Invitación Cultural Cine Colombiano Accesible 2024 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, por medio de la Gerencia de Artes Audiovisuales - Cinemateca de Bogotá, a través de esta Invitación Cultural promueve la implementación de lenguas o sistemas de accesibilidad para cortometrajes y largometrajes colombianos estrenados entre 2018 a 2023, y que cuenten con certificación de producto nacional del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes. Las iniciativas deberán incluir los siguientes sistemas o lenguas: -Lengua de señas colombiana integrada a la imagen - Closed caption con subtitulación enriquecida -Audiodescripción.
Artes audiovisuales
01-10-2024
Fecha de apertura
31-10-2024 5:00 PM
Fecha de cierre
05-11-2024
Fecha final de verificación y publicación de listado de habilitados y no habilitados
06-11-2024
Fecha de recepción de observaciones al listado de verificación
28-11-2024
Fecha publicación de seleccionados
25-04-2025
Fecha límite de realización de actividades (Seleccionados)
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

Dentro de los desafíos de circulación y apropiación del cine colombiano, hay un deficiente número de películas que cuentan con sistemas de accesibilidad o traducción a lengua de señas colombiana para población con capacidades diversas. La Cinemateca de Bogotá, como casa del cine colombiano,  oferta la presente invitación cultural buscando ampliar públicos y aportando al derecho fundamental de la comunicación de todas las personas, incluyendo principalmente a personas con capacidades diversas.

Teniendo en cuenta la limitada cantidad de obras audiovisuales colombianas con opciones de accesibilidad, disponibles para la programación de la Franja Capacidades Diversas de la Cinemateca de Bogotá, se busca propiciar que los productores colombianos de cine y audiovisual integren en sus procesos de producción la inclusión de estas lenguas y sistemas en el resultado final de sus creaciones.


La Invitación Cultural cuenta con dos (2) categorías: 


  • Categoría 1: Largometrajes con una duración de hasta 90 min. 

  • Categoría 2: Cortometrajes con una duración de hasta 30 min.

Incentivos

Categoría 1: Largometrajes con una duración de hasta 90 min.

  • 1 Se otorgará un (1) incentivo económico por valor de dieciséis millones cuatrocientos mil pesos ($16’400.000).
  • 4 cuatro (4) funciones en salas de la Cinemateca de Bogotá y/o Cinematecas Locales de la película finalizada con los sistemas de accesibilidad incorporados.

Categoría 2: Cortometrajes con una duración de hasta 30 min.

  • 1 Se otorgará un (1) incentivo económico por valor de tres millones de pesos ($3’000.000).
  • 4 cuatro (4) funciones en salas de la Cinemateca de Bogotá y/o Cinematecas Locales de la película finalizada con los sistemas de accesibilidad incorporados.

¿Quién puede participar?

 Persona jurídica: 

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizados por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente y cuyo objeto social contemple la producción audiovisual, que se encuentre domiciliado en Bogotá y que figuren como productoras en la certificación de producto nacional.


La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • Título de la película
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Duración de la película (en minutos)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Sinopsis de la película
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Enlace de visualización de la película. Incluya contraseña si aplica.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Afiche de la película

Adjuntar afiche en formato .jpg o .png de la película (máximo 10MB).

Trailer de la película

Adjuntar enlace a plataformas como YouTube o Vimeo del trailer de la película.

Perfil y trayectoria del participante

Perfil de la persona jurídica participante. Debe incluir información referente a la experiencia profesional y su filmografía destacada. (Máximo 1 páginas).

Perfil de las personas naturales o jurídicas que realizarán el proceso de integración de lenguas o sistemas de accesibilidad

Debe incluir información referente a la experiencia de acuerdo al objeto de la esta invitación cultural. (Máximo 1 página).

Estrategia de circulación

Describa el público objetivo de la película y el plan de acciones para circular la película con los sistemas o lenguas de accesibilidad. (Máximo 2 páginas).

Cronograma

Cronograma de actividades que incluya la realización de todos los procesos de accesibilidad en la obra audiovisual. Recuerde que para la fecha máxima de ejecución todas las actividades deberán estar finalizadas.

Presupuesto

Presupuesto desglosado que incluya todos los procesos de accesibilidad en la obra audiovisual. En el presupuesto se deben especificar los gastos que serán cubiertos con los recursos otorgados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes.

Certificación de producto nacional

Adjuntar el certificado de reconocimiento de producto nacional para obras audiovisuales emitido por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.

Criterios de selección


Categoría 1: Largometrajes con una duración de hasta 90 min.
  • Calidad artística y técnica de la obra audiovisual.
    puntaje máximo: 40
  • Perfil del participante y de las personas que realizarán el proceso de integración de lenguas o sistemas de accesibilidad.
    puntaje máximo: 30
  • Estrategia de circulación de la obra audiovisual con los sistemas o lenguas de accesibilidad implementados.
    puntaje máximo: 30
Categoría 2: Cortometrajes con una duración de hasta 30 min.
  • Calidad artística y técnica de la obra audiovisual.
    puntaje máximo: 40
  • Perfil del participante y de las personas que realizarán el proceso de integración de lenguas o sistemas de accesibilidad.
    puntaje máximo: 30
  • Estrategia de circulación de la obra audiovisual con los sistemas o lenguas de accesibilidad implementados.
    puntaje máximo: 30

Proceso de selección

  • Verificación: El Instituto Distrital de las Artes - Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación y, que la información, documentos y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.


  • Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello. Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de subsanación de la documentación solicitada.


  • Evaluación y selección: Se conformará un comité evaluador integrado por miembros del equipo de la Gerencia de Artes Audiovisuales del Insituto Distrital de las Artes - Idartes, cuya labor misional está relacionada con procesos de públicos y formación, programación y curaduría, y/o cualquiera que la Gerencia considere pertinente para la evaluación de las iniciativas, idóneos para valorar y elegir las iniciativas ganadoras y suplentes, de acuerdo a los criterios de evaluación. La conformación del comité evaluador quedará consignada en un acta para consulta pública en la página de esta invitación.


En caso de que alguno de los integrantes de la persona jurídica participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.


  • Puntaje mínimo de selección: Se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.


Nota: Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.


Publicación de resultados: el acta y la resolución (según corresponda) de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

El Instituto Distrital de las Artes - Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. El representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

  5. Que la película haya sido finalizada con los sistemas o lenguas de accesibilidad, como producto o entregable final de convocatorias distritales, nacionales o internacionales. 

  6. Se presentaron dos o más iniciativas por parte de la persona jurídica postulante. En este caso se considerará para verificación únicamente la primera iniciativa presentada

  7. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  8. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  9. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos de los seleccionados

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguientes de la fecha y hora de recibo del correo de notificación (Art. 61, Ley 4 de 1913), para dar su respuesta al correo electrónico: karina.reyes@idartes.gov.co manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.

Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo karina.reyes@idartes.gov.co  de los siguientes documentos:


  • Documento de identidad del representante legal.

  • Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días.

  • Certificado bancario de la persona jurídica,  no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

Nota: No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

●   RUT persona jurídica con fecha de generación del archivo de 2024.

      ●  Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo económico, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.


2. Entregar el largometraje o cortometraje finalizado con las herramientas de accesibilidad propuestas (según la categoría que corresponda), teniendo en cuenta los siguientes items: 

  • Un informe final de la ejecución tipo bitácora.

  • Relación de gastos debidamente diligenciado con los respectivos soportes de legalización.

  • Una copia del largometraje o cortometraje en Blu-ray player, finalizado con las herramientas de accesibilidad propuestas. 

  • Una copia del largometraje o cortometraje finalizado con las herramientas de accesibilidad propuestas en un dispositivo de almacenamiento digital que contenga: Archivo del largometraje finalizado con compresión H264, resolución mínima 2K (2048x1080), con la relación de aspecto original. El audio con mezcla original 5.1 o estéreo y pista internacional (si la tiene).


3. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes,  la Gerencia de Artes Audiovisuales - Cinemateca de Bogotá y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.

4. Mencionar y dar crédito al Instituto Distrital de las Artes – Idartes en la película de la siguiente manera:

Con el apoyo de

Alcaldía de Bogotá

Instituto Distrital de las Artes – Idartes

Gerencia de Artes Audiovisuales - Cinemateca de Bogotá

Invitación Cultural Cine Colombiano Accesible

2024

(Logos institucionales)




5. Autorizar diez (10) proyecciones organizadas por la Gerencia de Artes Audiovisuales - Cinemateca de Bogotá del Instituto Distrital de las Artes - Idartes. En todos los casos se informará al ganador.

6. No se aceptarán cambios de la persona jurídica que sea ganadora de la invitación cultural. 

7. No se aceptarán cambios en los líderes de los procesos reportados en el proyecto, salvo en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que se puedan demostrar. Para ello el ganador deberá informar oportunamente a la entidad a través de comunicación escrita haciendo la solicitud de cambio, argumentando la necesidad de los cambios, y anexando la hoja de vida que demuestre la idoneidad y perfil de la persona que asumirá el rol. Asimismo, deberá adjuntar la carta de intención del nuevo integrante. La Subdirección de las Artes y la Gerencia de Artes Audiovisuales se reservan la potestad de aprobar o no dicha solicitud. En caso de ser necesario se solicitará una reunión con el ganador para revisar el tema.

8. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.

9. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones. 

10. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

11. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.

12. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador en los plazos especificados en las condiciones de la invitación cultural, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo karina.reyes@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.

Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

Beneficios

Los ganadores del incentivo de cada una de las categorías, recibirán: 


  • Un primer desembolso equivalente al setenta por ciento (70%) del valor total del incentivo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de iniciativas seleccionadas y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.


  • Un segundo y último desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo económico, previa entrega y aprobación de los ítems descritos en el numeral 2 de “Compromisos de los seleccionados”. 

Compromisos de la entidad


1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos: 

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados implica un incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho fundamental al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.

Adicionalmente, y como consecuencia del proceso legal que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.