El Equipo del Programa Es Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, junto con la Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, a través del convenio de asociación No. 2446-2022, extiende la presente invitación con el propósito de convocar al sector artístico, cultural y creativo de las localidades de Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito, Usme, Suba y Chapinero de la ciudad Bogotá D.C. para presentar sus propuestas en alguna de las categorías dispuestas en esta invitación y teniendo en cuenta el tipo de trayectoria solicitado. Lo anterior, para hacer parte de la programación del Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura, en el marco del Programa Es Cultura Local en el componente C.
El Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura tiene como fin visibilizar los agentes culturales, potenciar las capacidades de gestión local y el desarrollo de las economías territoriales, mediante eventos interlocales asociados al arte y la cultura, como expresiones para el acceso y disfrute de los derechos culturales, promoviendo la creación, circulación y distribución de producciones de diversas disciplinas, géneros y áreas artísticas existentes en las localidades de la ciudad.
El componente C del Programa Es Cultura Local pretende llevar a cabo dos eventos, así:
Un evento de circulación artística y cultural de dos (2) días, en el cual participarán artistas y agentes culturales de las localidades de Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito y Usme. Se desarrollará los días 10 y 11 de diciembre de 2022.
Un evento de circulación artística y cultural de un (1) día, en el cual participarán artistas y agentes culturales de las localidades de Suba y Chapinero. Se desarrollará el día 11 de diciembre de 2022.
El Festival se realizará al aire libre, el 10 y 11 de diciembre de 2022, y contará con varios espacios acondicionados con los requerimientos mínimos (carpas, mobiliario, tarimas, sonido) para llevar a cabo presentaciones de las diferentes áreas artísticas. Los escenarios por categoría serán informados a los agentes que queden seleccionados.
Los artistas, colectivos y personas jurídicas interesadas podrán postularse desde el 25 de noviembre de 2022 hasta el día y hora de cierre: 02 de diciembre de 2022 a las 10:00 a.m. Deberán diligenciar toda la información requerida al momento de la inscripción, según la categoría y teniendo en cuenta que se permite sólo una inscripción por persona natural, colectivo y persona jurídica, ello incluye a sus integrantes o miembros. Es decir que solo podrá presentar una única propuesta, en una de las dos categorías ofertadas.
Música: dirigido a propuestas musicales que realicen interpretación en vivo desde diversos géneros (música tradicional, folclórica, música urbana, tropical, entre otros). Incluye a solistas, agrupaciones, entre otras formas de organización musical.
Danza: dirigido a solistas, parejas, agrupaciones, colectivos y academias, entre otros, que interpreten distintos géneros y lenguajes danzados, con máximo doce (12) artistas en escena.
Teatro: dirigido a artistas, colectivos y personas jurídicas que desarrollen puestas en escena teatrales desde los diversos lenguajes (títeres, circo, magia, improvisación, entre otros).
Literatura: dirigido a artistas, colectivos y personas jurídicas con propuestas que integren a la comunidad en torno a experiencias con la literatura (narración oral desde la adaptación de textos literarios, lecturas dramáticas, declamación de poesía, talleres, entre otros).
Artes plásticas y visuales (Talleres): dirigido a artistas, colectivos y personas jurídicas con propuestas que desarrollen talleres desde diferentes expresiones de las artes plásticas y visuales (escultura, cerámica, dibujo, grabado, arte urbano, entre otras) que integren a la comunidad asistente al festival.
Artes plásticas y visuales (Exposiciones): dirigido a artistas, colectivos y personas jurídicas que, desde las artes plásticas y visuales, planteen una exposición efímera mediante diversas técnicas (dibujo, pintura, escultura, fotografía, instalaciones, arte urbano, entre otras).
Artes audiovisuales: Dirigido a propuestas que planteen una interacción con públicos desde el lenguaje audiovisual (proyección de documentales, cine foros, charlas sobre dirección o producción, entre otros).
*Para todas las áreas artísticas: El tiempo de la muestra artística será determinado por el comité interno de evaluación, de acuerdo con los requerimientos técnicos del festival, entre 20 y 40 minutos. Exceptuando las exposiciones de artes plásticas y visuales, y el área de artes audiovisuales.
En la categoría A, se seleccionarán setenta y seis (76) presentaciones, de las cuales sesenta y una (61) serán de artistas, colectivos o personas jurídicas locales emergentes y quince (15) serán de artistas, colectivos o personas jurídicas locales consolidadas, divididas en las siete (7) áreas artísticas de la siguiente manera:
Música: Catorce (14) presentaciones.
Danza: Doce (12) presentaciones.
Teatro: Quince (15) presentaciones.
Literatura: Trece (13) presentaciones.
Artes plásticas (Talleres): Ocho (8) presentaciones.
Artes plásticas (Exposiciones): Cuatro (4) presentaciones.
Artes audiovisuales: Diez (10) presentaciones.
A continuación, se aclara cuántas propuestas artísticas emergentes o consolidadas se seleccionarán por localidad:
Bosa: 17 emergentes y 4 consolidadas.
Ciudad Bolívar: 10 emergentes y 3 consolidadas.
Kennedy: 6 emergentes y 2 consolidadas.
Rafael Uribe Uribe: 6 emergentes y 1 consolidada.
San Cristóbal: 6 emergentes y 1 consolidada.
Tunjuelito: 6 emergentes y 1 consolidada.
Usme: 10 emergentes y 3 consolidadas.
Nota 1: Las propuestas presentadas por localidad se podrán programar en cualquiera de las siete (7) áreas artísticas, de acuerdo con la experiencia del participante, los criterios de evaluación y los requerimientos técnicos del festival.
Nota 2: No obstante lo anterior, el comité evaluador podrá declarar desierta alguna de las áreas artísticas en los siguientes casos:
No se presente al menos una propuesta en un área artística específica.
Ninguna de las propuestas presentadas para el área artística específica, sea aprobada por el comité evaluador.
Ante esta eventualidad, el comité evaluador se reserva el derecho de redistribuir, alguna(s) de la(s) presentacion(es) correspondiente(s) a otra(s) área(s) artística(s), de acuerdo con el puntaje y el concepto técnico. Solo aplica en la misma localidad, no habrá redistribución entre localidades diferentes.
En la categoría B, se seleccionarán veintiocho (28) presentaciones, de las cuales veinticinco (25) serán de artistas, colectivos o personas jurídicas locales emergentes y tres (3) serán de artistas, colectivos o personas jurídicas locales consolidadas, divididas en las siete (7) áreas artísticas de la siguiente manera:
Música: Seis (6) presentaciones.
Danza: Cinco (5) presentaciones.
Teatro: Seis (6) presentaciones.
Literatura: Tres (3) presentaciones.
Artes Plásticas (Talleres): Tres (3) presentaciones.
Artes Plásticas (Exposición): Dos (2) presentaciones.
Artes audiovisuales: Tres (3) presentaciones.
A continuación, se aclara cuántas propuestas artísticas emergentes o consolidadas se seleccionarán por localidad:
Suba: 16 emergentes y 2 consolidadas.
Chapinero: 9 emergentes y 1 consolidada.
Nota 1: Las propuestas presentadas por localidad se podrán programar en cualquiera de las siete (7) áreas artísticas, de acuerdo con la experiencia del participante, los criterios de evaluación y los requerimientos técnicos del festival.
Nota 2: No obstante lo anterior, el comité evaluador podrá declarar desierta alguna de las áreas artísticas en los siguientes casos:
No se presente al menos una propuesta en un área artística específica.
Ninguna de las propuestas presentadas para el área artística específica, sea aprobada por el comité evaluador.
Ante esta eventualidad, el comité evaluador se reserva el derecho de redistribuir, alguna(s) de la(s) presentacion(es) correspondiente(s) a otra(s) área(s) artística(s), de acuerdo con el puntaje y el concepto técnico. Solo aplica en la misma localidad, no habrá redistribución en localidades diferentes.
En caso de presentar alguna consulta sobre los términos de la presente invitación, puede escribir al correo electrónico: coddiarcupop@gmail.com
Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, quienes sean parte del sector artístico, cultural y creativo. Deben residir en alguna de las siguientes localidades: Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito o Usme de Bogotá D.C.
Las personas naturales deben certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Artistas emergentes: personas con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación.
Artistas consolidados: personas con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de los artistas consolidados que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de artistas emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
Colectivos o agrupaciones compuestas por dos (2) ó más personas naturales, quienes sean colombianas o extranjeras, mayores de 18 años y que hagan parte del sector artístico, cultural y creativo. Mínimo el setenta por ciento (70%) de los integrantes del colectivo o agrupación deben residir en una sola de las siguientes localidades: Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito o Usme de Bogotá D.C. El treinta por ciento (30%) restante debe residir en alguna de las otras localidades de Bogotá. Las personas que integren el colectivo deben ser los artistas que desarrollen la puesta en escena o la muestra artística.
El colectivo o agrupación debe certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Colectivos emergentes: colectivos o agrupaciones con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como agrupación, no se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Colectivos consolidados: colectivos o agrupaciones con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como agrupación, no se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de los colectivos consolidados que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de colectivos emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
Personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o alguna de sus sedes esté ubicada en una de las siguientes localidades: Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito o Usme de Bogotá D.C.
Las personas jurídicas deben certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Personas jurídicas emergentes: personas jurídicas con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como persona jurídica, no se permitirá la suma de experiencia de los miembros de la junta directiva.
Personas jurídicas consolidadas: personas jurídicas con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como persona jurídica, no se permitirá la suma de experiencia de los miembros de la junta directiva.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de las personas jurídicas consolidadas que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de personas jurídicas emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, quienes sean parte del sector artístico, cultural y creativo. Deben residir en la localidad Suba o Chapinero de Bogotá D.C.
Las personas naturales deben certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Artistas emergentes: personas con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación.
Artistas consolidados: personas con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de los artistas consolidados que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de artistas emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
Colectivos o agrupaciones compuestas por dos (2) ó más personas naturales, quienes sean colombianas o extranjeras, mayores de 18 años y que hagan parte del sector artístico, cultural y creativo. Mínimo el setenta por ciento (70%) de los integrantes del colectivo o agrupación deben residir en una sola de las siguientes localidades: Suba o Chapinero de Bogotá D.C. El treinta por ciento (30%) restante debe residir en alguna de las otras localidades de Bogotá. Las personas que integren el colectivo deben ser los artistas que desarrollen la puesta en escena o la muestra artística.
El colectivo o agrupación debe certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Colectivos emergentes: colectivos o agrupaciones con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como agrupación, no se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Colectivos consolidados: colectivos o agrupaciones con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como agrupación, no se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de los colectivos consolidados que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de colectivos emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o alguna de sus sedes esté ubicada en una de las siguientes localidades: Suba o Chapinero de Bogotá D.C.
Las personas jurídicas deben certificar su experiencia, según el tipo de trayectoria:
Personas jurídicas emergentes: personas jurídicas con experiencia mínima de un (1) año y máximo de cuatro (4) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como persona jurídica, no se permitirá la suma de experiencia de los miembros de la junta directiva.
Personas jurídicas consolidadas: personas jurídicas con experiencia mínima de cinco (5) años en el sector artístico, cultural y creativo. Pueden presentar soportes de un (1) proyecto o proceso por año de experiencia, los cuales deben incluir fechas legibles que permitan su validación. La experiencia debe validarse como persona jurídica, no se permitirá la suma de experiencia de los miembros de la junta directiva.
Nota 1: La experiencia debe relacionarse con el área artística a la cual se postula.
Nota 2: En caso de las personas jurídicas consolidadas que aporten soportes de trayectoria que no permitan corroborar la experiencia mínima de cinco (5) años, el comité interno de evaluación se reserva la potestad de asignar su propuesta al tipo de trayectoria de personas jurídicas emergentes, siempre y cuando cumpla con lo solicitado y se le asignará el recurso monetario estipulado para ese tipo de trayectoria.
El Instituto Distrital de las Artes – IDARTES y el asociado: Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop conformarán un comité de selección interno, encargado de realizar la valoración de las propuestas presentadas partiendo de los criterios de evaluación establecidos, quienes se encargarán de seleccionar las propuestas que serán presentadas en el Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura. El proceso de selección quedará consignado en un acta, el resultado será inapelable.
En caso de inhabilidad, impedimento o renuncia por parte de alguno de los ganadores, el Idartes y el asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop publicarán un acta aclaratoria. Posteriormente, el asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, asignará los recursos monetarios al postulante que ocupe el siguiente puesto en orden descendente, de acuerdo con el área artística y localidad.
El Instituto Distrital de las Artes – IDARTES y el asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop no se hacen responsables por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las propuestas ganadoras.
El Idartes y el asociado: Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos.
A continuación se exponen las causales de exclusión aplicables al proceso de esta invitación:
La propuesta no cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.
Los documentos aportados no permiten su visualización.
Los postulantes no aportan toda la documentación solicitada, incluyendo documentos de identificación, certificados de residencia, certificados de existencia y representación legal, propuesta, entre otros documentos requeridos.
La persona postulante, alguno de los integrantes del colectivo, el/la representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB o de alguna de las Alcaldías Locales de Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Tunjuelito, Usme, Suba o Chapinero.
La persona postulante, alguno de los integrantes del colectivo, el/la representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá D.C.
La persona postulante, alguno de los integrantes del colectivo, el/la representante o miembro de la persona jurídica es contratista o trabaja con el asociado Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop
Se presentaron dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas naturales y a las personas que integran agrupaciones, colectivos o personas jurídicas.
Desarrollar su propuesta en el día, hora y lugar indicado, en el marco del Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura.
Cumplir con los tiempos dispuestos para el desarrollo de su propuesta, muestra artística, presentación o puesta en escena, en el marco del Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura.
Garantizar que la calidad de la muestra artística, la puesta en escena o exposición coincida con la propuesta que fue seleccionada.
Los seleccionados deberán garantizar los instrumentos, materiales o elementos necesarios para la realización de su muestra artística, puesta en escena, presentación, exposición o desarrollo de la propuesta en el Festival Es Cultura Local - Conectándote con el Arte y la Cultura.
Acondicionar el espacio de acuerdo con sus necesidades de muestras artísticas, puestas en escena, exposición o desarrollo de la propuesta, según las indicaciones del Idartes o el asociado, sin que esto genere algún cargo adicional para la entidad o para el asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop. Una vez terminado el festival, los seleccionados deberán entregar los espacios en las mismas condiciones en que los recibieron.
Dar los créditos al Instituto Distrital de las Artes – Idartes y al asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, en todas las actividades, entrevistas y demás acciones de divulgación de la propuesta seleccionada y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad y el asociado.
Acatar las recomendaciones del asociado o de Idartes—si las hubiere—, las cuales serán comunicadas oportuna y claramente como requisito para decidir la aceptación del fallo.
En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la propuesta presentada, autorizar al Instituto Distrital de las Artes – Idartes o al asociado Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento de este aplicativo y la aceptación de términos y condiciones.
Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al Instituto Distrital de las Artes – Idartes o al asociado: Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
Publicar los contenidos de difusión (textos, registro fotográfico o audiovisual) creados durante el evento en sus redes sociales, etiquetando: @idartes @coddiarcupop e incluyendo el hashtag: #EsCulturaLocal dando los respectivos créditos y de acuerdo al manual de imagen institucional.
Atender y cumplir los protocolos de bioseguridad y las medidas expedidas con ocasión de la declaratoria de emergencia sanitaria, con estricta sujeción a las disposiciones nacionales y distritales, de conformidad con la normatividad vigente.
Si presentó su postulación como colectivo, debe tener en cuenta que no se permitirán cambios en los integrantes del mismo.
Los demás que señale el Instituto Distrital de las Artes – Idartes y el asociado: La Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop.
Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas seleccionadas deben enviar al correo que el asociado designe, los siguientes documentos a más tardar un (1) día hábil posterior a la publicación de los resultados de esta invitación.
Personas naturales y colectivos:
Documento de identidad del artista o representante del colectivo.
Registro Único Tributario del artista o representante del colectivo.
Personas jurídicas:
Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica.
Registro Único Tributario de la persona jurídica.
Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica.
El pago del cien por ciento (100%) del recurso monetario lo realizará el asociado, posterior a la presentación en el Festival por parte del seleccionado y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación de la siguiente documentación para pago, que debe entregar el seleccionado:
Informe de actividades, bajo el formato suministrado por el asociado: Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop.
Material promocional y fotografías de la realización de la presentación.
Reseña y perfil de la persona natural, colectivo o persona jurídica seleccionada.
De igual forma, de acuerdo con el tipo de participante, el asociado Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, pedirá la siguiente documentación, para la realización del pago:
Persona naturales y colectivos:
Documento de identidad de la persona natural o del representante del colectivo
Registro Único Tributario - RUT de la persona natural o del representante del colectivo, actualizado a 2022
Soporte de pago de Seguridad Social, en calidad de independiente, sobre el cuarenta por ciento (40%) del valor del recurso monetario, relacionado con el periodo con el que realizó la actividad.
Personas jurídicas
Documento de identidad del representante de la persona jurídica.
Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica.
Certificado de pago de parafiscales firmado por el revisor fiscal o por el representante legal, según corresponda.
Factura electrónica, debidamente numerada y fechada.
Autorización de numeración para la facturación emitida por la DIAN, la cual se debe encontrar vigente.
Registro Único Tributario - RUT de la persona jurídica, actualizado a 2022.
La documentación debe ser enviada al correo que indique el asociado Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop.
Nota 1. En ningún caso el Idartes o el asociado, se harán responsables de intermediaciones o acuerdos privados que los ganadores realicen con terceros, con relación a los recursos monetarios otorgados. Tampoco se hacen responsables de los acuerdos internos entre los integrantes de los colectivos y de las personas jurídicas con relación a los recursos monetarios otorgados.
Nota 2. A los recursos monetarios y según la forma de pago por parte del asociado, se aplicarán las retenciones y descuentos de Ley.
En el desarrollo del Festival, se garantizará un espacio para la presentación de la muestra artística, puesta en escena, exposición o desarrollo de la propuesta.
El asociado, es decir la Corporación para el Desarrollo y Difusión del Arte y la Cultura Popular - Coddiarcupop, desembolsará el cien por ciento (100%) del recurso monetario posterior a la presentación en el Festival por parte del seleccionado como ganador y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la aprobación de la documentación para pago solicitada por el asociado. El pago estará sujeto a las retenciones y descuentos de Ley, según la forma de entrega del recurso monetario por parte del asociado.