Esta invitación pública busca incentivar la práctica responsable del grafiti y el arte urbano en la ciudad, revitalizando el corredor priorizado por la Alcaldía Mayor de Bogotá:
*CARRERA TRECE - DESDE LA CALLE 13 HASTA LA CALLE 69
El Museo Abierto de Bogotá busca mediante el diálogo social promover la cultura ciudadana, la apropiación del espacio público, la participación comunitaria y la transformación física, cultural y social de los entornos inmediatos a los corredores priorizados, contribuyendo al mejoramiento de la percepción de seguridad y la sana convivencia en estos lugares, a través de la implementación de procesos artísticos.
Con base en lo anterior, por medio de esta invitación pública se convoca a artistas a realizar una producción artística en las áreas destinadas para tal fin, sobre el corredor de la carrera trece entre calles 13 y calle 69, en donde los y las artistas ganadores realizarán una propuesta visual colectiva teniendo en cuenta los diálogos generados en los laboratorios de apropiación con las comunidades aledañas a los corredores.
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C con experiencia en la realización y finalización exitosa de al menos tres (3) proyectos de intervención en espacio público, espacios abiertos o exteriores superiores a 20 m2, en cualquier forma de expresión artística. La persona participante deberá garantizar la ejecución de la intervención.
Nota: En caso de que la propuesta sea seleccionada como ganadora, la persona natural deberá contar con la certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, la cual puede ser del régimen subsidiado o del régimen contributivo, ya sea como beneficiario o cotizante y estar afiliado a una Administradora de Riesgos Laborales como independiente durante los días que realice la intervención artística.
Documentos administrativos a presentar:
Cédula de ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente.
Permiso para Protección Temporal (PPT).
Nota: el Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación. De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 19. Régimen de transición del Permiso Especial de Permanencia del Decreto 216 de 2021, “Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria.”, se establece que el Permiso Especial de Permanencia (PEP) será válido como documento de identidad hasta marzo de 2023. Las propuestas de la presente invitación serán ejecutadas a partir del 20 de abril de 2023, fecha en las cual el documento ya no se encontrará vigente para que la Entidad pueda adelantar los trámites correspondientes para el desembolso del estímulo, por lo tanto, no será posible validarlo como documento de identidad en el proceso.
Verificación: El Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información y documentos presentados permitan su acceso y lectura. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de la verificación, y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.
Cualquier observación remitida por fuera de este plazo, no será tenida en cuenta por la Entidad.
Evaluación y selección: El Instituto Distrital de las Artes – Idartes, conformará un comité de verificación interno, integrado por miembros de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, encargado de constatar la entrega de los requisitos solicitados y conformar el listado de seleccionados. Este comité podrá recomendar máximo cinco (5) suplentes, conforme al orden de inscripción, quienes podrán ser beneficiarios del reconocimiento en caso de que se presente renuncia, inhabilidad o incumplimiento por alguno de los ganadores. La decisión del comité quedará consignada en un acta, y el Idartes acogerá o se apartará de la recomendación de dicho comité mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
Publicación de resultados: El acta, la resolución y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación y que estén relacionados con las propuestas seleccionadas se publicará en esta página: (parte superior).
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en ninguna causal.
El participante no cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La propuesta es presentada por personas jurídicas o agrupaciones.
La persona postulante es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, el Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB o Canal Capital.
Se presentaron dos o más propuestas por parte del postulante.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Álzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.
Cada participante podrá ganar en el año 2023 máximo dos (2) invitaciones públicas del Museo Abierto de Bogotá de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de Idartes.
Si va ha participar en esta invitación pública, no podrá participar en la invitación pública Maratón de arte en espacio público, Museo Abierto de Bogotá 2023 - Corredor Avenida El Dorado – Idartes.
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo los ganadores deberán manifestar al correo electrónico gestion.documental@idartes.gov.co con copia al correo gerenciaartesplasticas@idartes.gov.co de forma expresa si aceptan o no el reconocimiento.
Una vez aceptado el reconocimiento, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles para aportar la documentación que se señala a continuación, al correo electrónico gerenciaartesplasticas@idartes.gov.co
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES constituida a favor de la entidad otorgante del reconocimiento, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del reconocimiento, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo (12 de junio de 2023) y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
La póliza se deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900413030-9) como beneficiaria.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta.
Certificación de una cuenta de ahorros o corriente activa, emitida por una entidad bancaria tradicional, con expedición no mayor a treinta (30) días a su presentación, en donde conste número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado de la misma. Tenga en cuenta que NO se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
RUT actualizado a 2022 con la obligación 49, que corresponde a No responsable de IVA.
En caso de que al ganador le sea asignada una intervención artística con una altura superior a 2.0 m, debe presentar la certificación de trabajo en alturas vigente; el certificado de afiliación a ARL como independiente voluntario y de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Para las zonas que requieran trabajo seguro en alturas es necesario que los artistas ganadores cuenten en los días de la intervención con un coordinador de alturas certificado, y deben asumir los honorarios de este coordinador. El área de salud y seguridad en el trabajo del Instituto distrital de las Artes- Idartes, realizará la verificación de los certificados presentados por parte de los artistas y los coordinadores en el portal del Ministerio del Trabajo.
Documento de identidad.
Un (1) documento en Word que contenga los siguientes textos: 1) Reseña de la persona natural (entre 100 y 200 palabras) y 2) Redes sociales y página web (si la tiene) de la persona natural.
Ejecutar la intervención artística de acuerdo a las indicaciones y cronograma definido por el IDARTES, articulándose con los demás artistas en el espacio.
Presentar para aprobación del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES antes de la producción de la obra, los bocetos con el diseño de las intervenciones artísticas de la superficie a intervenir correspondiente y de la conexión o articulación visual entre los artistas de una misma área diseñadas por las personas naturales ganadoras del estímulo. Las personas naturales ganadoras deben tener en cuenta las recomendaciones dadas por el coordinador artístico de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales - Museo Abierto de Bogotá, en el acompañamiento de creación de la propuesta gráfica, al igual que en la ejecución del mismo.
En caso de que la intervención artística requiera la realización de actividades a más de 2 metros de altura, la persona natural deberá contar con un(a) coordinador(a) de alturas y asumir sus honorarios, este se debe encargar de supervisar y acompañar la actividad.
Garantizar al Idartes que los soportes de trayectoria presentados son de su autoría
Publicar los contenidos de difusión (textos, registro fotográfico o audiovisual) creados durante el proceso en sus redes sociales, etiquetando: @idartes, @alcaldiamayordebogota, @bogota, @galeriasanta_fe, #MuseoAbiertodeBogotá y dando los respectivos créditos.
Entregar a la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, dentro del plazo de ejecución de la invitación pública, los documentos solicitados para tramitar el último desembolso y máximo una semana después de haber realizado la intervención.
Utilizar la totalidad del recurso otorgado para la ejecución del proyecto seleccionado y para cubrir todos los costos que deriven de la intervención artística aprobada por el IDARTES.
No se permiten cambios en las propuestas visuales aprobadas por el IDARTES. Deben realizarse tal como se presenta el fotomontaje, para esto se requiere que los artistas se desplacen a la zona que se va a intervenir y revisen todos los requerimientos técnicos que deben tener en cuenta para la realización de su intervención artística.
Aplicar pintura antigrafiti a la obra una vez esté terminada, para la entrega al equipo Museo Abierto de Bogotá.
Participar activamente y de manera documentada en el diseño y realización de las actividades de mediación y consenso para la realización y entrega de las intervenciones, con los habitantes, autoridades y colectivos del entorno inmediato del corredor destinado para la intervención artística, según se determine en el cronograma de entrega de las mismas
Los ganadores deberán entregar los espacios en condiciones óptimas. Así mismo los elementos utilizados en el ejercicio de la intervención deben ser depositados en los recipientes o espacios correspondientes.
Recibir un único desembolso: equivalente al cien por ciento (100%) del valor del reconocimiento, con posterioridad a la realización de la intervención artística en la fecha y lugar designados por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, y una vez el ganador entregue a la entidad los siguientes documentos:
Informe general de actividades diligenciado en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes.
Relación de gastos diligenciada en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes.
Propuesta visual realizada articuladamente con los otros artistas designados en el espacio conjunto
Registro fotográfico de la intervención artística realizada.
Carta de color y manual de conservación de la intervención realizada.
Debe realizar la entrega de la intervención artística en territorio al equipo de Museo Abierto de Bogotá con recubrimiento antigrafiti.
Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, encargada de hacer el seguimiento a la ejecución de la propuesta. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
Garantizar el desembolso del reconocimiento monetario.
En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.