Banco local de artes escénicas para la ciudad - SCRD

JM
Arte dramático, Danza, Música, Artistas en espacio público
23-10-2024
Fecha de apertura
12-11-2024 5:00 PM
Fecha de cierre
15-11-2024
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
18-11-2024 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
25-11-2024
Fecha publicación de seleccionados
Progreso
100%

Descripción

La Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, con el fin de dar cumplimiento al objetivo distrital de "Bogotá confía en su bienestar" promueve estrategias de fomento para potenciar oportunidades que dinamicen el desarrollo cultural en el ámbito local. Con este propósito, invita artistas del teatro, la música, la danza, el circo, la magia, impro, comparsas, títeres o marionetas y salas de teatro, a participar en la consolidación de un banco para las artes escénicas, con el fin de identificar los distintos talentos y espacios, de esta manera incentivar la circulación de estas expresiones en eventos o escenarios organizados por la SCRD a nivel distrital o local.

Los participantes deberán escoger solo (1) una de las siguientes categorías de acuerdo con la localidad y énfasis artístico por el cual se presentan:

  1. Artistas escénicos de la localidad de Candelaria con experiencia en presentación o conducción de eventos dirigidos a través de un personaje dirigido a público infantil o familiar. 

  2. Artistas de Candelaria o Santa Fe que cuenten con puestas en escena de teatro, títeres, marionetas, clown, impro, magia, música, danza o circo que estén dirigidas a público infantil o familiar, que tengan una duración entre mínimo (30) minutos y máximo cuarenta y cinco (45) minutos;  la puesta en escena deberá contar en total con seis (6) artistas. En el caso de que la puesta en escena sea de circo, estas deberán ser acciones realizadas en piso, no se aceptan propuestas artísticas con actos aéreos.

  3. Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) y vallenatos  que pertenezcan a cualquier localidad y que cuenten con un repertorio de interpretación en promedio de cuarenta y cinco (45) minutos dirigido a público familiar.

  4. Comparsas y grupos de percusión o batucadas que pertenezcan a cualquier localidad que deberán contar con mínimo veinte (20) personas en escena y las presentaciones debe tener una duración mínima cuarenta y cinco (45) minutos.

  5. Artistas de teatro que pertenezcan a cualquier localidad que presenten obras que puedan ser desarrolladas en calle o espacios no convencionales y que tengan la capacidad de interacción con el público a través de la improvisación. 

  6. Salas de teatro de la localidad de la Candelaria con un aforo mínimo de cien (100) personas. Los espacios deben tener una infraestructura que cuente las condiciones técnicas y logísticas para la circulación de obras y acoger espectadores.

Tenga presente que la persona natural debe residir en una de las localidades priorizadas, asimismo para persona jurídica, su domicilio principal o alguna de sus sedes debe ser en una de las localidades priorizadas y para el caso de agrupaciones estas deberán estar conformadas por artistas que residan o desarrollen actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en una de las localidades priorizadas. Lo anterior aplica para todas las categorías. 

Para la selección, la entidad establecerá una lista de elegibles de cada una de las categorías, que serán programadas de acuerdo con la localidad por la cual se presentan y el orden de elegibilidad conforme al puntaje otorgado por el comité de selección. 

Es importante recordar que el puntaje obtenido no garantiza la programación de los artistas, sea persona natural, agrupación o persona jurídica en alguno de los eventos o escenarios durante el 2024.

¿Quién puede participar?

Persona Natural

Artistas escénicos(as) de la localidad de Candelaria

Personas naturales mayores de dieciocho (18) años que residan o desarrollen actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en la localidad de la Candelaria y que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) presentaciones o conducción de eventos. 

Agrupación

Artistas de Candelaria o Santa Fe

Agrupaciones conformadas por mínimo seis (6) integrantes, que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones de teatro, títeres, marionetas, magia, clown, música,impro danza o circo. Todos los integrantes de la agrupación deberán residir o desarrollar actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en la localidad de Santa Fe o Candelaria.

Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) y vallenatos

Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones. Todos los integrantes de la agrupación deberán residir o desarrollar actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en la localidad por la cual se presenta.

Comparsas y grupos de percusión o batucadas 

Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, quienes serán los responsables ante la entidad. La agrupación debe acreditar trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones y contar con mínimo veinte (20) artistas en escena. Todos los integrantes de la agrupación deberán residir o desarrollar actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en la localidad por la cual se presenta. 

Artistas de teatro

Agrupaciones conformadas por mínimo seis (6) integrantes, que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones de teatro. Todos los integrantes de la agrupación deberán residir o desarrollar actividades económicas, artísticas, culturales o de estudios en la localidad por la cual se presenta.

Persona Jurídica

Artistas de Candelaria o Santa Fe

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones de teatro, títeres, marionetas, magia, clown o impro. El domicilio principal de la persona jurídica o alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad de Candelaria o Santa Fe.

Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) y vallenatos

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones. El domicilio principal de la persona jurídica o  alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta.

Comparsas y grupos de percusión o batucadas 

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones y contar con mínimo veinte (20) artistas en la puesta en escena. El domicilio principal de la persona jurídica o  alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta..

Artistas de teatro

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria en la realización o participación de mínimo tres (3) puestas en escena o presentaciones de teatro. El domicilio principal de la persona jurídica o  alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta.

Salas de teatro

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que cuenten con una sala de teatro ubicada en la localidad de la Candelaria con un aforo mínimo de cien (100) personas y que hayan realizado programación durante los años 2024 y 2025. 
 

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • ¿Cuál es la localidad por la cual participa?
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • ¿Cuál es la categoría a la que se presenta?
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Describa brevemente la trayectoria artística del participante de acuerdo con la categoría por la cual se presenta, haciendo énfasis en las actividades realizadas en la localidad.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿Cuál es el nombre del personaje, la puesta en escena o la sala de teatro?
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿Cuántos artistas hacen parte de la puesta en escena? Si se presentó a las categorías artistas escénicos(as) o salas de teatro, coloque No aplica
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Realice una corta reseña del personaje o de la puesta en escena. Si se presentó a la categoría salas de teatro, coloque No aplica
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿Cuánto dura la puesta en escena? Si se presentó a las categorías artistas escénicos(as) o salas de teatro, coloque No aplica
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Realice una breve Sinopsis de la obra. Si se presentó a las categorías artistas escénicos(as), Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) o vallenatos o salas de teatro, coloque No aplica.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Relacione la página web o redes sociales de la persona natural, agrupación o persona jurídica.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
Categoría 3. Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) o vallenatos

  • ¿Cuál es el género musical?
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
Categoría 6. Salas de teatro

  • ¿Cuál es el aforo de la sala?
    • Tipo de pregunta: Campo abierto

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Documento de identidad de la persona natural, representante de la persona jurídica y cada uno de los integrantes de la agrupación

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. Cédula de Extranjería de Residente Vigente: En el caso de extranjeros, se debe presentar una copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. Cédula de Extranjería Temporal: En caso de no contar con la cédula de extranjería de residente vigente, se deberá presentar una cédula de extranjería temporal que acredite una permanencia continua mínima de cinco (5) años en el país a la fecha de cierre de inscripciones en la invitación cultural. Extranjeros Nacionales Venezolanos: Para los extranjeros nacionales venezolanos, se requiere el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Además, deberán presentar el pasaporte o documento de identidad de su país para confirmar su calidad de nacional venezolano.

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica

Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la iniciativa y un año más.

Certificado de residencia o declaración juramentada de la persona natural

Certificado de residencia en la localidad por la cual se presenta, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web:https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia o Actividad Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto en esta invitación cultural. Descargar plantilla aquí

Certificado de residencia o declaración juramentada de cada miembro de la agrupacion, incluido su representante:

Certificado de residencia en la localidad por la cual se presenta, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web:https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia o Actividad Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto en esta invitación cultural. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Todas las categorias

Soportes de trayectoria de acuerdo con la categoría por la que se presenta.

Cargue en un solo documento en formato PDF los soportes que acrediten la realización de proyectos o actividades culturales, artísticas, patrimoniales de acuerdo con la categoría y el tipo de participante por el cual se presenta, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (persona natural, persona jurídica o agrupación) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. Para el caso de las salas de teatro deberán adjuntar soportes de la programación del contenido artístico y eventos realizados durante el 2023 y 2024.

Fotografías del artista, la puesta en escena o de la sala de teatro

Adjunte mínimo dos (2) fotografías en un solo archivo en formato PDF de buena calidad del artista escénico o en las que se evidencie la puesta en escena o la sala de teatro, de acuerdo con la categoría por la cual participa.

Video de la puesta en escena o de la sala de teatro

Adjunte el o los enlace(s) de video(s) de acuerdo con la categoria por la cual participa con las siguientes características: Puestas en escena de teatro, títeres, marionetas, magia, clown, danza o circo, video en el que se evidencie la realización de la presentación con una duración mínima de 10 minutos. Se seleccionarán sólo presentaciones que estén listas para la circulación. Puestas en escena musicales, video(s) en el que se evidencie la realización de mínimo tres (3) interpretaciones de su repertorio. Interpretación del o la artista escénico(a) de mínimo dos (2) minutos y máxima de cuatro (4) minutos caracterizando un personaje dirigido para público infantil o familiar. Salas de teatro, video de minimo tres (3) minutos y máxima de 5 minutos en el que se evidencie el espacio, condiciones, características y aforo de la sala. Tenga en cuenta que el o los video(s) debe estar almacenado en un portal de internet como YouTube o Vimeo, publicado con acceso público (sin contraseña), con el propósito de que la SCRD y el comité de la invitación cultural lo puedan abrir y visualizar en la etapa de verificación, evaluación y selección de lista de elegibles. Si el video no permite su reproducción durante estas fases de la convocatoria, la iniciativa quedará en estado no habilitada.

Rider o descripción técnica

Realice y adjunte un documento en formato PDF de acuerdo con la categoría por la cual participa con la siguientes características: Puestas en escena o presentaciones en la que se especifique lo más ajustado posible las necesidades técnicas para la realización de la misma, que incluya, espacio de tarima mínimo requerido, sonido, iluminación u otros. Las salas de teatro deben adjuntar ficha con el detalle de las características técnicas, que incluya tamaño del escenario, iluminación, sonido, aforo y accesos.
Documentos técnicos Categoría 6. Salas de teatro

Programación salas de teatro

Adjunte en un documento en PDF, la relación de la programación del contenido artístico y eventos realizados durante el 2023 y 2024, la cual deberá especificar fecha de realización, tipo de público al que fue dirigida la actividad y número de asistentes.

Criterios de selección


Categoría 1. Artistas escénicos de la localidad de Candelaria
  • Calidad técnica y ejecución artística: Se evaluará la puesta en escena o presentación teniendo en cuenta aspectos de destreza interpretativa, capacidad de expresión y calidad artística de la iniciativa de acuerdo con la categoría a la cual se presentó
    puntaje máximo: 40
  • Trayectoria en la localidad: Se evaluará la trayectoria, arraigo y la participación que haya tenido el artista, la agrupación o la organización en la localidad por la cual se presenta
    puntaje máximo: 25
  • Montaje a nivel visual y estético: Se evaluará la calidad visual del personaje o la puesta en escena, con elementos como el maquillaje, vestuario o utilería, por ejemplo.
    puntaje máximo: 20
  • Pertinencia del contenido artístico: Se evaluará si el personaje o contenido es adecuado para el público objetivo.
    puntaje máximo: 15
Categoría 2. Artistas de Candelaria o Santa Fe
  • Calidad técnica y ejecución artística: Se evaluará la puesta en escena o presentación teniendo en cuenta aspectos de destreza interpretativa, capacidad de expresión y calidad artística de la iniciativa de acuerdo con la categoría a la cual se presentó
    puntaje máximo: 40
  • Trayectoria en la localidad: Se evaluará la trayectoria, arraigo y la participación que haya tenido el artista, la agrupación o la organización en la localidad por la cual se presenta
    puntaje máximo: 25
  • Montaje a nivel visual y estético: Se evaluará la calidad visual del personaje o la puesta en escena, con elementos como el maquillaje, vestuario o utilería, por ejemplo.
    puntaje máximo: 20
  • Pertinencia del contenido artístico: Se evaluará si el personaje o contenido es adecuado para el público objetivo.
    puntaje máximo: 15
Categoría 3. Grupos musicales de mariachis, papayeras, grupos tradicionales de música popular o colombiana (tríos) o vallenatos
  • Calidad técnica y ejecución artística: Se evaluará la puesta en escena o presentación teniendo en cuenta aspectos de destreza interpretativa, capacidad de expresión y calidad artística de la iniciativa de acuerdo con la categoría a la cual se presentó
    puntaje máximo: 40
  • Trayectoria en la localidad: Se evaluará la trayectoria, arraigo y la participación que haya tenido el artista, la agrupación o la organización en la localidad por la cual se presenta
    puntaje máximo: 25
  • Montaje a nivel visual y estético: Se evaluará la calidad visual del personaje o la puesta en escena, con elementos como el maquillaje, vestuario o utilería, por ejemplo.
    puntaje máximo: 20
  • Pertinencia del contenido artístico: Se evaluará si el personaje o contenido es adecuado para el público objetivo.
    puntaje máximo: 15
Categoría 4. Comparsas, grupos de percusión o batucadas
  • Calidad técnica y ejecución artística: Se evaluará la puesta en escena o presentación teniendo en cuenta aspectos de destreza interpretativa, capacidad de expresión y calidad artística de la iniciativa de acuerdo con la categoría a la cual se presentó
    puntaje máximo: 40
  • Trayectoria en la localidad: Se evaluará la trayectoria, arraigo y la participación que haya tenido el artista, la agrupación o la organización en la localidad por la cual se presenta
    puntaje máximo: 25
  • Montaje a nivel visual y estético: Se evaluará la calidad visual del personaje o la puesta en escena, con elementos como el maquillaje, vestuario o utilería, por ejemplo.
    puntaje máximo: 20
  • Pertinencia del contenido artístico: Se evaluará si el personaje o contenido es adecuado para el público objetivo.
    puntaje máximo: 15
Categoría 5. Artistas de teatro
  • Calidad técnica y ejecución artística: Se evaluará la puesta en escena o presentación teniendo en cuenta aspectos de destreza interpretativa, capacidad de expresión y calidad artística de la iniciativa de acuerdo con la categoría a la cual se presentó
    puntaje máximo: 40
  • Trayectoria en la localidad: Se evaluará la trayectoria, arraigo y la participación que haya tenido el artista, la agrupación o la organización en la localidad por la cual se presenta
    puntaje máximo: 25
  • Montaje a nivel visual y estético: Se evaluará la calidad visual del personaje o la puesta en escena, con elementos como el maquillaje, vestuario o utilería, por ejemplo.
    puntaje máximo: 20
  • Pertinencia del contenido artístico: Se evaluará si el personaje o contenido es adecuado para el público objetivo.
    puntaje máximo: 15
Categoría 6. Salas de teatro
  • Aspectos técnicos: Se evaluarán las características técnicas de la sala de teatro teniendo en cuenta el aforo, condiciones técnicas que permitan la circulación de diferentes puestas en escena y el alcance de un gran público.
    puntaje máximo: 40
  • Impacto: Se evaluará la diversidad de la programación y alcance logrado por la sala de teatro durante los años 2023 y 2024
    puntaje máximo: 35
  • Trayectoria: Se evaluará la trayectoria de la sala de teatro en la localidad.
    puntaje máximo: 25

Proceso de selección

Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes o enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y, posteriormente, publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar, en esta página. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar los documentos administrativos. Posterior a la subsanación, la SCRD publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página


Evaluación y conformación de la lista de elegibles: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte delegara un comité de selección conformado por un número impar  de profesionales idóneos, el cual será encargado de valorar los participantes de acuerdo con cada categoría. Este ejercicio se llevará a cabo teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en la invitación. El puntaje mínimo para hacer parte de la lista de elegibles es de setenta (70) puntos. 


El resultado del proceso de evaluación quedará consignado en un acta. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité evaluador y procederá con la publicación de la lista de elegibles. 


Publicación de acta de evaluación con la lista de elegibles: el acta de evaluación con la lista de elegibles, se publicará en la parte superior del micrositio web de esta invitación.


Nota 1: Tenga presente que la programación se realizará de acuerdo con la categoría y localidad por la cual se presentó y teniendo en cuenta el orden de elegibilidad y que conformar la lista de elegibles en la presente invitación no garantiza un espacio de participación en eventos o escenarios, durante el año 2024.


Nota 2: En caso que la SCRD programe alguna de las iniciativas de la lista de elegibles, la entidad establecerá el mecanismo jurídico que corresponda, para la entrega del incentivo económico. 

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.

  • Si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma categoría, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.

  • El participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados.

  • El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.

  • El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos de los seleccionados

  • Una vez comunicada la programación para participar en algunos de los eventos o escenarios que se hará mediante correo electrónico, se espera que manifiesten expresamente su aceptación o no aceptación del incentivo enviando la respuesta a correspondencia.externa@scrd.gov.co.

  • Otorgar los créditos debidos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación relacionadas con la iniciativa ganadora, así como en las piezas comunicativas generadas al respecto. 

  • Presentar la documentación legal requerida.

  • Tener disponibilidad para la(s) funciones requeridas en el día dispuesto.

  • Cumplir con la(s) presentación(es) del espectáculo o función.

  • Presentarse con la suficiente antelación a los espectáculos.

  • Entregar los formatos solicitados por la SCRD cuando el o los artistas sean programados para hacer parte de un evento o escenario.

  • Autorizar el uso de la información e imágenes para la construcción y circulación del directorio cultural y creativo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

  • Eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de autor, asumiendo la responsabilidad por todas las conductas en las que puedan incurrir y respondiendo a cualquier reclamación que pueda surgir, con ocasión a su emprendimiento

  • Cumplir con las instrucciones, asignaciones, horarios, lineamientos técnicos y logísticos para el correcto desarrollo de la participación de acuerdo al evento o escenario al cual sea programado.

Beneficios

Priorización para poder participar en eventos o escenarios de la ciudad de Bogotá  organizados por la SCRD o en alianza con otras instituciones. 

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 


2. Gestionar los desembolsos de los incentivos económicos, de acuerdo con el mecanismo jurídico correspondiente.