El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Línea de Víctimas, Paz y Reconciliación de la Subdirección de las Artes, desarrollará un laboratorio de exploración y creación escénica dirigido a un grupo mixto de 25 personas (16 personas víctimas del conflicto armado y 9 artistas comunitarios) residentes en los barrios aledaños al Centro Cultural Compartir Sumapaz (Barrios: San Francisco, Juan Pablo II, Compartir, Marandú, y Villa Gloria) de la localidad de Ciudad Bolívar con enfoque diferencial.
Este laboratorio tiene como objetivo crear un espacio de exploración y creación escénica a partir de los relatos presentados por las y los participantes sobre las problemáticas, historias, descripciones, situaciones y/o testimonios relacionados con la localidad de Ciudad Bolívar Bolívar que aporten al bienestar y la salud emocional de los participantes. Las sesiones serán lideradas por los mismos participantes, potenciando los saberes y prácticas de los artistas seleccionados. Además, contarán con el acompañamiento de un mentor externo que aportará metodologías y estrategias prácticas para fomentar la co-creación. El mentor también brindará técnicas corporales, vocales y escénicas para transformar los relatos en propuestas escénicas que permitan a los participantes expresar sus sentires, preocupaciones, sueños y denuncias a través de lenguajes artísticos. Durante el proceso se trabajarán diversas metodologías desde las artes para el cuidado relacional, prácticas restaurativas y de sanación que permitan potencializar procesos psicosociales en el laboratorio.
Al finalizar, se presentarán los resultados del laboratorio en un evento comunitario, promoviendo la reflexión y el diálogo sobre las realidades vividas en la localidad. Este laboratorio busca fortalecer el tejido social, aportar a la convivencia pacífica entre las y los residentes, resignificar el proyecto de vida de la población víctima del conflicto armado, fomentar la colaboración entre diferentes sectores de la comunidad y ofrecer una plataforma para la expresión artística y el cambio social.
Además del cupo para participar del laboratorio, cada persona seleccionada, recibirá un incentivo económico de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($1.800.000), que estará condicionado a la asistencia y participación del laboratorio de un 85% de las sesiones y a la participación en la muestra final.
Existen dos categorías de participación según el perfil:
CATEGORÍA 1: ARTISTA COMUNITARIO/A
Artistas profesionales o expertos colombianos residentes en alguno de los barrios priorizados de la Localidad de Ciudad Bolívar (Barrios: San Francisco, Juan Pablo II, Compartir, Marandú, y Villa Gloria) y con una experiencia de haber realizado al menos 2 proyectos, procesos o prácticas artísticas y culturales comunitarios en la Localidad de Ciudad Bolívar.
Adicionalmente, se requiere que el participante cuente con disponibilidad de tiempo para asistir al menos al 85% del laboratorio.
CATEGORÍA 2: PERSONAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO
Personas víctimas del conflicto armado colombiano, que residan en la Localidad de Ciudad Bolívar, se priorizará con un puntaje adicional, aquellas que vivan en alguno de los barrios priorizados (Barrios: San Francisco, Juan Pablo II, Compartir, Marandú, y Villa Gloria). Las personas que se postulen deben estar actualmente inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV) y demuestren experiencia de haber realizado al menos 1 proyecto, proceso social, cultural y/o artísticos orientado al bienestar, prioritariamente de población víctima del conflicto armado.
También deben contar con la disponibilidad de tiempo para asistir al menos al 85% del laboratorio.
El laboratorio se desarrollará de manera inmersiva e intensa en las siguientes fechas y horarios:
Jueves 24 de octubre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Miércoles 30 octubre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Jueves 7 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Jueves 14 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Jueves 21 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Jueves 28 de noviembre. Hora 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 26 de octubre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 2 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 9 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 16 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 23 de noviembre. Hora :2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Sábado 30 de noviembre. Hora: 2:30 p.m. - 5:30 p.m.
Domingo 1 de diciembre muestra final. Hora: 8:00 a.m. - 2:00 p.m.
NOTA:
Para la inscripción de la iniciativa, los participantes deberán presentar un video o un texto corto de máximo dos páginas, en el que expongan uno o más relatos sobre situaciones, historias, problemáticas o testimonios que deseen abordar sobre lo que ocurre en la Localidad de Ciudad Bolívar. También deberán describir cómo les gustaría trabajar dicho material desde las artes escénicas. Este contenido será el punto de partida para el proceso de co-creación colectiva y colaborativa.
CATEGORÍA 1. ARTISTA COMUNITARIO/A
Persona colombiana mayor de 18 años, residente en alguno de los Barrios: San Francisco, Juan Pablo II, Compartir, Marandú, y/o Villa Gloria de la localidad de Ciudad Bolívar. Debe ser artista profesional o empírico, y demostrar la experiencia de haber realizado al menos dos (2) proyectos, procesos o prácticas artísticas y culturales comunitarias en la Localidad de Ciudad Bolívar.
CATEGORÍA 2. PERSONA VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO
Personas víctimas del conflicto armado colombiano, que residan en la Localidad de Ciudad Bolívar, se priorizará con un puntaje adicional, aquellas que vivan en alguno de los barrios priorizados (Barrios: San Francisco, Juan Pablo II, Compartir, Marandú, y Villa Gloria), se encuentren inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV) y demuestren experiencia de haber realizado al menos 1 proyecto, proceso social, cultural y/o artístico orientado al bienestar, prioritariamente de población víctima del conflicto armado. También deben contar con la disponibilidad de tiempo para asistir al menos al 85% del laboratorio.
Para cumplir con este requisito el participante debe diligenciar el formulario de presentación de la iniciativa, y adjuntar las certificaciones que demuestren la trayectoria en el desarrollo de procesos sociales, culturales y/o artísticos orientados al bienestar, prioritariamente de población víctima del conflicto armado. Puede incluir link de videos, documentos, notas de prensa, plataformas de soporte, certificaciones de instituciones privadas, públicas, de organizaciones sociales y/o comunitarias como anexos adjuntos. Es importante que aparezca de manera clara el nombre del postulante en el soporte y en lo posible el rol o las actividades desempeñadas.
● Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 4 días hábiles después del cierre de la invitación.
● Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
● Evaluación y selección: Se conformará un comité de selección mixto compuesto por una persona externa, y dos personas internas del Idartes, que cumplan con los perfiles definidos en la Invitación Cultural. Este comité se encargará de calificar y seleccionar a las personas que participarán del Laboratorio de Exploración y Creación escénica de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. El proceso de selección consta de una etapa inicial con la evaluación individual de las iniciativas por parte de cada miembro del comité de selección, posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un acta de selección oficial y en el acto administrativo de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
● Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las personas participantes que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado. En caso de que alguno de los participantes sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
● Publicación de resultados: el acta y la resolución (según corresponda) de personas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
1. El participante no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
4. La persona participante es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
5. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
6. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta a los correos gestion.documental@idartes.gov.co y lineaarteymemoriasinfronteras@idartes.gov.co manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere."
2. Una vez aceptados los incentivos, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación, al correo lineaarteymemoriasinfronteras@idartes.gov.co
● Documento de identidad.
● Certificado bancario (de la persona natural postulada) no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta.
*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
● RUT (de la persona natural postulada), actualizado al 2022 y con fecha de impresión del 2024
Nota: La entidad podrá solicitar documentos adicionales, de acuerdo con la naturaleza de la invitación, con el fin de garantizar la exitosa ejecución de las iniciativas.
3. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución de la Invitación Cultural. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la participación del laboratorio por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo lineaarteymemoriasinfronteras@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
1. Participación del Laboratorio de Creación Escénica para personas Víctimas del Conflicto y Artistas residentes de Ciudad Bolívar 2024.
2. Recibir el 100% del incentivo económico asignado por ser ganador de la presente invitación cultural, luego de haber participado en el Laboratorio de Creación Escénica
para personas Víctimas del Conflicto y Artistas residentes de Ciudad Bolívar 2024 y cumplir con el mínimo de asistencia del 85% a las sesiones, presentación de los documentos requeridos por el área misional responsable del acompañamiento y seguimiento y aprobación de los mismos. Dicho desembolso está sujeto a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
3. Disponer del acompañamiento misional por parte de la Línea de Arte y Memoria sin Fronteras y del (la) Mentor(a) asignado(a).
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos económicos a las personas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las actividades realizadas en el marco del laboratorio dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional durante el desarrollo del laboratorio en todas sus etapas