La realización de los espectáculos navideños en Bogotá se enmarca en el propósito principal del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” que busca “mejorar la calidad de vida de las personas garantizándoles una mayor seguridad, inclusión, libertad, igualdad de oportunidades y un acceso más justo a bienes y servicios públicos, fortaleciendo el tejido social en un marco de construcción de confianza y aprovechando el potencial de la sociedad y su territorio a partir de un modelo de desarrollo comprometido con la acción climática y la integración regional”.
En este contexto, y para el 2025, la programación de la Navidad hace parte del Proyecto de Inversión 7929 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), titulado “Fortalecimiento de alianzas estratégicas a nivel bilateral y multilateral para el posicionamiento de la ciudad como referente cultural y recreodeportivo en escenarios internacionales en Bogotá D.C.”, el cual promueve actividades artísticas y culturales de alto impacto, abiertas al público y pensadas para toda la ciudadanía, con el propósito de consolidar a Bogotá como un referente cultural en el ámbito local, nacional e internacional.
1. DESCRIPCIÓN GENERAL:
Por lo anterior, la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte invita a participar en una de las siguientes categorías:
Categoría 1. Plaza Cultural la Santamaría:
"La Navidad es futuro" será la temática central del espectáculo escénico y performático en la Plaza Cultural La Santamaría, un espacio para soñar en colectivo la ciudad que anhelamos. A través de una puesta en escena 360°, con diseño escenográfico innovador y música en vivo, se invita a imaginar una Bogotá sostenible, creativa y resiliente, donde el arte y la tecnología se unen para proyectar un futuro esperanzador, diverso y consciente de su entorno. La Santamaría se reafirma así como un epicentro cultural abierto al mundo, desde donde la Navidad se convierte en un símbolo de transformación, orgullo y encuentro ciudadano.
Para desarrollar la propuesta deben tenerse en cuenta los siguientes lineamientos específicos:
Categoría 2. Parque Metropolitano El Tunal.
"La diversidad que nos une" será el eje del espectáculo escénico y performático en el Parque Metropolitano El Tunal, un espacio donde la música, la danza, el circo, el color y las artes vivas se entrelazan para celebrar la riqueza cultural de Bogotá y de Colombia. A través de una puesta en escena participativa, vibrante y simbólica, esta propuesta artística visibiliza las múltiples voces, saberes y expresiones que habitan nuestros territorios, transformando la diversidad en un relato común. El Parque Metropolitano El Tunal se convertirá en un escenario de encuentro y empatía, donde el arte celebra la pluralidad como una fuerza que nos une y nos impulsa a construir una ciudad más solidaria y creativa.
Para desarrollar la propuesta deben tenerse en cuenta los siguientes lineamientos específicos:
Lineamientos generales de la convocatoria
Para participar en esta convocatoria, es fundamental que la propuesta presentada cumpla con los siguientes lineamientos, los cuales deben estar claramente desarrollados en la propuesta.
2. ETAPAS DE CREACIÓN
Se contemplan dos etapas para la creación y estructuración de la propuesta y Anexo Técnico de los espectáculos, así:
Etapa 1. Presentación Propuesta: Presentación de la propuesta para el desarrollo del proceso de creación, se deberá presentar como mínimo el equipo de trabajo según la categoría participante.
Etapa 2. Mesa de Trabajo: La SCRD efectuará mesas de trabajo para brindar el acompañamiento para la construcción del anexo técnico y logístico de los espectáculos navideños 2025 en concordancia con los términos establecidos en la guía técnica de la presente invitación.
Para mayor información consultar documento 1. ANEXO GUÍA TÉCNICA INVITACION CULTURAL - NAVIDAD 2025
Proponente Plural: Unión Temporal y/o Consorcio:
Las Uniones Temporales y/o Consorcios son un conjunto de dos o más personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación. A su vez, la agrupación nombrará un(a) representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal.
Todos o cualquiera de los integrantes dentro de la unión temporal y/o consorcio deberán allegar certificaciones y registro fotográfico, a través de los cuales se acrediten mínimo tres (3) eventos realizados entre los años 2018 al 2024, cuyo objeto se relacione con proyectos artísticos y culturales de mediano y gran formato.
Nota: En el evento que los integrantes de los proponentes que se presenten como Unión Temporal y/o Consorcio sean entidades sin ánimo de lucro -ESAL deberán soportar el cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control -IVC- de conformidad con la normatividad vigente.
IMPORTANTE: Para inscribirse bajo esta figura en la presente invitación deberá hacerlo bajo el perfil de agrupación en la plataforma de invitaciones culturales.
Persona Jurídica:
Con o sin ánimo de lucro, deberá allegar certificaciones y registro fotográfico, a través de los cuales se acrediten mínimo tres (3) eventos realizados entre los años 2018 al 2024, cuyo objeto se relacione con proyectos artísticos y culturales de mediano y gran formato.
Nota: En el evento que la naturaleza de la persona jurídica sea entidades sin ánimo de lucro -ESAL deberán soportar el cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control -IVC- de conformidad con la normatividad vigente.
Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la invitación, asegurándose de que toda la información, documentos, imágenes o enlaces presentados sean accesibles, legibles y cumplan con los solicitado. Posteriormente, se verificará que el equipo de dirección artística y su iniciativa no incurran en ninguna causal para no ser habilitado y publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar, en esta página. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar los documentos administrativos. Posterior a la subsanación, la SCRD publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página.
Evaluación y selección: El listado de habilitados(as) que realizarán el proceso de sustentación será publicado en la plataforma de invitaciones culturales de la SCRD. Si la propuesta es seleccionada para participar en la sustentación, recibirá un correo electrónico notificando la fecha, horario y lugar al que deberá presentarse en la ciudad de Bogotá.
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte designará un comité conformado por profesionales idóneos y con experticia para evaluar las iniciativas presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en la invitación y la sustentación realizada. Dicho comité estará conformado por:
El Secretario de Despacho
La Subsecretaria de Gobernanza
Director de Fomento
Un invitado del sector cultural
Un invitado externo con reconocida idoneidad en proyectos artísticos y culturales
Nota. El puntaje mínimo de selección será de 85 puntos.
Las sustentaciones se llevarán a cabo en la ciudad de Bogotá durante el mes de junio de 2025. Podrán llevarse a cabo de manera grupal por el equipo que presentó la propuesta y serán registradas audiovisualmente y/o fotografiadas. Este material se utilizará como parte del proceso de registro, publicidad y difusión de la labor misional de la SCRD, enfocada en visibilizar el fortalecimiento del ecosistema cultural y talento de la ciudad.
De acuerdo a los criterios de selección, se seleccionarán 2 propuestas creativas, una para cada escenario.
Publicación: La Resolución de selección será publicada en la parte superior de la plataforma.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante y/o persona jurídica que fue ganador de Invitación cultural dirección artística del proyecto "Obras Performáticas y Escenográficas – Navidad 2024, categoría 1. Obra Performática en la Plaza Cultural de la Santamaría. Exceptuando que se presente a otro escenario diferente del que hizo parte en la vigencia pasada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Participar activamente en las mesas de trabajo de articulación, garantizando la integración de narrativas innovadoras, interactivas y multisensoriales.
Cumplir con los cronogramas establecidos en la invitación.
Garantizar la originalidad de los contenidos y materiales de su propuesta artística, así como contar con las autorizaciones necesarias para su uso y explotación, evitando la infracción de derechos de autor y/o propiedad industrial de terceros.
Entregar anexo técnico que será el resultado del proceso de las mesas de articulación, el cual tendrá los criterios y las necesidades de operación técnicas y logísticas y deberá alinearse con los criterios técnicos, financieros y jurídicos establecidos por la SCRD.
Los participantes seleccionados contarán con el respaldo creativo y técnico de la SCRD, mediante un proceso colaborativo para la construcción del anexo técnico y logístico, así como mesas de trabajo junto al equipo asignado. Esta dinámica fortalecerá las propuestas en el desarrollo de las direcciones artísticas de los espectáculos de gran formato que se presentarán en la Plaza Cultural La Santamaría y el Parque Metropolitano El Tunal en el marco de la Navidad 2025.
Desarrollo de una propuesta cultural en articulación con la Secretaría de Cultura Recreación y Deportes, los seleccionados podrán robustecer su trayectoria y capacidades como agentes del sector, generando experiencia en la gestión de espectáculos de gran formato y ampliando su visibilidad como actores clave en la escena cultural de Bogotá.
Brindar acompañamiento y guía a los equipos artísticos seleccionados.
Realizar un seguimiento continuo del desarrollo técnico del proyecto.
Efectuar los trámites contractuales necesarios para la ejecución del proyecto seleccionado.
Las propuestas de dirección artística que resulten seleccionadas en esta Invitación serán desarrolladas a través del proceso de contratación que defina la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).