La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), junto con el Instituto Distrital de Turismo (IDT), con el propósito de exaltar y destacar la diversidad cultural de nuestra ciudad, así como reconocer, impulsar y reactivar la gastronomía local como un atractivo turístico en la capital. busca subrayar la influencia de la gastronomía en la identidad cultural bogotana, fomentando comportamientos cívicos que fortalezcan los lazos de orgullo, identidad y confianza entre los ciudadanos.
Lo anterior, entendiendo que Bogotá centraliza, consolida y potencializa en sus localidades la variedad alimentaria que tiene, por lo tanto, se ha posicionado como un epicentro gastronómico que celebra la diversidad cultural. Resaltando el encuentro de ciudadanos del mundo que se congregan en nuestra ciudad, ahora considerada su hogar. Bogotá se presenta como un espacio seguro, diverso y creativo, donde iniciativas como la Ruta Cultural, Patrimonial y Gastronómica contribuyen a potenciar la ciudad como un centro cultural y económico vibrante.
De esta manera, la SCRD invita a los habitantes de la ciudad a participar en este encuentro que nos une a través de las siguientes categorías
Categoría 1° Cocina Internacional
Esta categoría busca exaltar el trabajo de aquellos restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que, con su dedicación y esfuerzo, han enriquecido nuestra ciudad con la cultura gastronómica de sus países de origen y han elegido Bogotá como su hogar. A través de iniciativas gastronómicas y utilizando productos locales, realizan y recrean un plato fuerte característico de su país, fusionando los sabores de su tierra natal con los ingredientes locales. De esta manera, enriquecen el paladar de los habitantes y visitantes de la ciudad con la cultura de sus países.
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
Categoría 2° Cocina tradicional Ajiaco Santafereño
Esta categoría busca exaltar el trabajo de aquellos restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que, con su dedicación y esfuerzo, han enriquecido nuestra ciudad con los sabores tradicionales de Bogotá. A través de iniciativas que promueven la preparación del tradicional Ajiaco Santafereño, difundiendo y enriqueciendo el paladar de habitantes y visitantes.
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
Categoría 3° Cocina de Innovación Plato la Changua.
Esta categoría se centra en la creatividad y la reinterpretación a uno de los platos representativos de los Bogotanos, la changua, buscando innovación en la cocina. Queremos encontrar aquellos restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que le den un giro innovador a este plato sin perder su sabor y preparación tradicional, con el objetivo de difundir y enriquecer el paladar de todas las personas que lo prueben.
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
Categoría 4° Cocina de innovación Onces Santafereñas
Esta categoría se centra en la creatividad y la reinterpretación de la tradicional Onces santafereñas de los Bogotanos, buscando innovación en su preparación.. Queremos encontrar aquellos restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que le den un giro innovador a las onces santafereñas sin perder su sabor y preparación tradicional, con el objetivo de difundir y enriquecer el paladar de todas las personas que lo prueben.
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
Categoría 5 ° Cocina de la gente -La empanada Bogotana.
Esta categoría busca que personas con conocimiento empírico en cocina exalten los sabores, tradiciones, costumbres y saberes ancestrales Bogotanos mediante la preparación de una empanada única y distintiva. Queremos reconocer a la ciudadanía que desde la tradición, las costumbres y el saber ancestral transmitido por generaciones, crean y disfrutan el arte de hacer una excelente empanada. Nuestro objetivo es fomentar la innovación para desarrollar una empanada que sea auténticamente Bogotana en sabor y estilo.
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguientes manera manera:
Verificación: La Dirección de Redes y Acción Colectiva verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes, videos y enlaces presentados permitan su acceso, visualización y lectura. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de preselección. Se llevará a cabo la notificación a cada establecimiento por cada categoría.
Preselección: Para preseleccionar a las iniciativas el comité técnico integrado por representantes de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de Turismo, el Instituto de la economía popular IPES, la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico y la Fundacion Gilberto Alzate Avendaño- FUGA, designará una terna de jurados idóneos y con experticia de acuerdo con unos perfiles establecidos para evaluar las iniciativas presentadas de acuerdo con los criterios de preselección establecidos en la invitación. Las iniciativas con un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos serán preseleccionadas y pasarán a la ronda de selección, en la cual deberán nuevamente participar con su plato seleccionado.
El acta de preselección será publicada en la parte superior de esta invitación. Las iniciativas preseleccionadas de la categoría 1, 2, 3 y 4 deberán participar con sus platos en el marco de la semana de la cultura ciudadana definida por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, evento en el cual los platos serán degustados por la ciudadanía general, que tendrán la opción de votar por el mejor platos y serán evaluados nuevamente por el jurado.
Para la categoría 5° Cocina de la gente - La empanada bogotana, se realizará una cocina en vivo en un centro gastronómico seleccionado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. En este evento, el jurado evaluará a los participantes de acuerdo con los criterios establecidos.
Selección: La presentación de los platos de cada categoría se llevará a cabo en el marco de la Semana de la Cultura Ciudadana. Durante esta semana, se elegirá la categoría 5 siguiendo los criterios de selección establecidos y considerando el porcentaje de participación de la ciudadanía. Desde el 28 de septiembre hasta el 24 de octubre, las categorías 1, 2, 3 y 4 serán evaluadas tanto en el marco de la Semana de la Cultura Ciudadana como en sus respectivos restaurantes y/o locales comerciales. En estos lugares, tanto la ciudadanía como los jurados designados evaluarán las iniciativas preseleccionadas de acuerdo con los criterios de selección establecidos en la invitación y el porcentaje obtenido por la votación ciudadana. Los platos postulados de estas categorías serán probados para determinar a los seleccionados y se les colocará un sello distintivo de Sabor Bogotá.
Las iniciativas que despues de la degustaciòn y puntuación de los jurados y, teniendo en cuenta la votación de la ciudadanía, alcancen un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos serán seleccionadas por orden de elegibilidad como ganadoras de cada categoría, conforme a los puestos descritos en la invitación.
Publicación de resultados: El acta de recomendación y la Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
Premiación: Se realizará una gala de premiación una vez sea público el acto administrativo, se hayan aceptado y legalizado los documentos, y se haya realizado el desembolso del incentivo. A cada ganador se le avisará con anticipación sobre su participación en la gala de premiación.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.
Los cocineros y las cocineras que se encuentren vinculados(as) a la Administración Distrital de Bogotá en el momento del proceso del concurso en cualquier modalidad de vinculación, excepto las personas que ejerzan actividades gastronómicas y estén vinculadas a las plazas distritales de mercado administradas por el IPES.
Los jurados que estén evaluando este concurso. Las personas que formen parte del jurado de esta convocatoria, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los ganadores deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.
Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo en los plazos establecidos.
Asumir los costos de legalización del incentivo, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados en calidad de premio, y sobre el cual se cargan los descuentos de impuestos legales.
Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Administración Distrital.
Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Dar los créditos a la Administración Pública en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen que se generen en torno al premio.
Participar en los días establecidos de la Semana de la Cultura Ciudadana.
Recibir el incentivo correspondiente en un único desembolso equivalente al 100% del valor del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el/a ganador, dependiendo de su calidad tributaria.
Gozar de las acciones de divulgación que la Administración Distrital realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto.
Gozar del reconocimiento por los derechos que se deriven de la difusión del plato.
Reconocimiento público en el marco de la Semana de la Cultura Ciudadana.
Reconocimiento y promoción por parte del Instituto Distrital de Turismo, como parte de la oferta gastronómica de la ciudad.
Los ganadores recibirán un Certificado de participación y reconocimiento con los ingredientes de la elaboración de su plato final ante los jurados.
Realizar los trámites correspondientes a la legalización del único desembolso equivalente al 100% del valor del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga como ganador, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
Publicar los resultados del concurso mediante acto administrativo en los tiempos establecidos en la plataforma destinada.
Confidencialidad de los datos personales de los participantes, utilizándolos únicamente para los fines establecidos en las bases del concurso.