Invitación Cultural Reverso Bogotá 2025. - SCRD

JM
Literatura, Interdisciplinar
31-07-2025
Fecha de apertura
01-09-2025 5:00 PM
Fecha de cierre
15-09-2025
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
18-09-2025 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
19-09-2025
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
30-09-2025
Fecha de publicación del acta de preselección
24-10-2025
Fecha publicación de seleccionados
Progreso
9% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Dirección de Lectura y Bibliotecas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte tiene como objetivo difundir las acciones y procesos relacionados con la cultura, la recreación y el deporte, así como fomentar la accesibilidad y participación ciudadana. Por esta razón, lidera en Bogotá la celebración del Día Nacional de las y los poetas, que se lleva a cabo en el mes de octubre. En aras de conmemorar esta fecha, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte realizará la presente invitación cultural y adicionalmente realizará el Festival de Poesía que ocurrirá en octubre de 2025. 

Por lo anterior, a través de la convocatoria 'Reverso Bogotá' se invita a redescubrir la poesía de la ciudad, a verla en reverso, a entender cómo nos rodean momentos poéticos en la vida cotidiana, a identificar cómo la poesía se puede relacionar con las problemáticas concretas de nuestros barrios y de nuestros entornos así como con la proximidad de nuestros vínculos y nuestros cuerpos. También nos muestra que la poesía puede ir más allá de la página y saltar a nuevos formatos: los muros, los medios digitales, la voz viva y el cuerpo en movimiento. Para reconocer todas estas expresiones poéticas que conectan y reconectan a la ciudadanía con el presente, con su territorio y con la sensibilidad poética, el festival y  la invitación cultural 'Reverso Bogotá 2025' serán espacios de escucha para las voces de nuevas y nuevos poetas como a poetas que ya cuentan con una trayectoria.


Para participar se deberá inscribir solo a una (1) de las siguientes categorías:


Categoría 1. Poesía para niños: Esta categoría está dirigida a personas mayores de 18 años con o sin obra publicada que deberán presentar cinco (5) poemas inéditos, que no hayan sido publicados, que no estén participando en otras convocatorias o concursos y que estén orientados a población infantil entre los 5 y los 12 años de edad. Los poemas deben tener las siguientes características: tres (3) poemas inéditos de tema libre, un (1) poema inédito que explore las poéticas cotidianas de la ciudad de Bogotá y un (1) poema inédito que exprese o celebre los 25 años de la Red de Bibliotecas de Bogotá. Cada poema debe tener entre mínimo 1 y máximo 50 versos.


Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:


1° Ganador 

2° Ganador

3° ganador

$12.000.000

$7.000.000

$3.000.000


Categoría 2. Poesía desde la juventud: Esta categoría está dirigida a personas naturales entre 18 y 28 años cumplidos al cierre de la invitación, con o sin obra publicada que deberán presentar cinco (5) poemas inéditos, que no hayan sido publicados y que no estén participando en otras convocatorias o concursos. Los poemas deben tener las siguientes características: tres (3) poemas inéditos de tema libre, un (1) poema inédito que explore las poéticas cotidianas de la ciudad de Bogotá y un (1) poema inédito explore el concepto de “biblioteca”, con motivo de la celebración de los 25 años de la Red de Bibliotecas de Bogotá. Cada poema debe tener entre mínimo 1 y máximo 50 versos.


Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:


1° Ganador 

2° Ganador

3° ganador

$12.000.000

$7.000.000

$3.000.000


Categoría 3. Poesía desde la experiencia: Esta categoría está dirigida a personas naturales mayores de 28 años cumplidos al cierre de la invitación, que acrediten tener al menos una obra de poesía publicada durante los últimos cinco años, es decir publicaciones realizadas entre 2020 y 2025. Deberán presentar cinco (5) poemas inéditos, que no hayan sido publicados y que no estén participando en otras convocatorias o concursos. Los poemas deben tener las siguientes características: tres (3) poemas inéditos de tema libre, un (1) poema inédito que explore las poéticas cotidianas de la ciudad de Bogotá y un (1) poema inédito que explore poema inédito explore el concepto de “biblioteca”, con motivo de la celebración de los 25 años de la Red de Bibliotecas de Bogotá.. Cada poema debe tener entre mínimo 1 y máximo 50 versos cada uno.


Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:


1° Ganador 

2° Ganador

3° ganador

$18.000.000

$10.000.000

$6.000.000


Categoría 4. Poesía expandida:  Esta categoría está dirigida a personas naturales o agrupaciones, con o sin obra publicada, que presenten una propuesta de cinco (5) artefactos de poesía expandida. Se entienden por “artefactos” los productos de poesía digital, videopoesía, poesía-performance, poesía sonora, instalación poética, entre otros.


Se invita a explorar formas de creación poética que trasciendan la página escrita y construyan un diálogo entre la palabra y otros lenguajes artísticos como el sonido, la imagen, el cuerpo, el espacio, la performance, el video o lo digital. El objetivo no es “ilustrar” un poema escrito, sino expandir su potencia expresiva mediante una comunión profunda entre el contenido poético y los recursos empleados. Lo poético debe surgir del cruce entre lenguajes, de su capacidad para ampliar, desdoblar o tensionar el sentido del texto. 


Se valorarán especialmente aquellas propuestas que revelen una conciencia tanto técnica como estética en el uso de los lenguajes escogidos, y en las que la dimensión verbal no pueda separarse del resto de los elementos que componen la obra. La palabra escrita, en este contexto, no se basta por sí sola: se enriquece y se completa en diálogo con lo visual, lo sonoro, lo performático, lo espacial. 

Las personas y agrupaciones participantes deberán enviar los cinco (5) poemas que conforman o inspiran la propuesta, junto con los soportes necesarios que evidencien los cinco (5) artefactos de poesía expandida respectivos, (enlaces a videos, audios, imágenes, obras digitales, o registros fotográficos de obras plásticas, puesta en escena, objetos, instalaciones, etc.) anexados en un PDF.

Adicionalmente, los poemas deben tener las siguientes características: tres (3) poemas inéditos de tema libre, un (1) poema inédito que explore las poéticas cotidianas de la ciudad de Bogotá y un (1) poema inédito que poema inédito explore el concepto de “biblioteca”, con motivo de la celebración de los 25 años de la Red de Bibliotecas de Bogotá, para un total de cinco (5) poemas inéditos, cada uno con su respectivo artefacto de poesía expandida. Cada poema debe tener entre mínimo uno (1) y máximo cincuenta (50) versos.

Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:


1° Ganador 

2° Ganador

3° ganador

$12.000.000

$7.000.000

$3.000.000


Nota: Cualquier inquietud comuníquese a través del correo convocatorias@scrd.gov.co

¿Quién puede participar?

Persona Natural

Categoría 1.Poesía para niños: Personas naturales mayores de 18 años residentes en la ciudad de Bogotá D.C. 

Categoría 2.Poesía desde la juventud: Personas naturales entre 18 y 28 años cumplidos al cierre de la convocatoria, residentes en Bogotá D.C.

Categoría 3.Poesía desde la experiencia: Personas mayores de 28 años cumplidos al cierre de la convocatoria, residentes en Bogotá que acrediten tener una obra de poesía publicada durante los últimos cinco años, es decir publicaciones realizadas entre 2020 y 2025.

Categoría 4. Poesía expandida: Personas naturales mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C.

Agrupación

Categoría 4. Poesía expandida: Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes colombianas(os) o extranjeras(os) mayores de dieciocho (18) años, residentes en Bogotá D.C.

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • ¿Cuál ha sido su experiencia en la exploración del lenguaje poético?
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • De qué manera se aproximó a los dos temas del concurso
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • ¿Confirma que los poemas con los que está participando nunca han sido publicados en físico o en la web?
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Documento PDF con cédula de ciudadanía de la persona natural y, en caso de agrupación, de cada uno de los miembros de la agrupación, incluido el representante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. Cédula de Extranjería de Residente Vigente: En el caso de extranjeros, se debe presentar una copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. Extranjeros Nacionales Venezolanos: Para los extranjeros nacionales venezolanos, se requiere el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Además, deberán presentar el pasaporte o documento de identidad de su país para confirmar su calidad de nacional venezolano. Nota: en caso de ser una agrupación, todos los miembros de la agrupación deberán anexar su cédula de ciudadanía en un solo PDF.

Documento PDF del certificado de residencia en Bogotá de la persona natural y, en caso de agrupación, de cada uno de los miembros de la agrupación, incluido el representante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tra mites-servicios/solicitud-certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto en la invitación. Nota: en caso de ser una agrupación, todos los miembros de la agrupación deberán anexar su certificado de residencia en un solo PDF. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Documento PDF con los poemas

Presenta en un solo archivo en PDF los cinco (5) poemas de acuerdo con la categoría a la que se presente. Los poemas deben estar presentados en tipografía Times New Roman, tamaño 12 puntos, interlineado 1,5, tamaño carta (21,6 cm x 27,9 cm). Para el caso de la categoría de poesía expandida en el documento PDF deben relacionarse, además de los textos de los artefactos, enlaces a un repositorio (Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, entre otros) de libre acceso sin contraseñas o permisos, que permitan dar cuenta de los artefactos de poesía expandida. Estos pueden ser videos, audios, imágenes, obras digitales, o registros fotográficos de obras plásticas, puesta en escena, objetos, instalaciones, etc.

Criterios de selección


Categoría 1. Poesía para niños
Primera Ronda:
  • Pertinencia de los poemas con la categoría a la cual se presentan y las temáticas señaladas en las bases de la invitación
    Puntaje máximo: 40
  • Uso del lenguaje poético en un máximo de 50 versos por poema
    Puntaje máximo: 30
  • Estructura de los poemas (usos del lenguaje poético; formas de manejo de la prosa o el verso; ritmo; sintaxis; lo sonoro y lo visual)
    Puntaje máximo: 30
Segunda Ronda:
  • Creatividad de los poemas
    Puntaje máximo: 40
  • Voz poética y estilo
    Puntaje máximo: 30
  • Creación de imágenes poéticas
    Puntaje máximo: 30

Categoría 2. Poesía desde la juventud
Primera Ronda:
  • Pertinencia de los poemas con la categoría a la cual se presentan y las temáticas señaladas en las bases de la invitación
    Puntaje máximo: 40
  • Uso del lenguaje poético en un máximo de 50 versos por poema
    Puntaje máximo: 30
  • Estructura de los poemas (usos del lenguaje poético; formas de manejo de la prosa o el verso; ritmo; sintaxis; lo sonoro y lo visual)
    Puntaje máximo: 30
Segunda Ronda:
  • Creatividad de los poemas
    Puntaje máximo: 40
  • Voz poética y estilo
    Puntaje máximo: 30
  • Creación de imágenes poéticas
    Puntaje máximo: 30

Categoría 3. Poesía desde la experiencia
Primera Ronda:
  • Pertinencia de los poemas con la categoría a la cual se presentan y las temáticas señaladas en las bases de la invitación
    Puntaje máximo: 40
  • Uso del lenguaje poético en un máximo de 50 versos por poema
    Puntaje máximo: 30
  • Estructura de los poemas (usos del lenguaje poético; formas de manejo de la prosa o el verso; ritmo; sintaxis; lo sonoro y lo visual)
    Puntaje máximo: 30
Segunda Ronda:
  • Creatividad de los poemas
    Puntaje máximo: 40
  • Voz poética y estilo
    Puntaje máximo: 30
  • Creación de imágenes poéticas
    Puntaje máximo: 30

Categoría 4. Poesía expandida
Primera Ronda:
  • Pertinencia del artefacto (si se logra un diálogo efectivo entre el texto poético y la dimensión audiovisual, sonora, plástica, performática o cualquier otra dimensión que se esté explorando para expandir el poema)
    Puntaje máximo: 40
  • Tratamiento de los lenguajes técnico y poético
    Puntaje máximo: 30
  • Pertinencia de los poemas con las temáticas señaladas en las bases de la invitación
    Puntaje máximo: 30
Segunda Ronda:
  • Creatividad de los artefactos
    Puntaje máximo: 40
  • Expresividad del artefacto
    Puntaje máximo: 30
  • Creación de imágenes poéticas
    Puntaje máximo: 30

Proceso de selección

Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá, verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, que la poesía inscrita cumpla con lo estipulado y que los documentos o enlaces permitan su acceso y lectura. Posteriormente, publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar. Los participantes tendrán un (1) día hábil para subsanar documentos solicitados hasta a las 5:00.00 pm (hora legal colombiana) o enviar sus comentarios frente a los resultados de la verificación, y una vez transcurrido este tiempo las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.

 

Evaluación: La evaluación se realizará en dos etapas de la siguiente manera:


Preselección: Después de la verificación, el comité encargado del festival de poesía Reverso Bogotá seleccionará uno o varios pre-lectores de acuerdo con la cantidad de iniciativas habilitadas y con el perfil requerido para la convocatoria. El pre-lector o los pre-lectores elegirán un máximo de 10 iniciativas por categoría que deberán contar con un puntaje mínimo de setenta (70) puntos. En caso de empate entre las iniciativas, se tendrá en cuenta como criterio de desempate el puntaje de “pertinencia” de los poemas o artefactos según la categoría. 

Las iniciativas preseleccionadas serán invitadas a asistir a las emisoras vinculadas al festival de poesía en la radio Reverso Bogotá.

Selección: Posterior a la publicación del acta de preselección, el comité encargado del festival de poesía Reverso Bogotá, seleccionará un grupo impar de jurados, compuesto por personas con amplia trayectoria en la escritura de poesía, que evaluarán las iniciativas recibirán su reconocimiento. 

Finalmente, los jurados se reunirán para hacer una deliberación en la que se determinará cuáles son los ganadoras(es) de cada una de las categorías. En total, se concederán 12 incentivos. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. En caso de que no haya iniciativas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las iniciativas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido, los jurados podrán recomendar la asignación del incentivo a una iniciativa de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria, teniendo en cuenta que si se asigna de un cuarto ganador en adelante, el valor del incentivo será el mismo del tercer puesto de la categoría a la que se presentó el participante. En caso de empate entre las iniciativas, se tendrá en cuenta como criterio de desempate el puntaje de “creatividad” de los poemas o artefactos según la categoría. 


El proceso de selección quedará consignado en un acta. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación de los jurados de evaluación mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


Publicación de resultados: el acta de recomendación y la resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.

  • El participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.

  • Cuando la invitación establezca periodo de subsanación. El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

1. Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la SCRD el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo los ganadores deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, el participante deberá hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.


2. Asistir a las reuniones o jornadas programadas por la entidad.

3. Entregar la documentación requerida:


●    Documento de identidad 


●   Certificado bancario de la persona natural o representante de la agrupación participante, no mayor a un (1) mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta.  (No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano).


  • Registro Único Tributario - RUT a nombre de la persona natural o representante de la agrupación, actualizado mínimo a 2019 y con fecha de generación no mayor a 30 días antes de su entrega.


●    Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o representante de la agrupación, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días antes de su entrega.


4. Dar los créditos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad.


5. Tener disponibilidad para participar en la ceremonia de entrega de incentivos en el marco del festival de poesía Reverso Bogotá.


6. Los(as) autores(as) deberán estar en capacidad de demostrar, si fuese necesario, la autoría de la obra y la titularidad de sus derechos patrimoniales, de acuerdo con las normas vigentes sobre propiedad intelectual. La SCRD y el jurado seleccionado dará uso de las herramientas necesarias para determinar la autenticidad de la obra y establecer que no haya lugar a plagio. Se considera plagio a presentar como propia, en todo o en parte, la obra de otra persona, alterándola de manera maliciosa


7. Autorizar a la SCRD, o a quien éste designe, en su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de eventual publicación, reproducción, comunicación pública, divulgación, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.


8. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

Beneficios

Recibir el incentivo económico de la siguiente manera:


Un único desembolso equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, una vez llevada a cabo la ceremonia de premiación en el marco del Festival Reverso Bogotá, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador.

Nota: Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja —PAC—. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Gestionar los desembolsos de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD.


3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.