El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, invita a agrupaciones de artistas escénicos y personas naturales mayores de edad a participar en Invitación Cultural ARTEFACTUM Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025 que se desarrollará en el Teatro Jorge Eliecer Gaitán con el acompañamiento del laboratorista Cesar Badillo, quien estará vinculado durante todo el desarrollo del laboratorio, acompañando y co-creando junto con los participantes. Los días y horarios de encuentro se definirán en consenso con los artistas seleccionados.
Se dispone de un total de máximo 25 cupos, los cuales serán distribuidos entre personas naturales y agrupaciones conformadas por un mínimo de 2 integrantes. El máximo de personas seleccionadas será de hasta 25 en total, independientemente de si se postulan de manera individual o como parte de una agrupación. Es decir, cada persona, ya sea individual o integrante de una agrupación, ocupa un cupo.
La Invitación Cultural ARTEFACTUM – Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025 es una apuesta por desplegar un laboratorio de creación colectiva en teatro de creación colectiva que propone un espacio de experimentación artística compleja, sostenido en la escucha sensible, el diálogo y el encuentro entre agentes artísticos barriales, agrupaciones, artistas de arte dramático y laboratoristas con amplia trayectoria y el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Este modo de creación en formato de laboratorio busca disminuir las brechas y barreras de acceso al ejercicio de los derechos culturales en el sector del arte dramático, incentivando el intercambio de saberes y experiencias mediante estrategias colaborativas de creación y apropiación de las artes. Su objetivo es fortalecer procesos de creación colectivos de experimentación y reflexión en teatro de creación colectiva.
El diseño metodológico de este laboratorio ha implicado una construcción dialogada con el Colectivo de la Salvaguardia de los usos, proyección artística y social del teatro de creación colectiva en Bogotá, del cual la Gerencia de Arte Dramático hace parte, en resonancia con sus líneas de acción del Plan Especial de Salvaguardia (PES) de los usos, proyección artística y social del teatro de creación colectiva en Bogotá. En este sentido, este laboratorio apunta a fortalecer las capacidades de los grupos de teatro que practican la creación colectiva, a la consolidación de redes y procesos de intercambio entre grupos de diversas trayectorias, la circulación de saberes con énfasis en procesos pedagógicos, así como la divulgación del teatro de creación colectiva para la formación de públicos y la gestión del conocimiento en torno a este sistema de creación artística.
El desarrollo de este laboratorio parte de un proceso de diálogo e identificación de intereses, deseos, necesidades creativas y temáticas comunes entre los participantes seleccionados y el equipo de Idartes. A partir de este encuentro inicial se activa un proceso experiencial de cocreación de “saber haciendo”, orientado a la cocreación, en el que se prioriza la experiencia del proceso por encima de resultados predefinidos.
El laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025 se fundamenta en principios como el pensamiento creativo crítico, la colaboración, la creación-investigación, la escucha horizontal, la autonomía, el disenso y la experimentación inter y/o transdisciplinar. A lo largo de su desarrollo se llevarán a cabo sesiones de experimentación, momentos de cocreación, intercambios de saberes y experiencias, así como una apertura pública del estado del proceso creativo.
En este espacio la incertidumbre es parte constitutiva del proceso creativo. Se valora la construcción de relaciones, vínculos y afectos entre los participantes como fuente de pensamiento crítico y motor de nuevas manifestaciones escénicas, que puedan derivar en procesos futuros de creación-investigación. Se busca problematizar y reinventar las formas, modelos y prácticas del arte dramático desde una perspectiva ética, estética y política.
El acompañamiento del laboratorista no se basa en una lógica de transmisión de contenidos, sino en una relación horizontal, quien asumirá rol de provocador, facilitador, colaborador y detonador de procesos creativos en creación colectiva, apoyando a los participantes en el reconocimiento y fortalecimiento de sus propias capacidades expresivas, deseos y necesidades creativas, así como en la toma de decisiones colectivas sobre la materialización y circulación del proceso vivido.
Los posibles resultados del laboratorio son diversos y pueden tomar múltiples formas: textos de investigación, piezas o gestos escénicos, dispositivos dramatúrgicos, partituras de acción, intervenciones en espacio público, ensayos audiovisuales o escritos sobre metodologías de creación, entre otros. Estos productos se construirán de manera colaborativa y se compartirán con los públicos como parte de la socialización del proceso.
Los participantes seleccionados del ARTEFACTUM Laboratorio artísticos de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025, reciben como incentivo un cupo para participar como co-creadores de acuerdo a la metodología diseñada por la orientadora metodológica y el Idartes, así como un certificado de participación como co-creadores en el laboratorio.
Perfil participante: Personas naturales mayores de 18 años, colombianas o extranjeras, que residan o estén domiciliadas en Bogotá D.C., o en hasta un 50 % de los casos, en alguno de los siguientes municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.
El participante deberá demostrar una trayectoria en creación colectiva de mínimo 3 años.
También podrán participar agrupaciones conformadas por un mínimo de 2 integrantes, que cumplan con los mismos criterios de residencia. Las agrupaciones también deberán demostrar una trayectoria y/o experiencia de tres (3) años en procesos de creación de teatro de creación colectiva.
Se dispone de un total de máximo 25 cupos, los cuales serán asignados de forma individual, es decir, cada persona seleccionada, ya sea como postulante individual o como integrante de una agrupación, ocupará un (1) cupo dentro del laboratorio.
Información importante del laboratorio:
-La apuesta de Artefacum Laboratorio artísticos de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025, del Idartes se proyecta para una duración de tres años, organizada por ciclos: ciclo I - 2025, ciclo II - 2026 y ciclo III - 2027. Es importante que los artistas interesados en participar cuenten con la disponibilidad para hacer parte de todo este proceso de largo aliento. En todo caso, para cada ciclo se lanzará una invitación cultural.
-Tiempo de ejecución: 4 meses incluyendo la muestra de los resultados de cada laboratorio.
-Intensidad horaria del laboratorio:
Sesiones semanales de experimentación y co-creación (una sesión semanal) de 4 horas entre artistas/laboratoristas y participantes.
Semanas intensivas de co-creación con el laboratorista. Las fechas de estas sesiones se informarán oportunamente a los participantes durante el proceso de cocreación.
Participación en encuentros de intercambios de experiencias.
Participación en aperturas al público del estado de los procesos de cocreación.
Las sesiones serán presenciales.
-Circulación y transferencia: participación en la muestra de los resultados, en la socialización de las memorias y en los encuentros de análisis y reflexión de los procesos de co-creación al finalizar todas las actividades del laboratorio.
Las fechas de estas actividades se informarán oportunamente a los participantes durante el proceso de cocreación.
Derechos y deberes de los participantes en materia de derechos de autor.
El participante en la presente invitación cultural de laboratorios de innovación y co-creación, declara y reconoce bajo gravedad de juramento, el cual se entenderá prestado con la inscripción y registro en la misma que:
1. El objetivo de los laboratorios consiste en llevar a cabo procesos creativos que derivarán en la creación de obras artísticas o literarias.
2. Que cada una de las personas que participen en dichos procesos creativos ostentarán el título de autores y que se reconocerán y respetarán sus derechos morales de autor sobre las mismas, de acuerdo con las disposiciones legales que reglamentan dicha materia.
3. Que la dinámica de los laboratorios y la participación de varias personas durante el proceso creativo generará que dichas obras tengan la calidad de obras colectivas y en colaboración, cuya titularidad se entenderá en partes o porcentajes iguales repartidos entre la cantidad de personas que hagan parte del proceso de creación de la obra por laboratorio, cumpliendo un mínimo de requisito de permanencia en el programa superior al 70% de duración del mismo.
4. Que las obras que se generen con ocasión de dichos procesos al interior de los laboratorios, deberán ser creadas sin infringir derechos de terceros, dejando indemne al IDARTES por cualquier reclamación que pueda generarse durante la actividad de planeación, creación o uso de las obras que se deriven del proceso del laboratorio.
5. Que en caso de que durante el proceso creativo las personas que participen requieran el uso de obras que no sean de su autoría o titularidad, se comprometen a adelantar los trámites de autorizaciones y/o licencias correspondientes sobre la obra principal o derivada o sobre cada una de las obras que requieran para su incorporación, cuando a ello hubiere lugar, asumiendo los costos y gastos que esto genere.
Del mismo modo, y en su calidad de autores y titulares de los derechos morales y patrimoniales sobre las obras que se generen al interior de los laboratorios, autorizan al IDARTES a título gratuito, para que reproduzca, distribuya, comunique públicamente, ponga a disposición, traduzca, adapte, transforme o lleve a cabo cualquier otro tipo de uso relacionado con la finalidad de la convocatoria, únicamente para los fines propios del desarrollo y promoción del proyecto y la misionalidad de la entidad. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción, y la aceptación de términos y condiciones.
Igualmente, autoriza al IDARTES a que de manera discrecional aloje las obras creadas al interior de los laboratorios en la plataforma Creative Commons, bajo la categoría que considere conveniente para la garantía y cuidado de la obra, así como también para su circulación".
“Nota: Para la implementación del laboratorio propuesto, la entidad establecerá un número mínimo de participantes requerido. En caso de no alcanzarse este umbral, el laboratorio no podrá ser ejecutado y se procederá a su cancelación".
Persona natural:
Personas naturales mayores de 18 años, colombianas o extranjeras, que residan o estén domiciliadas en Bogotá D.C., o en hasta un 50 % de los casos, en alguno de los siguientes municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.
Documentos administrativos a presentar:
Documentos de Identidad (se deberá presentar un solo documento, según corresponda):
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Agrupación:
Agrupación bogotana integrada por dos o más personas mayores de 18 años colombianas o extranjeras, residentes o domiciliados en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.
Documentos administrativos de cada uno de los integrantes:
Cédula de ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se conformará un equipo compuesto por tres (3) jurados internos ad honorem, vinculados tanto con la estrategia de la laboratorios de co-creación de la Subdirección de las Artes, como la Gerencia de Arte Dramático del Instituto Distrital de las Artes. En el proceso de selección, se definirá suplente para el caso de inhabilidades o renuncia por parte de la agrupación o persona jurídica seleccionada.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
El comité evaluador seleccionará los participantes ganadoras de la invitación cultural y el número de suplentes que considere pertinente, los cuales recibirán el incentivo en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar plenamente su iniciativa, renuncie al reconocimiento o no acepte dentro de los tiempos estipulados para dicho fin.
Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior). Igualmente, a todos los seleccionados se les enviará un correo desde el equipo de laboratorio de co-creación de Idartes informándoles que el acta está disponible para su consulta, sin embargo, es responsabilidad del participante consultar la página de la invitación para mantenerse informado de los resultados en las diferentes etapas del proceso.
El comité evaluador será el encargado de seleccionar, tanto el número de participantes que integrarán el laboratorio como el de posibles suplentes.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
No cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación cultural.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El participante está seleccionado en otro laboratorio Artefactum.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Una vez notificado vía correo electrónico el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES por parte del equipo de laboratorios de co-creación de idartes, los seleccionados cuentan cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptan o no el incentivo a los correos electrónicos artefactumcocreacion@idartes.gov.co , gestion.documental@idartes.gov.co
2. Una vez aceptados los incentivos, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación:
Carta de compromiso firmada por todas y todos los integrantes de la iniciativa, en la misma, se acuerda participar en mínimo el 70% del proceso del laboratorio en el 2025, aportando los soportes y documentos solicitados por la entidad para el seguimiento y sistematización de la experiencia.
3. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. (Si aplica)
4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artefactumcocreacion@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
8. Diligenciar los instrumentos de valoración, análisis o balance que sean solicitados por la Gerencia de Arte Dramático en los formatos o instrumentos establecidos para tal fin.
9. Participar en la construcción de las memorias y en todas las actividades de difusión, divulgación y circulación del proceso del laboratorio en el cual participa.
Un cupo para participar como artista cocreador en el proceso de co-creación de acuerdo a la metodología diseñada por el Idartes para el Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025. Este proceso se realiza entre los participantes seleccionados, el laboratorista y el equipo de apoyo del Idartes e incluye sesiones de experimentación, sesiones de cocreación, encuentros e intercambios de experiencias y saberes, apertura pública del estado de los procesos.
Sesiones grupales de experimentación y de co-creación con el laboratorista para acompañar los procesos de co-creación gestados con los participantes.
Participación en encuentros presenciales interdisciplinares con otros laboratorios de las distintas áreas artísticas del Idartes.
Apoyo en la producción y espacios para la circulación de los resultados del Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025. Los espacios están sujetos a su disponibilidad y deberán contar con la respectiva póliza de responsabilidad civil extracontractual.
Acompañamiento misional para la sistematización de memoria y gestión de conocimiento del Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025
Certificados de participación por asistencia mínima del 70% de las sesiones y actividades programadas en el Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo en especie, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Garantizar un laboratorista para el Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025 que acompañe todo el proceso de co-creación y un equipo de apoyo del Idartes.
3. Apoyar la difusión y divulgación de los procesos de co-creación de Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025 dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Apoyar la producción y circulación de los resultados de acuerdo a las especificidades (elementos en especie) del Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025.
5. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025.
6. Otorgar constancia de participación a quienes asistan al mínimo del 70% de todas las actividades programadas en Laboratorio artístico de co-creación - Arte Dramático creación colectiva 2025.
INCUMPLIMIENTOS
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento por parte del ganador a los compromisos allí establecidos, la Entidad lo requerirá para que dé las explicaciones pertinentes; de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por la estrategia de la laboratorios de la Subdirección de las Artes.