Invitación Cultural Intervenciones artísticas barriales - Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025 - SCRD

JM
Artes plásticas y visuales, Artes audiovisuales, Artistas en espacio público
17-10-2024
Fecha de apertura
18-11-2024 5:00 PM
Fecha de cierre
21-11-2024
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
02-12-2024
Fecha publicación de seleccionados
09-12-2025
Fecha máxima de ejecución
Progreso
6% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Secretaría Distrital de Cultura. Recreación y Deporte - SCRD en el marco de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá, que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre de 2025 en la capital del país y con el fin de promover la creación artística colaborativa y el empoderamiento de las comunidades a través del arte, busca iniciativas que involucren la participación activa de la comunidad en todas las fases del proceso creativo, desde la conceptualización hasta la ejecución.

El arte comunitario es una forma de creación artística en la que la comunidad juega un papel central en el proceso de producción, desarrollo y ejecución de una obra, en la que artistas y las personas que habitan un territorio trabajan juntos, con el objetivo de abordar problemáticas, intereses o identidades compartidas. De esta manera, los miembros de la comunidad no son simplemente espectadores, sino co-creadores  contribuyendo a que estos proyectos tengan  un impacto en el territorio y sus habitantes, generando cohesión social, revitalización de espacios públicos, así como fortalecer los lazos comunitarios y fomentar la participación ciudadana.

Por esta razón, se invita a participar a artistas de manera individual o agrupaciones que tengan experiencia en trabajar de manera colaborativa con comunidades. Las obras buscan generar una reflexión sobre Bogotá y el tema de los proyectos debe estar alineado con los intereses y necesidades de la comunidad con la que se trabajará. Puede abordar temáticas como identidad del territorio, memoria, sostenibilidad, inclusión social, derechos humanos, paisajes urbanos, naturaleza, historia de la ciudad, multiculturalidad, entre otros.

Para efectos de esta invitación, los participantes pueden tomar como referencia las siguientes expresiones,, entre otras:

  • Intervenciones murales: creación de murales colectivos que reflejan la identidad, historia y valores de la comunidad.

  • Intervenciones pictóricas de carácter colaborativo: propuesta pictórica de gran formato donde los miembros de la comunidad participan pintando diferentes secciones o elementos de una misma pieza, en un espacio de carácter público ya sea interior o exterior.

  • Instalaciones artísticas: Instalaciones que transforman espacios comunitarios, con contribuciones de los residentes en el concepto, materiales o construcción.

  • Creación colectiva de mosaicos: Creación de mosaicos para plazas, paredes, bancas o espacios públicos, donde los participantes colaboran aportando piezas o trabajando en el diseño.

  • Intervención fotográfica participativa: Intervención fotográfica realizada a través de talleres de fotografía donde los miembros de la comunidad documentan su entorno y su vida cotidiana, para luego exhibir sus imágenes en espacios de uso público. 

  • Intervenciones artísticas a partir del reciclaje: creación de obras de arte a partir de materiales reciclados recolectados por la comunidad, promoviendo la sostenibilidad y el compromiso colectivo.

  • Intervenciones en entornos naturales: Intervenciones en entornos naturales abiertos como parques, usando elementos del entorno natural para crear obras.

  • Intervenciones urbanas: Intervenciones que alteran creativamente la apariencia de un espacio público a través de cambios visuales que involucran a la comunidad.


Los(as) ganadores durante el primer semestre del 2025 deberán realizar indagaciones, sesiones, espacios de intercambio  que permitan la construcción del trabajo colaborativo entre los(as) artistas y la comunidad, y de esta manera realizar la producción de la obra durante la Bienal. De acuerdo con lo anterior, deberán contar con la disponibilidad establecida por el equipo a cargo de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá para el proceso de producción entre septiembre y noviembre del 2025.


Ten en cuenta que en caso de proponer la intervención de infraestructuras o espacios sean públicos o privados se deberá evidenciar en la iniciativa las gestiones relacionadas con el trámite  de permisos, autorización de uso o cartas de intención de los lugares o muros que serán usados.

Incentivos


  • Cinco (5) Incentivos por un valor de treinta millones de pesos ($30.000.000) m/c

¿Quién puede participar?

Persona Natural

Personas naturales colombianos o extranjeros residentes en Colombia, mayores de dieciocho (18) años que acrediten trayectoria en la realización de mínimo dos (2) proyectos o procesos artísticos o culturales con comunidades.

Agrupación

Agrupaciones conformadas por mínimo (2) personas colombianas o extranjeras residentes en Colombia, mayores de dieciocho (18) años que acrediten trayectoria en la realización de mínimo dos (2) proyectos o procesos artísticos o culturales con comunidades. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, la misma podrá acreditarse con la sumatoria de la trayectoria de sus integrantes. 

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad de la persona natural y de cada uno de los miembros de la agrupación, incluido su representante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. Cédula de Extranjería de Residente Vigente: En el caso de extranjeros, se debe presentar una copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. Cédula de Extranjería Temporal: En caso de no contar con la cédula de extranjería de residente vigente, se deberá presentar una cédula de extranjería temporal que acredite una permanencia continua mínima de cinco (5) años en el país a la fecha de cierre de inscripciones en la invitación cultural. Extranjeros Nacionales Venezolanos: Para los extranjeros nacionales venezolanos, se requiere el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Además, deberán presentar el pasaporte o documento de identidad de su país para confirmar su calidad de nacional venezolano
Documentos técnicos

Soportes de la trayectoria de acuerdo con el perfil.

Adjunte en un solo archivo PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo al perfil del participante, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario o actas de liquidación. En cualquier caso los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (persona natural, integrantes de la agrupación) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. Ten en cuenta que en caso de presentar links, estos deberán ser de acceso libre y no tener contraseña.

Portafolio del artista

Presenta el portafolio del artista o de la agrupación participante, en el que se relacione el nombre de la obra, ubicación y realización de la misma.

Formulario de la iniciativa

Diligencia y presenta el formulario de la iniciativa en el formato adjunto. Descargar plantilla aquí

Criterios de selección


  • Solidez conceptual de la iniciativa, coherencia en todos los componentes, objetivos, cronograma, presupuesto, recursos innovadores y actividades.
    puntaje máximo: 40
  • Impacto social y cultural del desarrollo de la obra de acuerdo con las metodologías y estrategias planteadas para propiciar la participación de la comunidad en el proceso creativo y la apropiación social en el territorio en el cual se realiza.
    puntaje máximo: 35
  • Viabilidad técnica y logística de la producción de la obra durante la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025
    puntaje máximo: 25

Proceso de selección

Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes o enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y, posteriormente publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de evaluación por parte del comite. 


Evaluación: El comité curatorial de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá 2025 será encargado de calificar y seleccionar los(as) participantes ganadores(as) de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en la invitación. 


Selección: El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas habilitadas, en caso que los jurados lo consideren pertinente podrán citar a algunos participantes para que amplíen lo propuesto a través de una entrevista. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un acta de recomendación de ganadores. 


El puntaje mínimo para que una iniciativa sea seleccionada es de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de solidez conceptual. De persistir el empate se acudirá al criterio impacto social. 


Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité de evaluación mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación. 


Publicación de resultados: la Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).


Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.

  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.

  • El participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados 

  • El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.

  • El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos de los seleccionados

  • Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los ganadores deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.

  • Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo  en los plazos establecidos.

  • Asumir los costos de legalización, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados a través del incentivo, y sobre el cual se cargan los descuentos de impuestos legales.

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados y las que formule la SCRD, para lo cual la ganadora o ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.

  • Entregar el cronograma de la ejecución de la iniciativa a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganadora o ganador con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas. 

  • Asistir a todas las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la SCRD.

  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la invitación cultural.

  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

  • Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la SCRD.

  • Contar con la aprobación de uso de imagen de la SCRD, en cualquier pieza de divulgación gráfica o audiovisual.

  • Presentar un informe final con soportes de la implementación como anexos: planillas de asistencia, fotografías, material publicitario desarrollado y aprobado.

  • Dar los créditos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen que se generen.

  • Participar en las estrategias de socialización definidas por la SCRD.

  • Contar con los derechos de autor de los contenidos y de todos y cada uno de los insumos utilizados en el desarrollo de la iniciativa.

  • Contar con los permisos para el uso del espacio público, intervención de muros públicos o privados según se requiera. 

  • Contar con certificado(s) de afiliación a la ARL riesgo 5, si la iniciativa requiere trabajo en altura del artista y de cada uno de las y los artistas que conforman la agrupación.

  • Garantizar la práctica responsable y segura de las actividades relacionadas con las intervenciones artísticas urbanas, cumpliendo con las normas de seguridad y haciendo uso de los elementos de protección personal necesarios para el adecuado desarrollo de este tipo de trabajos (ej. mascarilla-respirador, protección visual y lo requerido para un correcto trabajo en alturas, entre otros.

  • Concertar con la SCRD el uso del material desarrollado en la iniciativa con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Dicha autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

  • Trabajar de manera respetuosa y colaborativa con la comunidad que se escoja.

  • Participar en la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre del 2025,

  • Realizar la producción de la obra bajo los parámetros y tiempos establecidos por el equipo de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre del 2025

  • Desarrollar las actividades propuestas en el cronograma y durante el tiempo establecido por la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá que se llevará a cabo entre septiembre y noviembre del 2025 .  

Beneficios

El o la ganadora  tendrá el beneficio de:


  • Un primer desembolso equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del incentivo económico, una vez notificada la resolución que lo otorga, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.


  • Un segundo y último desembolso equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del incentivo económico, previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.


Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria. 

Compromisos de la entidad

  • Entregar el incentivo económico a la iniciativa seleccionada, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD

  • En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.