Durante los últimos 17 años, el Festival de Teatro y Circo de Bogotá ha sido un evento clave en la escena cultural de la Ciudad, por su enfoque en el teatro y el circo contemporáneo. El Festival es la plataforma distrital de artistas y compañías -emergentes y consolidadas-, para mostrar su trabajo, permitiendo que el público de la ciudad disfrute de una amplia variedad de muestras escénicas de alta calidad.
A lo largo de los años, el Festival ha sido un catalizador para la creatividad y la innovación en la comunidad artística y ha ayudado a promover el intercambio cultural y el diálogo a través de las artes escénicas. Además, el festival es un importante motor económico para Bogotá, atrayendo a la comunidad y generando empleo y oportunidades para los artistas teatrales y circenses de la ciudad.
La versión décimo octava del Festival de Teatro y Circo de Bogotá se llevará a cabo entre el 18 de agosto y el 2 de septiembre del año 2023.
*Las fechas pueden ser modificadas previo aviso
*Los lugares serán definidos por la producción del festival.
Artista colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, residente o domiciliado en Bogotá D.C; que de manera individual presenta una propuesta.
Nota: Sólo se aceptarán trabajos unipersonales o monólogos que cuenten con una puesta en escena de mínimo cuarenta (40) minutos.
Documentos administrativos a presentar:
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Colectivo o agrupación bogotana integrada por personas mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.
El colectivo debe contar con una persona designada como representante y para esto deberá adjuntar la carta que se encuentra como formato adjunto “Carta de representación artística”.
Documentos administrativos a presentar del representante de la agrupación o del colectivo y de sus integrantes:
Formato de declaración juramentada del lugar de residencia del representante y de los miembros que conforman la propuesta escénica.
Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.
Documentos administrativos:
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Verificación: el Idartes a través de la Gerencia de Arte Dramático y -ASOSALAS- verificarán el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.
Nota: Es importante tener en cuenta que las invitaciones públicas son un mecanismo de fomento diferente a las convocatorias del Portafolio Distrital de Estímulos (PDE) y no contemplan procesos de subsanación en ninguna de sus fases.
Evaluación y selección: Describir mecanismo de Evaluación y conformación del Comité Evaluador.
La Gerencia de Arte Dramático del Instituto Distrital de las Artes - Idartes- y la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS-, constituirá un comité externo de selección conformado por tres (3) profesionales con mínimo diez (10) años de experiencia en algunos de los siguientes campos: dirección, dramaturgia, actuación, pedagogía teatral, investigación, escenotécnia, gestión cultural, administración de escenarios y/o proyectos culturales; encargados de evaluar y seleccionar las propuestas ganadoras de la invitación, cuyo puntaje mínimo para ser designadas como ganadoras debe ser de 70 puntos. Los resultados quedarán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma.
El perfil de los evaluadores, será el siguiente:
PERFIL PERSONAL: Persona natural, mayor de edad, nacional o extranjero.
PERFIL ACADÉMICO: Estudios en artes, ciencias humanas, ciencias sociales o afines.
PERFIL LABORAL:
● Conocimiento en el campo de las artes escénicas.
● Capacidad de argumentación que permita justificar claramente sus ideas y conceptos.
● Sensibilidad ante los diversos lenguajes y manifestaciones artísticas.
● Facilidad en el reconocimiento de la potencia creativa presente en artistas de corta, mediana y larga trayectoria.
● Destreza para identificar problemas y plantear soluciones en el área de la producción de espectáculos escénicos.
● Habilidad para identificar gustos, tendencias e imaginarios de los diferentes públicos bogotanos.
● Dimensión ética que le permita valorar objetivamente las obras o proyectos que se le asignen.
EXPERIENCIA: Diez (10) años de experiencia en algunos de los siguientes campos: dirección, dramaturgia, actuación, pedagogía teatral, investigación, escenotécnia, gestión cultural, administración de escenarios y/o proyectos culturales.
Publicación de resultados: el acta de recomendación de ganadores de la Invitación Pública se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos.
A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
1. Que la propuesta no cumpla con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.
2. No aportar la totalidad de los documentos y datos solicitados.
3. Que el contenido del material aportado no pueda ser leído, visualizado, reproducido o revisado parcial o completamente.
4. Que algún miembro de la persona jurídica, agrupación, colectivo o el artista tenga un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
5. Se presentaron dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran colectivos o personas jurídicas.
6. Que algún miembro de la persona jurídica, agrupación, colectivo o el artista forme parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
7. Quien haya sido declarado, por acto administrativo debidamente ejecutado, por incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Álzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.
8. Las propuestas realizadas en el marco de procesos de formación en artes escénicas, así como obras de teatro universitario.
9. Las propuestas que hayan sido seleccionadas para ser parte del XVII del Festival de Teatro y Circo de Bogotá (2022)
10. La presentación de obras cuyos integrantes sean menores de 18 años.
1. Una vez publicada en la página de invitaciones públicas (https://invitaciones.scrd.gov.co/) el acta de recomendación de ganadores elaborada por el comité evaluador, los ganadores cuentan con diez (10) días hábiles en los cuales deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a convocatorias@idartes.gov.co con copia a gestion.documental@idartes.gov.co, a coordinacionftb@gmail.com y a artedramatico@idartes.gov.co si aceptan o no el reconocimiento económico.
2. Una vez aceptados los reconocimientos, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que le sea indicada, al correo artedramatico@idartes.gov.co con copia a coordinacionftb@gmail.com
3. Dar los créditos al Idartes en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la propuesta ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad.
4. Tener la disponibilidad para presentar el espectáculo propuesto entre agosto y septiembre de 2023, según sea definido por el equipo de producción del festival.
5. Tener la titularidad de los derechos de autor sobre la obra que se postula, así como de las composiciones, piezas, creaciones, música u obras derivadas que hagan parte de la propuesta presentada.
6. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al Idartes, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
7. Autorizar al Instituto Distrital de las Artes-Idartes y a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá–ASOSALAS y a los aliados del festival para hacer uso gratuito del registro audiovisual, sonoro, visual y fotográfico con fines únicamente pedagógicos, promocionales, de divulgación, elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva incluyendo: catálogos (impresos o virtuales), uso en redes sociales, afiches, programas de mano, flyers virtuales, teasers, entre otros.
8. Autorizar al Instituto Distrital de las Artes-Idartes y a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá –ASOSALAS- y a los aliados del festival para hacer el registro fotográfico y audiovisual de su actividad.
9. Estar a disposición para participar en las actividades que se le solicite, tales como: ruedas de prensa, foros, entrevistas, charlas, entre otras que sean previamente concertadas y organizadas.
10. Garantizar que los miembros de la agrupación y/o artistas que hagan parte de la presentación cuenten con la afiliación la EPS, ARL y/o póliza de accidente activa.
11. Presentar la planilla de pago de aportes al sistema de seguridad social integral (de conformidad con lo establecido por la ley). Es necesario precisar que la base de cotización para los sistemas de salud, pensiones y ARL deberá corresponder al 40% del valor bruto del contrato facturado en la forma que fuere. A saber: salud 12.5%, pensión 16% y ARL 0,522 %. En el caso de personas jurídicas deberán presentar el certificado de cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, firmado por el representante legal y/o el revisor fiscal según sea el caso.
12. Estar a paz y salvo con el pago de los aportes al sistema de seguridad social. De esta manera exime a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá – ASOSALAS- y a cualquiera de sus aliados estratégicos de cualquier tipo de responsabilidad.
13. Entregar al equipo administrativo, de producción y comunicaciones los documentos que se le soliciten bajo las características que le sean indicadas (material de difusión y divulgación y documentos administrativos).
14. Mantener el respeto por los horarios, las instalaciones, las locaciones, los escenarios, las plataformas, así como con el equipo humano durante su participación en el XVIII Festival de Teatro y Circo de Bogotá.
15. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la propuesta, quienes incumplan con esta norma les será retirado el reconocimiento económico.
16. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la propuesta por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artedramatico@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
17. Con la presentación del formulario de inscripción firmado se entenderán aceptadas las condiciones aquí expuestas.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.
1. Recibir el reconocimiento monetario posterior a la realización de la función en la fecha, lugar y hora que sea programada por el festival, adicionalmente, deberá entregar la documentación completa y en las condiciones que le hayan sido solicitadas. La entrega del reconocimiento está sujeta a los desembolsos que realice el Idartes a la Asociación, dicho recurso estará sujeto a los descuentos y retenciones tributarias a las que haya lugar.
2. Visibilización de los trabajos seleccionados en los diferentes medios y canales del Idartes.
3. Asignación de un espacio (convencional o no convencional) teniendo presente las condiciones técnicas del espectáculo postulado.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes, en desarrollo del convenio suscrito con la Asociación Nacional de Salas Concertada aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Velar por la entrega de los reconocimientos económicos a las propuestas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y –ASOSALAS-
3. Apoyar la difusión y divulgación de las propuestas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las propuestas en todas sus etapas.