En aras de reconocer e incentivar la labor, procesos de formación, experiencias, trayectorias y buenas prácticas de formadores y formadoras de los programas institucionales de las entidades del sector cultura del Distrito Capital, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) invita a participar por segunda vez consecutiva en la Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio - 2026. Esta estará abierta a la participación de formadores(as) de las áreas artísticas, culturales y patrimoniales de las entidades adscritas a la SCRD:
Esta Invitación Cultural busca reconocer la labor de formadores(as) del sector Cultura que desarrollan procesos de formación en la ciudad; además de visibilizar la trayectoria, procesos y buenas prácticas* de quienes, mediante el arte, la cultura y el patrimonio, inciden significativamente en ámbitos educativos institucionales, escolares, sociales y comunitarios, a través de prácticas innovadoras que transforman las realidades de ciudadanos y ciudadanas en los territorios. Adicionalmente, la participación busca destacar estrategias pedagógicas, metodologías innovadoras, formas de hacer, experiencias significativas, replicables y transferibles, de acuerdo con las categorías de participación.
* En esta invitación, los procesos y buenas prácticas son entendidos como acciones desarrolladas por el (la) formador(a) de manera sostenida en el tiempo, con una trayectoria verificable y una implementación previa que se proyecta seguir fortaleciendo.
Mediante resolución, se otorgarán 110 incentivos económicos de Cinco Millones de Pesos Mlcte ($5.000.000) pesos cada uno. Además, los(as) seleccionados(as) deberán participar en el Campamento Creativo: la formación artística, cultural y patrimonial de la Bogotá Futura - 2026, un encuentro de dos días en agosto de 2026 - segunda versión tras la de 2025 - enfocado en el fortalecimiento de formadores desde la apuesta conceptual y metodológica de la Escuela de Futuros de la SCRD, para intercambiar experiencias entre pares y ponerlos en diálogo con invitados nacionales e internacionales, fortalecer redes, trayectorias formativas y proyectar conjuntamente orientaciones que fortalezcan la formación artística, cultural y patrimonial de Bogotá. La participación en este encuentro hace parte integral del incentivo, en tanto busca fortalecer redes, compartir prácticas, y aportar insumos colectivos para la proyección de orientaciones sobre la formación en arte, cultura y patrimonio en Bogotá.
Para participar se deberá escoger solo una (1) de las siguientes categorías de Procesos y buenas prácticas de formación y experiencias en arte, cultura y patrimonio en:
Categoría 1 Ámbito escolar:
Esta categoría está dirigida a formadores(as) que desarrollan procesos y buenas prácticas de formación artística, cultural y/o patrimonial que tienen lugar en la escuela, que estén vinculados(as) actualmente en alguno de los programas institucionales de formación de las entidades del sector cultura del Distrito Capital D.C.: IDARTES, OFB, IDPC, FUGA, en el marco de las estrategias de ampliación del tiempo escolar que se realizan en alianza con la Secretaría de Educación del Distrito. Se exceptúa la participación de los(as) formadores(as) que estén vinculados actualmente a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad, para los primeros 55 seleccionados se otorgarán 55 incentivos de cinco millones de pesos ($5.000.000) cada uno.
En esta categoría de procesos y buenas prácticas de formación, se resalta la incidencia y las transformaciones sociales, y el desarrollo de capacidades en niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el ámbito escolar, como el desarrollo de la corporeidad, la sensibilidad, la creatividad, la participación, la valoración de las diferencias, las diversidades, etc.
Categoría 2 Ámbito institucional, social y comunitario en los territorios:
Esta categoría está dirigida a formadores(as) que desarrollan procesos y buenas prácticas de formación artística, cultural y/o patrimonial en los ámbitos institucional, social y comunitario en los territorios, que estén vinculados(as) actualmente a alguno de los programas institucionales de formación de las entidades del sector cultura del Distrito Capital D.C. - IDARTES, OFB, IDPC, FUGA - con excepción de los(as) formadores(as) que estén vinculados actualmente a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad, para los primeros 55 seleccionados se otorgarán 55 incentivos de cinco millones de pesos ($5.000.000) cada uno.
En esta categoría de procesos y buenas prácticas de formación, se resalta la incidencia y las transformaciones sociales, dirigidas a diferentes grupos poblacionales, etarios, étnicos, etc., en ámbitos sociales, comunitarios en los territorios, que fomentan el diálogo intercultural, la valoración y generación de vínculos, la participación ciudadana, entre otros.
Nota: Cualquier inquietud comuníquese a través del correo convocatorias@scrd.gov.co
Formadores(as) que desarrollan procesos y buenas prácticas de formación artística, cultural y/o patrimonial, que estén vinculados(as) actualmente en alguno de los programas institucionales de formación de las entidades del sector cultura del Distrito Capital D.C.: IDARTES, OFB, IDPC, FUGA. Se exceptúa la participación de los(as) formadores(as) que estén vinculados actualmente a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Específicamente dirigida a:
Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio - DACP y de la Subdirección de Gestión Cultural y Artística - SGCA, verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, que los soportes entregados cumplan con lo estipulado y que los documentos o enlaces permitan su acceso y lectura. Posteriormente, publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar. Los participantes tendrán tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados hasta a las 5:00.00 p.m. (hora legal colombiana) o enviar sus comentarios frente a los resultados de la verificación, y una vez transcurrido este tiempo las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.
Evaluación y Selección: La evaluación se realizará de la siguiente manera: Un comité evaluador conformado por una (1) terna de evaluadores seleccionada a través del Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura, después de la verificación, estará encargado de realizar el proceso de evaluación de las iniciativas habilitadas. El comité evaluador realizará la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos, otorgando los puntajes y deberá reunirse para hacer una deliberación en la que se determinará cuáles son los(as) ganadores(as) de cada una de las categorías.
El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Trayectoria y experiencia formativa del(la) formador(a)”.
El proceso de selección quedará consignado en un acta. Finalmente, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD acogerá la recomendación de los jurados de evaluación mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
Publicación de resultados: El acta de recomendación y la resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
Nota: Las personas que quieran ser jurados podrán inscribirse y postularse a través de https://cultured.gov.co/detalle/convocatorias/3658 a más tardar el 17 de abril de 2026.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales.
A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal:
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
1. Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo, los ganadores deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, el participante deberá hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.
2. Entregar la documentación requerida:
2.1. Documento de identidad.
2.2. Certificado bancario de la persona natural, no mayor a un (1) mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. (No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano).
2.3. Registro Único Tributario - RUT a nombre de la persona natural, actualizado mínimo a 2019 y con fecha de generación no mayor a 30 días antes de su entrega.
2.4. Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días antes de su entrega
2.5. Certificado de participación en el evento Campamento Creativo: la formación artística, cultural y patrimonial de la Bogotá Futura 2026.
3. Asistir a las reuniones o jornadas programadas por la entidad.
4. Dar los créditos a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad.
5. Tener disponibilidad para participar en el Campamento Creativo: la formación artística, cultural y patrimonial de la Bogotá Futura - 2026; evento de carácter distrital que tendrá lugar en el mes de agosto de 2026, durante dos días.
6. Suministrar información e insumos derivados de la participación en el evento Campamento Creativo: la formación artística, cultural y patrimonial de la Bogotá Futura - 2026 y de la presente Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio - 2026, con el fin de compilar las memorias del evento, realización de publicaciones u otros productos derivados.
7. El(la) ganador(a) autoriza a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, el uso de los productos que deriven de la participación en el evento Campamento Creativo: la formación artística, cultural y patrimonial de la Bogotá Futura 2026 y de la Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio - 2026 para efectos de publicación, reproducción, comunicación pública, divulgación, circulación. Esta autorización se dará únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
8. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.