Invitación Cultural La Calle en Escena Arte a la KY 2026 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes – Idartes, a través del Proyecto Especial de Artistas en espacio público, convoca a narradores orales y artistas circenses, previamente registrados y aprobados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, a presentar iniciativas escénicas de pequeño formato para su ejecución durante el mes de agosto de 2026. Las iniciativas deberán evidenciar la calidad de sus prácticas artísticas, así como su capacidad de adaptación a diversos contextos, privilegiando formatos cercanos al público y orientados a la activación de públicos.
Artistas en espacio público
30-04-2026
Fecha de apertura
22-05-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
22-05-2026
Fecha final de verificación y publicación de listado de habilitados y no habilitados
25-05-2026
Presentación de observaciones al listado de verificación
03-07-2026
Fecha Límite de publicación de seleccionados
10-09-2026
Fecha límite realización de actividades (Seleccionados)
Progreso
36% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 La Invitación Cultural La Calle en Escena Arte a la KY 2026,  convoca a narradores orales y artistas circenses, previamente registrados y aprobados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, a participar con iniciativas escénicas de pequeño formato y baja complejidad, que se desarrollen en espacios autogestionados. Estas iniciativas deberán evidenciar de manera clara el fortalecimiento, la trayectoria y la calidad de sus prácticas artísticas, así como su capacidad de adaptación a diversos contextos de presentación en la ciudad.


Las iniciativas postuladas deberán contemplar ejecuciones programadas durante el mes de agosto de 2026, privilegiando formatos flexibles que favorezcan la cercanía con el público, la activación de espacios cotidianos y la apropiación del territorio como escenario. Asimismo, y de acuerdo con la pertinencia y naturaleza de cada iniciativa, se podrá considerar su programación en escenarios dispuestos por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes, ampliando así sus posibilidades de visibilización y alcance.


Esta invitación se configura como una estrategia para dinamizar la difusión de prácticas artísticas en el espacio público y promover la creación artística reconociendo el valor del arte de calle como un componente fundamental en la construcción de ciudad, la generación de encuentros y la construcción de públicos. 


Categorías de participación para esta invitación:


Categoría 1. Artistas Circenses:  Dirigida a artistas de circo que desarrollan su actividad artística en la calle y se encuentren registrados y aprobados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, que desarrollen disciplinas como malabares, acrobacia, equilibrio, clown, monociclo, entre otras.


Podrán postularse agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) y máximo cuatro (4) integrantes, con iniciativas escénicas de una duración entre quince (15) y veinte (20) minutos.


Nota: Se permitirá exclusivamente la inscripción bajo perfil de persona natural, es decir, de manera individual, para los artistas de la práctica de clown. Por su parte, las demás prácticas artísticas contempladas dentro de esta categoría deberán postularse obligatoriamente bajo la modalidad de agrupación.


Las iniciativas deberán enmarcarse en alguno de los siguientes enfoques:


  • Actos circenses adaptados a espacios abiertos o semi escenificados. 

  • Iniciativas escénicas de pequeño formato de baja complejidad.

  • Presentaciones que resalten el virtuosismo técnico y el encuentro directo con el público.


Nota: La iniciativa podrá incluir la participación de artistas que no estén registrados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, siempre que su intervención contribuya al desarrollo de la puesta en escena. Estos artistas participarán únicamente en calidad de invitados y no deberán ser registrados como integrantes de la agrupación en la iniciativa presentada a través de la plataforma de invitaciones culturales de Idartes. 


Nota 2: Para efectos de esta invitación cultural, se entenderá por pequeño formato aquella iniciativa artística que puede desarrollarse de manera ágil y autónoma, sin requerimientos técnicos, logísticos o de producción elevados. Esto incluye montajes que no dependen de escenografías complejas, grandes equipos técnicos, múltiples participantes o procesos extensos de instalación, y que pueden ejecutarse en espacios convencionales o no convencionales con recursos básicos. 


Nota 3: Se entenderá por semi escenificado aquel formato de presentación que combina elementos básicos de puesta en escena con una ejecución sencilla. Es decir, puede incluir algunos recursos como vestuario, utilería o desplazamientos escénicos, pero sin llegar a un montaje completo con escenografía elaborada, iluminación especializada o grandes requerimientos técnicos. 


  • Categoría 2. Narradores Orales: Dirigida a narradores orales que se encuentren registrados y aprobados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, que desarrollen prácticas del relato, la palabra hablada y la tradición oral.


Podrán postularse de manera individual o en agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) y máximo cuatro (4) integrantes, con iniciativas escénicas de una duración entre quince (15) y veinte (20) minutos.


Las iniciativas deberán enmarcarse en alguno de los siguientes enfoques:


  • Puestas en escena de narración oral de pequeño formato. 

  • Construcción escénica de relatos tradicionales, contemporáneos o de creación propia.


Importante: Se recomienda a las personas participantes prestar especial atención a los contenidos de sus presentaciones, procurando el uso de lenguaje respetuoso y evitando expresiones o elementos que puedan resultar ofensivos o discriminatorios, como el racismo, el sexismo, la xenofobia o la violencia de género.

Se invita a que las iniciativas promuevan entornos seguros, incluyentes y respetuosos para todos los públicos.


Nota: La iniciativa podrá incluir la participación de artistas que no estén registrados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, siempre que su intervención contribuya al desarrollo de la puesta en escena. Estos artistas participarán únicamente en calidad de invitados y no deberán ser registrados como integrantes de la agrupación en la iniciativa presentada a través de la plataforma de invitaciones culturales de Idartes.

Nota 2: Para efectos de esta invitación cultural, se entenderá por pequeño formato aquella iniciativa artística que puede desarrollarse de manera ágil y autónoma, sin requerimientos técnicos, logísticos o de producción elevados. Esto incluye montajes que no dependen de escenografías complejas, grandes equipos técnicos, múltiples participantes o procesos extensos de instalación, y que pueden ejecutarse en espacios convencionales o no convencionales con recursos básicos . 


¿Cómo se hace la inscripción?


La inscripción de iniciativas deberá realizarse en la plataforma de Invitaciones Culturales de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/). 


Con el fin de atender dificultades en el uso de herramientas de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que puedan  tener las personas interesadas en postularse, se dispondrá del Punto de Atención a Artistas en Espacio Público para brindar orientación y asistencia operativa en la presentación de sus iniciativas en esta invitación cultural. Este espacio está ubicado en la sede principal del Idartes (Carrera 8 # 15-46), en horario de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y 4:30 p.m. exceptuando el día de cierre de la invitación cultural. 


Nota: La asistencia brindada por parte de los profesionales del Idartes será únicamente operativa y estará sujeta a la disponibilidad de tiempo del equipo, por lo que se recomienda acudir al punto de atención, de manera oportuna. El contenido de la iniciativa y los detalles técnicos de la misma deberán ser elaborados y descritos por el o la participante, por lo que el Idartes se exime de cualquier responsabilidad asociada a errores, inconsistencias o interpretaciones que se presenten durante el proceso de inscripción y postulación de la iniciativa. Finalmente, es responsabilidad exclusiva del participante la entrega de los documentos y la presentación de la iniciativa dentro de los plazos establecidos.


Historia de Arte a la KY


El programa Arte a la KY nació en el año 2020 como un modelo de gestión orientado a la ampliación de oportunidades de inclusión social y productiva para los artistas que han apostado por el uso responsable del espacio público. Esta estrategia se materializa mediante la inversión de recursos destinados a la apertura de invitaciones culturales, convocatorias exclusivas para esta población, acceso a procesos de formación y cualificación, y el desarrollo de acciones que contribuyen a la visibilización de estos artistas. 


A través de acciones de innovación social, el programa Arte a la KY tiene la capacidad de generar acuerdos para el desarrollo de las cotidianidades creativas de los artistas. Es así como para el Plan de Desarrollo 2024 – 2027 “Bogotá Camina Segura”, el programa se enfoca en el cumplimiento objetivo estratégico No. 1 “Bogotá se siente segura”, con el propósito de que los artistas del espacio público puedan aportar desde su capacidad artística a la construcción de la ciudad como un lugar más amable, donde se genere apropiación y disfrute de los espacios públicos. 


Desde el Idartes se promueve el desarrollo de intervenciones y actividades artísticas y culturales, que propicien la interrelación de la ciudadanía con el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia pacífica y transformación social, resignificando el imaginario colectivo del entorno, y fomentando el vínculo de apropiación de la ciudadanía con las prácticas de los artistas de las calles bogotanas.


De esta manera, se presenta la Invitación Cultural La Calle en Escena Arte a la KY 2026; con el fin de acercar mucho más el arte del espacio público a la cotidianidad de las personas. La mirada del Idartes se encuentra enfocada en que la ciudad sea parte de un cúmulo de experiencias que mantendrán encendido el interés del arte que vive en cada ciudadano y ciudadana.

Incentivos

Todas las categorias

  • Se otorgarán DIECISÉIS (16) incentivos económicos a los seleccionados de las categorías participantes que cumplan con los requisitos de la Invitación, por valor de SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($700.000) cada uno, para un total de ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($11.200.000). Nota: Al valor total del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.

¿Quién puede participar?

 PERSONA NATURAL:

Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C.,  que desarrollen su práctica artística en el espacio público.


Los artistas que se postulen, deben estar registrados y aprobados con corte al 15 de abril de 2026, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público (PAES) disponible en www.paes.gov.co.


Nota: Se permitirá exclusivamente la inscripción bajo perfil de persona natural, es decir, de manera individual, para los artistas de la práctica de clown. Esto aplica solo para la Categoría 1. Artistas Circenses.


Por su parte, las demás prácticas artísticas contempladas deberán postularse obligatoriamente bajo la modalidad de agrupación.


Documentos administrativos a presentar:

-Documentos de Identidad:

  • Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Pasaporte vigente (ciudadanos extranjeros).

  • Ciudadanos Venezolanos:

PPT (Permiso por Protección Temporal)


Nota 1: Ciudadanos extranjeros verificar si su documento cargado en plataforma es vigente, de no ser el caso se solicita cargar su documento actualizado.


Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.


AGRUPACIONES: 


Personas colombianas o extranjeras que deseen conformar una agrupación integrada por mínimo dos (2) y máximo cuatro (4) personas, mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C. y que desarrollen su práctica artística en el espacio público. 


Los artistas que se postulen, deben estar registrados y aprobados con corte al 15 de abril de 2026, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público (PAES) disponible en www.paes.gov.co.


Documentos administrativos a presentar:

-Documentos de Identidad:

  • Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Pasaporte vigente (ciudadanos extranjeros)

  • Ciudadanos Venezolanos:

PPT (Permiso por Protección Temporal)


Nota 1: Ciudadanos extranjeros verificar si su documento cargado en plataforma es vigente, de no ser el caso se solicita cargar su documento actualizado.


Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Todas las categorias

Iniciativa Artística

El participante debe presentar su iniciativa artística de forma clara y coherente, diligenciando el formato suministrado y asegurando que la información coincida con el material audiovisual de la postulación. Descargar plantilla aquí

Soportes de trayectoria

Soportes que acrediten trayectoria de al menos cinco (5) años en el desarrollo de su práctica artística: programas de mano, evidencias fotográficas fechadas, notas de prensa, permisos de aprovechamiento económico expedidos por el Idartes, actos administrativos o certificaciones de participación en el Programa Distrital de Estímulos del sector o invitaciones culturales del Idartes, entre otros soportes documentales que permitan dar cuenta de la temporalidad de la trayectoria artística. La información deberá presentarse organizada por año y clasificada según el tipo de documento cargado, de manera que facilite su lectura, comprensión, verificación y evaluación.

Formato de compromiso

Diligencie y cargue en un documento PDF, el compromiso y la aceptación de la adecuada ejecución de su iniciativa de la presente invitación. Nota: El documento debe ser diligenciado sobre el formato suministrado por la entidad, descargue aquí. Descargar plantilla aquí

Video

Video en alta calidad, con óptimas condiciones técnicas de imagen y sonido, en el que se evidencie la presentación general de la iniciativa artística, así como un fragmento representativo de la puesta en escena con la que se desea participar, con una duración mínima de cinco (5) minutos y máxima de diez (10) minutos. El material audiovisual deberá incluir el desarrollo de las técnicas circenses propuestas o las técnicas de narración oral y el repertorio contemplado, permitiendo identificar el nivel de dominio y ejecución. Este contenido deberá ser coherente con la información consignada en el formato de “Iniciativa Artística” Nota: Es importante que el video evidencie lo descrito en el formato diligenciado de la iniciativa artística.

Link fotografías en alta resolución

Comparta el enlace (link) para la visualización de cuatro (4) fotografías en alta resolución (300 dpi) del o los artistas y la iniciativa escénica circense o el repertorio de narración oral. Nota 1: Aporte un enlace donde se alojan las fotografías en la resolución solicitada. Nota 2: Es responsabilidad del participante verificar que el enlace aportado se pueda abrir desde diferentes equipos y no tenga restricción de permisos para visualizar el contenido. En caso de no contar con estos permisos o accesos, la iniciativa no será habilitada.

Anexos

Guía Operativa - Invitaciones Culturales Guía Operativa - Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Criterios Generales - Aplican a todas las categorías
Primera Ronda:
  • Solidez y pertinencia de la iniciativa artística en relación con los objetivos de la presente invitación y en coherencia con el formato “iniciativa artística” y el material audiovisual presentado en la postulación.
    Puntaje máximo: 35
  • Calidad y creatividad en el acto artístico circense o de narración oral, en relación con los objetivos de la presente invitación, evidenciados a través del material audiovisual aportado.
    Puntaje máximo: 45
  • Trayectoria asociada al desarrollo de la práctica artística en el espacio público, sustentada a través de soportes que acrediten dicha trayectoria.
    Puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. 

  • Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: El listado se publicará en esta página máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación

Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.

La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado.


Evaluación y selección: Mediante selección directa, el Idartes conformará una terna de Jurados integrada por tres (3) personas idóneas para evaluar y seleccionar las iniciativas ganadoras, de acuerdo con los criterios de evaluación señalados en la presente Invitación Cultural. El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas inscritas en la plataforma, por parte de cada jurado. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un Acta con las iniciativas seleccionadas. Finalmente, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes acogerá la recomendación del comité evaluador mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


El Instituto Distrital de las Artes – Idartes no se hace responsable por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las iniciativas ganadoras.


Puntaje mínimo de selección para ambas categorías: Se declararán como seleccionados los dieciséis 16 artistas ganadores que obtengan setenta y cinco (75) puntos ponderados o más. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

  

Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 75 puntos o más, no implica su selección como ganadora.


Nota: En el caso donde se presenten dos o más iniciativas por un participante, se tomará para el proceso de evaluación y selección la última iniciativa presentada.


Nota 2: En caso de que un participante de esta invitación haya sido seleccionado como ganador de la invitación Cultural Narración Oral - Bogotá Ciudad Escenario 2026, de la gerencia de Arte Dramático de la Subdirección de las Artes del Idartes, la iniciativa postulada no podrá ser seleccionada como ganadora de la presente invitación cultural. 


Aclaración: El comité evaluador podrá recomendar que el proceso de la invitación cultural se declare desierto, total o parcialmente, si durante la deliberación se encuentra por unanimidad que las iniciativas evaluadas no ameritan el otorgamiento del incentivo. En este caso, los jurados expondrán las razones que tuvo en cuenta para tomar esta decisión.


Publicación de resultados: El Acta y la Resolución de iniciativas seleccionadas se publicarán en el micrositio de esta invitación (parte superior). 

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa de la presente invitación, se excluirán del proceso por medio del retiro del incentivo a las iniciativas en las que se evidencie el incumplimiento de cualquiera de las condiciones y términos aquí establecidos. 

A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal:

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La persona natural postulante o algún integrante de la agrupación participante es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

  5. Se presentaron dos o más iniciativas por parte de la persona natural participante (esto incluye a integrantes de agrupaciones).

  6. El/los  participante(s) tiene(n) un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  7. El/los participante(s) forma(n) parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  8. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.

  9. El/los  participante(s) no cuenta(n) con un registro y aprobado en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público www.paes.gov.co, a corte del 15 de abril del 2026.

  10. El/los  participante(s) cuenta(n) con tres (3) llamados de atención registrados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, formalizados mediante actas de reunión, producto de no acatar las normas de convivencia, el incumplimiento de acuerdos previamente establecidos o el uso inadecuado del espacio destinado para la ejecución de su iniciativa en alguna de las invitaciones culturales del programa Arte a la KY, donde se haya(n) designado como ganador(es). 

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico de notificación dentro de los  cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del correo de notificación, para dar su respuesta al correo electrónico: artistas.espaciopublico@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia al incentivo, procediéndose a su asignación al suplente, si lo hubiera.


Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.co, de los siguientes documentos: 

 

  • Documento de identidad (según Perfil del Participante).

  • Certificado bancario (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica),  no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 
    *No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

  • RUT (de la persona natural), generado en el año 2026.


2. Asumir los gastos asociados al desarrollo de la iniciativa y desplazamientos necesarios para cumplir con los deberes señalados en esta invitación. 

  1. Garantizar la asistencia a los espacios asignados y en los horarios establecidos para la ejecución de la iniciativa en el caso que sea programada en algún espacio gestionado por el Idartes.

  2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.

  3. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, exhibición, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.

  4. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

  5. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas

  6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa.

  7. Garantizar la adecuada ejecución de su iniciativa. Ante cualquier alteración del orden, consumo de sustancias psicoactivas y/o bebidas embriagantes, o incumplimientos de los compromisos señalados en el presente apartado y en el documento “Carta de compromiso”, será retirado del espacio de ejecución de manera definitiva.


  1. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.coen un término no superior a los siguientes tres (3) días calendario de presentarse la eventualidad.

Nota: La ocurrencia de un hecho constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, que imposibilite la ejecución de la iniciativa ganadora en las condiciones establecidas, dará lugar al retiro del incentivo otorgado al participante. Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

Beneficios

Un único desembolso correspondiente al 100% del valor del incentivo económico, posterior a la ejecución de la iniciativa artística.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la Invitación Cultural el incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la misma, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados podría generar un presunto incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.