El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Línea de Pueblos Étnicos genera la Invitación Focalizada Idartes 2026 - Fomento de la Diversidad Cultural a través de Espacios Artísticos e Interculturales como una iniciativa que responde al compromiso de la ciudad con la inclusión y el reconocimiento de la diversidad cultural. Esta apuesta se origina en el marco de los documentos CONPES D.C. Números 37, 38, 39 y 40, los cuales establecen directrices claras para la promoción y el apoyo de las expresiones artísticas y culturales de los pueblos y comunidades étnicas.
El objetivo principal de esta invitación focalizada es apoyar la realización de eventos artísticos y culturales que promuevan el diálogo intercultural y visibilicen la riqueza y diversidad de las comunidades étnicas afrocolombianas, raizales, palenqueras, indígenas y del pueblo Rrom, fortaleciendo procesos artísticos emergentes.
Para garantizar que esta invitación se desarrolle bajo principios de transparencia, equidad y respeto a la normatividad vigente, se han establecido criterios claros de participación. Estos lineamientos buscan prevenir conflictos de interés, asegurar la idoneidad de los postulantes y mantener la integridad de los procesos de fomento cultural, razón por la cual se definen las siguientes prohibiciones específicas y restricciones legales que regulan la convocatoria.
Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, personas jurídicas (incluyendo sus miembros) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés según lo establecido en la legislación vigente.
AGRUPACIÓN:
Agrupación conformada por dos (2) o más personas naturales mayores de 18 años, residentes o domiciliadas exclusivamente en Bogotá D.C., que pertenezcan a una comunidad étnica y desarrollen procesos culturales o artísticos con domicilio en esta ciudad.
Nota: La agrupación deberá designar un representante principal y uno suplente, asumiendo las responsabilidades y obligaciones que estos roles implican, es decir, que actuarán como interlocutores ante Idartes y serán responsables del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Invitación, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las y los integrantes.
Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de Invitaciones Culturales: www.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece.
La entidad revisará la documentación administrativa y técnica solicitada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
El comité de verificación y recomendación revisará la documentación presentada y, si lo considera necesario, emitirá observaciones y recomendaciones consignadas en el Acta de Recomendación. Estas deberán ser acogidas por los participantes durante la ejecución de la iniciativa.
4. Publicación de resultados:
El Acta y la Resolución de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
Nota: Aunque la Entidad enviará un correo electrónico de notificación a los seleccionados, es responsabilidad exclusiva del participante consultar la Plataforma de Invitaciones Culturales para enterarse de los resultados y el estado del proceso en todas sus etapas.Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
La iniciativa seleccionada recibirá el incentivo económico correspondiente, distribuido en dos desembolsos:
Nota: Los desembolsos se realizarán únicamente previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos definida en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le aplicarán las retenciones correspondientes según la normatividad tributaria vigente, las cuales deberán ser asumidas por el proponente seleccionado de acuerdo con su calidad tributaria.
1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y a la programación de pagos de la Entidad.
2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.