Por medio de esta invitación pública, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes convoca a la Subcomisión de Cultura – Comisión Consultiva Distrital Comunidades Negras y Afrocolombianas de Bogotá, a presentar propuestas que contribuyan a implementar los acuerdos 2 y 6 de las acciones afirmativas concertadas en el año 2020, vigencia 2022.
La propuesta seleccionada recibirá un reconocimiento de CUARENTA Y TRES MILLONES DOS MIL PESOS M/CTE ($43.002.000), y recibirá acompañamiento en la ejecución por parte del IDARTES.
Fecha máxima de ejecución
La propuesta se deberá ejecutar a más tardar el 23 de diciembre, incluyendo la presentación del informe de gestión y anexos que soporten la ejecución. Ver detalles en el apartado Compromisos de los seleccionados.
Condiciones de participación
Características de la propuesta a presentar
La Subcomisión de Cultura – Comisión Consultiva Distrital Comunidades Negras y Afrocolombianas de Bogotá, instancia representativa interesada en participar, deberá presentar una (1) propuesta que incluya las dos siguientes fases:
En la elaboración del presupuesto, a esta fase se le debe asignar un valor de VEINTITRÉS MILLONES DOS MIL PESOS M/CTE ($23 ́002.000), para cubrir exclusivamente el desarrollo de las actividades asociadas con este conversatorio, incluyendo el pago a los y las artistas, intelectuales y sabedores, materiales e insumos, equipamiento escénico, logística, transporte, etc. No podrán incluirse en el presupuesto conceptos por gastos de representación ni pagos por asistencia al conversatorio. Se realizarán los descuentos de ley a los que haya lugar.
En la elaboración del presupuesto, a esta fase se le debe asignar un valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20´000.000), para cubrir exclusivamente el desarrollo de las actividades que se llevarían a cabo como parte de la circulación artística, incluyendo el pago de las agrupaciones o artistas, equipamiento escénico, backline, transporte, etc. No podrán incluirse en el presupuesto conceptos por gastos de representación, ni pagos por asistencia al evento de circulación. Se realizarán los descuentos de ley a los que haya lugar.
¿Cómo se hace la inscripción?
La propuesta deberá presentarse en su totalidad en esta plataforma de inscripción por escrito, con la información completa y desagregada en los dos formatos únicos de presentación de propuesta (1 formato para cada fase).
Persona colombiana, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C., líder o lideresa de comunidades negras y afrocolombianas que haga parte de la Comisión Consultiva Distrital de este grupo étnico.
No es indispensable que tenga títulos profesionales o estudios académicos.
Organización sin ánimo de lucro con personería jurídica, domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta y reconoce esta entidad.
Verificación: el Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 3 días hábiles posterior al cierre de la invitación.
Evaluación y selección: El Idartes conformará un comité interno de selección, conformado por tres personas con perfiles idóneos para evaluar y seleccionar las propuestas ganadoras de la invitación pública. Los resultados de la evaluación serán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
Publicación de resultados: el acta y la resolución de propuestas seleccionadas se publicará en la parte superior de esta página.
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La propuesta no cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La propuesta presentada fue designada como ganadora en alguna convocatoria del Programa Distrital de Estímulos 2022.
La persona postulante, un integrante del colectivo, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB y Canal Capital.
Se presentaron dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran colectivos o personas jurídicas.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.
2.1 Póliza de cumplimiento: Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del reconocimiento monetario, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cincuenta por ciento (50%) del valor total del reconocimiento, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este (23 de diciembre de 2022) y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
2.2 Personas naturales:
2.3 Personas jurídicas:
Nota: Los desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
Garantizar los desembolsos del reconocimiento monetario.
Enviar oportunamente los formatos de informe que dé cuenta del desarrollo de las acciones asociadas con los tres reconocimientos monetarios y técnicos brindados en el marco de esta invitación pública.
Brindar el respectivo apoyo técnico requerido en cada una de las acciones.
En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de las condiciones de participación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.