Invitación Cultural Quinto Salón de Artistas Arte a la KY 2026 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes – Idartes invita a pintores y dibujantes que desarrollen su práctica artística en los espacios autorizados por la regulación vigente y que se encuentren registrados y aprobados en la plataforma de aprovechamiento económico www.paes.gov.co, a participar en la Invitación Cultural Quinto Salón de Artistas Arte a la KY 2026, mediante la presentación de una obra original para esta invitación cultural que tenga relación directa con el eje temático propuesto, que impulse el espíritu creativo, la experimentación artística y la visibilización de las prácticas desarrolladas en el espacio público.
Artistas en espacio público
17-06-2026
Fecha de apertura
30-07-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
30-07-2026
Publicación de iniciativas habilitadas y no habilitadas
31-07-2026
Presentación de observaciones al listado de verificación
25-08-2026
Publicación de iniciativas preseleccionadas
27-08-2026
Fecha de evaluación presencial
10-09-2026
Fecha límite publicación de seleccionados
30-11-2026
Fecha Límite de realización de Actividades (Seleccionados)
Progreso
3% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Invitación Cultural Quinto Salón de Artistas Arte a la KY 2026 está dirigida a pintores y dibujantes registrados en la plataforma de Permiso para el Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público www.paes.gov.co, interesados en crear una obra original a partir de una temática propuesta por la entidad (Ver Anexo 1 LA CIUDAD EN PROCESO). Esta iniciativa busca vincular a los artistas seleccionados a acciones de circulación artística y de aprovechamiento económico, generando oportunidades para la visibilización, promoción y comercialización de sus obras en espacios convencionales y no convencionales.

A través de esta invitación cultural, el Idartes promueve la exploración artística, el intercambio de ideas y la experimentación con técnicas, lenguajes y conceptos que fortalezcan los procesos creativos de los participantes. De igual manera, busca incentivar la producción de piezas originales y ampliar los espacios de encuentro entre la ciudadanía y las prácticas artísticas que se desarrollan en el espacio público.


Así mismo, se reconoce el trabajo de los artistas plásticos que realizan su práctica en la Carrera Séptima, entre las calles 11 y 24, y que, desde un uso responsable del espacio público, han asumido el cumplimiento de la regulación vigente como una oportunidad para dignificar, visibilizar y fortalecer su labor artística en la ciudad.


En este sentido, se otorgará a trece (13) pintores y dibujantes un incentivo económico, así como la posibilidad de participar en acciones de exhibición artística y aprovechamiento económico orientadas a la visibilización de sus obras.


Nota 1: Además de la difusión digital de la obra, en caso de considerarlo viable, el Idartes podrá gestionar espacios físicos de exhibición, para lo cual concertará con los ganadores los términos de las exposiciones a que haya lugar. 


Nota 2: Las fechas estipuladas para la difusión de la obra podrán cambiar conforme a las condiciones logísticas de los espacios digitales y/o físicos, y canales oficiales del Idartes, obedeciendo a criterios de programación artística y disponibilidad de tiempo, razón por la cual se informará a los ganadores del proceso la temporalidad de la difusión. 


Nota 3: En caso de que el postulante haya participado en alguna de las ediciones anteriores de la presente invitación cultural, adelantadas durante las vigencias de los años 2022, 2023, 2024 y 2025; debe garantizar que la obra presentada en el portafolio para la presente versión de la invitación cultural sea diferente a la obra presentada anteriormente. Así mismo, en caso de adaptar o reinterpretar una obra ya elaborada por otro artista, el postulante debe garantizar los créditos del autor original. En caso de no hacerlo, la vulneración a los derechos de autor, podría acarrear sanciones legales y el posible retiro del incentivo económico en caso de que sea declarado como ganador o la inhabilitación de la iniciativa en el proceso de evaluación.


Sobre la evaluación del Quinto salón de artistas: Arte a la KY 2026:


En una etapa inicial, la terna de jurados preseleccionará las iniciativas que obtengan 70 puntos o más en la evaluación, conforme con los criterios establecidos en las condiciones de participación de la presente invitación cultural. Seguido a esto, en el micrositio de la presente invitación se publicará el acta de preseleccionados, quienes serán notificados vía correo electrónico y telefónicamente para ser citados en la sede principal del Idartes, ubicada en la Carrera 8 No. 15 - 46, para presentar su obra en un proceso curatorial de manera presencial, en el cual la terna de jurados podrá conocer las obras en vivo.


En esta etapa de curaduría, el jurado evaluará la obra y su composición material, donde evaluará la misma de 0 a 100 puntos, de manera que las trece (13) iniciativas que obtengan los mayores puntajes en orden descendente, serán recomendadas como ganadoras para exhibir sus obras en los espacios digitales dispuestos por el Idartes.


Posteriormente, y en caso de que la entidad determine la viabilidad de realizar una exposición física de las obras ganadoras, la terna de jurados podrá formular una propuesta curatorial para el Quinto Salón de Artistas Arte a la KY 2026. Dicha propuesta podrá contemplar criterios conceptuales, técnicos y espaciales para la ubicación de las obras, teniendo en cuenta los resultados del proceso de evaluación, las características de las piezas seleccionadas y las condiciones del espacio de exhibición disponible.


No obstante, la asignación final de los espacios dentro del montaje no estará determinada exclusivamente por los puntajes obtenidos durante la revisión presencial o el proceso de evaluación. Estos podrán ser considerados como insumo orientador, pero la disposición curatorial definitiva, la ubicación espacial de las obras y la designación de los espacios físicos de exhibición serán definidas por la entidad, en ejercicio de su autonomía técnica, conceptual y operativa, atendiendo a las necesidades del montaje, la narrativa curatorial y las condiciones reales del espacio expositivo.



¿Cómo se hace la inscripción?


La inscripción de iniciativas deberá realizarse en la plataforma de Invitaciones Culturales de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/). 


Con el fin de atender dificultades en el uso de herramientas de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, por parte de personas mayores de 60 años, se dispondrá del Punto de Atención a Artistas en Espacio Público para brindar orientación y asistencia operativa en la presentación de sus iniciativas en esta invitación cultural. Este espacio está ubicado en la sede principal del Idartes (Carrera 8 # 15-46), en horario de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y 4:30 p.m. exceptuando el día de cierre de la invitación cultural. 


Nota: La asistencia brindada por parte de los profesionales del Idartes será únicamente operativa y estará sujeta a la disponibilidad de tiempo del equipo, por lo que se recomienda acudir al punto de atención, de manera oportuna. El contenido de la iniciativa y los detalles técnicos de la misma deberán ser elaborados y descritos por el o la participante, por lo que el Idartes se exime de cualquier responsabilidad asociada a errores, inconsistencias o interpretaciones que se presenten durante el proceso de inscripción y postulación de la iniciativa. Finalmente, es responsabilidad exclusiva del participante la entrega de los documentos y la presentación de la iniciativa dentro de los plazos establecidos.


Historia de Arte a la KY


El programa Arte a la KY nació en el año 2020 como un modelo de gestión orientado a la ampliación de oportunidades de inclusión social y productiva para los artistas que han apostado por el uso responsable del espacio público. Esta estrategia se materializa mediante la inversión de recursos destinados a la apertura de invitaciones culturales, convocatorias exclusivas para esta población, acceso a procesos de formación y cualificación, y el desarrollo de acciones que contribuyen a la visibilización de estos artistas. 


A través de acciones de innovación social, el programa Arte a la KY tiene la capacidad de generar acuerdos para el desarrollo de las cotidianidades creativas de los artistas. Es así como para el Plan de Desarrollo 2024 – 2027 “Bogotá Camina Segura”, el programa se enfoca en el cumplimiento objetivo estratégico No. 1 “Bogotá se siente segura”, con el propósito de que los artistas del espacio público puedan aportar desde su capacidad artística a la construcción de la ciudad como un lugar más amable, donde se genere apropiación y disfrute de los espacios públicos. 


Desde el Idartes se promueve el desarrollo de intervenciones y actividades artísticas y culturales, que propicien la interrelación de la ciudadanía con el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia pacífica y transformación social, resignificando el imaginario colectivo del entorno, y fomentando el vínculo de apropiación de la ciudadanía con las prácticas de los artistas de las calles bogotanas.


De esta manera, se presenta la Invitación Cultural La Calle en Escena Arte a la KY 2026; con el fin de acercar mucho más el arte del espacio público a la cotidianidad de las personas. La mirada del Idartes se encuentra enfocada en que la ciudad sea parte de un cúmulo de experiencias que mantendrán encendido el interés del arte que vive en cada ciudadano y ciudadana.

Incentivos


  • Incentivo económico fijo, mediante el cual se entregarán trece (13) incentivos económicos en orden descendente, de acuerdo con el puntaje otorgado a las iniciativas. El puntaje más alto será por valor de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.700.000), el segundo puntaje más alto por valor de UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.400.000), el tercer puntaje más alto por valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.300.000) y los diez (10) incentivos restantes por valor de UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y TRES MIL CIEN PESOS M/CTE ($1.133.100) cada uno, para un total de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($15.731.000).
    Nota 1: En caso de no cumplir con la totalidad de ganadores, el recurso destinado para éstos será liberado por la Entidad.
    Nota 2: Al valor total del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.

¿Quién puede participar?

Persona natural:

Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C.,  que desarrollen su práctica artística en el espacio público.

Los artistas que se postulen, deben estar registrados y aprobados con corte de 1 de junio de 2026, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público (PAES) disponible en www.paes.gov.co.


Documentos administrativos a presentar:

Documentos de Identidad:


  • Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Pasaporte vigente (ciudadanos extranjeros).

  • Ciudadanos Venezolanos:

PPT (Permiso por Protección Temporal)


Nota 1: Ciudadanos extranjeros verificar si su documento cargado en plataforma es vigente, de no ser el caso se solicita cargar su documento actualizado.

Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Portafolio de la obra

Cargue en un documento PDF del portafolio artístico para la iniciativa, organizado de la siguiente manera:
-Tres(3) fotografías en alta resolución desde diferentes ángulos, de la obra de su autoría, con la que participará en la presente invitación cultural, de acuerdo con las condiciones de participación, la obra debe tener relación directa con el texto sugerido (Anexo 1 BOGOTÁ EN CONSTRUCCIÓN).
-Ficha técnica donde indique la información de la obra de la siguiente manera: título de la obra, tamaño de la obra, autor, técnica utilizada, año de elaboración y párrafo de conceptualización de la pieza.
-La obra relacionada en el portafolio puede ser presentada en una única pieza, díptico o tríptico de tamaño máximo de medio pliego, es decir 70 cm x 50 cm.
Nota 1: Se entiende como obra original, una creación artística, realizada por el participante, que no ha sido presentada o postulada en las versiones anteriores de la presente invitación cultural y que tiene relación directa con el eje temático propuesto.
Nota 2: Una vez presentada la obra en el proceso de postulación, la misma no podrá ser modificada para el proceso de evaluación presencial.
Nota 3: La resolución de las imágenes debe ser de 1080 x 1040 píxeles, por lo que se recomienda el uso de cámaras de al menos 13 megapixeles, o 300 dpi.

Carta de relación conceptual

El participante deberá aportar una carta en formato PDF de máximo una página de extensión, de la relación conceptual, en la cual exponga de manera clara, argumentada y personal la relación entre la obra presentada y el eje temático definido para la invitación cultural. En este documento, el participante deberá describir la idea central de la obra, los elementos visuales, simbólicos, narrativos o conceptuales que la componen, así como la manera en que estos dialogan con el tema propuesto. La carta deberá permitir comprender la intención artística de la obra, su sentido dentro del contexto de la invitación y la forma en que la propuesta aporta una mirada propia frente al eje temático.

Soportes de trayectoria

Soportes que acrediten trayectoria de al menos cinco (5) años en el desarrollo de la práctica artística de dibujo y/o pintura: programas de mano, evidencias fotográficas fechadas, notas de prensa, permisos de aprovechamiento económico expedidos por el Idartes, actos administrativos o certificaciones de participación en el Programa Distrital de Estímulos del sector o invitaciones culturales del Idartes, entre otros soportes documentales que permitan dar cuenta de la temporalidad de la trayectoria artística. La información deberá presentarse organizada por año y clasificada según el tipo de documento cargado, de manera que facilite su lectura, comprensión, verificación y evaluación.

Carta de compromiso

Diligencie y cargue en un documento PDF, el compromiso y la aceptación de la adecuada ejecución de su iniciativa de la presente invitación. Nota: El documento debe ser diligenciado sobre el formato suministrado por la entidad, descargue aquí. Descargar plantilla aquí

Anexos

LA CIUDAD EN PROCESO Texto de insumo creativo para la elaboración de la obra.

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía Operativa Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Calidad técnica en el desarrollo de la práctica artística, evidenciada en la obra presentada por el artista, en coherencia con lo dispuesto en el anexo 1 (LA CIUDAD EN PROCESO)
    Puntaje máximo: 50
  • Relación entre la obra y el eje temático propuesto por la invitación cultural. Se tendrá en cuenta la capacidad de la obra para dialogar con el concepto planteado, aportar una mirada propia y construir una reflexión visual comprensible.
    Puntaje máximo: 20
  • Trayectoria asociada al desarrollo de la práctica artística en el espacio público, sustentada a través de soportes que acrediten dicha trayectoria.
    Puntaje máximo: 30
Segunda Ronda:
  • Evaluación presencial
    Puntaje máximo: 100

Proceso de selección

Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. 


Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: El listado se publicará en esta página máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación

Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes al correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.co.


La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado.


Evaluación y selección: mediante selección directa, el Idartes conformará una terna de jurados integrado por tres personas expertas para evaluar y seleccionar las iniciativas ganadoras, de acuerdo con los criterios de evaluación señalados en la presente invitación. 

El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas inscritas en la plataforma por parte de cada jurado, como resultado de esto se hará una primera deliberación para la preselección de las iniciativas que obtengan 70 puntos o más, para ser citadas a una evaluación presencial dirigida por los jurados. De acuerdo con el resultado, en una segunda y última deliberación, se seleccionarán las trece (13) iniciativas ganadoras y el resultado de cada deliberación quedará consignado en un acta de preselección y selección, respectivamente.


Nota: en caso de que solo trece (13) iniciativas tengan un puntaje igual o mayor a 70 puntos en la primera etapa de selección, estas serán declaradas como ganadoras y se prescindirá de la segunda etapa de selección.


Finalmente, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes acogerá la recomendación de la terna de jurados mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


El Instituto Distrital de las Artes – Idartes no se hace responsable por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las iniciativas ganadoras.

Puntaje mínimo de selección final: Se declararán como ganadoras las trece (13) iniciativas que obtengan el puntaje más alto y cuya calificación sea igual o superior a 75 puntos. En tanto, las siguientes dos (2) iniciativas que superen los 75 puntos y no se encuentren dentro de las trece (13) primeras, se declararán como iniciativas suplentes, las cuales podrán ser seleccionadas en orden descendente de calificación, en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda presentarse o de manera voluntaria, expresa y formal renuncia al reconocimiento económico


Nota: El comité evaluador podrá recomendar que el proceso de la invitación cultural se declare desierto, total o parcialmente, si durante la deliberación se encuentra por unanimidad que las iniciativas evaluadas no ameritan el otorgamiento del incentivo. En este caso, los jurados expondrán las razones que tuvo en cuenta para tomar esta decisión.

Publicación de resultados: El Actas de preselección de iniciativas y el Acta y la Resolución de iniciativas seleccionadas se publicarán en el micrositio de esta invitación cultural (parte superior).

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa de la presente invitación, se excluirán del proceso por medio del retiro del incentivo a las iniciativas en las que se evidencie el incumplimiento de cualquiera de las condiciones y términos aquí establecidos. 

A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal:

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación Cultural.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La persona natural postulantes contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

  5. Se presentaron dos o más iniciativas por parte de la persona natural participante. El/los  participante(s) tiene(n) un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  6. El/los participante(s) forma(n) parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  7. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.

  8. El/los  participante(s) no cuenta(n) con un registro aprobado en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público www.paes.gov.co, a corte del 1 de junio del 2026.

  9. El/los  participante(s) cuenta(n) con tres (3) llamados de atención registrados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, formalizados mediante actas de reunión, producto de no acatar las normas de convivencia, el incumplimiento de acuerdos previamente establecidos o el uso inadecuado del espacio destinado para la ejecución de su iniciativa en alguna de las invitaciones culturales del programa Arte a la KY, donde se haya(n) designado como ganador(es). 

  10. El participante cuenta con un llamado de atención formalizado mediante acta de reunión, derivado del retiro de la credencial de expositor (escarapela) durante la ejecución de su iniciativa ganadora en el marco de las Invitaciones Culturales Dibujópolis Arte a la KY 2025 y Zona de Arte y Emprendimiento SOFA Arte a la KY 2025.

  11. El participante presenta una creación artística, que  ha sido presentada o postulada en las versiones anteriores de la presente invitación cultural.

  12. La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación cultural  adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico de notificación dentro de los  cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del correo de notificación, para dar su respuesta al correo electrónico: artistas.espaciopublico@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia al incentivo, procediéndose a su asignación al suplente, si lo hubiera.


Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.co, de los siguientes documentos: 

 

  • Documento de identidad (según Perfil del Participante).

  • Certificado bancario (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica),  no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 
    *No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

  • RUT (de la persona natural), generado en el año 2026.


  1. Garantizar la asistencia a los espacios asignados y en los horarios establecidos para la ejecución de la iniciativa en el caso que sea programada en algún espacio gestionado por el Idartes.

  2. Asumir los gastos asociados al desarrollo de la iniciativa y desplazamientos necesarios           para cumplir con los deberes señalados en esta invitación.

  3. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.

  4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, exhibición, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.

  5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

  6. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas

  7. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa.

  8. Garantizar la adecuada ejecución de su iniciativa. Ante cualquier alteración del orden, consumo de sustancias psicoactivas y/o bebidas embriagantes, o incumplimientos de los compromisos señalados en el presente apartado y en el documento “Carta de compromiso”, será retirado del espacio de ejecución de manera definitiva.


  1. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.coen un término no superior a los siguientes tres (3) días calendario de presentarse la eventualidad.

Nota: La ocurrencia de un hecho constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, que imposibilite la ejecución de la iniciativa ganadora en las condiciones establecidas, dará lugar al retiro del incentivo otorgado al participante. Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

Beneficios

  1. Un único desembolso correspondiente al 100% del valor del incentivo económico, posterior a la ejecución de la iniciativa artística.

  2. Espacio físico de circulación para la visibilización y posible aprovechamiento económico de su obra.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la Invitación Cultural el incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la misma, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados podría generar un presunto incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.

Adicionalmente, y como consecuencia del proceso legal que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.