INVITACIÓN PÚBLICA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS DESDE EL CAMPO DEL ARTE CONCERTADAS CON COMUNIDADES NEGRAS Y AFROCOLOMBIANAS RESIDENTES EN BOGOTÁ 2022 - IDARTES

JM
La invitación pública INVITACIÓN PÚBLICA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS DESDE EL CAMPO DEL ARTE CONCERTADAS CON COMUNIDADES NEGRAS Y AFROCOLOMBIANAS RESIDENTES EN BOGOTÁ 2022, busca desarrollar un espacio de diálogo abierto y la puesta en escena de agrupaciones artístico – culturales emergentes asociadas a este grupo étnico y residentes en la ciudad de Bogotá; todas estas acciones como medidas de discriminación positivas que favorecen y posicionan los procesos artísticos afrodescendientes con el propósito de remediar situaciones de desventaja o exclusión y discriminación de este grupo social dentro del fomento de las artes en la ciudad de Bogotá. El total de recursos destinados a esta invitación pública es de $43.002.000. Además del reconocimiento monetario, la propuesta seleccionada recibirá acompañamiento en la ejecución por parte del IDARTES.
Pueblos étnicos
13-11-2022
Fecha de apertura
16-11-2022 8:00 PM
Fecha de cierre
25-11-2022
Fecha publicación de seleccionados
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

Por medio de esta invitación pública, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes convoca a la Subcomisión de Cultura – Comisión Consultiva Distrital Comunidades Negras y Afrocolombianas de Bogotá, a presentar propuestas que contribuyan a implementar los acuerdos 2 y 6 de las acciones afirmativas concertadas en el año 2020, vigencia 2022. 

La propuesta seleccionada recibirá un reconocimiento de CUARENTA Y TRES MILLONES DOS MIL PESOS M/CTE ($43.002.000), y recibirá acompañamiento en la ejecución por parte del IDARTES. 

Fecha máxima de ejecución 

La propuesta se deberá ejecutar a más tardar el 23 de diciembre, incluyendo la presentación del informe de gestión y anexos que soporten la ejecución. Ver detalles en el apartado Compromisos de los seleccionados. 

Condiciones de participación 

  • En esta invitación pública no pueden participar otras instancias representativas asociadas con las comunidades palenqueras y raizales, debido a que a estas comunidades también se les garantiza su participación en los mecanismos de fomento al arte y la cultura, por medio de otras invitaciones públicas.
  • La instancia representativa podrá participar con máximo una (1) propuesta a esta invitación pública. De presentarse más de una propuesta, solo una podrá ser revisada y la(s) otra(s) quedará(n) rechazada(s).
  • Las propuestas que no incluyan las dos fases que se exponen a continuación, serán excluidas del proceso de participación.  

Características de la propuesta a presentar 

La Subcomisión de Cultura – Comisión Consultiva Distrital Comunidades Negras y Afrocolombianas de Bogotá, instancia representativa interesada en participar, deberá presentar una (1) propuesta que incluya las dos siguientes fases:  

  • Fase 1: Conversatorio en torno a la superación de las diferentes formas de discriminación que prevalecen en la vida cotidiana de la ciudad en contra de la identidad cultural de las comunidades negras y afrocolombianas – Programas Culturas en Común y Subdirección de las Artes - Idartes: esta fase debe incluir la presentación de una (1) propuesta de conversatorio o espacio de diálogo intercultural donde artistas, intelectuales y sabedores de las Comunidades Negras y Afrocolombianas residentes en la ciudad de Bogotá presenten su punto de vista en torno a cómo superar los prejuicios raciales, racismos, barreras y actitudes que prevalecen en la vida cotidiana en la ciudad y que evitan que se fomente la integración y convivencia entre estas identidades culturales diferenciales y la sociedad bogotana. 

En la elaboración del presupuesto, a esta fase se le debe asignar un valor de VEINTITRÉS MILLONES DOS MIL PESOS M/CTE ($23 ́002.000), para cubrir exclusivamente el desarrollo de las actividades asociadas con este conversatorio, incluyendo el pago a los y las artistas, intelectuales y sabedores, materiales e insumos, equipamiento escénico, logística, transporte, etc. No podrán incluirse en el presupuesto conceptos por gastos de representación ni pagos por asistencia al conversatorio. Se realizarán los descuentos de ley a los que haya lugar. 

  • Fase 2: Circulación artística de agrupaciones emergentes – Subdirección de las Artes: esta fase debe incluir la selección y presentación de agrupaciones artísticas emergentes pertenecientes a este grupo étnico, enriqueciendo la programación del evento de gran impacto informado por la Subcomisión de Cultura – Comisión Consultiva Distrital Comunidades Negras y Afrocolombianas de Bogotá. 

En la elaboración del presupuesto, a esta fase se le debe asignar un valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20´000.000), para cubrir exclusivamente el desarrollo de las actividades que se llevarían a cabo como parte de la circulación artística, incluyendo el pago de las agrupaciones o artistas, equipamiento escénico, backline, transporte, etc. No podrán incluirse en el presupuesto conceptos por gastos de representación, ni pagos por asistencia al evento de circulación. Se realizarán los descuentos de ley a los que haya lugar.  

¿Cómo se hace la inscripción? 

La propuesta deberá presentarse en su totalidad en esta plataforma de inscripción por escrito, con la información completa y desagregada en los dos formatos únicos de presentación de propuesta (1 formato para cada fase).

Incentivos


  • Se otorgará un reconocimiento de cuarenta y tres millones dos mil pesos m/cte ($43.002.000) a una propuesta que incluya dos fases: una de desarrollo de conversatorio en torno a la superación de las diferentes formas de discriminación que prevalecen en la vida cotidiana de la ciudad en contra de la identidad cultural de las comunidades negras y afrocolombianas para realizar con Programas Culturas en Común y Subdirección de las Artes del Idartes, y otra para realizar la circulación artística de agrupaciones emergentes con la Subdirección de las Artes del Idartes.

¿Quién puede participar?

Tipos de postulantes

 

Persona natural:

Persona colombiana, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C., líder o lideresa de comunidades negras y afrocolombianas que haga parte de la Comisión Consultiva Distrital de este grupo étnico. 

No es indispensable que tenga títulos profesionales o estudios académicos.  

Persona jurídica:

Organización sin ánimo de lucro con personería jurídica, domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta y reconoce esta entidad.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Formulario Fase 1.

Presente su iniciativa en un documento PDF, utilizando el formato único de propuesta disponible para descarga en ANEXOS. Elija el formato que corresponde a esta Fase.

Formulario Fase 2.

Presente su iniciativa en un documento PDF, utilizando el formato único de propuesta disponible para descarga en ANEXOS. Elija el formato que corresponde a esta Fase.

Carta aval de la instancia representativa.

Carta expedida por coordinación de la Subcomisión de Cultura, donde avala la propuesta de conversatorio y la presentación de las agrupaciones artísticas que circularán en el evento de gran impacto informado. Debe contener fecha, nombres y apellidos del agente cultural proponente del desarrollo del conversatorio y de los representantes de las agrupaciones artísticas, junto con sus respectivos números de cédula.

Anexos

Formulario de Presentación de Propuesta para Fase 1: Conversatorio. Descargue y diligencia este formulario con la información de su propuesta, guárdelo en PDF y súbalo a la Plataforma.

Formulario de Presentación de Propuesta para Fase 2: Circulación artística de agrupaciones emergentes.. Descargue y diligencia este formulario con la información de su propuesta, guárdelo en PDF y súbalo a la Plataforma.

Criterios de selección


  • Experiencia y trayectoria comunitaria del agente cultural.
    puntaje máximo: 40
  • Coherencia y profundidad de las dos fases de la propuesta, en relación con las necesidades del grupo étnico y su visibilización en el evento de alto impacto.
    puntaje máximo: 40
  • Viabilidad presupuestal.
    puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: el Idartes verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 3 días hábiles posterior al cierre de la invitación. 

  • Evaluación y selección:  El Idartes conformará un comité interno de selección, conformado por tres personas con perfiles idóneos para evaluar y seleccionar las propuestas ganadoras de la invitación pública. Los resultados de la evaluación serán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  • Publicación de resultados: el acta y la resolución de propuestas seleccionadas se publicará en la parte superior de esta página. 

Causales para no ser habilitado

El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las propuestas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La propuesta no cumple con las condiciones y especificaciones de la invitación pública.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La propuesta presentada fue designada como ganadora en alguna convocatoria del Programa Distrital de Estímulos 2022.

  5. La persona postulante, un integrante del colectivo, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB y Canal Capital.

  6. Se presentaron dos o más propuestas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran colectivos o personas jurídicas.

  7. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  8. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  9. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte, Canal Capital e Instituto Distrital de las Artes.

Compromisos de los seleccionados

  1. Manifestar de forma expresa la aceptación o no del reconocimiento, máximo tres (3) días hábiles a partir de la fecha de envío por parte del Idartes del correo electrónico de notificación.
  2. Enviar en un plazo de tres (3) días hábiles a grupos.etnicos@idartes.gov.co los siguientes documentos, para el trámite del desembolso:  

2.1 Póliza de cumplimiento: Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del reconocimiento monetario, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cincuenta por ciento (50%) del valor total del reconocimiento, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este (23 de diciembre de 2022) y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 

2.2 Personas naturales:

  • Certificación bancaria no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. *No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
  • RUT actualizado a 2022 con la obligación 49, que corresponde a No responsable de IVA.
  • Documento de identidad.

2.3 Personas jurídicas:

  • Certificación bancaria no mayor a un mes de expedición.
  • Certificado de existencia y representación legal con menos de 30 días de expedición.
  • Documento de identidad del representante legal.
  1. Entregar un informe integral que dé cuenta del desarrollo de ambas fases reportando el seguimiento desagregado de procesos y actividades artísticas y que contenga: 
  • 5 fotografías de cada actividad
  • Se debe firmar previa a la entrega del informe un formato de derechos de uso e imagen (si aplica). 
  1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de las condiciones de participación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.

Beneficios

  1. Recibir un primer desembolso del 85% del reconocimiento monetario, posterior a la entrega de los documentos solicitados en el punto 2 de los Compromisos de los seleccionados. 
  2. Recibir un segundo desembolso del 15% del reconocimiento monetario, contra entrega de los documentos mencionados en el punto 3 de los Compromisos de los seleccionados. 
  3. De requerirse, recibir apoyo operativo del Programa Nidos del IDARTES en la toma de datos para los listados de asistencia de las niñas y niños en primera infancia que asisten a las sesiones de las experiencias artísticas y culturales. 

Nota: Los desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Compromisos de la entidad

  1. Garantizar los desembolsos del reconocimiento monetario.

  2. Enviar oportunamente los formatos de informe que dé cuenta del desarrollo de las acciones asociadas con los tres reconocimientos monetarios y técnicos brindados en el marco de esta invitación pública. 

  3. Brindar el respectivo apoyo técnico requerido en cada una de las acciones.

  4. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de las condiciones de participación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.