En el marco de la 9º Muestra Afro, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, por medio de la Cinemateca de Bogotá, en el marco del convenio de asociación con la Fundación Algo en Común, ofrecen el Taller de Formulación de Proyectos de creación audiovisual 9° Muestra Afro 2024 El taller está diseñado para guiar a personas interesadas en la producción audiovisual, en la formulación efectiva de sus proyectos.
Las personas participantes aprenderán a identificar oportunidades, trazar rutas de gestión y fortalecer las competencias necesarias para aumentar las probabilidades de que su proyecto sea seleccionado en un fondo de financiación.
Fecha de inicio: 28 de noviembre de 2024
Fecha de finalización: 30 de noviembre de 2024
Modalidad: virtual.
Horario entre semana: 5:00 - 7:30 pm
Horario sábado: 9:00 am - 12:00 m
Duración : El Taller tiene una duración total de ocho (8) horas, distribuidas en tres (3) sesiones de dos (2) horas y media cada una.
El proceso de formación es completamente gratuito.
Desde un reconocimiento profundo de cada proyecto, se busca fortalecer habilidades prácticas en la redacción y presentación de proyectos que incluyan componentes narrativos, presupuestarios y de impacto social y cultural, que permitan a las personas participantes mejorar la calidad de sus iniciativas.
Así mismo, se realizarán ejercicios encaminados a fortalecer la comprensión y aplicación de estrategias de gestión de proyectos culturales que optimicen los recursos disponibles y mejoren las posibilidades de financiamiento. Para esto, se darán puntos clave de adaptación de las iniciativas a las exigencias de las convocatorias y fondos internacionales.
Temario:
Introducción gestión de proyectos culturales
¿Qué mueve al proyecto?
Proceso de gestión, financiación y producción
Bases de la carpeta de proyecto
Sinopsis, logline y argumento
Cronograma
Presupuesto y plan de financiación
Revisión de presupuesto y plan de financiación
Materiales de venta (onepager, deck)
Mapeo de oportunidades
Revisión de estrategia y materiales de venta
Nota aclaratoria: El Taller de Formulación de Proyectos de creación audiovisual 9° Muestra Afro 2024 otorgará la mitad de los cupos para residentes en Bogotá D.C.
Este taller se realiza en alianza con la Residencia de Guion ‘Desde la Raíz’ de la Fundación Algo en Común, programa que desde 2022 ha fortalecido la participación de guionistas y relatos de poblaciones étnicas en la cinematografía a nivel nacional e internacional. Desde este espacio se ha promovido la creación de largometrajes de ficción afirmativos, diversos y coherentes con los intereses de las comunidades, su memoria y territorio, desde enfoques de interseccionalidad y género, que promueven cambios positivos en las narrativas étnicas.
Perfiles de los talleristas:
Andrés Felipe Muñoz
Productor, estratega y consultor para los sectores creativo y digital. Con más de 16 años de experiencia liderando equipos y procesos para la investigación, diseño y desarrollo de contenidos audiovisuales, productos digitales y estrategias para el sector cultural.
Director ejecutivo y cofundador de la Fundación Algo en Común, donde en 11 años se han impulsado y conectado más de 200 proyectos audiovisuales de 12 países de Iberoamérica. Cuenta con amplia experiencia ideando metodologías para el desarrollo de historias y para resolver retos creativos en ambientes de colaboración.
Juliana Santana Oviedo
Cineasta y comunicadora digital de la Universidad Autónoma de Occidente. Cofundadora y coordinadora de proyectos socioculturales del colectivo Laboratorio Rizoma de la ciudad de Palmira, Valle del Cauca. Creadora de contenidos y miembro del colectivo de Tercer Cine, plataforma creativa que trabaja por la promoción, difusión y crítica de cine colombiano.
Con más de cinco años de experiencia en investigación y escritura de productos audiovisuales, así como en la creación y gestión de proyectos culturales, artísticos, comunitarios y sociales. Desde el 2022 trabaja en las áreas de contenidos , desarrollo y monitoreo de la Fundación Algo en Común.
Contacto: cinematecarodante@idartes.gov.co, ana.prado@idartes.gov.co
Socialización de la invitación cultural:
Con el fin de resolver inquietudes sobre la invitación cultural, le invitamos a participar en una sesión el día 7 de noviembre a las 6:00 p.m. en el siguiente enlace: https://meet.google.com/eif-gnaw-bwq
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, personas autorreconocidas como pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras que cuenten con un proyecto cultural en etapa de desarrollo, con enfoque audiovisual.
Documentos administrativos a presentar:
Documentos de Identidad:
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente.
Ciudadanos Venezolanos:
PPT (Permiso para Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Información sobre el proyecto a presentar (Esta debe diligenciarse en el formulario):
Motivación, que permita conocer el interés de hacer parte del Taller de Formulación de Proyectos de creación audiovisual 9° Muestra Afro 2024.
Perfil del participante, que evidencie experiencia como gestor cultural enfocado en el sector audiovisual.
Información de la idea de proyecto cultural con enfoque audiovisual.
Descripción del proyecto.
Público objetivo del proyecto.
Impacto que el proyecto pretende tener en su comunidad.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello. Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: El Idartes conformará un comité de selección integrado por tres (3) personas del equipo de la Cinemateca de Bogotá–Gerencia de Artes Audiovisuales del Idartes y La Fundación Algo en Común. Este comité estará encargado de evaluar, deliberar y seleccionar las iniciativas ganadoras. Los resultados de la evaluación serán consignados en el acta de recomendación de ganadores. Finalmente, el Idartes analizará el acta de recomendación del comité evaluador y podrá acoger la misma mediante el respectivo acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Publicación de resultados: el acta de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Una vez se publiquen los resultados, la Cinemateca de Bogotá del Idartes se contactará con los participantes seleccionados, quienes deberán responder al correo electrónico cinematecarodante@idartes.gov.co, ana.prado@idartes.gov.co y manifestar si aceptan o no la entrega del incentivo otorgado. El plazo para responder este correo es de dos (2) días hábiles.
2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
4. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo económico.
5. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo ana.prado@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
6. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
Participar en la Invitación Cultural Taller de Formulación de Proyectos de creación audiovisual, que se llevará a cabo entre el 25 y el 27 de noviembre de 2024.
La Cinemateca de Bogotá del Idartes, en el marco del convenio de asociación con la Fundación Algo en Común se comprometen a:
Diseñar la metodología del Taller de Formulación de Proyectos de creación audiovisual 9° Muestra Afro 2024, asegurando la participación de personas expertas y talleristas en las sesiones propuestas.
Facilitar los espacios y los equipos técnicos requeridos para el desarrollo de todas las sesiones del Taller.
Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.
Incumplimientos:
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados implica un incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.
Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.