportarse a través de los medios que le sea indicado.
Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 17 de julio del 2023.
Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución del proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.11 de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Los demás señalados en las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán realizar el desembolso del estímulo económico de la siguiente manera:
* Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
* Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.