La Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa establece cinco líneas de acción para dar respuesta oportuna y pertinente a las necesidades identificadas del sector cultural y creativo, con el objetivo de generar un entorno propicio para el desarrollo económico, social y cultural de la ciudad, en el marco del reconocimiento, respeto y promoción de los derechos y libertades culturales (SCRD, 2019). Una de las líneas estratégicas se denomina: “Promover estrategias de ampliación de mercado para los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual se han identificado y gestionado diferentes escenarios que permitan la circulación de bienes y servicios del sector.
Es por esta razón qué, desde la Dirección de Economía, Estudios y Política de la SCRD, siguiendo nuestro compromiso de fortalecer la circulación y visibilización del talento local, así como potenciar la cadena de valor de la economía cultural y creativa, mediante el desarrollo, propio o en alianza con otras organizaciones, de eventos, ferias, exposiciones y festivales en Bogotá, durante el periodo 2024-2025; hace extensiva la presente invitación a emprendimientos de base cultural, artística o creativa, domiciliados en Bogotá, con una oferta innovadora y diversa de bienes y servicios para conformar una lista de elegibles que podrán ser invitados a que hagan parte activa de la vibrante escena cultural de la ciudad, teniendo en cuenta las características y demandas del mercado durante el segundo semestre de 2024 y el primer semestre del 2025. Para ser elegibles, los emprendimientos deberán contar con mínimo una actividad económica asociada con el ecosistema cultural y creativo de Bogotá, de acuerdo con el listado de los códigos CIIU que podrá consultar en el anexo 1 de la presente invitación cultural, requisito que será verificado con el RUT o NIT del participante.
La lista de elegibles será conformada teniendo en cuenta los criterios establecidos en la presente invitación y los emprendimientos serán clasificados de la siguiente manera:
Emprendimientos elegibles: los emprendimientos que obtengan un puntaje entre 80 y 100 puntos, tendrán oportunidad de participar directamente en la fase de la curaduría presencial, la cual estará sujeta a la programación de cada uno de los eventos, ferias, exposiciones y festivales que gestione o apoye la SCRD. La programación de los emprendimientos dependerá de la coherencia entre su propuesta de valor, para lo cual se tendrá en cuenta principalmente su oferta de bienes o servicios, con el mercado programado y el concepto del escenario comercial.
Emprendimientos elegibles, que necesitan ser fortalecidos: los emprendimientos que obtengan un puntaje entre 50 a 79 puntos, serán invitados a hacer parte de un proceso de fortalecimiento para mejorar algunos aspectos estratégicos de su emprendimiento para que sean exitosos en el mercado. Aquellos que finalicen satisfactoriamente este proceso, podrán ser parte de la lista de elegibles.
Emprendimientos No elegibles: los emprendimientos que obtengan un puntaje igual o menor a 49 puntos, no conformarán la lista de elegibles, dado que no cumplen con los criterios establecidos por la invitación, sin embargo, podrán presentarse en nuevas versiones.
Es importante recordar que el puntaje obtenido NO GARANTIZA la programación del emprendimiento a participar en alguno de los eventos, ferias, exposiciones y festivales, toda vez que la programación y especificaciones, conceptuales y técnicas, están pendientes al momento de la publicación de la presente Invitación Cultural. Las curadurías se iniciarán en cuanto se active la programación en los escenarios comerciales, a la cual de acuerdo a la clasificación se irá invitando a los emprendimientos que tendrán la opción de obtener el cupo para circular, promocionar o comercializar sus bienes y servicios.
Persona Natural:
Colombiana(o) o extranjera(o), mayor de 18 años, residente en Bogotá, D.C., y que acrediten la creación o producción de bienes o servicios asociados con la economía cultural y creativa, durante los últimos seis (6) meses.
Agrupación:
Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes residentes en Bogotá D.C., y que acrediten la creación o producción de bienes o servicios asociados con la economía cultural y creativa, durante los últimos seis (6) meses.
Persona Jurídica:
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o sede esté ubicado en la ciudad de Bogotá, y que acrediten la realización de bienes o servicios asociados con la economía cultural y creativa, durante los últimos seis (6) meses.
● Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a través de profesionales de la Dirección de Economía, Estudios y Política verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes o enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y, posteriormente, publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página.
● Evaluación y conformación de la lista de elegibles: la Dirección de Economía, Estudios y Política delegará un comité interno ad honorem conformado por una terna de profesionales idóneos, el cual será encargado de valorar los emprendimientos culturales y creativos con potencial para participar en eventos, ferias, exposiciones y festivales de Bogotá durante la vigencia 2024-2025. Este ejercicio se llevará a cabo teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos y la clasificación.
El resultado del proceso de evaluación quedará consignado en un acta. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité evaluador y procederá con la publicación de la lista de elegibles.
Publicación de acta de evaluación con la lista de elegibles: el acta de evaluación con la lista de elegibles, se publicará en la parte superior del micrositio web de esta invitación.
Nota 1: Tenga presente que conformar la lista de elegibles en la presente invitación no garantiza un espacio de participación en dichos escenarios, durante los años 2024-2025.
Nota 2: Los emprendimientos que conforman la lista de elegibles, que sean considerados para participar en algún escenario comercial, serán contactados para asistir a un espacio presencial de curaduría. Por lo tanto, es importante que esté atento a la comunicación a través de correo electrónico o números de teléfono registrados en la plataforma.
En la curaduría se valorará cuidadosamente los productos ofrecidos por el emprendimiento, considerando sus aspectos formales y funcionales (Diseño y producción) y visuales (Comunicación). Teniendo en cuenta que, además de la calidad del producto, el emprendimiento deberá garantizar los volúmenes de producción adecuados para satisfacer la demanda esperada en estos escenarios comerciales y demostrar disponibilidad para participar activamente en ellos.
Nota 3: Si el representante del emprendimiento elegible no logra ser contactado o no se presenta a la sesión presencial de curaduría, perderá su posibilidad de participar y se asignará el cupo a otro emprendimiento que haga parte de la lista de elegibles.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
El emprendimiento no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Si el emprendimiento presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica, durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Una vez comunicada la invitación al emprendimiento para participar en algunos de los eventos, ferias, exposiciones y festivales, la cual se hará mediante correo electrónico, se espera que manifiesten expresamente su aceptación o rechazo del cupo dentro de un plazo de 10 días hábiles, enviando la respuesta a correspondencia.externa@scrd.gov.co
Otorgar los créditos debidos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación relacionadas con la iniciativa ganadora, así como en las piezas comunicativas generadas al respecto.
Entregar los formatos solicitados por la SCRD cuando el emprendimiento sea programado para hacer parte de un evento, feria, exposicion o festival
Entregar la carta de compromiso que será socializada durante la reunión de preproducción, así como el formulario de seguimiento entregado por la SCRD, proporcionando la información correspondiente sobre su participación en la feria o evento.
Autorizar el uso de la información e imágenes para la construcción y circulación del directorio cultural y creativo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de autor, asumiendo la responsabilidad por todas las conductas en las que puedan incurrir y respondiendo a cualquier reclamación que pueda surgir, con ocasión a su emprendimiento
Cumplir con las instrucciones, asignaciones, horarios, lineamientos técnicos y logísticos para el correcto desarrollo de la participación del emprendimiento de acuerdo al evento al cual sea programado.
Contribuir con el reporte oficial de ventas y evaluación del evento en el que participe en la ciudad, según sea solicitado por la SCRD, durante y posterior al evento.
Los emprendimientos elegibles podrán ser invitados a asistir a los entrenamientos creativos de fortalecimiento convocados por SCRD, en alianza con otras entidades, con el fin de fortalecer aún más sus emprendimientos para las ferias o eventos
Además del potencial de comercialización, los emprendimientos culturales o creativos tendrán los siguientes beneficios:
Priorización para poder participar en eventos, ferias o festivales de la ciudad de Bogotá organizados por la SCRD o en alianza con otras instituciones durante el segundo semestre del 2024 y el primer semestre de 2025, teniendo en cuenta los términos y condiciones del escenario comercial. Los emprendimientos culturales o creativos tendrán la oportunidad de exhibir sus productos o servicios con la visibilidad proporcionada por la estrategia de comunicación y los canales de la SCRD durante la realización de la feria.
Los ingresos generados por la comercialización y venta de los bienes o servicios durante la feria serán completamente para el emprendimiento, brindando una oportunidad directa de crecimiento económico.
Los emprendimientos elegibles, que necesitan ser fortalecidos tendrán acceso a espacios de fortalecimiento de sus emprendimientos en entrenamientos creativos convocados por la SCRD, en colaboración con otras entidades. La fecha de estos espacios será comunicada oportunamente.
Posibilidad de establecer conexiones directas con otros emprendedores y posibles socios comerciales, ampliando así su red de contactos y oportunidades de colaboración.
Generación de contactos, lo que implica la obtención de información sobre posibles clientes interesados en sus productos o servicios, lo cual puede conducir a futuras ventas y oportunidades de negocio.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
3. Guardar debida reserva de la información compartida por el emprendimiento en cualquiera de las fases de la presente Invitación Cultural, la cual no podrá ser usada ni compartida sin previa autorización del emprendimiento.