El Instituto Distrital de las Artes -Idartes- Subdirección de las Artes, Gerencia de Danza y La Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología ESARTEC en el marco del Convenio de asociación No. 2005 - 2024 convocan a las propuestas emergentes y consolidadas del lenguaje del ballet, danza neoclásica y/o moderna, producto de procesos de formación de escuelas, con el propósito de fomentar el reconocimiento entre agentes, la visibilización de los procesos de creación y formación de dichas escuelas, fortaleciendo la circulación de estos lenguajes, a participar en esta invitación para hacer parte del VII Encuentro de escuelas de Ballet.
Categorías de participación
Las personas y compañías (incluidos sus integrantes) de la ciudad de Bogotá, podrán participar en una sola de las siguientes categorías:
Esta categoría está dirigida a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se enfocan en la formación de bailarines infantiles y juveniles y que cuentan con una larga trayectoria de más de seis (6) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas presentadas deben demostrar un alto nivel técnico y artístico, reflejando la experiencia acumulada en la formación de jóvenes talentos. Esta categoría busca reconocer a las instituciones que han sido pilares en la educación y promoción de la danza entre las nuevas generaciones.
Categoría 2: Compañías y Escuelas de Ballet grupos infantiles y juveniles con Mediana Trayectoria
Esta categoría está destinada a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se dedican a la formación de bailarines infantiles y juveniles y que tienen una trayectoria de hasta tres (3) años y hasta cinco (5) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben evidenciar un proceso formativo sólido y un potencial artístico en los estudiantes. Esta categoría busca apoyar y visibilizar a las instituciones emergentes que están construyendo su camino en la formación de jóvenes bailarines.
Categoría 3: Compañías y Escuelas de Ballet pre-profesionales y profesionales con Larga Trayectoria
Esta categoría está dirigida a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se enfocan en la formación de bailarines pre-profesionales y profesionales y que cuentan con una larga trayectoria de más de seis (6) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben demostrar un alto nivel técnico y artístico, reflejando la madurez y la experiencia de la compañía o escuela en la formación de bailarines avanzados. Esta categoría busca destacar a las instituciones que han jugado un papel clave en la educación y profesionalización de bailarines en Bogotá.
Categoría 4: Compañías y Escuelas de Ballet pre-profesionales y profesionales con Mediana Trayectoria.
Esta categoría está destinada a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se dedican a la formación de pre-profesionales y profesionales y que tienen una trayectoria de hasta tres (3) años y hasta cinco (5) años, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben mostrar un proceso formativo en crecimiento y el desarrollo técnico-artístico de los estudiantes. Esta categoría tiene como objetivo apoyar y visibilizar a las compañías y escuelas que, aunque más recientes, están haciendo aportes significativos al desarrollo de la danza en Bogotá.
Nota: Cada compañía o escuela determinará según su organización interna cuáles son sus grupos: infantiles, juveniles, pre-profesionales y profesionales.
El tiempo de presentación de las propuestas seleccionadas será de mínimo diez (10) minutos y máximo quince (15) minutos.
Antes de la inscripción tenga presente los siguientes aspectos:
El VII Encuentro de Ballet tendrá lugar el día 11 de noviembre de 2024 en el Teatro Jorge Eliecer Gaitán, ubicado en la Cra. 7 #22-47 de la Localidad de Santa Fé de Bogotá.
Cada compañía y/o escuela podrá hacer su propuesta con un máximo de 30 artistas.
La duración de la propuesta debe ser de mínimo 10 minutos y máximo 15 minutos.
Una vez seleccionadas las propuestas participantes, la Gerencia de Danza del Idartes y la Fundación ESARTEC se pondrán en contacto con los seleccionados para informar los detalles para la programación.
No se tendrán en cuenta las propuestas que se inscriban con información incompleta.
Únicamente se podrá inscribir una propuesta por compañía y/o escuela.
La propuesta puede estar compuesta por una o más piezas de ballet, danza neoclásica y/o moderna, que en total no excedan los 15 minutos de duración, Es importante aclarar que esta presentación debe ser continua, es decir, los 15 minutos deberán ser ininterrumpidos, sin dividir la propuesta en segmentos parciales. .
Se seleccionarán un número máximo de cinco (5) compañías y/o escuelas,
No podrán participar los ganadores de la Invitación Pública VI Encuentro de Escuelas de Ballet 2023, ni personas que tengan un contrato de prestación de servicios o funcionarios que hagan parte de la SCRD ni sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA).
Solo podrán participar escuelas de Bogotá.
Categoría 1: Compañías y Escuelas de Ballet grupos infantiles y juveniles con Larga Trayectoria
Esta categoría está dirigida a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se enfocan en la formación de bailarines infantiles y juveniles y que cuentan con una larga trayectoria de más de seis (6) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas presentadas deben demostrar un alto nivel técnico y artístico, reflejando la experiencia acumulada en la formación de jóvenes talentos. Esta categoría busca reconocer a las instituciones que han sido pilares en la educación y promoción de la danza entre las nuevas generaciones.
Categoría 2: Compañías y Escuelas de Ballet grupos infantiles y juveniles con Mediana Trayectoria
Esta categoría está destinada a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se dedican a la formación de bailarines infantiles y juveniles y que tienen una trayectoria de hasta tres (3) años y hasta cinco (5) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben evidenciar un proceso formativo sólido y un potencial artístico en los estudiantes. Esta categoría busca apoyar y visibilizar a las instituciones emergentes que están construyendo su camino en la formación de jóvenes bailarines.
Categoría 3: Compañías y Escuelas de Ballet pre-profesionales y profesionales con Larga Trayectoria
Esta categoría está dirigida a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se enfocan en la formación de bailarines pre-profesionales y profesionales y que cuentan con una larga trayectoria de más de seis (6) años en la enseñanza del ballet, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben demostrar un alto nivel técnico y artístico, reflejando la madurez y la experiencia de la compañía o escuela en la formación de bailarines avanzados. Esta categoría busca destacar a las instituciones que han jugado un papel clave en la educación y profesionalización de bailarines en Bogotá.
Categoría 4: Compañías y Escuelas de Ballet pre-profesionales y profesionales con Mediana Trayectoria.
Esta categoría está destinada a compañías y escuelas de ballet en Bogotá que se dedican a la formación de pre-profesionales y profesionales y que tienen una trayectoria de hasta tres (3) años y hasta cinco (5) años, la danza neoclásica y/o moderna. Las iniciativas deben mostrar un proceso formativo en crecimiento y el desarrollo técnico-artístico de los estudiantes. Esta categoría tiene como objetivo apoyar y visibilizar a las compañías y escuelas que, aunque más recientes, están haciendo aportes significativos al desarrollo de la danza en Bogotá.
Nota: Cada compañía o escuela determinará según su organización interna cuáles son sus grupos: infantiles, juveniles, pre-profesionales y profesionales.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
El participante fue ganador de la invitación pública VI Encuentro de Escuelas de Ballet 2023.
Recibir el 100% del reconocimiento monetario, el cual será entregado bajo las condiciones tributarias que apliquen a cada propuesta seleccionada, con posterioridad a la realización de la presentación y entrega del informe final y la documentación necesaria aprobada por la Gerencia de Danza del Idartes.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes. Convenio de asociación No. 2005 - 2024 suscrito con La Fundación Escuela Superior de Arte y Tecnología ESARTEC.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas .