IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA CONCERTADOS CON LOS PUEBLOS Y CABILDOS INDÍGENAS DE BOGOTÁ ASOCIADOS CON EL CONSEJO CONSULTIVO Y DE CONCERTACIÓN PARA LOS CABILDOS INDÍGENAS EN BOGOTÁ D.C (DECRETO 612 DEL 2015). - IDARTES

JM
Esta invitación pública busca promover las prácticas artísticas de los Pueblos y cabildos indígenas de Bogotá asociados con el Consejo Consultivo y de Concertación para los cabildos Indígenas en Bogotá D.C (Decreto 612 del 2015), que impulsen procesos de formación artística necesarios y adecuados a cada comunidad. Las propuestas en formación artística deben dar cumplimiento gradual a los acuerdos logrados en el año 2020 pero con la vigencia 2022, de modo que se implemente según lo acordado con la instancia y/o la representación comunitaria indígena. El total de recursos destinados a esta invitación pública es de cuarenta y cuatro seiscientos setenta y seis pesos m/cte. ($ 44.676.000). Además del reconocimiento monetario, las propuestas seleccionadas recibirán acompañamiento en la ejecución por parte del IDARTES.
Pueblos étnicos
13-11-2022
Fecha de apertura
16-11-2022 8:00 PM
Fecha de cierre
24-11-2022
Fecha publicación de seleccionados
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

14-12-2022 11:48 AM - AVISO MODIFICATORIO NO.1 - 2022 A LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN PÚBLICA: IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA CONCERTADOS CON LOS PUEBLOS Y CABILDOS INDÍGENAS DE BOGOTÁ ASOCIADOS CON EL CONSEJO CONSULTIVO Y DE CONCERTACIÓN PARA LOS CABILDOS INDÍGENAS EN BOGOTÁ D.C (DECRETO 612 DEL 2015).

24-11-2022 7:24 AM - Resolución No. 1481 de noviembre 23 de 2022 «Por medio de la cual se acoge la recomendación del comité de selección designado para elegir los ganadores de la INVITACIÓN PÚBLICA IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA CONCERTADOS CON LOS PUEBLOS Y CABILDOS INDÍGENAS DE BOGOTÁ ASOCIADOS CON EL CONSEJO CONSULTIVO Y DE CONCERTACIÓN PARA LOS CABILDOS INDÍGENAS EN BOGOTÁ D.C (DECRETO 612 DEL 2015), se ordenan los desembolsos de los reconocimientos monetarios a las propuestas seleccionadas como ganadoras y se precisan unas disposiciones»

13-11-2022 11:31 AM - Acta de selección de Comité Evaluador de la INVITACIÓN PÚBLICA IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA CONCERTADOS CON LOS PUEBLOS Y CABILDOS INDÍGENAS DE BOGOTÁ ASOCIADOS CON EL CONSEJO CONSULTIVO Y DE CONCERTACIÓN PARA LOS CABILDOS INDÍGENAS EN BOGOTÁ D.C (DECRETO 612 DEL 2015).

13-11-2022 11:29 AM - Resolución No. 1408 «Por medio de la cual se da apertura a la INVITACIÓN PÚBLICA IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA CONCERTADOS CON LOS PUEBLOS Y CABILDOS INDÍGENAS DE BOGOTÁ ASOCIADOS CON EL CONSEJO CONSULTIVO Y DE CONCERTACIÓN PARA LOS CABILDOS INDÍGENAS EN BOGOTÁ D.C (DECRETO 612 DEL 2015)».

Descripción

Por medio de esta invitación pública, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes convoca a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa a los siguientes cabildos de Bogotá: Cabildo Ambiká Pijao; Cabildo Indígena Inga; Cabildo Indígena Wounaan Nonam; Cabildo Indígena Eperara Siapidara y  Cabildo Indígena Kamentsá Biyá, a presentar propuestas de formación artística que contribuyan a implementar las acciones afirmativas concertadas en el año 2020 mayoritariamente con la instancia representativa de los Pueblos Indígenas residentes en Bogotá (Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas).

Lo anterior, con el propósito de llevar a cabo las acciones afirmativas que deben ejecutarse anualmente durante el cuatrienio del 2020 - 2024, a través de mecanismos de fomento que garanticen la participación representativa de los agentes artísticos y culturales pertenecientes a los pueblos que integran este grupo étnico y residen en Bogotá.

Aspectos para tener en cuenta en la elaboración de la propuesta de prácticas artísticas que se pueden desarrollar en los procesos de formación - laboratorios: 

  • Se hará entrega de un reconocimiento monetario y técnico a un (1) proceso formativo artístico en formato de laboratorio, propuesto por cada uno de los cabildos a los que está dirigida la invitación pública en las áreas y/o prácticas artísticas representativas de este pueblo.  
  • Prácticas artísticas asociadas con la música, danza, oraliteratura y/o literatura, arte dramático, artes plásticas y visuales, artes audiovisuales, artes aplicadas, artes interdisciplinarias (p.e. artes escénicas) o artes electrónicas. 
  • El desarrollo del laboratorio debe realizarse al menos en 8 sesiones de trabajo, cada una de tres horas, enfocada a cualificar de manera teórica – práctica en la manifestación artística seleccionada. La participación mínima de personas en el proceso de formación es de 10 asistentes y la edad mínima para poder participar es de 7 años en adelante. 
  • El recurso destinado para la realización de cada una de las cinco (5) propuestas que se seleccionarán (una por categoría) es de OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS M/CTE ($8´935.200). Este reconocimiento deberá cubrir exclusivamente el desarrollo de las actividades que se llevarían a cabo como parte de la formación artística, incluyendo el pago del o la artista formadora, materiales e insumos requeridos para el desarrollo de toda la actividad de formación, el pago del espacio en donde se adelantará la enseñanza, etc. No se aceptarán descuentos al presupuesto por conceptos de gastos de representación ni pagos por asistir al proceso de formación. Se realizarán los descuentos de ley a los que haya lugar. 
  • Además del reconocimiento monetario, las propuestas seleccionadas recibirán acompañamiento en la ejecución por parte del IDARTES. 

Fecha máxima de ejecución de las propuestas: 

Las propuestas ganadoras deben llevarse a cabo en el año 2022, con cierre de actividades a más tardar el 23 de diciembre, incluyendo la presentación del informe de gestión y anexos que soporten la ejecución. Ver detalles en el apartado Compromisos de los seleccionados. 

Condiciones de participación: 

  • En esta invitación pública no pueden participar agentes artísticos - culturales ni organizaciones pertenecientes a otras formas de gobierno propio. Tampoco pueden participar las instancias de consulta, concertación, diálogo, participación, articulación e incidencia indígena local, ni aquellos liderazgos que integran las Otras Formas Indígenas de Gobierno Propio, incluyendo los liderazgos Embera. 
  • Cada cabildo o comunidad indígena participante podrá participar con máximo 1 propuesta a esta invitación pública. De presentarse más de una propuesta, las dos quedarán descalificadas. 

Los agentes artísticos - culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena de los cabildos a los que está dirigida esta invitación pública, pueden presentarse con una (1) propuesta a una (1) de las siguientes categorías: 

Categoría 1. Proceso de formación artística Cabildo Ambiká Pijao: 

Esta categoría está dirigida a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa al Cabildo Indígena Ambiká Pijao de Bogotá, ubicado en la localidad de Usme, pero que tiene influencia sobre otras comunidades y cabildantes de este pueblo en otras localidades y barrios de la ciudad. 

Categoría 2. Proceso de formación artística Cabildo Indígena Inga de Bogotá: 

Esta categoría está dirigida a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa al Cabildo Indígena Inga de Bogotá ubicado en la localidad de La Candelaria, pero que tiene influencia sobre otras comunidades y cabildantes de este pueblo en otras localidades y barrios de la ciudad.  

Categoría 3. Proceso de formación artística Cabildo Indígena Wounaan Nonam de Bogotá: 

Esta categoría está dirigida a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa al Cabildo Indígena Wounaan Nonam de Bogotá ubicado en las localidades de Ciudad Bolívar y Tunjuelito, pero que tiene influencia sobre otras comunidades y cabildantes de este pueblo en otras localidades y barrios de la ciudad, y la representación de mesa de víctimas de este pueblo. 

Categoría 4. Proceso de formación artística Cabildo Indígena Eperara Siapidara de Bogotá: 

Esta categoría está dirigida a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa al Cabildo Indígena Eperara Siapidara de Bogotá ubicado en la localidad de San Cristóbal, pero que tiene influencia sobre otras comunidades y cabildantes de este pueblo en otras localidades y barrios de la ciudad, y la representación de mesa de víctimas de este pueblo. 

Categoría 5. Proceso de formación artística Cabildo Indígena Kamentsá Biyá de Bogotá: 

Esta categoría está dirigida a los agentes artísticos – culturales pertenecientes y avalados por la autoridad indígena que representa al Cabildo Indígena Kamentsá Biyá ubicado en la localidad de La Candelaria, pero que tiene influencia sobre otras comunidades y cabildantes de este pueblo en otras localidades y barrios de la ciudad. 

Incentivos

Todas las categorias

  • Monetario y técnico.

¿Quién puede participar?

Tipos de postulantes

 

Persona natural:

La propuesta puede estar presentada por una persona natural con nacionalidad colombiana con pertenencia a un pueblo indígena, mayor de 18 años, residente o domiciliado en Bogotá D.C.  

El o la artista formadora seleccionada debe ser reconocidos por cada cabildo o por la comunidad indígena al cual aplica con la propuesta. No es indispensable que tenga títulos profesionales o estudios académicos. La experiencia y conocimiento debe ser avalada a través de una carta expedida por el representante del cabildo. 

Colectivo:

Agrupación conformada por personas naturales, con nacionalidad colombiana y pertenencia a un pueblo indígena, mayores de 18 años, residentes o domiciliados en Bogotá D.C.  

Los artistas formadores deben ser reconocidos por cada cabildo o por la comunidad indígena al cual aplican con la propuesta. No es indispensable que tengan títulos profesionales o estudios académicos. La experiencia y conocimiento debe ser avalada a través de una carta expedida por el representante del cabildo. 

Persona jurídica:

Organización sin ánimo de lucro con personería jurídica de carácter especial indígena, domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta y reconoce esta entidad. 

La entidad jurídica con carácter especial deberá aportar en la propuesta la hoja de vida, nombre y datos de contacto (número de celular y correo electrónico) del artista formador o formadora quien llevará a cargo el proceso de cualificación artística o de la circulación (en caso de que aplique).


Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Carta de Aval.

Carta expedida por el representante del cabildo.: Carta expedida por la autoridad indígena de cada cabildo, donde avala al artista formador/a y la propuesta de cualificación artística. Debe contener fecha, nombres y apellidos del artista formador/a y número de cédula.

Formulario

Presente su iniciativa en un documento PDF, utilizando el formato único de propuesta disponible para descarga en ANEXOS.

Anexos

Formulario de Registro Descargue y diligencia este formulario con la información de su propuesta, guárdelo en PDF y súbalo a la Plataforma.

Criterios de selección


Todas las categorias
  • Experiencia y trayectoria artística - cultural y comunitaria del artista
    puntaje máximo: 40
  • Coherencia y profundidad de la propuesta en la cualificación de prácticas artísticas con la metodología adecuada y el cumplimiento del mínimo de sesiones, y de las necesidades artísticas del cabildo indígena.
    puntaje máximo: 40
  • Viabilidad presupuestal.
    puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: el Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 3 días hábiles posterior al cierre de la invitación. 

  • Evaluación y selección:  El Idartes conformará un comité interno de selección, conformado por tres personas con perfiles idóneos para evaluar y seleccionar las propuestas ganadoras de la invitación pública. Los resultados de la evaluación serán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  • Publicación de resultados: el acta y la resolución de propuestas seleccionadas se publicará en la parte superior de esta página. 

Causales para no ser habilitado

El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La propuesta no cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La propuesta presentada fue designada como ganadora en alguna convocatoria del Programa Distrital de Estímulos 2022.

  5. La persona postulante, un integrante del colectivo, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB y Canal Capital.

  6. Se presentaron dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran colectivos o personas jurídicas.

  7. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  8. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  9. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.

Compromisos de los seleccionados

  1. Manifestar de forma expresa la aceptación o no del reconocimiento, dentro de los tres (3) días hábiles a partir de la fecha de envío por parte del Idartes del correo electrónico de notificación.

  2. Enviar en un plazo de tres (3) días hábiles a grupos.etnicos@idartes.gov.co los siguientes documentos, para el trámite del desembolso: 


2.1 Póliza de cumplimiento: Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del reconocimiento monetario, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cincuenta por ciento (50%) del valor total del reconocimiento, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este (23 de diciembre de 2022) y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 

2.2  Personas naturales:

  • Certificación bancaria no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. *No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.

  • RUT actualizado a 2022. 

  • Documento de identidad.

2.3 Personas jurídicas:

  • Certificación bancaria no mayor a un mes de expedición.

  • Certificado de existencia y representación legal con menos de 30 días de expedición.

  • Documento de identidad del representante legal.

  • RUT y factura.

  1. Entregar un informe final cuyo formato permitirá dar cuenta del desarrollo de cada una de las propuestas. El formato de informe será suministrado por el Idartes y en ningún momento será modificado o cambiado a sugerencia del seleccionado en la invitación pública. Su diligenciamiento será completo y será entregado con los siguientes anexos:


  • 5 fotografías de cada actividad reportada, organizadas y entregadas en formato de alta calidad. 

  • Un videoclip que sintetice el desarrollo de la iniciativa artística, explicando qué se hizo, quienes participaron, el por qué constituye una práctica artística de importancia para el fortalecimiento de la identidad cultural de la comunidad víctima.

NOTAS:  Para el registro audiovisual y/o de video se puede hacer uso de cualquier equipo de registro, siempre y cuando asegure una buena o excelente calidad del registro audible o visible. Se debe firmar previa a la entrega del informe un formato de derechos de uso e imagen (si aplica). 


Incluir en el medio digital los agradecimientos a la Alcaldía Mayor de Bogotá a través del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, Subdirección de las Artes – Pueblos y Grupos Étnicos, en el marco del cumplimiento de las acciones concertadas con la Mesa de Víctimas de Pueblos Indígenas.

 

  1. Diligenciar las bases de datos suministradas por el Idartes de beneficiarios y de seguimiento PAD de la Alta Consejería para las Víctimas.


  1. Destinar los recursos exclusivamente al desarrollo de la propuesta seleccionada. La persona natural o el/la representante de la persona jurídica seleccionada, será la única responsable del manejo de recursos frente a las personas integrantes de la propuesta o aquellas responsabilidades fiscales en la ejecución de la propuesta.


 6. Asistir a las reuniones y actividades de divulgación física o virtual relacionadas con la beca, que sean programadas por el Idartes.


 7. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y sanitarios para el desarrollo de eventos presenciales, así como de los escenarios destinados para la ejecución de cada propuesta, y adecuar la misma a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales.

Beneficios

  1. Recibir un primer desembolso del 85% del reconocimiento monetario, posterior a la entrega de los documentos solicitados en el punto 2 de los Compromisos de los seleccionados. 
  2. Recibir un segundo desembolso del 15% del reconocimiento monetario, contra entrega de los documentos mencionados en el punto 3 de los Compromisos de los seleccionados. 
  3. Recibir apoyo operativo de la línea de Converge – Programa CREA en el proceso de formación artística. Dicho programa apoyará la toma de datos para los listados de asistencia de los participantes de tal manera que se cuente con la información certera en el proceso de cualificación artística de las personas que asisten a las sesiones. 

Nota: Los desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Compromisos de la entidad

  1. Garantizar los desembolsos del reconocimiento monetario.

  2. Enviar oportunamente los formatos de informe que dé cuenta del desarrollo de las acciones asociadas con los tres reconocimientos monetarios y técnicos brindados en el marco de esta invitación pública. 

  3. Brindar el respectivo apoyo técnico requerido en cada una de las acciones.

  4. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de las condiciones de participación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.