Invitación cultural Proyectos de intercambio - Orbitante Plataforma Danza Bogotá 2024 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes -Idartes- Subdirección de las Artes, Gerencia de Danza y La Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología ESARTEC en el marco del Convenio de asociación No. 2005 - 2024 invita a agrupaciones, colectivos, compañías y organizaciones comunitarias y de base artística a participar en los proyectos de intercambio, componente de Orbitante Plataforma Danza Bogotá, como procesos independientes de danza de la ciudad que, por su autogestión, han generado espacios físicos e intangibles permanentes de circulación, entrenamiento, de creación e intercambio con artistas
Danza
07-06-2024
Fecha de apertura
20-06-2024 11:59 PM
Fecha de cierre
25-06-2024
Fecha de recepción de observaciones al listado de Verificación:
05-07-2024
Publicacion de seleccionados
15-11-2024
Fecha Límite de realización de Actividades:
Progreso
100%

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

El Instituto Distrital de las Artes -Idartes- Subdirección de las Artes, Gerencia de Danza y  La Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología ESARTEC en el marco del Convenio de asociación No. 2005 - 2024 invita a organizaciones, colectivos, compañías y organizaciones comunitarias y de base artística a participar en  los proyectos de intercambio, componente de Orbitante.

Los proyectos de intercambio surgen como una estrategia de relacionamiento  entre la Plataforma y procesos independientes de danza de la ciudad que, por su autogestión, han generado espacios tangibles (espacios físicos) e intangibles permanentes de circulación, entrenamiento, de creación e intercambio con artistas distritales, nacionales e internacionales, entre otras, y que, además, han aportado al campo profesional de la danza, con acciones de enfoque diferencial, poblacional y territorial. 


Las agrupaciones, organizaciones o colectivos seleccionados recibirán un apoyo para llevar a cabo lo siguiente:


  • Una actividad que se haya realizado al menos en dos versiones anteriores, esta actividad puede hacer  parte de otro evento mayor como, festivales, circuitos, encuentros, espacios de formación, laboratorios, entre otros o que se pueda desarrollar y ejecutar de manera independiente. 

  • Una propuesta por parte de la agrupación, organización o colectivo de articulación o intercambio que aporte y fortalezca las otras líneas que conforman Orbitante Plataforma Danza Bogotá: 


1) Laboratorios 

2) Cualificación (Banco de asesores, realizadores y maestros) y 

3) Acciones de circulación. (Consulte más información sobre estas líneas en https://www.idartes.gov.co/es/areas-artisticas/danza/plataforma-danza-bogota).

 

¿A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDO?


  • Organizaciones, colectivos o compañías de danza que presenten proyectos instalados en la ciudad, que cuenten con mínimo dos ediciones anteriores a la fecha de cierre de esta invitación cultural, y que les interese articular su proyecto con Orbitante Plataforma Danza Bogotá.


  • Organizaciones de base local o comunitaria que incluyan en su plan de trabajo actividades que a través de la danza, tengan un impacto diferencial con poblaciones como: comunidad rural, personas con discapacidad, personas víctimas del conflicto, LGTBIQ+, personas habitantes de calle, personas en ejercicio de la prostitución, personas privadas de la libertad, población afrodescendiente, comunidades negras, palenqueras o raizales; pueblo Rom, o comunidades indigenas.


POSIBLES PROYECTOS DE INTERCAMBIO A ARTICULAR CON LA PLATAFORMA:


  • Proyectos comunitarios o de base local que incluyan talleres de formación o presentaciones artísticas de danza para sus poblaciones. 

  • Espacios físicos o virtuales para el desarrollo de laboratorios artísticos con artistas locales o nacionales que involucren a diversas comunidades y grupos poblacionales en articulación con los objetivos de Orbitante Plataforma Danza Bogotá

  • Franjas de entrenamiento permanentes para bailarines profesionales de la ciudad que puedan proponerse como procesos de cualificación articulados a la plataforma. 

  • Espacios o escenarios con procesos de circulación que tengan temporadas de programación artística de danza, que contribuyan a la captación de públicos para la danza. 

  • Proyectos de formación o circulación presencial o virtual, que incluyan la participación presencial de artistas nacionales y puedan articularse con los objetivos de Orbitante Plataforma Danza Bogotá

  • Proyectos de formación y fortalecimiento en aspectos legales, financieros, de agremiación, de formulación y gestión de proyectos, de difusión y divulgación, manejo de redes sociales, entre otros, para el sector de la danza en articulación con los objetivos estratégicos de Orbitante Plataforma Danza Bogotá

  • Proyectos de investigación o memoria que recojan las experiencias de versiones anteriores o históricas de proyectos desarrollados por las agrupaciones, colectivos, organizaciones o espacios, que puedan hacer parte de las actividades propias de las líneas de acción de Orbitante Plataforma Danza Bogotá

Incentivos


  • Se otorgarán 2 incentivos económicos por valor de Siete Millones de pesos($7.000.000) cada uno, para un total de Catorce Millones ($14.000.000). Los proyectos de intercambio seleccionados podrán contar con un aporte que permita la ejecución de las actividades propuestas. Los conceptos que podrá apoyar la plataforma para el desarrollo del proyecto de intercambio son: Honorarios de artistas o expertos invitados (locales o nacionales) para el desarrollo de las actividades propuestas en el proyecto de intercambio. Producción para el desarrollo de las actividades de la propuesta (requerimientos técnicos o logísticos). Producción gráfica o audiovisual para los proyectos de memoria (gastos de grabación, edición, diagramación, entre otros). Alquiler de espacios para la realización de las actividades de la propuesta (según lineamientos y directrices de los gobiernos locales y nacionales). El valor de los aportes otorgados por la Plataforma a un proyecto de intercambio es de $7.000.000.

¿Quién puede participar?

 Agrupación:

Agrupación integrada por dos o más personas naturales colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios circundantes: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá y Bojacá. La agrupación debe contar con una persona designada como representante.


Documentos administrativos del representante y cada uno de los integrantes:

  • Cédula de ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Ciudadanos venezolanos: 

Permiso para Protección Temporal (PPT) de cada uno de los integrantes.

Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.


Persona jurídica:

Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.


Documentos administrativos: 

Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días, antes de la fecha de cierre de inscripción.

C.C. del Representante Legal.

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

  • Descripción de la trayectoria del proyecto que presenta. Descripción en máximo 300 palabras de las versiones anteriores del proyecto, detallando nombres usados, número de ediciones, años de desarrollo.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Indique el tipo de proyecto a realizar y a articular con Orbitante Plataforma: 1) Laboratorio artísticas con artistas locales o nacionales que involucren a diversas comunidades y grupos poblacionales; 2)Franjas de entrenamiento dirigidas a bailarines profesionales; 3)Espacios físicos o escenarios con programación de danza que contribuyan a la captación de públicos; 4)Proyectos de formación o circulación que integren artistas nacionales o internacionales; 5) Proyectos de formación y fortalecimiento en aspectos legales, financieros, de agremiación, de formulación y gestión de proyectos, de difusión; o 6) Proyectos de investigación o memoria que recojan las experiencias de versiones anteriores o históricas, de proyectos desarrollados por las agrupaciones.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Descripción del proyecto que propone. Propuesta de intercambio y actividades a realizar.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Describa en un máximo de 300 palabras cuáles son sus motivaciones para articularse con los objetivos estratégicos de Orbitante Plataforma Danza Bogotá a través de un proyecto de intercambio.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Resultados esperados.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Lugar(es) o plataformas donde se desarrolla el proyecto de intercambio. En caso de que esto no aplique para su proyecto, escriba por favor: No aplica.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto

Documentos requeridos

Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción

Documento de Identidad

Documentos de Identidad: - Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras. - Cédula de extranjería. - Pasaporte vigente. - Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso para Protección Temporal) Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Certificado de Residencia o Declaración Juramentada

Adjunte el certificado de residencia. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

Reel

Video de las versiones anteriores del proyecto. Incluya a continuación el LINK (Youtube, Vimeo, otras plataformas) de un video no mayor a 5 minutos que evidencie las versiones anteriores del proyecto. Si se requiere contraseña, por favor escríbala también en este espacio.

Links a redes sociales

Link de redes sociales

Cronograma

Cronograma de actividades del proyecto de intercambio Formato anexo

Listado de integrantes

Listado de integrantes del proyecto de Intercambio con rol y reseña. Formato anexo

Presupuesto

Presupuesto de las actividades a realizar dentro del intercambio. (Formato anexo)

Formatos

Declaración juramentada Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento

Cronograma de actividades del proyecto Cronograma de actividades del proyecto

Presupuesto de las actividades Presupuesto de las actividades

Criterios de selección


  • Coherencia del proyecto de intercambio: relación con los objetivos de Orbitante Plataforma Danza Bogotá y la posibilidad de articulación con las demás líneas de esta plataforma.
    puntaje máximo: 25
  • Impacto del proyecto de intercambio para la organización o colectivo, y para el fomento de la danza en la ciudad (beneficios y beneficiarios).
    puntaje máximo: 25
  • Pertinencia y viabilidad de la colaboración: propuesta de cofinanciación en relación con los beneficios y duración del intercambio.
    puntaje máximo: 25
  • Gestión y sostenibilidad a largo plazo del proyecto presentado.
    puntaje máximo: 25

Proceso de selección

  • Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 3 días hábiles después del cierre de la invitación. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, y las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.

  • Evaluación y selección: Se conformará un comité evaluador  integrado por tres (3) personas; de las cuales dos (2) serán externas a la entidad con reconocimiento económico otorgado por Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología - Esartec en el marco del convenio de asociación No. 2005 de 2024 y una (1) persona interna del Idartes, estos jurados conformarán el comité de selección externo, encargado de calificar y seleccionar las propuestas a programar y los suplentes a los que hubiere lugar. 

En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas. 

  • Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 80 puntos ponderados. 

La iniciativa será seleccionada en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 80 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación invitación (parte superior). Igualmente, a todos los participantes se les enviará un correo desde la gerencia de Danza informándoles que el acta está disponible para su consulta, sin embargo, es responsabilidad del participante consultar la página de la invitación para mantenerse informado de los resultados en las diferentes etapas del proceso.

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES o hace parte de la junta directiva de la Fundación ESARTEC.

  5. Cada participante solo podrá inscribirse en una oportunidad, en caso contrario sólo se entenderá como válido el primer registro que se encuentre alojado en la plataforma.

  6. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente o tiene alguno de estos vínculos de parentesco con los miembros de la junta directiva  de la Fundación ESARTEC.

  7. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
  8. No podrán participar las entidades ganadoras del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2023.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

  • Incumplimientos 

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de no garantizarse el cumplimiento de los compromisos de los seleccionados se presumirá el incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.


Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.

Compromisos de los seleccionados

  1. Una vez notificado vía correo electrónico el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES por parte de la Gerencia de Danza, el seleccionado cuenta con diez días hábiles para manifestar de forma expresa por correo electrónico a gerencia.danzas@idartes.gov.co con copia a gestion.documental@idartes.gov.co, si aceptan o no el incentivo. En caso de incumplir con este plazo, el Idartes procederá a asignar el reconocimiento a la propuesta suplente.

  2. Asistir a las reuniones informativas, técnicas y socializaciones que sean definidas de manera presencial o virtual por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

  3. Coordinar, conjuntamente con el equipo de Orbitante Plataforma o con quien la Gerencia de Danza del Idartes determine, todos los aspectos relacionados con las acciones del intercambio.

  4. Cumplir con el reglamento de uso o lineamientos establecidos por los espacios o teatros donde se lleven a cabo las jornadas de entrenamiento, ensayos, presentaciones artísticas y demás acciones en las que participe de Orbitante Plataforma.
  5. Firmar el acuerdo de cumplimiento de compromisos, reglamentos y protocolos del programa.
  6. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución de la invitación. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  7. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones. 
  8. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
  9. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo  económico.
  10. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo (gerencia.danza@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad. Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

Beneficios

  1. Acompañamiento misional en la ejecución del proyecto de intercambio.

  2. Difusión del proyecto de intercambio a través de la estrategia de visibilización de Orbitante Plataforma Danza Bogotá.

  3. Reconocimientos económicos y en especie (mencionados anteriormente en el campo de “Reconocimientos”). Aportes no pecuniarios de la Plataforma. Los proyectos de intercambio seleccionados podrán contar con un aporte que permita la ejecución de las actividades propuestas. Los conceptos que podrá apoyar la plataforma para el desarrollo del proyecto de intercambio son: 

  • Honorarios de artistas o expertos invitados (locales o nacionales) para el desarrollo de las actividades propuestas en el proyecto de intercambio.

  • Producción para el desarrollo de las actividades de la propuesta (requerimientos técnicos o logísticos). 

  • Producción gráfica o audiovisual para los proyectos de memoria (gastos de grabación, edición, diagramación, entre otros). 

  • Alquiler de espacios para la realización de las actividades de la propuesta (según lineamientos y directrices de los gobiernos locales y nacionales). 

  • El valor de los aportes otorgados por la Plataforma a un proyecto de intercambio es de $7.000.000. 

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología - Esartec y el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y la Gerencia de Danza. 

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.