Invitación Focalizada Idartes 2026 - Tejiendo Raíces: Arte de los Pueblos y Cabildos Indígenas de la Ciudad que Conforman el Espacio Autónomo, Decreto Distrital 612 del 2015 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes a través de la Subdirección de las Artes, especialmente de la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2026 - Tejiendo Raíces: Arte de los Pueblos y Cabildos Indígenas de la Ciudad que Conforman el Espacio Autónomo, Decreto Distrital 612 del 2015, la cual implementa productos concertados en el marco de la Política Pública de los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. 2024-2036 (CONPES D.C. número 37 de 2023) y promueve conmemoraciones, festividades y formación en arte propio dirigidos a niñas, niños y adolescentes indígenas, fortaleciendo su identidad cultural desde el campo del arte, según lo establecido por el Espacio Autónomo y el Decreto 612 de 2015.
Pueblos étnicos
07-09-2026
Fecha de apertura
11-09-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
24-09-2026
Publicacion de iniciativas recomendadas
30-11-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100%

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, especialmente de la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2026 - Tejiendo Raíces: Arte de los Pueblos y Cabildos Indígenas de la Ciudad que Conforman el Espacio Autónomo, Decreto Distrital 612 del 2015 es una estrategia institucional que materializa los acuerdos de concertación establecidos en el marco de la Política Pública de los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. 2024–2036 (CONPES D.C. 37 de 2023). Esta invitación se fundamenta en el Decreto Distrital 612 de 2015, que reconoce el Espacio Autónomo como instancia de participación y decisión de los pueblos indígenas en la ciudad.

La iniciativa busca implementar dos (2) productos CONPES claves del plan de acción concertado:

  • Producto 2.1.1: Procesos artísticos y culturales vinculados a las conmemoraciones y festividades propias de cada pueblo indígena, desarrollados en articulación con el Espacio Autónomo. Este componente promueve la creación y circulación de expresiones artísticas que fortalecen la identidad cultural y la memoria colectiva de los pueblos indígenas en el contexto urbano.

  • Producto 2.1.4: Procesos de formación en prácticas de arte propio, dirigidos a niños, niñas y adolescentes indígenas residentes en Bogotá. Estas acciones formativas, también concertadas con el Espacio Autónomo, buscan transmitir saberes ancestrales y técnicas artísticas tradicionales, asegurando su continuidad generacional.

En conjunto, la Invitación Focalizada Idartes 2026 - Tejiendo Raíces: Arte de los Pueblos y Cabildos Indígenas de la Ciudad que Conforman el Espacio Autónomo, Decreto Distrital 612 del 2015, no solo fomenta la visibilización y el reconocimiento de las expresiones culturales indígenas en la ciudad, sino que también consolida un ejercicio de gobernanza intercultural, en el que las comunidades participan activamente en la formulación y ejecución de políticas públicas que les afectan directamente.

La Invitación Focalizada Idartes 2026 - Tejiendo Raíces: Arte de los Pueblos y Cabildos Indígenas de la Ciudad que Conforman el Espacio Autónomo, Decreto Distrital 612 del 2015, se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada uno: Todas las culturas, todas las personas y todos los territorios cuentan, reconociendo el valor del enfoque poblacional-diferencial de los pueblos étnicos, su gobernanza en el espacio autónomo y la visibilización de la diversidad identitaria indígena en Bogotá. Invitamos a las y los participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía la convocatoria y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad.

[1] El Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/plan-de-cultura-de-bogota-2038.


Para esta Invitación Cultural Focalizada, se deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • Enfoque Étnico: Esta Invitación Cultural Focalizada está dirigida de manera exclusiva a las comunidades indígenas que integran el Espacio Autónomo, constituido conforme al Decreto Distrital 612 de 2015. No podrán participar otras formas de organización cultural indígena asentadas en Bogotá que, aunque pertenezcan al mismo pueblo, no hayan adelantado el proceso de legalización y reconocimiento ante el Ministerio del Interior y el Espacio Autónomo. Asimismo, esta convocatoria no está abierta a la participación de otros grupos étnicos.

  • Garantía de Participación Artística: Es requisito que participen artistas y/o creadores artísticos, asegurando que la invitación cultural focalizada está alineada tanto con el enfoque étnico como con una perspectiva artística.


Para el proceso de ejecución, cada una de las iniciativas seleccionadas recibirá un incentivo económico por valor de $24.698.500 (Veinticuatro millones seiscientos noventa y ocho mil quinientos pesos), que debe destinar de la siguiente manera para el desarrollo de las dos (02) fases de las que consta cada iniciativa:


Fase 1.  Memorias Vivas en Escena – Festividades y Conmemoraciones Indígenas. Esta fase se centra en el desarrollo de una iniciativa orientada a resaltar, promover y fortalecer una expresión artística tradicional o contemporánea de la comunidad indígena en el marco de una de sus festividades o conmemoraciones representativas, dando cumplimiento al producto concertado CONPES 37 2.1.1. Proceso artístico asociado con la conmemoración o festividad” con el Instituto Distrital de las Artes (Idartes). Esta fase concibe el arte indígena como un medio fundamental de resistencia, identidad y diálogo intercultural dentro del contexto urbano. Cada iniciativa seleccionada debe destinar TRECE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($13.663.000 MCTE).


Fase 2. Arte Vivo: Saberes en Movimiento. Esta fase corresponde al desarrollo de una iniciativa de formación artística complementaria estructurada en forma de talleres. Su propósito fundamental es dar cumplimiento al producto concertado CONPES 37 “2.1.4. Proceso de formación artística en prácticas de arte propio, dirigidos a niños, niñas y adolescentes del pueblo indígena residente en Bogotá”. Se concederá un (1) incentivo económico de ONCE MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($11.035.500 MCTE). 


El Formulario de Iniciativa (ver ítem "Documentos Técnicos")  ha sido diseñado específicamente para garantizar que esta Invitación Cultural Focalizada promueva y reconozca la especificidad cultural de las iniciativas presentadas junto con  los acuerdos artísticos concertados. Su estructura responde al enfoque de la Política Pública de los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. 2024–2036, consignada en el CONPES D.C. número 37, en especial a los productos 2.1.1 y 2.1.4.

Este formulario constituye un requisito indispensable para participar en la invitación cultural focalizada. Su propósito es permitir a los pueblos y cabildos indígenas de Bogotá presentar una iniciativa integral que fortalezca sus expresiones artísticas, tanto desde las conmemoraciones como espacios culturales, como desde los procesos de formación artística.

Asimismo, se exige la presentación de un cronograma detallado que incluya las etapas de preproducción, producción y posproducción de la iniciativa, con el fin de garantizar que el desarrollo de la iniciativa cumpla con los estándares técnicos y artísticos, respetando a su vez las particularidades culturales de las comunidades participantes.

Finalmente, el representante de la organización (agrupación o persona jurídica participante) deberá certificar la veracidad de la información consignada en el documento, así como asumir el compromiso de llevar a cabo la correcta ejecución de las actividades propuestas. A través de este formulario, se busca consolidar y fortalecer los procesos artísticos de las comunidades indígenas, promoviendo su desarrollo creativo y el reconocimiento pleno de su identidad cultural.

Incentivos


  • Diez (10) incentivos económicos dirigidos a las comunidades Ambiká Pijao, Kichwa, Yanacona, Wounaan Nonam, Eperara Siapidara, Kamentsá Biyá, Tubú Hummurimassá, Uitoto, Muisca de Suba y Misak

¿Quién puede participar?

 Agrupaciones:

Conformadas por dos (2) o más personas mayores de 18 años, que residan o estén domiciliadas exclusivamente en Bogotá D.C., que pertenezcan a comunidades indígenas y/o al grupo étnico correspondiente, y que desarrollen procesos artísticos o culturales con base en esta ciudad.

Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con el Idartes en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del incentivo en caso de que la agrupación resulte ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la invitación cultural focalizada.


Persona Jurídica: 

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Podrán participar personas jurídicas con carácter especial, que residan o estén domiciliadas exclusivamente en Bogotá D.C., que pertenezcan a comunidades indígenas y/o al grupo étnico correspondiente, y que desarrollen procesos artísticos o culturales con base en esta ciudad.

La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.

 


Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos de Identidad

En un documento PDF unificado presente los documentos de identidad de todos los integrantes de la agrupación, empezando por el representante de la agrupación:
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente (Ciudadanos extranjeros) .
Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso por Protección Temporal)
Nota 1: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Documento de Identidad

Presente el documento de identidad del representante legal de la persona jurídica:
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente (Ciudadanos extranjeros) .
Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso por Protección Temporal)
Nota 1: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Certificado de existencia y representación legal

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la entidad competente con mínimo 30 días, antes de la fecha de cierre de inscripción.

RUT

Registro Único Tributario. Emitido por la DIAN, el cual debe incluir el Número de Identificación Tributaria (NIT) y con fecha de generación del año 2026.
Documentos técnicos

Presentación de la iniciativa

Descargue el formato adjunto, diligéncielo y cárguelo en el espacio dispuesto para tal fin. Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Diligencie el presupuesto en el formato dispuesto para tal fin (Presupuesto.xlsx).
Cada fase posee su propio formato de Presupuesto (Ver espacio "Anexos").
Para hacer el presupuesto, tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto de una convocatoria (espacio "Anexos") y los gastos aceptables y no aceptables que se establecen en este documento.
Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía para la formulación del presupuesto de una convocatoria Guía para la formulación del presupuesto de una convocatoria

Guía Operativa - Invitaciones Culturales Guía Operativa - Invitaciones Culturales

Formato Presupuesto Fase 1 Formato Presupuesto Fase 1

Formato Presupuesto Fase 2 Formato Presupuesto Fase 2

Proceso de recomendación

  1. Presentación de la Iniciativa: Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de Invitaciones Culturaleswww.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece.

  2. Verificación del cumplimiento de requisitos: La entidad revisará la documentación administrativa y técnica de la iniciativa artística presentada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  1. Integridad de los documentos: La revisión asegurará que todos los documentos requeridos han sido presentados completa y correctamente.

  2. Cumplimiento de criterios de elegibilidad: Se verificará que los participantes cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad de esta Invitación Focalizada: 1) Pertenencia Étnica, 2) Residencia en Bogotá, 3) Documentación obligatoria, 4) Concordancia temática con los productos concertados, es decir, la propuesta integral debe enfocarse en conmemoraciones/festividades o procesos de formación artística en arte propio, 5) Cronograma y estructura técnica, 6) Compromiso institucional y 7) Criterio de coherencia cultural.

  3. Restricciones e incompatibilidades: Confirmación que los participantes no se encuentran en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas.

  4. Concordancia de la iniciativa: Verificación que la iniciativa presentada se ajuste a los objetivos y lineamientos de la invitación.

  5. Viabilidad técnica y administrativa: Análisis de la viabilidad técnica y administrativa de la propuesta, asegurando que los recursos solicitados sean adecuados y que la ejecución de la iniciativa sea factible.


  1. Recomendación: El comité verificador revisará la documentación administrativa y técnica presentada como parte de la iniciativa artística. Si fuera necesario, el comité realizará observaciones y recomendaciones, las cuales quedarán consignadas en el Acta de Recomendación. Estas observaciones deberán ser acogidas por el/ participante(s) al momento de la ejecución de la iniciativa.


El comité responsable de llevar a cabo la verificación de la documentación administrativa y técnica solicitada en la presente Invitación Cultural Focalizada y emitir observaciones y sugerencias de mejora para efectos de la ejecución de las iniciativas recomendadas, en el marco de la invitación focalizada estará integrado por dos (2) funcionarios o contratistas del Idartes- Subdirección de las Artes. Estos miembros provienen específicamente de la Línea de Pueblos Étnicos y de la Subdirección de las Artes. Su participación en el comité será de carácter ad honorem, es decir, no remunerada. 


  1. Notificación de adjudicación: El Acta y la Resolución de iniciativas recomendadas y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación cultural focalizada, se publicarán en el panel de documentos en la parte superior de esta invitación.


Los ganadores serán notificados vía correo electrónico del acto administrativo por el cual se les otorga el incentivo, tal como se describe en el ítem “Compromisos de los seleccionados”.

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación Cultural Focalizada.


  1. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 


  1. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.


  1. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.


  1. El participante forma parte del comité de verificación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.


  1. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.


  1. El/los participante(s) suministró(aron) información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la Invitación Cultural adelanta las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.

¿Quiénes no pueden participar?

Para facilitar la adecuada formulación de las iniciativas presentadas en la invitación cultural focalizada, tenga en cuenta las siguientes condiciones:

  • Restricción de participación de contratistas vinculados a los diferentes sectores de la nación, distrito o de las localidades: No podrán participar como parte del equipo ejecutante devengando recurso económico alguno, personas que, desde la fecha de apertura o durante cualquiera de etapas subsiguientes incluida la ejecución, adquieren o mantienen contratos vigentes con entidades públicas del orden nacional, distrital o local en calidad de contratistas. Esta restricción busca garantizar la solicitud de la comunidad de ampliación de oportunidades, permitiendo que otros miembros de la comunidad, que no tienen vínculos contractuales con entidades públicas, puedan acceder a apoyos económicos y visibilización artística, además de garantizar la transparencia y equidad, prevención de conflictos de interés, fortalecimiento comunitario y legitimidad del proceso.

Con el fin de asegurar el cumplimiento de los criterios establecidos, se realizará la verificación de ambas condiciones a través de la plataforma transaccional SECOP II y la información contenida en la página de Datos Abiertos, específicamente el conjunto de datos de los contratos celebrados mediante SECOP II, alimentado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.

  • Otras restricciones Específicas:

    • Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en la asesoría, preparación o elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación; así como quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento, su mesa técnica o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.

    • Parentesco con servidores públicos: Quedan excluidas las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).

    • Miembros del comité de verificación o selección: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de verificación o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).

  • Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas o agrupaciones a las que se les haya declarado incumplimiento, mediante acto administrativo, por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado procesos de fomento durante los años 2024 y 2025.

  • Otras Restricciones: No podrán ser habilitados las personas naturales, jurídicas o agrupaciones que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés según lo establecido en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos para la ejecución

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo(Art. 61, Ley 4 de 1913), al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.


Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:


  1. Certificado bancario del representante de la agrupación o de la persona jurídica, no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional: Debe incluir el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

  1. Cédula de Ciudadanía del representante de la Agrupación o del representante legal de la persona jurídica.  

  2. Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La póliza debe amparar el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este y cuatro (4) meses más.

  3. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir esta póliza, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del Idartes.

  4. La iniciativa seleccionada deberá acoger, en el momento oportuno, las recomendaciones técnicas formuladas por el comité de verificación y recomendación del Idartes, así como cumplir con las condiciones establecidas en el cronograma, la descripción, los requisitos específicos de la invitación, las restricciones de participación, los compromisos de la entidad y las consecuencias previstas en caso de incumplimiento. En caso de requerirse, deberá entregar dentro del plazo estipulado el plan de mejora correspondiente. Este proceso quedará registrado en un acta que dará constancia de la atención a la solicitud realizada por el Idartes.

  5. El o los responsables de la iniciativa seleccionada deberá asistir de manera puntual a todas las reuniones convocadas por el Idartes, ya sean presenciales o virtuales, así como a las visitas y demás encuentros programados por el equipo Misional que confirma la ejecución de la iniciativa.

4. 

En caso de que la iniciativa contemple actividades, eventos o intervenciones en el espacio público, la propuesta seleccionada deberá gestionar los permisos y autorizaciones correspondientes, conforme a lo establecido en el Decreto 315 de 2024 o en la normativa aplicable. Este trámite deberá adelantarse ante las autoridades competentes, respetando los lineamientos fijados por el Distrito y garantizando el cumplimiento de las condiciones estipuladas.

Las condiciones incluyen:

  1. Obtención previa de permisos.

  2. Respeto por el entorno mediante la adecuada gestión de residuos según su clasificación.

  3. Preservación del mobiliario urbano.

  4. Manejo responsable del sonido, evitando superar los decibeles permitidos por la normativa distrital.

  5. Uso del espacio público dentro de los horarios autorizados, ajustándose estrictamente a los tiempos aprobados.

Asimismo, se prohíbe:

  1. La instalación de estructuras ancladas al suelo que alteren de manera permanente el espacio público.

  2. La realización de ventas no autorizadas o comercio informal en zonas restringidas.

  3. Cualquier uso que contravenga la destinación del espacio público, incluyendo el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas. 

  4. El uso de pólvora y juegos pirotécnicos que puedan poner en riesgo la seguridad de los asistentes o afectar el entorno.

  5. La utilización de animales en prácticas que impliquen maltrato, incluso cuando se alegue justificación cultural.

5. La iniciativa seleccionada deberá incluir, conforme al manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones y demás materiales relacionados, previa aprobación del equipo responsable de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. 

6. Asimismo, la iniciativa seleccionada se compromete a garantizar el manejo adecuado de la imagen institucional y la reputación del Idartes, siguiendo las orientaciones de la Oficina Asesora de Comunicación y bajo el acompañamiento del equipo de supervisión.

7. De igual manera, deberá suscribir los documentos que autoricen la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa y su uso con fines de divulgación, así como cualquier otro que el Idartes requiera para estos efectos.

8. La iniciativa seleccionada deberá mantener indemne al Idartes frente a cualquier reclamación relacionada con el contenido de las propuestas. Para tal fin, se solicita el envío del logo de la organización participante o, en caso de no contar con uno, la indicación expresa del nombre de la organización. Esta exigencia se fundamenta en que los recursos utilizados corresponden a fondos públicos, lo que obliga a garantizar transparencia y una adecuada visibilidad institucional.

9. La iniciativa seleccionada deberá asistir puntualmente a las sesiones de acompañamiento programadas por el mentor o la mentora asignada. Se aclara que la labor de los mentores no incluye la asesoría en la elaboración de informes o reportes de gestión, ni la gestión de solicitudes de equipamientos culturales que puedan requerirse para el desarrollo de la iniciativa.

10. La iniciativa seleccionada deberá entregar un informe integral final, el cual se diligenciará únicamente en la carpeta Drive con enlace asignado e informado por el Idartes. Este informe deberá incluir:

 

Informe de seguimiento

  1. Diligenciar el formato correspondiente que permite a la supervisión contrastar lo planeado en el formulario de alistamiento con lo que realmente será ejecutado en cada fase y etapa. La supervisión verificará el cumplimiento de metas, actividades, cronograma, responsables y recursos planificados midiendo la gestión con indicadores de gestión.

Reporte de gastos

  1. Presentar un informe acompañado de los soportes que evidencien la correcta utilización de los recursos otorgados por el Idartes.

  2. Las cuentas de cobro deberán estar respaldadas con: Registro Único Tributario (RUT), comprobantes de egreso y documento de identidad.

c. Piezas comunicativas

  1. Entregar las piezas de comunicación correspondientes a la invitación.

  2. Adjuntar fotografías y videos que documenten la realización de cada actividad del plan inicial.

  3. Se requiere un mínimo de cinco (5) fotografías y un (1) video por actividad.

d. Registro audiovisual o sonoro

  1. Elaborar un registro que responda a las preguntas clave definidas por el Idartes, constituyendo la memoria social del proceso en cada etapa.

  2. Las respuestas podrán ser diligenciadas por el equipo ejecutor o por los beneficiarios/participantes.

Las preguntas por desarrollar son las siguientes: 

  1. ¿Cuál es el contexto y los objetivos de la iniciativa?

  2. ¿Cómo se describe la comunidad beneficiaria y quiénes son los participantes? (número, características poblacionales, localidades, edades, pertenencia étnica, forma de convocatoria).

  3. ¿Qué metodología se utilizó para fomentar la práctica artística?

  4. ¿Cómo se evaluaron los resultados y logros artísticos alcanzados?

  5. ¿Cuáles fueron los desafíos enfrentados y cómo se superaron?

  6. ¿Qué lecciones se aprendieron y cuál es la reflexión crítica sobre lo ejecutado?

  7. Recopilar al menos tres testimonios de beneficiarios por fase, donde se expongan experiencias personales y el impacto cultural generado.



Beneficios

Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes:


  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución de seleccionados y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.

  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del proponente seleccionado y la presentación de un informe final de actividades y reporte de gastos con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte del IDARTES.


Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberán ser asumidas por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la Invitación Cultural el incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la misma, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados podría generar un presunto incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.

De acuerdo a la Guía Operativa de Invitaciones Culturales (documento disponible en el apartado "Anexos"), como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo (conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes), el cual, una vez ejecutoriado, conlleva a la exigencia de devolución de los conceptos entregados como incentivo, y la declaratoria del siniestro de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.