El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, invita a bailarinas y bailarines de Bogotá, profesionales y no profesionales de los diversos lenguajes de la danza (urbanos, tradicionales, contemporáneos, clásicos, populares, entre otros), a participar de los laboratorios de co-creación artística en danza.
Estos laboratorios serán espacios de experimentación que permitan a los artistas de la danza profundizar en inquietudes creativas que han sido expresadas por el sector de la danza en diferentes escenarios y que se hacen indispensables para el desarrollo y crecimiento de la danza. Las personas seleccionadas podrán hacer parte del laboratorio en el cual se inscriban, que será mediado y liderado por una dupla de artistas laboratoristas, expertos. El proceso contará también con recursos en especie para el desarrollo del proceso de experimentación, materialización y circulación del resultado del laboratorio que podrá ser de tipo experiencial, textual, audiovisual, de puesta en escena, entre otros, según la naturaleza y necesidades de cada proceso. Así mismo, el Idartes se hará cargo de la gestión de los espacios para el desarrollo de cada uno de los laboratorios.
Cada laboratorio tendrá un cupo de máximo 20 personas, quienes pueden estar dentro de los siguientes perfiles:
Artistas de danza con educación formal profesional o no, con un mínimo de dos años de experiencia en el campo de la danza ya sea en interpretación, formación, creación, dirección o afines.
Artistas de otras disciplinas artísticas con experiencia en danza de al menos dos años.
Profesionales o expertos de otras áreas del conocimiento que puedan aportar al proceso de co-creación de cada laboratorio según las temáticas específicas y tengan el interés.
Las personas bailarinas que desean postularse pueden tener su experiencia en al menos uno de los lenguajes de la danza. A continuación, se muestran ejemplos:
EJEMPLOS DE LENGUAJES DE LA DANZA:
Tradicional
Flamenco
Contemporánea
Jazz
Tap
Urbano
Breaking
K-pop
Latina
Tango
Danza Inclusiva
Vogue
Butoh
Otros
NOTA: La duración del proceso de cada laboratorio para el año 2025 será de 6 meses, con un mínimo de dos encuentros semanales, por lo que se recomienda a las y los interesados analizar la disponibilidad de tiempo para poder comprometerse con el desarrollo total del proceso en la presente vigencia entre los meses de mayo a noviembre. De manera adicional, se propone que los artistas seleccionados en el año 2025 y que cumplan con un mínimo del 70% de participación en el proceso, tengan prioridad en la continuidad de los laboratorios en los próximos años (2026 y 2027).
CATEGORÍAS DE ARTEFACTUM Laboratorios artísticos de co-creación - DANZA 2025
Esta invitación tiene cinco categorías, que corresponden a cada una a los cinco laboratorios que se proponen para dar inicio en el año 2025, los cuales son los siguientes:
CATEGORÍA 1. Laboratorio de diseño de dispositivos para la danza y coreografía a partir de materiales reciclados y reutilizados.
El sector de la danza ha venido haciendo llamados importantes para incluir en sus creaciones y puestas en escena la conciencia medio ambiental. En esta vía, se plantea este laboratorio de danza y diseño con el objetivo de explorar materiales de vestuario y escenográficos biodegradables, reciclables y reutilizables que permitan la construcción de dispositivos y arquitecturas para la danza y el cuerpo, encontrando metodologías y herramientas de cuidado del medio ambiente y a la vez innovaciones estéticas y coreográficas. El laboratorio se realizará en la localidad de Tunjuelito, donde se encuentran espacios aptos para la danza y a su vez lugares y cercanía a lugares de llegada de elementos de reciclaje y reutilización para conocerlos, movilizando además al sector de la danza que habita en esta localidad.
CATEGORÍA 2. Laboratorio de Coreografía y Dramaturgia para la Danza
La construcción de obras desde lógicas contemporáneas en la danza en Bogotá es un ejercicio relativamente reciente que trae una trayectoria desde 1970 aproximadamente. Antes de ello, y de manera predominante la construcción dramatúrgica de la danza, se ha basado en las maneras de construir obra de los repertorios clásicos del ballet y la construcción por cuadros de las puestas del folclor. Es una pregunta y una necesidad expresa de los creadores de la danza el hallar herramientas y metodologías para la construcción dramatúrgica desde lógicas contemporáneas, que permitan hallar y fusionar lenguajes diferentes de la danza y de otras artes, y, a la vez hallar maneras de organizar los materiales coreográficos, diseñarlos y tejerlos entre sí. Este laboratorio se realizará en la localidad de Teusaquillo por ser una de las localidades con una mayor concentración de bailarines en la ciudad de Bogotá y de espacios aptos para la danza.
CATEGORÍA 3. Laboratorio de composición coreográfica contemporánea desde lenguajes tradicionales de la danza.
Bogotá es una ciudad que recibe migrantes de todas las regiones de Colombia, y donde se desarrollan de manera constante puestas de danzas tradicionales, que reactivan las memorias y conexión con la ancestralidad y las diversas culturas. Estas prácticas se han fortalecido y dinamizado en Bogotá entrando a componer puestas de escena de la danza. Este laboratorio tiene como propósito la exploración e innovación en la creación y diseño coreográfico y performático de puestas de la danza desde los lenguajes tradicionales (danzas ancestrales y folclóricas colombianas) como un distintivo y singularidad de las danzas contemporáneas colombianas, danzas diversas que se plantean preguntas y temas desde hoy de manera coherente con los cuerpos y contextos de una ciudad como Bogotá con todas las tradiciones que la habitan.
Este laboratorio se realizará en la localidad de La Candelaria por ser una de las localidades con una mayor concentración de bailarines en la ciudad de Bogotá y de espacios aptos para la danza.
CATEGORÍA 4. Laboratorio de composición coreográfica desde lenguajes urbanos y contemporáneos de la danza
Bogotá es una ciudad pionera e impulsora de lenguajes urbanos de la danza que provienen de estilos como el breaking, popping, locking, house, el street dance, entre otros, que tienen a hoy una tradición fuerte en diversas localidades de Bogotá. Así mismo, Bogotá ha sido una ciudad cuna de los lenguajes contemporáneos que llegaron desde la danza contemporánea europea y estadounidense y que han tenido ya un desarrollo de cincuenta años aproximadamente en la ciudad. Con este laboratorio se tiene el propósito de explorar los principios coreográficos y metodológicos de los lenguajes urbanos y contemporáneos, encontrando maneras de abordar las dinámicas y calidades del movimiento y a favor de nutrir la composición coreográfica. Se llevará a cabo en la Localidad de San Cristóbal, por ser una de las localidades con un alto número de bailarines del street dance y la danza urbana.
CATEGORÍA 5. Laboratorio de nuevas tecnologías para la danza
El objetivo de este laboratorio es indagar, conocer, explorar y crear puestas de danza, a partir de las nuevas tecnologías (programas de danza-apps para la creación, tecnologías sonoras y lumínicas, video danza, entre otras). Las creaciones en danza requieren del conocimiento y práctica de dispositivos y herramientas de nuevas tecnologías con las que es posible potenciar la estética, sentido y comunicación de las puestas en escena, abriendo las posibilidades de formatos y maneras de enunciar y circular.
Este laboratorio se realizará en la localidad de Santa Fe por ser una de las localidades con una mayor concentración de bailarines en la ciudad de Bogotá y de espacios aptos para el estudio y exploración de nuevas tecnologías.
Derechos y deberes de los participantes en materia de derechos de autor.
El participante en la presente invitación cultural de laboratorios de innovación y co-creación, declara y reconoce bajo gravedad de juramento, el cual se entenderá prestado con la inscripción y registro en la misma que:
1. El objetivo de los laboratorios consiste en llevar a cabo procesos creativos que derivarán en la creación de obras artísticas o literarias.
2. Que cada una de las personas que participen en dichos procesos creativos ostentarán el título de autores y que se reconocerán y respetarán sus derechos morales de autor sobre las mismas, de acuerdo con las disposiciones legales que reglamentan dicha materia.
3. Que la dinámica de los laboratorios y la participación de varias personas durante el proceso creativo generará que dichas obras tengan la calidad de obras colectivas y en colaboración, cuya titularidad se entenderá en partes o porcentajes iguales repartidos entre la cantidad de personas que hagan parte del proceso de creación de la obra por laboratorio, cumpliendo un mínimo de requisito de permanencia en el programa superior al 70% de duración del mismo.
4. Que las obras que se generen con ocasión de dichos procesos al interior de los laboratorios, deberán ser creadas sin infringir derechos de terceros, dejando indemne al IDARTES por cualquier reclamación que pueda generarse durante la actividad de planeación, creación o uso de las obras que se deriven del proceso del laboratorio.
5. Que en caso de que durante el proceso creativo las personas que participen requieran el uso de obras que no sean de su autoría o titularidad, se comprometen a adelantar los trámites de autorizaciones y/o licencias correspondientes sobre la obra principal o derivada o sobre cada una de las obras que requieran para su incorporación, cuando a ello hubiere lugar, asumiendo los costos y gastos que esto genere.
Del mismo modo, y en su calidad de autores y titulares de los derechos morales y patrimoniales sobre las obras que se generen al interior de los laboratorios, autorizan al IDARTES a título gratuito, para que reproduzca, distribuya, comunique públicamente, ponga a disposición, traduzca, adapte, transforme o lleve a cabo cualquier otro tipo de uso relacionado con la finalidad de la convocatoria, únicamente para los fines propios del desarrollo y promoción del proyecto y la misionalidad de la entidad. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción, y la aceptación de términos y condiciones.
Igualmente, autoriza al IDARTES a que de manera discrecional aloje las obras creadas al interior de los laboratorios en la plataforma Creative Commons, bajo la categoría que considere conveniente para la garantía y cuidado de la obra, así como también para su circulación".
Persona natural:
Artistas de danza con educación formal profesional o no con un mínimo de dos años de experiencia en el campo de la danza ya sea en interpretación, formación, creación, dirección o afines.
Artistas de otras disciplinas artísticas con experiencia en danza de al menos dos años.
Profesionales o expertos de otras áreas del conocimiento que puedan aportar al proceso de co-creación de cada laboratorio según las temáticas específicas y tengan el interés.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se conformará un equipo compuesto por tres (3) jurados internos ad honorem, vinculados tanto con la estrategia de la laboratorios de co-creación de la Subdirección de las Artes como la Gerencia de Danza del Instituto Distrital de las Artes. En el proceso de selección, se definirá suplente para el caso de inhabilidades o renuncia por parte de las personas naturales seleccionadas.
De las postulaciones recibidas se seleccionarán hasta 20 personas naturales para cada laboratorio.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
El comité evaluador seleccionará las iniciativas ganadoras de la invitación cultural y el número de suplentes que considere pertinente, los cuales recibirán los reconocimientos en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar plenamente su iniciativa, renuncie al reconocimiento o no acepte dentro de los tiempos estipulados para dicho fin.
Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior). Igualmente, a todos los seleccionados se les enviará un correo desde la el equipo de laboratorio de co-creación de Idartes informándoles que el acta está disponible para su consulta, sin embargo, es responsabilidad del participante consultar la página de la invitación para mantenerse informado de los resultados en las diferentes etapas del proceso.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
Un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Se presentaron dos o más iniciativas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran agrupaciones o personas jurídicas.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Servidores públicos o empleados(as) oficiales
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento por parte del ganador a los compromisos allí establecidos, la Entidad lo requerirá para que dé las explicaciones pertinentes; de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por la estrategia de la laboratorios de la Subdirección de las Artes.
1. Una vez notificado vía correo electrónico el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES por parte del equipo de laboratorios de co-creación de idartes, los seleccionados cuentan cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptan o no el incentivo a los correos electrónicos artefactumcocreacion@idartes.gov.co , gestion.documental@idartes.gov.co
2. Una vez aceptados los incentivos, los ganadores contarán con cinco (5) días hábiles adicionales para aportar la documentación que se señala a continuación:
Carta de compromiso firmada por todas y todos los integrantes de la iniciativa, en la misma, se acuerda participar en mínimo el 70% del proceso del laboratorio en el 2025, aportando los soportes y documentos solicitados por la entidad para el seguimiento y sistematización de la experiencia.
3. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes.
4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artefactumcocreacion@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
Asignación de espacio físico para el desarrollo del laboratorio.
Orientación de parte de una dupla de artistas laboratoristas.
Asignación de recursos en especie para la materialización del resultado del laboratorio.
Diseño de una estrategia de difusión y circulación distrital.
Acompañamiento misional para la sistematización de memoria y gestión de conocimiento del laboratorio.
Constancia de participación al haber asistido mínimo al 80% de las sesiones.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo en especie, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.