Invitación cultural para la implementación de los productos de la Política Pública de Pueblos Indígenas - SCRD

JM
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Pueblos étnicos
18-09-2024
Fecha de apertura
24-09-2024 5:00 PM
Fecha de cierre
27-09-2024
Publicacion de listado de habilitados, no habillados y documentos por subsanar
01-10-2024 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
15-10-2024
Publicacion de iniciativas recomendadas
16-12-2024
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Administración Distrital reconoce y protege la diversidad étnica y cultural garantizando la integridad de los derechos de los pueblos y comunidades étnicas en Bogotá, como individuos y como sujetos colectivos de derechos fundamentales, hecho por el cual, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), respetando la autonomía en los asuntos de los pueblos indígenas que habitan en la capital, efectúa las acciones necesarias para que hagan realidad su0s alternativas de desarrollo cultural propio.


En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 - Planes de Acción de Políticas Étnicas del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura” 2024-2027, el cual dispone que “Para la implementación y seguimiento de los Planes de Acción de las Políticas Públicas Étnicas de la Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, Pueblos Indígenas y el Pueblo Rrom o Gitano, aprobadas bajo los documentos CONPES D.C., No. 37, 38, 39 y 40 de 2023, la Administración Pública Distrital, una vez aprobado el Plan Distrital de Desarrollo, deberá́ definir la asignación específica de los presupuestos de inversión, cuando aplique, de acuerdo con la vigencia fiscal y fuentes de financiación, en concordancia con el Plan Plurianual de Inversión. La implementación de los productos de estas políticas se realizará de manera concertada con las instancias representativas de los pueblos y comunidades étnicas de conformidad con la normatividad vigente”.


De esta manera, la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD, en el marco de la atención a las políticas públicas de los pueblos y comunidades étnicas formuló el proyecto de inversión No. 8027 “Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.”, para la materialización de los productos de política pública étnica resultado de diferentes instancias en el que la Secretaría Distrital de Gobierno a través de la Dirección de Asuntos Étnicos, coordinó con los diferentes sectores de la administración distrital y los consejos y consultivas distritales de representación étnica, cada uno de los planes de acción que hoy se establecen en los CONPES D.C. aprobados en diciembre de 2023. 


En consecuencia, teniendo en cuenta los productos concertados, se definieron las siguientes categorías para cada uno de los cabildos: 


Cabildo Muisca de Bosa: Se entregará un incentivo económico de doce millones de pesos $12.000.000 al Cabildo Muisca de Bosa, para el desarrollo de los productos de la Política Pública del Pueblo Indígena Muisca de Bosa, buscando fortalecer la identidad cultural de esta comunidad, siendo, además, este un mecanismo aportante a la protección de la pervivencia cultural y de los derechos de este pueblo originario de la capital. 


Cabildo Muisca de Suba: Se entregará un incentivo económico de doce millones de pesos $12.000.000 al Cabildo Muisca de Suba, para el desarrollo de los productos de la Política Pública del Pueblo Indígena Muisca de Suba, buscando fortalecer la identidad cultural de esta comunidad, siendo, además, este un mecanismo aportante a la protección de la pervivencia cultural y de los derechos de este pueblo originario de la capital.

Incentivos

Cabildo Muisca de Bosa

  • 1 Un (1) incentivo para el Cabildo indígena Muisca de Bosa por valor de doce millones de pesos ($12.000.000)

Cabildo Muisca de Suba

  • 1 Un (1) incentivo para el Cabildo indígena Muisca de Suba por valor de doce millones de pesos ($12.000.000)

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • Nombre del coordinador de la iniciativa (diligenciar en caso de que sea diferente al representante legal).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Número de teléfono fijo y/o celular del coordinador de la iniciativa.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Correo electrónico del coordinador de la iniciativa.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Trayectoria de la organización: describa brevemente las principales iniciativas o proyectos que ha realizado la organización.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Describa los antecedentes de la iniciativa, acción o conmemoración de forma puntual.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Objetivo general de la iniciativa: ¿Cuál es el propósito central de la propuesta?
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Objetivos específicos. Escriba máximo tres (3) propósitos concretos que permitan dar cumplimiento al objetivo general.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Descripción de actividades a desarrollarse (fases, ciclos, temas, talleres, círculos de la palabra, conmemoraciones, encuentros, muestras culturales, etc.).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Descripción de los productos a entregar resultado de la iniciativa (documentales, libros, cartillas u otras publicaciones en físico o digitales, memorias culturales, exposiciones, estados del arte, caracterizaciones, etc.)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Número de beneficiarios. Detalle el número de beneficiarios de la iniciativa de acuerdo a las siguientes edades: Infancia. De 0 a 12 años Adolescencia. De 12 a 17 años Juventud. De 14 a 28 años Adultez. De 28 a 59 años Personas de 60 años en adelante
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Localidad o localidades donde se ejecutará la iniciativa. Seleccione 1 o varias opciones
    • Tipo de pregunta: Campo abierto

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Cronograma

diligencie los tiempos de ejecución en el formato de cronograma y adjúntelo en un documento PDF Descargar plantilla aquí

Presupuesto

diligencie el presupuesto en el formato dispuesto para tal fin y adjúntelo en un documento PDF. Para hacer el presupuesto, tenga en cuenta la Guía de presupuesto (VER ANEXOS) y los gastos aceptables y no aceptables que se establecen en este documento Descargar plantilla aquí

Registro Único Tributario

Adjunte el Registro Único Tributario - RUT de la persona jurídica.

Anexos

Guía de presupuesto Guía de presupuesto

Proceso de recomendación

  1. Presentación de la iniciativa: inscripción y presentación por medio de la plataforma invitaciones.srcd.gov.co 

  2. Verificación: revisión por parte de la entidad de la documentación administrativa y de la iniciativa presentada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

 

  1. Cumplimiento del marco normativo étnico.

  2. Viabilidad de la iniciativa de acuerdo al cronograma y presupuesto.

  3. Contribución al fortalecimiento de la pervivencia cultural del pueblo étnico. 


  1. Solicitud de Subsanación: la entidad solicitará de ser necesario la implementación de ajustes a la iniciativa por parte del proponente, de acuerdo a la revisión previa realizada por la entidad y ésta será remitida a través de la plataforma al correo inscrito.

  2. Subsanación por parte de los proponentes: los proponentes deberán subsanar la documentación administrativa e implementar a la iniciativa las mejoras correspondientes, únicamente en esta plataforma, de la siguiente manera:


  1.  Iniciar sesión.

  2.  Ingresar a la opción MIS POSTULACIONES, ubicada en el menú superior.

  3.  Ingresar a la opción VER MI INICIATIVA, ubicada en el recuadro de la invitación respectiva.

  4.  Ingresar a la opción EDITAR.

  5.  Cargar los documentos e información respectiva de subsanación.

  6.  Hacer click en la opción GUARDAR.

  1. Recomendación: el comité revisará la iniciativa después del periodo de subsanación y realizará observaciones y recomendaciones de ser necesario, esto quedará consignado en una planilla de recomendación, las cuales deberán ser acogidas por el proponente al momento de la ejecución. 


  1. Notificación de adjudicación: envío de correo electrónico al proponente seleccionado del acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité, el cual quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los proponentes seleccionados deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo y remitir los documentos para la legalización del incentivo.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos para la ejecución

  1. Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité de selección, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los proponentes seleccionados deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.

  2. Expedir la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la SCRD en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. La póliza se deberá constituir a favor de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

  3. Si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor de la SCRD.

  4. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga el comité de selección de la SCRD, para lo cual el proponente seleccionado deberá entregar el plan de mejora correspondiente.

  5. Asistir a las reuniones, encuentros, visitas y demás convocadas por la SCRD.

  6. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa, en caso de ser requeridos.

  7. En caso de que la iniciativa se trate de una intervención en espacio público, será obligación del ganador cumplir con la normativa vigente y gestionar los permisos correspondientes frente a las autoridades competentes para llevar a cabo su iniciativa.

  8. Incluir según manual de uso (VER ANEXOS), los logos del SCDR y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación relacionadas con la iniciativa.

  9. Entregar un informe final que incluya: 

    • Los listados de asistencia que contengan (fecha, hora, lugar, nombre del evento, responsable y el nombre de la SCRD).

    • Registro fotográfico y audiovisual de máximo 2 minutos (puede realizarse con cámara de celular).

    • Evaluación enviada por la entidad, completamente diligenciada con firma de la autoridad étnica responsable. 

  • Los demás que solicite la entidad. 

Beneficios

Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes:


  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.

  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del proponente seleccionado y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD. 


Nota: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.