DÉ CLIC ACÁ Y LEA LAS CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes le da la bienvenida a la tercera versión del Programa Es Cultura Local.
Antes de consultar las condiciones específicas de esta beca, lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022 , en las que encontrará la información detallada que le permitirá comprender cada una de las etapas establecidas para la participación en esta convocatoria.
Los beneficiarios deberán destinar como mínimo siete (7) horas de trabajo para estas sesiones y horas de trabajo autónomo distribuidas durante dos (2) semanas.
Al inscribirse en la convocatoria, el participante entiende y acepta participar en la fase de formación, en la totalidad de sus actividades, para poder concursar por el estímulo.
Nota: En el caso de las agrupaciones y personas jurídicas preseleccionadas podrán designar a un integrante inscrito en la propuesta diferente al representante, para asistir al proceso de formación.
En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de contribuir al fortalecimiento y sostenibilidad de escuelas, academias, colectivos u organizaciones que desarrollan procesos de formación artística, cultural o patrimonial en la localidad y que, a partir de una propuesta pedagógica, generan capacidades, aptitudes y competencias, que aportan al desarrollo humano de las personas que hacen parte de sus procesos.
Los proyectos ganadores deberán destinar parte del estímulo para poner a disposición de los beneficiarios espacios adecuados y funcionales, dotaciones, materiales, herramientas didácticas o tecnologías y el recurso humano necesario, con el fin de promover procesos de formación con estándares de calidad.
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Lo anterior a excepción de aquellos participantes que apliquen a la destinación de estímulos con enfoque diferencial, étnico o poblacional, y que de acuerdo al orden de inscripción se encuentren en estado habilitado pasarán al proceso de formación, según la cantidad de estímulos priorizados en la presente convocatoria.
Conformadas por dos (2) o más personas naturales colombianas o extranjeras mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Ciudad Bolívar, y que acrediten mediante soportes de trayectoria, la experiencia en la realización de mínimo dos (2) procesos de formación en arte, cultura o patrimonio, esta experiencia deberá acreditarse como agrupación, no se permitirá la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 1: Todas las personas que integren la agrupación, deben residir en la localidad de Ciudad Bolívar.
Nota 2: La experiencia debe certificarse a nombre de la agrupación, no se permitirá la suma de experiencia individual de cada uno de los integrantes de la agrupación.
Nota 3: La experiencia de formación aceptada es cuando la agrupación haya impartido o dictado el proceso de formación. No se acepta experiencia como beneficiarios de un proceso de formación.
Con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Ciudad Bolívar, y que acrediten la realización de mínimo dos (2) procesos de formación en arte, cultura o patrimonio, mediante soportes de experiencia.
Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su proyecto, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.
Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta que la conforman.
Nota 3: La experiencia de formación aceptada es cuando la persona jurídica haya impartido o dictado el proceso de formación. No se acepta experiencia como beneficiarios de un proceso de formación.
Lea las condiciones generales de participación, numeral 7.3.2., en el que se especifican las exigencias de los documentos administrativos que debe presentar según el tipo de participante.
Los documentos administrativos son comunes a todas las convocatorias y tienen el carácter de subsanables. Se entiende como documento subsanable todo documento susceptible de ser completado, actualizado o corregido en un momento posterior a la inscripción, por parte del participante y por solicitud de la entidad convocante.
● Documento de identidad vigente del representante y de sus integrantes.
● RUT del representante de la agrupación, con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
● Certificado de residencia del representante y de todos los integrantes, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. En su defecto, podrá aportar declaración juramentada del lugar de residencia.
● Documento de identidad vigente del representante legal.
● Certificado de existencia y representación legal: vigencia de mínimo 30 días y máximo de 90 días. Este documento se aporta al momento de diligenciar el perfil en plataforma.
● RUT de la Persona Jurídica con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas incluidas en el numeral 4.2 Actividades de la Economía Cultural y Creativa de las condiciones generales de participación.
● Verificación: Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de las condiciones de participación de cada participante y propuesta, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Al finalizar el proceso de verificación, el resultado será publicado en la plataforma, de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en la plataforma. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
○ Propuestas habilitadas: las que presentan la totalidad de la documentación requerida (documentos técnicos y administrativos para verificación) y cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
○ Propuestas rechazadas: las que no presenten la documentación no subsanable requerida, no subsanen en el tiempo establecido o no cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
○ Propuestas que se deben subsanar: las que no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable, o fue aportada de manera incorrecta. Únicamente se podrán subsanar los documentos administrativos mencionados en el capítulo ¿Quiénes pueden participar?
Aquellas propuestas que cumplan con las condiciones generales y específicas de participación de esta convocatoria, serán remitidas a la entidad aliada para desarrollar el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales, así como la formulación de proyectos.
● Evaluación y selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación por parte del jurado designado, de acuerdo con los criterios de evaluación y teniendo en cuenta los enfoques priorizados.
Para el PECL, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados de la plataforma SICON.
Los interesados en ser jurados para evaluar los proyectos deberán leer las condiciones generales del banco de jurados (aquí), inscribirse en la plataforma SICON y aportar la documentación solicitada teniendo en cuenta el perfil de jurado al que aplique.
Los jurados designados evaluarán los proyectos y emitirán un concepto escrito de los mismos, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo en cuenta que los proyectos seleccionados serán los que hayan obtenido los mayores puntajes o sido priorizados con enfoque diferencial. Como resultado de este proceso, se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión.
Para postularse como jurado de esta convocatoria, ingrese al Banco de Jurados haciendo clic aquí.
Nota: Tenga en cuenta que, las inscripciones en el Banco de Jurados estarán disponibles a partir del de 24 de octubre de 2022 y hasta el 28 de diciembre de 2022, día en el que se publicarán en este apartado los perfiles de los jurados encargados de evaluar los proyectos preseleccionados del proceso de formación.
Adicional a lo indicado en los numerales 7.2. ¿Quiénes no pueden participar? y 7.5. Causales de rechazo de las Condiciones Generales de Participación, se considerará como causal de rechazo lo siguiente:
● Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos en cualquiera de las convocatorias ofertadas en el marco del Programa Es Cultura Local 2021 y en el primer semestre de 2022.
Adicional a lo indicado en las Condiciones Generales de Participación, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:
No. de integrantes | No. de cambios aceptados |
De 3 a 5 | 1 |
De 6 a 8 | 2 |
De 9 a 11 | 3 |
De 12 a 14 | 4 |
De 15 a 17 | 5 |
Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán realizar el desembolso del estímulo económico de la siguiente manera:
* Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
* Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.