Esta invitación cultural convoca a los artistas a participar en un proceso de formación-creación en arte circense, que permita ampliar sus conocimientos y que a su vez aporte a la creación de una nueva puesta en escena para la ciudad, que se desarrollará a partir de un diplomado que consta de cinco (5) módulos, los cuales tendrán un total de 150 horas de duración.
El proceso será avalado por la Universidad del Rosario en modalidad diplomado y que, como fortalecimiento de la dimensión de creación, dará como resultado una puesta en escena que circulará en el marco de la actividad Circo Debut.
El diplomado está dividido en los siguientes cinco (5) módulos:
Módulo 1. Técnica circense y exploración
Módulo 2. Movimiento y creación
Módulo 3. Producción (general, de arte, logística, técnica y comunicaciones)
Módulo 4. Creación y dirección de circo
Módulo 5. Montaje
Se seleccionarán entre las dos categorías quince (15) artistas de circo residentes en Bogotá, que cuenten con una experiencia mínima certificada de cuatro (4) años en arte circense (aplica para cualquiera de las disciplinas circenses) y que pueda demostrar en el manejo de su técnica un nivel medio – alto. Los y las artistas podrán presentarse en algunas de las siguientes dos categorías:
Categoría A: creador / intérprete: Artista circense que se especializa en la ejecución de una o más disciplinas de circo, y que pone sus herramientas creativas al servicio de un montaje escénico.
Categoría B: Creador / director: Artista escénico o circense, con experiencia específica en la dirección de espectáculos de circo.
Nota 1. El cronograma se encuentra como documento adjunto a la presente Invitación Cultural. (Revisar anexos).
Nota 2. El cronograma se podrá modificar dependiendo de los trámites requeridos para el desarrollo del proceso y se informará por medio de la plataforma de invitaciones culturales.
Persona natural:
Persona colombiana, mayor de 18 años, domiciliada en Bogotá D.C, con trayectoria en arte circense en cualquiera de sus disciplinas con nivel de ejecución medio - alto y mínimo cuatro (4) años de experiencia certificada.
Documentos administrativos para presentar:
Copia del documento de identidad de la persona natural:
Documento de identidad de la persona natural, es decir, cargar cédula de ciudadanía por ambas caras..
Certificado de residencia o Formato de declaración juramentada del lugar de residencia.
Nota 1: El certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debe estar debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación.
Nota 2: En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la invitación cultural.
Verificación:
El IDARTES, a través de la Gerencia de Arte Dramático y la Corporación Producciones La Ventana, verificarán el cumplimiento de los requisitos de la Invitación Cultural, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo tres (3) días hábiles después del cierre de la Invitación Cultural. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, y las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.
Nota: Es importante tener en cuenta que las Invitaciones Culturales son un mecanismo de fomento diferente a las convocatorias del Portafolio Distrital de Estímulos (PDE) y no contemplan procesos de subsanación en ninguna de sus fases.
Evaluación y selección:
La Gerencia de Arte Dramático del Instituto Distrital de las Artes - Idartes - y la Corporación Producciones La Ventana, conformará un comité evaluador integrado por tres (3) jurados así: dos (2) jurados externos a la entidad de un amplio reconocimiento e idoneidad en el área con reconocimiento económico otorgado por la Corporación Producciones La Ventana en el marco del contrato de apoyo a la gestión No.2033-2024 y una (1) persona interna del Idartes ad honorem.
Para la selección se tendrán en cuenta los criterios de evaluación propuestos. Queda a discreción de la terna de jurados la posibilidad de definir suplentes para esta Invitación.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas
Puntaje mínimo de selección:
Se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 75 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 75 puntos o más, no implica su selección como ganadora, teniendo en cuenta que la selección de las propuestas se hará en orden descendente hasta completar el número de propuestas estipuladas en las presentes condiciones de participación.
Publicación de resultados:
El ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente Invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la Invitación Cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES o hace parte de la junta directiva de la Corporación Producciones La Ventana.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Cada participante sólo podrá inscribirse en una oportunidad, en caso contrario, sólo se entenderá como válido el último registro que se encuentre alojado en la plataforma de la presente Invitación Cultural.
El participante fue ganador de la INVITACIÓN PÚBLICA ESCENA PLURAL CIRCO 2023 o hizo parte del proyecto: Escena Plural Circo 2023.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de no garantizarse el cumplimiento de los compromisos de los seleccionados se presumirá el incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el la Gerencia de Arte Dramático.
1.Una vez publicada en la página de invitaciones culturales (https://invitaciones.scrd.gov.co/) el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES, los ganadores cuentan con tres (3) días hábiles en los cuales deberán manifestar, de forma expresa por correo electrónico a info@laventanaproducciones.com con copia a artedramatico@idartes.gov.co, si aceptan o no la selección y el reconocimiento económico.
2. Una vez aceptado el incentivo, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación, al correo info@laventanaproducciones.com :
- Documento de identidad
- RUT actualizado a 2024.
3. Asistir a la reunión informativa y de producción convocadas por la entidad y el apoyo a la gestión.
4. Formar parte de la estrategia de visibilización y comunicaciones del Plan Bogotá Teatral y Circense de la Gerencia de Arte Dramático.
5. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales del proceso y el resultado del mismo, autorizar al Idartes y a la Corporación Producciones La Ventana, o a quien éste designe, por medio de una autorización de uso, en la cual deberán contar con los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de su imagen utilizada en el marco de esta invitación cultural. Dicha autorización, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva.
6. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES y a la Corporación Producciones La Ventana, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
7. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
8. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artedramatico@idartes.gov.co e info@laventanaproducciones.com en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad. El participante deberá retornar el incentivo económico a la entidad que le hizo el desembolso y no podrá obtener la certificación de diplomado.
Nota 1: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
9. Diligenciar los instrumentos de valoración, análisis o balance que sean solicitados por la Gerencia de Arte Dramático o la Corporación Producciones La Ventana, en los formatos o instrumentos establecidos para tal fin.
10. Cumplir con la asistencia de mínimo el 80% de horas de los primeros cuatro módulos, es decir, solo podrá ausentarse de manera justificada de 6 sesiones y no podrán ser todas de un mismo módulo. El módulo de montaje es de vital importancia para el proceso de creación del espectáculo, por tal razón no podrá faltar a ninguna sesión.
11. Presentarse a los ensayos técnicos finales y a las funciones de circulación del espectáculo creado en el marco del proceso de formación/creación “Escena plural circo 2024” y de la actividad Circo Debut.
12. Asistir a sesiones de fotos, videos y prensa que convoque el Idartes o la Corporación Producciones La Ventana con el fin de visibilizar el proceso y el resultado de creación.
13. Aportar los conocimientos, experiencia y creatividad al proceso de creación colectiva del nuevo espectáculo circense resultado del proyecto “Escena Plural Circo 2024”.
Recibir el 100% del incentivo económico en un único desembolso que se efectuará al iniciar el módulo 5 – Montaje, después de completado más del 80% de las horas de formación aportando los documentos requeridos.
Nota: La entrega del reconocimiento está sujeta a la disponibilidad de recursos y la programación de pagos que realice la Corporación Producciones La Ventana.
Al desembolso se le aplicarán los descuentos y las retenciones tributarias a las que haya lugar.
Recibir el certificado de participación, avalado por la Universidad del Rosario, el Idartes y la Corporación Producciones La Ventana que dé cuenta de las 150 horas recibidas en el proceso de formación / creación, si el participante cumple con una asistencia mínima del 80% al mismo.
Participación en la creación y circulación de un espectáculo circense que contará con el apoyo y aval del Idartes y la Corporación Producciones La Ventana.
Visibilización del resultado del proceso en los diferentes medios y canales del Idartes.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes en desarrollo del contrato de apoyo a la gestión No. 2033 - 2024 suscrito con la Corporación Producciones La Ventana, aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del cupo y del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos económicos a los seleccionados, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
3. Apoyar la difusión y divulgación del proceso dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Brindar el acompañamiento misional en la ejecución de su participación en todas las etapas del proceso de formación.