El Instituto Distrital de las Artes -Idartes- Subdirección de las Artes, Gerencia de Danza y la Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología - Esartec en el marco del Convenio de asociación No. 2005 - 2024, invita al sector de la salsa a presentar sus propuestas para participar en los diversos escenarios dispuestos para el Festival Salsa al Parque 2024, el cual se realizará los días 05 y 06 de octubre de 2024.
En esta invitación podrán postularse en las siguientes dos categorías:
Categoría 1 Parejas:
Se podrán postular puestas de danza de salsa en parejas, con una duración de mínimo uno (1) minuto y máximo tres (3) minutos, que puedan presentarse en diversos escenarios como tarimas, bares, espacios en la calle, plazoletas, centros comerciales, entre otros.
Categoría 2 Grupos:
Se podrán postular puestas escénicas de danza de salsa y experiencias como ruedas, conformadas por tres y máximo dieciséis personas, con una duración mínima de un (1) minuto y máximo cinco (5) minutos, que puedan presentarse en diversos escenarios como tarimas, bares, espacios en la calle, plazoletas, centros comerciales, entre otros.
Nota:
Tanto las puestas en escena en pareja como las grupales pueden contemplar diversos estilos de la salsa, como la salsa en línea, la salsa casino, entre otros.
El Festival Salsa al Parque tendrá lugar los días 05 y 06 de Octubre del presente año, Sin embargo, se realizarán una serie de activaciones previas al Festival a partir del 29 de septiembre en diferentes lugares de la ciudad, que serán gestionados por el Idartes.
Una vez seleccionados los participantes, la Gerencia de Danza del Idartes se pondrá en contacto con los seleccionados para informar los detalles de la programación.
No se tendrán en cuenta las propuestas que se inscriban con información incompleta.
Los videos presentados deben tener una duración inferior a cinco (5) minutos por pareja, grupo o performance.
Cada participante (sea agrupación o persona jurídica) podrá inscribir únicamente una propuesta en cada categoría.
La gerencia de danza se encargará de organizar las audiciones presenciales, se publicarán el cronograma, fecha, horario y lugar de las audiciones en la micrositio de la invitación cultural.
7. Una vez seleccionados los participantes, la Gerencia de Danza del Idartes se pondrá en contacto con los seleccionados para informar los detalles de la programación.
Agrupación:
Agrupación integrada por dos o más personas colombianas o extranjeras, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50% residentes en los siguiente municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá y Bojacá.
Los participantes deben ser mayores de 18 años, . La agrupación debe contar con una persona designada como representante.
Experiencia comprobable de más de cuatro (4) años debidamente acreditada, desarrollada en la ciudad de Bogotá.
No se permite la participación de integrantes que sean menores de edad, ya que no está autorizado el ingreso de menores de 18 años a los lugares donde se realizarán las presentaciones.
Documentos administrativos a presentar del representante e integrantes, según aplique:
Cédula de ciudadanía de cada uno de los integrantes: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería de cada uno de los integrantes de cada uno de los integrantes.
Pasaporte vigente .
Permiso para Protección Temporal (PPT) de cada uno de los integrantes.
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP), no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación, debido a que perdió vigencia en el mes de marzo de 2023.
-Certificado de Residencia o Declaración Juramentada Adjunte el certificado de residencia. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).
Persona jurídica:
Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.
Experiencia comprobable de más de cuatro (4) años debidamente acreditada, desarrollada en la ciudad de Bogotá desarrollada en la localidades de la ciudad de Bogotá.
Documentos administrativos a presentar del representante e integrantes:
Certificado de existencia y representación legal, expedido mínimo 90 días antes de la fecha de cierre de inscripción.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, y las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.
Evaluación y selección: La Gerencia de Danza del Idartes conformará un comité externo, conformado por tres (3) agentes expertos del sector, encargado de evaluar y seleccionar los ganadores de la invitación cultural.
Dicho proceso quedará consignado en un acta, en la que se darán a conocer los puntajes asignados a cada uno de los participantes, y se designará a los seleccionados de la invitación que participarán en el Festival de Salsa al Parque 2024.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 75 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación invitación (parte superior). Igualmente, a todos los participantes se les enviará un correo desde la gerencia de Danza informándoles que el acta está disponible para su consulta, sin embargo, es responsabilidad del participante consultar la página de la invitación para mantenerse informado de los resultados en las diferentes etapas del proceso.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES o hace parte de la junta directiva de la Fundación ESARTEC.
Cada participante (sea agrupación o persona jurídica) podrá inscribir únicamente una propuesta en cada categoría.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculado al IDARTES,
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con el IDARTES.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del IDARTES, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Una vez notificado vía correo electrónico el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES por parte de la Gerencia de Danza, el seleccionado cuenta con diez días hábiles para manifestar de forma expresa por correo electrónico a gerencia.danzas@idartes.gov.co con copia a gestion.documental@idartes.gov.co, si aceptan o no el incentivo. En caso de incumplir con este plazo, el Idartes procederá a asignar el reconocimiento a la propuesta suplente.
2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
4. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
5. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
6. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo juan.ortiz@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
7.Recibir el 100% del reconocimiento monetario estipulado en la invitación cultural de acuerdo con el acta de recomendación de propuestas seleccionadas, bajo las condiciones tributarias que apliquen, se realizará un pago al finalizar la presentaciones en el marco del Festival Salsa Al Parque, para ello deberá entregar un informe final en el formato entregado por la Fundación ESARTEC.
8. En caso de resultar ganador de la Invitación Cultural Danza en el Festival Salsa al Parque 2024 se deberán aportar las fotografías en alta resolución y en las condiciones que la gerencia solicite, esto con fines de difusión.
Entregar el 100% del incentivo económico estipulado en la invitación cultural de acuerdo con el acta de recomendación de propuestas seleccionadas, bajo las condiciones estipuladas para su entrega por parte del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y la Fundación ESARTEC. Al valor del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.
Ser promovido en canales institucionales o aquellos que determine la entidad, para efectos de divulgación de las actividades de la Gerencia de Danza del Idartes.
1. Entregar el 100% del incentivo económico estipulado en la invitación cultural de acuerdo con el acta de recomendación de propuestas seleccionadas, bajo las condiciones estipuladas para su entrega por parte del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y la Fundación ESARTEC. Al valor del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.
2. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas