Teniendo en cuenta las nuevas apuestas de emprendimientos, en torno a productos innovadores, creativos, ambientales, sostenibles, diversos, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes abre la presente Invitación pública, para que de forma participativa y amplia los emprendedores y emprendedoras puedan acceder mediante su postulación a espacios con características favorables, como contar con afluencia de público objetivo y la posibilidad de posicionar su producto o servicio.
En este sentido con esta invitación pública la Línea de Sostenibilidad y la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, buscan fortalecer a los emprendimientos del arte y la cultura (personas naturales, colectivos, organizaciones o empresas) que hacen parte de las distintas cadenas de valor del ecosistema artístico, para que comercialicen sus bienes y servicios en una de las zonas designadas de manera interlocal en la ciudad de Bogotá.
Las zonas de Arte y Emprendimiento en la ciudad se desarrollarán en distintos espacios como son:
GALERÍA SANTA FE: Tres (3) días de exhibición y comercialización de cada emprendimiento seleccionado, al interior de la Galería Santa Fe. Se otorgarán veinte (20) cupos para emprendimientos de las Artes Plásticas y Visuales y diez (10) cupos para emprendimientos con otros enfoques artísticos, con fines de comercialización.
FASHION SHOW IDARTES: Un (1) día para la comercialización y exhibición en la Galería Santa Fe de productos ofertados por emprendimientos 100% locales (enfoque textil, calzado, bisutería y accesorios). Se otorgarán diez (10) cupos.
FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE BOGOTÁ- FILBO 2023: Participación en la Experiencia Idartes en la versión 2023 de la Feria Internacional del Libro de Bogotá, se otorgarán diez (10) cupos para emprendimientos de las Artes Plásticas y Visuales y cinco (5) cupos para emprendimientos con otros enfoques artísticos, con fines de comercialización.
SALÓN DEL OCIO Y LA FANTASÍA- SOFA 2023: Participación en la experiencia Idartes en el marco del SOFA, serán diez (10) cupos para emprendimientos de Artes Plásticas y Visuales y cinco (5) cupos para emprendimientos de otros enfoques artísticos, con fines de comercialización.
Se entiende por persona natural a los ciudadanos(as) colombianos(as) o extranjeros(as), mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta. Los (as) participantes deben residir en Bogotá.
Las personas naturales deben acreditar la tenencia de un emprendimiento cuyo funcionamiento y operación se realice en Bogotá, así mismo, las acciones deben estar relacionadas con el objeto de la presente invitación pública.
Equipos de trabajo cuyos integrantes sean colombianos, mayores de 18 años, que residan en Bogotá D.C. o que hasta un 50% de sus integrantes residan en los municipios de Soacha, Mosquera, Funza, Madrid, Chía, Cajicá, Cota, La Calera, Tenjo, Tabio, Sibaté, Zipaquirá, Facatativá, Bojacá, Gachancipá, Tocancipá y Sopó.
Las agrupaciones deben tener un emprendimiento, cuyas acciones se relacionen con el objeto de la presente invitación pública.
Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley con o sin ánimo de lucro, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá.
Las personas jurídicas deben tener un emprendimiento con sede en Bogotá, cuyas acciones se relacionen con el objeto de la presente invitación pública.
Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo para el desarrollo de su proyecto.
Verificación: el Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos y enlaces presentados permitan su acceso y lectura.
Evaluación y selección: la evaluación será cuantitativa y la realizará, de acuerdo a los criterios de evaluación, un comité transdisciplinar conformado por integrantes de la Subdirección de las Artes- Idartes comité seleccionará 70 propuestas ganadoras de la invitación pública y 8 suplentes (2 por espacio), las cuales recibirán los reconocimientos en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar su propuesta o renuncie al reconocimiento. Finalmente, el Idartes acogerá la recomendación del comité evaluador mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
Publicación de resultados: se notificará en el módulo de noticias y vía correo electrónico a los ganadores de la invitación, según lo determinado por el comité evaluador para la misma.
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
El documento de identidad presentado no corresponde con los permitidos en el proceso de inscripción.
La persona postulante, un integrante del colectivo, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB y Canal Capital.
Un postulante inscribe más de una propuesta o dos propuestas incluyen un integrante que hace parte al mismo tiempo de otro colectivo, agrupación o persona jurídica. En este caso, solo se tendrá en cuenta la primera propuesta inscrita en orden cronológico y se excluirá la otra propuesta postulada por el mismo participante o que incluya un mismo integrante.
Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas que formen parte del comité de selección, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales a quienes les hayan declarado por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.
Las personas, colectivos o personas jurídicas ganadores de otras convocatorias o invitaciones públicas del Idartes que otorguen un beneficio en espacios como Feria Internacional del Libro de Bogotá: FILBO 2023 y Salón del Ocio y la Fantasía: SOFA 2023.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Una vez se determinen los ganadores de esta invitación pública, el Idartes publicará el acta de selección de beneficiarios por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, el cual quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo, los ganadores deberán manifestar a los correos electrónicos linea.sostenibilidad@idartes.gov.co gerenciaartesplasticas@idartes.gov.co de forma expresa si aceptan o no los reconocimientos.
Hacer uso del cupo asignado en la zona de Arte y Emprendimiento correspondiente al espacio/evento en el que fue seleccionado para participar.
Cumplir con los parámetros y protocolos establecidos por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes para el uso y entrega del espacio en la zona de Arte y Emprendimiento.
En caso de aceptar el reconocimiento, en los siguientes diez (10) días hábiles, el ganador debe enviar estos documentos e imágenes a los correos electrónicos linea.sostenibilidad@idartes.gov.co gerenciaartesplasticas@idartes.gov.co
Una imagen del logo del emprendimiento en alta calidad (peso mínimo 2 megas (2000 kb) y créditos de la imagen proporcionada.
Tres (3) imágenes en alta calidad (peso mínimo 2 megas (2000 kb) de las piezas o productos más importantes a exponer, las imágenes deben estar rotuladas con un número del 1 al 3.
Un documento en Word que contenga: Fichas técnicas correspondientes a las tres imágenes enviadas que contengan la siguiente información: autor, título, dimensiones en centímetros (largo, ancho, alto) o descripción del servicio si aplica, año y el valor en pesos.
La licencia de uso diligenciada y firmada: disponible para descarga en aquí.
Dar cumplimiento a las instrucciones, asignaciones, horarios, lineamientos técnicos y logísticos para el correcto desarrollo de las zonas de Arte y Emprendimiento.
Asistir a las reuniones convocadas por el Idartes, para el correcto desarrollo de cada una de las zonas de Arte y Emprendimiento, incluye procesos de intercambio y formación.
Diligenciar el formulario final de participación entregado por el Idartes, con el correspondiente soporte fotográfico de la participación en la zona de Arte y Emprendimiento.
Ejecutar la propuesta tal como fue presentada, sin alterar, modificar, incluir o reemplazar productos o bienes. El participante no podrá comercializar, distribuir e impulsar productos alimenticios o bebidas en ninguna de las zonas de arte y emprendimiento.
Las propuestas que se presenten deberán acatar en su ejecución y desarrollo los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Mayor Bogotá. En caso de ser necesario, el proyecto deberá adaptarse para llevar a cabo su correcto desarrollo teniendo en cuenta las posibles medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Acceso a la zona de Arte y Emprendimiento correspondiente al espacio/evento en el que fue seleccionado para participar.
Ser parte de la base de datos de emprendimientos artísticos y culturales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
El espacio y los permisos para la comercialización de los productos o servicios durante la zona de Arte y Emprendimiento correspondiente al espacio/evento en el que fue seleccionado para participar.
La producción básica del espacio: sujeto a las condiciones de cada una de las zonas de Arte y Emprendimiento.
Promoción y divulgación general sobre las zonas de Arte y Emprendimiento (Sujeto al alcance de la oficina de comunicaciones del Idartes).
Recibir con anticipación información oportuna sobre las novedades en la programación, logística o producción de la zona de Arte y Emprendimiento correspondiente al espacio/evento en el que fue seleccionado para participar.
Participar en las actividades de intercambio y formación que sean citadas o gestionadas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Disponer un espacio para la realización de cada una de las zonas de Arte y Emprendimiento.
Garantizar el mobiliario básico para cada emprendimiento en las zonas de Arte y Emprendimiento. (sujeto a las condiciones de cada uno de los espacios donde se realice).
Hacer difusión de la zona de Arte y Emprendimiento, en los canales de comunicación del Idartes, según las disposiciones y lineamientos de la Oficina Asesora de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes.
Notificar a los seleccionados en caso de que hayan novedades en la logística, producción o programación de las zonas de Arte y Emprendimiento.