El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, invita a personas naturales mayores de edad a participar en los cinco (5) laboratorios artísticos de cocreación - literatura 2025, los cuales, se desarrollarán en Kennedy, Usaquén, Candelaria, Antonio Nariño y Suba, uno por localidad.
Estos laboratorios son un espacio de creación artística compleja soportada en la escucha sensible, el diálogo y encuentro entre escritores y escritoras y laboratoristas con amplia trayectoria y experiencia en la creación de géneros de no ficción. El propósito general de los laboratorios es construir relatos que reflexionen sobre los territorios y a partir de esas experiencias se puedan recoger las voces de Bogotá. En un laboratorio de creación, la atención y la energía vital están puestas en el proceso creativo antes que en sus resultados, esto significa que hay un alto grado de incertidumbre. Así mismo, se priorizan las relaciones y los afectos que emergen en su despliegue, con el fin de tejer los relatos de la ciudad por medio de los testimonios locales. Los laboratoristas cuentan con amplia trayectoria y experiencia en literatura testimonial y periodismo.
Cada laboratorio tiene una disponibilidad de mínimo 15 personas y máximo 20 personas. Esta invitación está dirigida para todas las personas interesadas en construir relatos testimoniales y de no ficción, residentes en Bogotá, sin embargo, se han priorizado cinco localidades de la ciudad: Usaquén, Candelaria, Kennedy, Antonio Nariño y Suba. Es decir, podrán postularse personas de cualquier localidad; sin embargo, deberán seleccionar una de estas localidades priorizadas para llevar a cabo su proceso de creación en el laboratorio.
Las personas seleccionadas en el laboratorio serán acompañados(as) por laboratoristas que determinarán la metodología (sesión a sesión), realizará un seguimiento formal y estético en literatura testimonial y acompañarán los proyectos sugeridos por cada uno(a) y hará las veces de editor o editora de los resultados del laboratorio. Es importante mencionar que estos laboratorios se realizarán en tres ciclos, de los cuales el primero será en 2025, el cual tendrá una duración de seis meses (mayo a noviembre de 2025). De acuerdo con lo anterior, se recomienda a los participantes tener en cuenta su disponibilidad para participar en el laboratorio en el corto, mediano y largo plazo.
De manera adicional, se propone que los seleccionados en el año 2025 y que cumplan con un mínimo del 70% de participación en el proceso, tengan prioridad en la continuidad de los laboratorios en los próximos años (2026 y 2027).
Metodología
El propósito general de los laboratorios es construir relatos que reflexionen sobre Bogotá, integrando experiencias de localidades como Usaquén, Candelaria, Kennedy, Antonio Nariño y Suba. Las iniciativas se desarrollan de manera colectiva, con acompañamiento de laboratoristas con amplia experiencia en literatura testimonial y géneros de no ficción. Los laboratoristas no sólo guían el proceso creativo, sino que también desempeñan el rol de editores de los resultados, asegurando un seguimiento formal y estético.
El proceso metodológico se organiza en fases que permiten la evolución natural de las ideas hacia obras literarias sólidas. Estas fases incluyen:
Ideación: Exploración inicial de las ideas y familiarización con los fundamentos de la literatura testimonial.
Experimentación e investigación para la escritura: Desarrollo de técnicas narrativas esenciales y ejercicios prácticos.
Creación: Consolidación de los primeros borradores con retroalimentación constructiva.
Edición y Diagramación: Refinamiento y preparación de los textos finales.
Difusión y Socialización: Presentación pública de los proyectos.
Desarrollo del Laboratorio
El laboratorio es un espacio abierto donde la metodología se construye colectivamente a medida que avanza el proceso creativo. Este enfoque permite que los participantes exploren sus proyectos testimoniales de manera orgánica, adaptándose a las necesidades individuales y grupales. A lo largo de las sesiones, el o la laboratorista, experto(a) en literatura testimonial y de no ficción guía al grupo a través de las siguientes fases: ideación, experimentación y creación, producción, edición y diagramación y difusión y socialización.
La primera fase girará en torno a la Ideación: Exploración inicial de las ideas y familiarización con los fundamentos de la literatura de no ficción y a la experimentación e investigación para la escritura desarrollando técnicas, narrativas esenciales y ejercicios prácticos.
La segunda fase es la creación, que se centrará en consolidar los proyectos. Los participantes trabajan en sus primeros borradores que serán revisados por los y las laboratoristas en un ejercicio de edición.
La tercera fase es la final de edición, diagramación donde refinaremos y prepararemos el texto final. Así, el laboratorio no solo se concentra en la construcción de los textos sino que también permite el conocimiento de todos los oficios en torno al libro. Aquí se socializa la apuesta y se presenta el producto construido durante el tiempo de ejecución del laboratorio en el año 2025.
Los resultados de los laboratorios harán parte de la colección Voces de Bogotá, proyecto que lidera la Gerencia de Literatura de Idartes, que propende por el conocimiento de Bogotá desde la literatura.
Derechos y deberes de los participantes en materia de derechos de autor.
El participante en la presente invitación cultural de laboratorios de innovación y co-creación, declara y reconoce bajo gravedad de juramento, el cual se entenderá prestado con la inscripción y registro en la misma que:
1. El objetivo de los laboratorios consiste en llevar a cabo procesos creativos que derivarán en la creación de obras artísticas o literarias.
2. Que cada una de las personas que participen en dichos procesos creativos ostentarán el título de autores y que se reconocerán y respetarán sus derechos morales de autor sobre las mismas, de acuerdo con las disposiciones legales que reglamentan dicha materia.
3. Que la dinámica de los laboratorios y la participación de varias personas durante el proceso creativo generará que dichas obras tengan la calidad de obras colectivas y en colaboración, cuya titularidad se entenderá en partes o porcentajes iguales repartidos entre la cantidad de personas que hagan parte del proceso de creación de la obra por laboratorio, cumpliendo un mínimo de requisito de permanencia en el programa superior al 70% de duración del mismo.
4. Que las obras que se generen con ocasión de dichos procesos al interior de los laboratorios, deberán ser creadas sin infringir derechos de terceros, dejando indemne al IDARTES por cualquier reclamación que pueda generarse durante la actividad de planeación, creación o uso de las obras que se deriven del proceso del laboratorio.
5. Que en caso de que durante el proceso creativo las personas que participen requieran el uso de obras que no sean de su autoría o titularidad, se comprometen a adelantar los trámites de autorizaciones y/o licencias correspondientes sobre la obra principal o derivada o sobre cada una de las obras que requieran para su incorporación, cuando a ello hubiere lugar, asumiendo los costos y gastos que esto genere.
Del mismo modo, y en su calidad de autores y titulares de los derechos morales y patrimoniales sobre las obras que se generen al interior de los laboratorios, autorizan al IDARTES a título gratuito, para que reproduzca, distribuya, comunique públicamente, ponga a disposición, traduzca, adapte, transforme o lleve a cabo cualquier otro tipo de uso relacionado con la finalidad de la convocatoria, únicamente para los fines propios del desarrollo y promoción del proyecto y la misionalidad de la entidad. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción, y la aceptación de términos y condiciones.
Igualmente, autoriza al IDARTES a que de manera discrecional aloje las obras creadas al interior de los laboratorios en la plataforma Creative Commons, bajo la categoría que considere conveniente para la garantía y cuidado de la obra, así como también para su circulación".
Persona natural:
Persona colombiana o extranjera mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá con interés en la creación literaria de no ficción.
Documentos administrativos a presentar:
-Documentos de Identidad (se deberá presentar un solo documento, según corresponda):
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente.
Ciudadanos Venezolanos:
PPT (Permiso para Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Agrupación:
Agrupación mínimo 15 y máximo 20 integrantes, mayores de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá con interés en la creación literaria de no ficción.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se conformará un equipo compuesto por tres (3) jurados internos ad honorem, vinculados tanto con la estrategia de la laboratorios de co-creación de la Subdirección de las Artes como la Gerencia de Literatura del Instituto Distrital de las Artes. En el proceso de selección, se definirá suplente para el caso de inhabilidades o renuncia por parte de la agrupación o persona jurídica seleccionada.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
El comité evaluador seleccionará las iniciativas ganadoras de la invitación cultural y el número de suplentes que considere pertinente, los cuales recibirán los reconocimientos en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar plenamente su iniciativa, renuncie al reconocimiento o no acepte dentro de los tiempos estipulados para dicho fin.
Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior). Igualmente, a todos los seleccionados se les enviará un correo desde la el equipo de laboratorio de co-creación de Idartes informándoles que el acta está disponible para su consulta, sin embargo, es responsabilidad del participante consultar la página de la invitación para mantenerse informado de los resultados en las diferentes etapas del proceso.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Incumplimientos
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento por parte del ganador a los compromisos allí establecidos, la Entidad lo requerirá para que dé las explicaciones pertinentes; de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por la estrategia de la laboratorios de la Subdirección de las Artes.
1. Una vez notificado vía correo electrónico el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES por parte del equipo de laboratorios de co-creación de idartes, los seleccionados cuentan cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptan o no el incentivo a los correos electrónicos artefactumcocreacion@idartes.gov.co , gestion.documental@idartes.gov.co
2. Una vez aceptados los incentivos, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación:
Carta de compromiso firmada por todas y todos los integrantes de la iniciativa, en la misma, se acuerda participar en mínimo el 70% del proceso del laboratorio en el 2025, aportando los soportes y documentos solicitados por la entidad para el seguimiento y sistematización de la experiencia.
4. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
5. Autorizar a la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes - Idartes la publicación de los textos que resulten del proceso de cocreación del presente Laboratorio en los equipamientos del Idartes u otros espacios que ésta disponga para tal fin.
6. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
7. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes.
8. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
9. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo.
10. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artefactumcocreacion@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
Cupo para participar en el proceso ARTEFACTUM -laboratorios artísticos de cocreación - literatura 2025 de cocreación de acuerdo a la metodología diseñada por el Idartes para cada laboratorio. Este proceso se realiza entre los participantes seleccionados, laboratorista y el equipo de apoyo del Idartes e incluye sesiones de experimentación, sesiones de cocreación, encuentros e intercambios de experiencias y saberes, apertura pública del estado de los procesos.
Acompañamiento grupales de co-creación de los procesos de creación gestados con los participantes.
Participación en dos encuentros presenciales interdisciplinares con otros laboratorios de las distintas áreas artísticas del Idartes.
Apoyo en la producción y espacios para la circulación de los resultados de cada laboratorio.
Certificados para quienes tengan asistencia y participación mínima del 70% de las sesiones y actividades programadas en el laboratorio.
Las personas seleccionadas participarán en un proceso colaborativo y comunitario de construcción de textos. Al finalizar, se evaluarán los resultados y los textos más destacados serán publicados en la colección Voces de Bogotá.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo en especie, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Garantizar un laboratorista que acompañe todo el proceso de cocreación y el acompañamiento misional por parte del Idartes de acuerdo con los requerimientos de los laboratorios artísticos de co-creación en literatura.
3. Apoyar la difusión y divulgación de los procesos de co-creación de los laboratorios en literatura dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Producción y circulación. El Instituto Distrital de las Artes garantizará los recursos de producción, a saber: materiales para la escritura, equipamientos, y demás aspectos físicos que se requieran. Además garantizará la edición, corrección de estilo, diagramación e impresión de los productos finalizados y seleccionados. En cuanto a la circulación. En cuanto a la circulación, el Idartes se compromete a la distribución de la publicación en diferentes puntos de lectura de la ciudad y la participación en eventos de la cultura escrita.
5. Otorgar constancia de participación a quienes asistan al mínimo del 80% de todas las actividades programadas en el laboratorio.