La invitación pública Primer Salón de Artistas Arte a la KY, convoca a pintores y dibujantes de la Carrera Séptima — registrados en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público www.paes.gov.co—, que quieran visibilizar sus prácticas artísticas y realizar aprovechamiento económico de un espacio físico de comercialización a modo de galería, dispuesto en el denominado “Callejón de las Exposiciones” del Teatro Municipal Jorge Eliecer Gaitán.
Esta invitación reconoce a los artistas plásticos que desarrollen su práctica en la Carrera Séptima (entre las calles 11 y 24), y que, en el marco de un uso responsable del espacio público, le han apostado a la regulación como un ejercicio para dignificar su labor. Por esta razón, se les brindará a trece (13) pintores o dibujantes un espacio de exposición con posibilidad de comercialización para que, presenten una obra artística original y de gran formato, usando un área de exhibición de 2 metros por 2 metros, durante un mes, entre el 18 de agosto y 18 de septiembre de 2022.
Igualmente, el Idartes les otorgará un incentivo monetario a los trece (13) participantes que, de acuerdo a los criterios de evaluación, obtengan los mejores puntajes para ser expositores en este espacio de circulación y reencuentro entre el arte y la ciudadanía, que apunta a la reactivación económica y cultural.
Sobre la curaduría del Primer Salón de Artistas Arte a la KY:
El comité de selección de ganadores de la invitación pública, se encargará a su vez de hacer la curaduría del Salón de Artistas Arte a la KY, quienes definirán la ubicación espacial de los artistas, obedeciendo a los criterios curatoriales que se deriven del ejercicio de evaluación , asociados a la calidad de las mismas obras de los artistas. Si bien los puntajes de las propuestas ganadoras podrán ser tenidos en cuenta, no serán determinantes para la asignación del espacio dentro del montaje de la obra.
Para esto, la entidad contará con plena autonomía para la disposición curatorial y de concepto, alrededor de la ubicación de las obras y designación de espacios físicos de exhibición.
En caso de presentarse una situación de fuerza mayor, que impida la realización del Primer Salón de Artistas Arte a la KY, el Idartes se reserva la facultad de presentar las propuestas ganadoras en cualquiera de las acciones de circulación que realiza la entidad durante la vigencia de ejecución de las propuestas.
¿Cómo se hace la inscripción?
La postulación de propuestas se deberá realizar a través de la presente plataforma de Invitaciones Públicas del Idartes. Para el caso en que se presenten barreras de acceso, se dispondrá de la ventanilla de atención, asesoría y acompañamiento a los artistas de espacio público, ubicada en la sede principal del Idartes (Carrera 8 # 15-46), en horario de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y 4:30 p.m., donde podrán recibir las orientaciones necesarias para su participación.
Historia de Arte a la KY
En el año 2020, Bogotá enfrentó uno de los más grandes retos en su historia, con ocasión de la pandemia del Covid-19. Fue así como desde el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, se diseñaron acciones con enfoque social, que atendieran al sector artístico de la ciudad, y propiciaran un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI. De esta manera nació “Arte a la KY”, como un modelo de gestión para fortalecer las acciones orientadas hacia los artistas del espacio público, haciendo que la acción institucional no se limitara a la aplicación de procesos normativos de regulación sobre el espacio público. El objetivo de dicha estrategia ha sido posicionar la labor de estos artistas, como actores fundamentales para la construcción de territorio, la creación de relatos de ciudad, la revitalización del espacio público y la dinamización de las relaciones entre la ciudadanía y las artes en Bogotá.
Este año la estrategia se está consolidando como un programa permanente de fomento para la inclusión social y productiva de artistas del espacio público.
De esta manera, se presenta la invitación pública Primer salón de artistas Arte a la KY, como un trabajo articulado entre la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, la Gerencia de Escenarios y la línea estratégica de Arte a la KY. Con ello, el Idartes pretende retomar acciones de visibilización y circulación que tradicionalmente impulsaban los procesos productivos de los artistas de calle, aprovechando diferentes escenarios locales en la ciudad.
Ciudadanos colombianos o extranjeros mayores de 18 años y residentes en Bogotá, que sean pintores o dibujantes, y desarrollen su práctica en el espacio público de la Carrera Séptima (entre calles 11 y 24).
Los artistas que se postulen deben estar registrados, a corte de fecha 30 de abril de 2022, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público www.paes.gov.co, con al menos un permiso expedido durante 2022.
Verificación: El Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación pública, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados permitan su acceso y lectura. Solo las propuestas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de evaluación y selección.
Conformación del comité de selección (jurados): El Idartes conformará mediante invitación directa un comité de selección integrado por tres personas externas a la entidad, idóneas para valorar y elegir las propuestas ganadoras, de acuerdo a los criterios de evaluación. La conformación del comité de selección quedará consignada en un acto administrativo de consulta pública en la página de esta invitación.
Evaluación y selección: El proceso de selección constará de una etapa inicial con la evaluación de cada miembro del comité de selección de las propuestas. Posteriormente se llevará a cabo una deliberación conjunta para determinar los ganadores y suplentes.
Se declararán como ganadoras las 13 propuestas que tengan el puntaje más alto y cuya calificación no sea inferior a 70 puntos. En tanto, las propuestas que superen los 70 puntos y no se encuentren dentro de las 13 primeras, se declararán como propuestas suplentes, las cuales podrán ser seleccionadas, en respectivo orden de calificación, en el caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar su propuesta, o renuncie al reconocimiento monetario.
Los resultados de la verificación, evaluación y selección quedarán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
Nota: Los ganadores contarán con plena autonomía en la exhibición de sus obras; sin embargo, deberán propender por el respeto a los derechos humanos, a la institucionalidad, a la honra y bienes de las personas y de lo público. El Idartes no se hace responsable por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las obras seleccionadas y exhibidas.
Publicación de resultados: El acta y la resolución que acoge la recomendación de ganadores se publicará en el módulo de noticias de esta invitación (parte superior). De igual forma, se les enviará un correo electrónico a todos los participantes, avisándoles que el acta y la resolución están disponibles en esta página para su consulta.Igualmente, la Oficina Asesora Jurídica del Idartes notificará vía correo electrónico a quienes sean designados como ganadores y suplentes de la invitación pública.
Sobre la curaduría del Primer Salón de Artistas Arte a la KY:
El comité de selección de ganadores de la invitación pública, se encargará a su vez de hacer la curaduría del Salón de Artistas Arte a la KY, quienes definirán la ubicación espacial de los artistas, obedeciendo a los criterios curatoriales que se deriven del ejercicio de evaluación y a las mismas obras de los artistas. Si bien los puntajes de las propuestas ganadoras podrán ser tenidos en cuenta, no serán determinantes para la asignación del espacio de montaje de la obra.
Para esto, la entidad contará con plena autonomía para la disposición curatorial y de concepto, alrededor de la ubicación de las obras y designación de espacios físicos de exhibición.
En caso de presentarse una situación de fuerza mayor, que impida la realización del Primer Salón de Artistas Arte a la KY, el Idartes podrá programar la presentación de las propuestas ganadoras en cualquiera de las acciones de circulación que realiza la entidad durante la vigencia de ejecución de las propuestas.
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte un presunto incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Si la persona natural postulante es contratista o funcionaria de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB y Canal Capital.
Se presentan dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran colectivos o personas jurídicas.
Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas que formen parte del comité de selección, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales a quienes les hayan declarado por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes,.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité de selección, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo los ganadores deberán manifestar al correo electrónico artistas.espaciopublico@idartes.gov.co de forma expresa si aceptan o no el reconocimiento.
Una vez aceptado el reconocimiento, los ganadores contarán con diez (10) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación, al correo electrónico artistas.espaciopublico@idartes.gov.co:
Fotocopia del Certificado de Registro Único Tributario (RUT) actualizado a 2021.
Certificación de una cuenta de ahorros o corriente activa, emitida por una entidad bancaria tradicional, con expedición no mayor a treinta (30) días a su presentación, en donde conste número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado de la misma. Tenga en cuenta que no se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
En caso de pertenecer al régimen común, factura con resolución de facturación actualizada.
Teniendo en cuenta que el Idartes, entregará un recurso monetario para respaldar los gastos de montaje, alistamiento para exhibición y desmontaje de las obras, el artista seleccionado deberá garantizar:
a. Alistamiento y transporte de la obra (ensamblaje en bastidores o marcos de madera con acabados), gasto que se debe prever para las dos obras de respaldo.
b. Garantizar que la obra ocupe un máximo de área de exhibición de 2 metros, por 2 metros y que el espacio de exposición frontal no supere los 50 centímetros.
c. Elaboración y entrega en los tiempos señalados por el idartes, de las fichas técnicas de las obras a exhibir.
d. Montaje de la obra, bajo las condiciones de intervención establecidas por la Gerencia de Escenarios de la entidad (ubicación flotante mediante uso de hilo invisible tipo nailon), gasto que se debe prever para las dos obras de respaldo.
e. Desmontaje de la obra, bajo las condiciones de intervención establecidas por la Gerencia de Escenarios de la entidad, gasto que se debe prever para las dos obras de respaldo.
f. Entrega del espacio asignado para la exhibición en igualdad de condiciones a la recepción del mismo.
g. Elaboración de un portafolio artístico que disponga de imágenes en alta resolución de la obra del artista, para los casos en que los asistentes requieran conocer de forma más detallada el legado del artista.
La resolución de las imágenes debe ser de 1080 x 1040 píxeles, por lo que se recomienda el uso de cámara de al menos 13 megapixeles, o 300 dpi.
Publicar el material de difusión creado para la actividad en sus cuentas de redes sociales, y etiquetar las cuentas de la entidad, dando los respectivos créditos: @idartes, @galeriasanta_fe, @alcaldiamayordebogota, @bogota
Asumir los gastos de desplazamiento necesarios para cumplir con los deberes señalados en esta invitación pública.
Garantizar la asistencia al espacio asignado en el Primer Salón de Artistas Arte a la KY durante todos los días en que se lleve a cabo la exposición, en los horarios establecidos.
Garantizar al Idartes la autoría de los dibujos, pinturas o caricaturas presentadas en los soportes de trayectoria.
Aportar el material fotográfico y documentos solicitados en formatos de alta calidad para los procesos de circulación de contenidos que se dispongan.
Dar los créditos al Idartes en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la propuesta ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad.
En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la propuesta presentada, autorizar al Idartes, o a quien ésta designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al Idartes, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la propuesta, quienes incumplan con esta norma les será retirado el reconocimiento monterario.
Las propuestas que se presenten deberán acatar en su ejecución y desarrollo los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Mayor Bogotá. En caso de ser necesario, el proyecto deberá adaptarse para llevar a cabo su correcto desarrollo teniendo en cuenta las posibles medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá.
RECOMENDACIÓN Los ganadores deberán garantizar la entrega del espacio asignado en las condiciones en que se entregó inicialmente. Cubriendo las reparaciones que hayan a lugar.
Recibir el 100% del reconocimiento monetario en un único desembolso posterior a la ejecución de la propuesta. Este desembolso se realizará una vez el ganador haya realizado la entrega de los siguientes documentos:
Registro fotográfico de su participación en el espacio dispuesto del Primer Salón de Artistas Arte a la KY en los días y horarios asignados.
Listados de asistencia tomados por el equipo de campo del Idartes, donde se constate la asistencia de los ganadores durante todos los días de la exposición.
Tenga en cuenta:
Al 100% del valor del reconocimiento monetario se le aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar y estará sujeto a la programación del PAC del Idartes.
En ningún caso el Idartes se hará responsable de intermediaciones o acuerdos privados que los ganadores realicen con terceros, con relación a los recursos otorgados. En el mismo sentido, no se hace responsable de los acuerdos internos entre los integrantes de las agrupaciones con relación a los estímulos otorgados.
En caso de que la persona seleccionada no asista a la exposición en la totalidad de los días o incumpla los horarios asignados, no tendrá derecho al reconocimiento monetario.
Entregar el reconocimiento monetario de acuerdo con la programación de pagos de la entidad, una vez se cuente con los soportes de participación y cumplimiento por parte del ganador.
Apoyar la difusión y divulgación de las propuestas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recurso con que cuente para tal efecto.
Aplicar las medidas correspondientes en caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de las condiciones de participación, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.