El Instituto Distrital de las Artes - IDARTES a través de la Gerencia de Artes Audiovisuales en Convenio de asociación suscrito con la Esal Algo en Común, No. 1926-2025 y con fecha de inicio el 03/07/2025 presenta la Invitación Cultural Invitación Cultural - Taller: Leer el tiempo del archivo - 2025, de la Temporada de Inteligencia Artificial del MediaLab de la Cinemateca de Bogotá.
El MediaLab, tiene el objetivo de fomentar, articular y promover iniciativas audiovisuales, cinematográficas y digitales, que articulen los nuevos medios, el arte y la tecnología, con énfasis en nuevas formas de creatividad y formatos de producción, experimentación con diferentes medios, tecnologías y metodologías de trabajo transdisciplinares e innovadoras que generen apropiación entorno a la cultura digital y audiovisual de la ciudad de Bogotá, abarcando diferentes públicos y poblaciones.
Descripción del laboratorio:
Este taller propone encuentros presenciales para explorar el archivo audiovisual de la Cinemateca de Bogotá desde una mirada contemporánea: la inteligencia artificial como herramienta de lectura y articuladora para la creación.
Lejos de utilizar la inteligencia artificial únicamente para generar contenido nuevo, este espacio se enfoca en su potencial para ayudarnos a descubrir y reinterpretar lo que ya existe. Trabajaremos con modelos de transcripción, segmentación de video y técnicas de archivística digital para extraer y reordenar información del archivo, revelando nuevas formas de ver, catalogar y narrar desde el pasado audiovisual. Reinterpretar lo existente, en este sentido, también se entiende como una forma de creación: una generación de nuevos significados, relaciones y narrativas a partir de lo ya registrado.
Cada participante podrá navegar por los distintos niveles de información que contiene una pieza audiovisual: desde el diálogo y el sonido ambiente, hasta los objetos visuales, las acciones y los silencios. La inteligencia artificial, en este caso, nos servirá como lupa y como brújula para hacer visibles patrones, tiempos, y resonancias temáticas que quizás antes estaban ocultas a simple vista.
El taller tomará como inspiración la obra The Clock de Christian Marclay, un montaje de 24 horas en el que el tiempo no solo es el hilo conductor, sino también el protagonista. Así como Marclay construyó una nueva obra a partir de fragmentos de miles de películas sincronizadas con la hora real, los y las participantes podrán idear sus propios recorridos narrativos, poéticos o críticos, organizando el material del archivo con fines curatoriales, pedagógicos o experimentales.
Fechas y horarios:
5, 6 y 7 de agosto: 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
8 de agosto: 10:00 a.m. a 1:00 p.m.
12 y 13 de agosto: 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
14 de agosto: 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Lugar: Cinemateca de Bogotá Cra. 3 #19-10, Santa Fé, Bogotá, Cundinamarca
Taller Audiovisual - Ecosistema de creación
Aforo esperado: 15 participantes
Néstor Andrés Peña
Artista plástico especializado en medios digitales con más de diez años de experiencia en desarrollo Full Stack, procesamiento de datos y visualización de datos interactiva. Especializado en la creación de infraestructuras digitales para archivos, memoria histórica y gestión documental. Creador del proyecto Archihub herramienta de gestión documental con énfasis en inteligencia artificial aplicada al procesamiento, la clasificación / desclasificación de documentos y desarrollo de plataformas web escalables.
Amplia experiencia en el sector público y cultural, liderando implementaciones tecnológicas en instituciones como el Archivo General de la Nación, Museo Nacional de Colombia, Jurisdicción Especial para la Paz y la Comisión de la Verdad.
El taller está dirigido a personas naturales mayores de 18 años interesadas en el cruce entre archivo, memoria, creación audiovisual e inteligencia artificial.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello o al correo santiago.rodriguezc@idartes.gov.co
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se designarán tres evaluadores del equipo de la Cinemateca de Bogotá (Contratistas de la Subdirección de las Artes - IDARTES) quienes seleccionarán a los participantes según cupos disponibles y perfiles presentados. Se seleccionarán quince (15) personas. En caso de que alguna rechace el incentivo, podrá participar en el laboratorio la persona que, de acuerdo a la selección sea suplente y también haya cumplido con los requisitos.
En caso de que alguno de los postulantes sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 80 puntos ponderados. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.
Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 80 puntos o más, no implica su selección como ganadora.
Publicación de resultados: el acta y la resolución de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Se presentaron dos o más iniciativas por parte de los postulantes.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Una vez se publiquen los resultados, la Gerencia de Artes Audiovisuales del IDARTES se pondrá en contacto con las personas seleccionadas, quienes deberán aceptar el cupo en un plazo máximo de dos (2) días hábiles al correo: santiago.rodriguezc@idartes.gov.co
2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. Entregar los contenidos audiovisuales y/o artísticos resultados del Taller: Leer el tiempo del archivo - 2025 al MediaLab de la Cinemateca de Bogotá con fines de archivo y memoria de los procesos, a más tardar el 30 de Agosto de 2025.
4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales sobre la iniciativa, obra o aproximación resultante del taller, la persona seleccionada autoriza al Idartes —o a quien éste designe— a utilizar dicho material mediante una licencia de uso que incluye los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y distribución. Esta licencia será otorgada exclusivamente con fines promocionales, formativos, de circulación, divulgación, creación o preservación de la memoria colectiva. La autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de los términos y condiciones, permitiendo a la Cinemateca de Bogotá la circulación de los resultados del taller en sus instalaciones y en otros espacios que disponga para tal fin.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas
7. Dar buen uso a los espacios y recursos técnicos disponibles para la realización del proceso y en caso de extravío o pérdida injustificada, hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta el taller.
8. Asistir al 80% de las sesiones presenciales del laboratorio para recibir constancia de participación del mismo (a solicitud del interesado).
1. Participar en la totalidad del taller.
2. Hacer uso de los espacios y equipos disponibles en el MediaLab de la Cinemateca de
Bogotá para llevar a cabo las sesiones del taller.
3. Recibir una constancia de participación si cumple con al menos el 80% de asistencia y actividades programadas del taller (a solicitud del interesado).
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo en especie, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.