Invitación Cultural “Cultura Bogotá 2026” - SCRD

JM
Interdisciplinar
24-03-2026
Fecha de apertura
07-04-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
17-04-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
22-04-2026 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
28-04-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
27-05-2026
Fecha publicación de seleccionados
15-12-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
23% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) en línea con el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura, 2024-2027 que busca convertir a Bogotá en un ciudad diversa, accesible, incluyente, segura y justa y con el fin de dar cumplimiento al objetivo estratégico: "Bogotá confía en su bienestar", bajo el cual se formuló el programa: “Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural” lo cual incluye distintas acciones y estrategias para lograr espacios de inclusión poblacional y territorial para beneficiar a agentes, organizaciones y comunidades a través de los mecanismos de fomento.

La presente Invitación Cultural, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 4. Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras “Fortalecimiento del trabajo en red entre las comunidades creadoras".


Por esta razón, en cumplimiento de estos objetivos, la SCRD invita las organizaciones del sector a presentar iniciativas culturales, artísticas o patrimoniales de eventos o festivales que actualmente estén en desarrollo y que promuevan la visibilización y el reconocimiento  de  trayectorias de  agentes culturales de la ciudad, por medio de la entrega de uno o varios premios denominados “Cultura Bogotá 2026”. Estos premios tienen como objetivo resaltar las prácticas de artistas, agrupaciones, gestores o agentes del sector que han permitido que la cultura se consolide y crezca a nivel local, distrital, nacional o internacional.


Para el diseño del o los premios, los participantes podrán solicitar un incentivo entre mínimo quince millones de pesos ($15.000.000) y máximo de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) y estos se adjudicará de acuerdo a la disponibilidad de la bolsa concursable. Además, las iniciativas deberan tener en cuenta las siguientes caracteristicas:


  1. El o los premios deberán llamarse “Cultura Bogotá 2026”.

  2. El o los premios deberán ofrecer la entrega de un recurso económico. Por lo anterior, las iniciativas deberán destinar mínimo el 50% del incentivo en el o los premios que serán entregados

  3. El o los premios deberán ser entregados a través de un evento o ceremonia, que deberá realizarse en el marco de un proceso que el participante se encuentre desarrollando. 

  4. El o los premios deberán reflejar claramente la necesidad de reconocer la trayectoria o impacto y tener relación con el proceso que el participante se encuentre desarrollando. 

Incentivos


  • Para el diseño del o los premios, los participantes podrán solicitar un incentivo entre mínimo quince millones de pesos ($15.000.000) y máximo de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) y estos se adjudicará de acuerdo a la disponibilidad de la bolsa concursable de ($250.000.000)

¿Quién puede participar?


Persona Jurídica

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro con domicilio principal o alguna de sus sedes en Bogotá, que acrediten trayectoria mínima en la realización de tres (3)  proyectos o actividades en el sector artístico en el que se desarrolla su proceso.


Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad del representante de la persona jurídica la plataforma)

En formato PDF copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

Certificado de existencia y representación legal

En formato PDF certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación y debe evidenciar que cuenta con un establecimiento de acuerdo con el perfil.
Documentos técnicos

Soportes de la trayectoria de la persona jurídica

Presentar en un documento en formato PDF, certificaciones expedidas por entidades u organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la persona jurídica y que acrediten la trayectoria mínima (3 proyectos o actividades) en la realización de proyectos o actividades en el sector artístico o cultural en el que se desarrolla su proceso.

Formato de presentación de la iniciativa

Presente la iniciativa en PDF en el formato relacionado en esta invitación Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Presente el Presupuesto para el desarrollo de la iniciativa en excel en el formato relacionado en esa invitación. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía Operativa Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Pertinencia del o los premios “Cultura Bogotá 2026” a otorgar en el marco del evento o festival cultural y el porcentaje económico a entregar.
    Puntaje máximo: 40
  • Impacto en los agentes culturales del sector al cual pertenece la iniciativa
    Puntaje máximo: 35
  • Propuesta del evento o ceremonia de entrega del o los premios en el marco del proceso que el participante se encuentra desarrollando.
    Puntaje máximo: 25

Proceso de selección

  • Verificación: la SCRD verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación cultural, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados permitan su acceso, visualización y lectura. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de evaluación por parte de los jurados. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar documentos administrativos. 


  • Evaluación: la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte delegará un comité de selección conformado por una terna de profesionales idóneos, el cual será encargado de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. 


  • Selección: El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas habilitadas. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un acta de recomendación de ganadores. 


  • El puntaje mínimo para que una iniciativa sea elegible es de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de  Pertinencia. De persistir el empate se acudirá al criterio Impacto


 

El comité podrá determinar otorgar un incentivo menor o mayor del solicitado en la iniciativa de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la bolsa. Los incentivos serán asignados en orden descendente de acuerdo con el puntaje obtenido entre un valor máximo de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) y  mínimo veinte millones de pesos ($20.000.000)


Finalmente, la entidad acogerá la recomendación del comité de selección mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


  • Publicación de resultados: la Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural..

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el  participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el  participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.