INVITACIÓN CULTURAL XX FESTIVAL DE TEATRO Y CIRCO DE BOGOTÁ 2025 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes -Idartes- Subdirección de las Artes, Gerencia de Arte Dramático y la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS-, en el marco del Contrato No. 1869 - 2025, realizan la presente invitación cultural dirigida a agrupaciones, colectivos y/o artistas que cuenten con obras de teatro, espectáculos de circo, cuya actividad artística se desarrolle en la ciudad de Bogotá D.C. y que estén interesados en ser parte de la programación del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá, que se llevará a cabo durante el mes de agosto del 2025.
Arte dramático
13-06-2025
Fecha de apertura
20-06-2025 5:00 PM
Fecha de cierre
26-06-2025
Fecha de recepción de observaciones al listado de Verificación:
10-07-2025
Fecha publicación de seleccionados
31-08-2025
Fecha Límite de realización de Actividades:
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 El Festival de Teatro y Circo de Bogotá se ha configurado en los últimos años como la plataforma de circulación y visibilización de la producción teatral y circense más importante de la ciudad por su permanencia, impacto y trayectoria. Igualmente, ha venido posicionándose como un escenario esperado para los ciudadanos, ya que, después de 19 años de su realización, ha llegado a escenarios y públicos de distintas localidades de la ciudad.

En su vigésima edición, el Festival de Teatro y Circo de Bogotá enfocará su atención en llevar la experiencia escénica a los barrios en diferentes localidades de la ciudad, explorando así los territorios y escenarios locales. El festival se llevará a cabo en el mes de agosto de 2025.  


Las obras de teatro o espectáculos de circo postulados deberán contar con una trayectoria mínima de cinco (5) presentaciones con público, incluida la función de estreno de la obra propuesta a esta invitación. Esta trayectoria deberá ser soportada con documentos que permitan la validación de la misma. El participante, puede postular su iniciativa en una de las dos categorías:


CATEGORÍA 1: TEATRO 

Se podrán presentar obras de teatro en sus diferentes géneros, estilos y especialidades. No se recibirán propuestas de narración oral. Para las propuestas unipersonales o monólogos, la duración de la puesta en escena deberá ser de mínimo cuarenta (40) minutos.


CATEGORÍA 2: OBRAS O ESPECTÁCULOS CIRCENSES

Se podrán presentar obras o espectáculos de circo en sus diferentes disciplinas y especialidades. La duración mínima debe ser de 40 minutos.


Teniendo en cuenta los escenarios y condiciones técnicas en donde pretende circular el Festival, las propuestas postuladas deberán ser de baja complejidad técnica y tener capacidad de adaptación a los escenarios que se le asignen. 


Nota 1:  No podrán participar de la obras o espectáculos que hayan sido parte de la programación en la última edición del Festival de Teatro y Circo de Bogotá: INVITACIÓN CULTURAL XIX FESTIVAL DE TEATRO Y CIRCO DE BOGOTÁ 2024.  


Nota 2: Las fechas, lugares y horarios en los que circularán las propuestas seleccionadas, serán definidos por la Gerencia de Arte Dramático y la producción del Festival y están sujetas a cambios, por lo tanto, los seleccionados deberán tener la disponibilidad de fechas, lugares y horarios en el mes de agosto.


Nota 3: No se aceptarán propuestas cuyo género sea Narración Oral, toda vez que la "Invitación Cultural Narración Oral - Bogotá Ciudad Escenario 2025" publicada en la plataforma sectorial de invitaciones culturales, tiene como objetivo principal apoyar la circulación de propuestas escénicas o repertorios orales, en el marco de la programación del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá 2025.

Incentivos

Todas las categorias

  • Bolsa concursable a monto agotable. El monto mínimo que se reconocerá por concepto de pago de honorarios artísticos por una (1) función en el marco de la programación artística del XX FESTIVAL DE TEATRO Y CIRCO DE BOGOTÁ 2025 depende de la categoría y cantidad de integrantes según la tabla del Anexo 1. Esta invitación cultural seleccionará máximo 35 iniciativas como ganadoras.

  • Las obras, números o espectáculos seleccionados contarán con: Visibilización de los trabajos seleccionados en los diferentes medios y canales del Idartes como parte de la programación del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá. Asignación de un espacio (convencional o no convencional) teniendo presente las condiciones técnicas del espectáculo postulado.

¿Quién puede participar?

 Persona Natural: 

Artista colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, residente o domiciliado en Bogotá D.C; que de manera individual presenta una propuesta y la desarrolla en su totalidad, es decir que presenta obras unipersonales. 


Documentos administrativos a presentar:


-Rut de la persona natural con los datos actualizados, fecha de generación de 2025 y con la actividad artística incluida.


-Documento de identidad de la persona natural, bien sea cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos Permiso para Protección Temporal (PPT), éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad. 


-Certificado de residencia: Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación.


Nota 1:  En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la Invitación Cultural.


Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.


Nota 3: No se permite la participación de menores de edad.


Agrupación: 

Agrupación integrada por dos o más personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá. 


La agrupación debe contar con una persona designada como representante y para esto deberá adjuntar la carta que se encuentra como formato adjunto “Carta de representación artística”.


Documentos administrativos a presentar del representante de la agrupación y de sus integrantes:


-Rut del representante de la agrupación con los datos actualizados, con fecha de generación de 2025.


-Documento de identidad por ambas caras del representante de la agrupación y de cada uno de los integrantes que conforman la propuesta escénica, bien sea cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos el Permiso para Protección Temporal (PPT), éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad.


-Certificado de residencia del representante de la agrupación y de cada uno de los integrantes: Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación. 


Nota 1: En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la Invitación Cultural.


Nota 2: No se permite la participación de menores de edad.


Nota 3: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.



Personas jurídica: 


Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal, de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.


Documentos administrativos a presentar: 


-Rut de la entidad con los datos actualizados, con fecha de impresión de 2025 y con la actividad artística incluida.


-Documento de identidad del representante legal, bien sea cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos el Permiso para Protección Temporal (PPT), éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad.


-Documento de identidad de cada uno de los miembros que conforman la propuesta escénica, bien sea cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos el Permiso para Protección Temporal (PPT), éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad.


-Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días, antes de la fecha de cierre de inscripción, en el cual se evidencie la renovación de la matrícula mercantil.


Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • 1. Nombre completo de la persona natural, agrupación o persona jurídica.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 2. Reseña del participante (Persona natural, agrupación o persona jurídica (descripción en máximo 1000 caracteres).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 3. Nombre, correo y número de contacto de la persona natural, o representante de la persona jurídica o agrupación.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 4. Categoría a la que se presenta:
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas
  • 5. Nombre de la obra o espectáculo.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 6. ¿La obra o espectáculo puede ser presentada en un espacio al aire libre?
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no
  • 7. La obra puede ser presentada en espacio no convencional:
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no
  • 8. Género, estilo o especialidad técnica de la obra de teatro.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 9. Disciplina o técnicas utilizadas de la obra o espectáculo circense.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 10. Público al que va dirigido:
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas
  • 11. Duración de la obra o espectáculo (incluir intermedios, si aplica).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 12. Sinopsis de la de la obra o espectáculo (descripción en 700 caracteres).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 13. Nombre del autor(a) de la obra, de la obra o espectáculo (Si aplica).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 14. Nombre del director(a) de la obra, de la obra o espectáculo (Si aplica).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 15. Trayectoria en cantidad de funciones de la obra o espectáculo.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • 16. Número de integrantes del equipo que participa en la obra o espectáculo (Se debe incluir artistas y personal técnico).
    • Tipo de pregunta: Campo abierto

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Listado de los participantes en el desarrollo de la obra

Diligenciar listado de miembros de la agrupación (anexo). Descargar plantilla aquí

Carta de representación

Documento firmado por todos los integrantes de la agrupación o colectivo, a través del cual se da poder al representante en el marco de las condiciones de esta Invitación Cultural (Plantilla anexo). Descargar plantilla aquí

RUT

Rut de la persona natural, representante de la agrupación o colectivo, con los datos actualizados, fecha de impresión de 2025 y con la actividad artística incluida. Rut de la persona jurídica con los datos actualizados, fecha de impresión de 2025 y con la actividad artística incluida.

Documento de identidad del representante

Archivo en PDF- con copia del documento de identificación de la persona natural, o representante legal de la persona jurídica, agrupación o colectivo: Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos el Permiso para Protección Temporal (PPT) éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad.

Documentos de identidad integrantes

Archivo en PDF- con la copia legible de la cédula de ciudadanía (por ambas caras) de cada uno de los integrantes de la persona jurídica, agrupación o colectivo. Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte vigente (solo para extranjeros), para los ciudadanos venezolanos el Permiso para Protección Temporal (PPT) éste documento debe estar completo y permitir su legibilidad.

Formato declaración juramentada de residencia

Archivo en PDF - Diligenciar Formato de Declaración Juramentada de Lugar de Residencia de la persona natural o los miembros de la persona jurídica, colectivo o agrupación que residen en Bogotá (anexo). Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación. Nota: En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la Invitación Cultural. Descargar plantilla aquí

Certificado de existencia y representación legal (si aplica)

Archivo en PDF- Certificado de existencia y representación legal (no mayor a 3 meses) de la persona jurídica. Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días, antes de la fecha de cierre de inscripción, en el cual se evidencie la renovación de la matrícula mercantil.
Documentos técnicos

Todas las categorias

Link de fotografías de la obra o espectáculo

Comparta el enlace (link) para la visualización de cinco (5) fotografías en alta resolución (300 dpi) de la propuesta escénica preferiblemente - tres (3) horizontales y dos (2) verticales-. Nota 1: Aportar un enlace donde se alojan las fotografías en la resolución solicitada. Nota 2: Es responsabilidad del participante verificar que el enlace aportado se pueda abrir desde diferentes equipos y no tenga restricción de permisos para visualizar el contenido. En caso de no contar con estos permisos o accesos, la propuesta quedará inhabilitada.

Link del video de la obra o espectáculo

Comparta el enlace (link) para la visualización del vídeo completo de la obra o espectáculo en plano general, con condiciones adecuadas de iluminación, sonido y buena resolución. Es responsabilidad del participante verificar que el enlace aportado se pueda abrir desde diferentes equipos y no tenga restricción de permisos para visualizar el contenido. En caso de no contar con estos permisos o accesos, la propuesta quedará descalificada.

Rider técnico

Adjunte un documento en formato PDF que incluya: Medidas del área escénica en la que se desarrolla la obra o el espectáculo propuesto. Área total para el montaje que sea requerido. Plano en el cual se explique la disposición de los telones, y luces. Necesidades de sonido y de tramoya (si aplica). Enlistar los elementos escenográficos y la utilería que hace parte de la obra, con sus debida descripción y dimensiones. Tiempo de montaje y tiempo de desmontaje. Aspectos técnicos especiales del espectáculo. Nombre y teléfono de la persona a cargo del montaje. Nota 1: Si la iniciativa se desarrolla de forma exclusiva en espacios al aire libre o espacios no convencionales, deberá adjuntar las necesidades técnicas adicionales, así como la relación de los elementos técnicos con los que dispone la misma. Nota 2: Si su propuesta está proyectada para circular exclusivamente en un escenario convencional (sala), deberá tener en cuenta que estas son de pequeño y mediano formato; por lo tanto, no se podrán considerar montajes que requieran elementos o insumos técnicos complejos o que superen estos formatos Nota 3: En caso de ser seleccionado el Instituto Distrital de las Artes y el equipo de producción del Festival presentará un contrarider según sea el caso.

Repertorio musical que contiene la obra

Diligenciar el formato de la música utilizada en la obra: en vivo o fonograbada, según sea el caso (Planilla anexa) Descargar plantilla aquí

Anexos

ANEXO 1. RECURSOS A OTORGAR POR CATEGORÍA XX FESTIVAL DE TEATRO Y CIRCO DE BOGOTÁ 2025 Revisar este anexo para conocer el valor de los incentivos

Criterios de selección


CATEGORÍA 1: TEATRO
Primera Ronda:
  • Calidad artística de la obra propuesta fundamentada en la temática, el desarrollo artístico y estético y la solidez de la puesta en escena.
    Puntaje máximo: 80
  • Viabilidad técnica y adaptabilidad de la propuesta escénica
    Puntaje máximo: 20

CATEGORÍA 2: OBRAS O ESPECTÁCULOS CIRCENSES
Primera Ronda:
  • Calidad artística de la obra o espectáculo propuesto fundamentado en la temática, el desarrollo artístico y estético y la solidez de la puesta en escena.
    Puntaje máximo: 50
  • Dominio y calidad de las técnicas circenses.
    Puntaje máximo: 30
  • Viabilidad técnica y adaptabilidad de la propuesta escénica.
    Puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  • Verificación: el IDARTES, a través de la Gerencia de Arte Dramático y la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS- en el marco del Contrato No. 1869 - 2025, verificarán el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. El listado de propuestas habilitadas y no habilitadas se publicará en esta página, máximo 4 días hábiles después del cierre de la invitación. Los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, y las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.


Nota: Es importante tener en cuenta que las Invitaciones Culturales son un mecanismo de fomento diferente a las convocatorias del Portafolio Distrital de Estímulos (PDE) y no contemplan procesos de subsanación en ninguna de sus fases.


  • Evaluación y selección: La Gerencia de Arte Dramático del Instituto Distrital de las Artes - Idartes- y la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS-, conformará un comité evaluador integrado por tres (3) jurados externos de un amplio reconocimiento e idoneidad en el área. Para la selección se tendrán en cuenta los criterios de evaluación propuestos. Queda a discreción de la terna de jurados la posibilidad de definir suplentes para esta Invitación.    


En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas. 


  • Puntaje mínimo de selección: Se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las propuestas que obtengan el puntaje igual o superior a 75 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.

    Nota: Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 75 puntos o más, no implica su selección como ganadora, teniendo en cuenta que la selección de las propuestas se hará en orden descendente hasta completar el número de propuestas estipuladas en las presentes condiciones de participación.

  • Publicación de resultados: el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior). 

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la Invitación Cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

  1. La iniciativa propuesta no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES o hace parte de la junta directiva de  la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS-.
  5. Cada participante (persona natural, agrupación o persona jurídica) solo podrá inscribirse en una oportunidad, en caso contrario, sólo se entenderá como válido el último registro que se encuentre alojado en la plataforma de la presente Invitación Cultural.
  6. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente. 
  7. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
  8. La obra postulada ya fue seleccionada para en la INVITACIÓN CULTURAL XIX FESTIVAL DE TEATRO Y CIRCO DE BOGOTÁ 2024.
  9. Las obras, los números  o los espectáculos propuestos son resultado  de procesos de formación en artes escénicas, así como obras de teatro universitario.
  10. Las  iniciativas presentadas, que incluyan  menores de 18 años.
  11. Propuestas escénicas cuyo género sea Narración Oral.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos de los seleccionados

1.    Una vez publicada en la página de invitaciones culturales (https://invitaciones.scrd.gov.co/)  el ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES DE INVITACIONES CULTURALES elaborada por el comité evaluador, los ganadores cuentan con diez (10) días hábiles en los cuales deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a artedramatico@idartes.gov.co  con copia a gestion.documental@idartes.gov.co, y a coordinacionftb@gmail.com, si aceptan o no el reconocimiento económico.


2.    Una vez aceptados los reconocimientos, los ganadores contarán con tres (3) días hábiles adicionales para aportar la documentación que le sea indicada, al correo artedramatico@idartes.gov.co con copia a coordinacionftb@gmail.com


3.  Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución de la invitación. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.


4.    Tener la disponibilidad y aceptar la fecha, lugar y la hora para presentar el espectáculo según le sea informado por la producción del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá.


5.    Tener la titularidad o los permisos sobre los derechos de autor de la de la obra o espectáculo seleccionado, así como de las composiciones, piezas, creaciones, música u obras derivadas que hagan parte de la misma.


6.    Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al Idartes, y a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá –ASOSALAS-, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.


7.    Autorizar al Instituto Distrital de las Artes-Idartes- y a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá–ASOSALAS-  y a los aliados del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá para hacer uso gratuito del registro audiovisual, sonoro, visual y fotográfico con fines pedagógicos, promocionales, de divulgación, elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva incluyendo: catálogos (impresos o digitales), uso en redes sociales, afiches, programas de mano, flyers digitales, teasers, entre otros.


8. Autorizar al Instituto Distrital de las Artes -Idartes- y a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá –ASOSALAS- y a los aliados del XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá para hacer el registro fotográfico y audiovisual de su actividad.


9.  Estar a disposición para participar en las actividades que se le solicite, tales como: ruedas de prensa, foros, entrevistas, charlas, entre otras que sean previamente concertadas y organizadas.


10. Garantizar que los miembros de la agrupación y/o artistas que hagan parte de la iniciativa seleccionada, cuenten con la afiliación a EPS, ARL y/o póliza de accidente activa.


11. Presentar la planilla de pago de aportes al sistema de seguridad social integral, como cotizante independiente (de conformidad con lo establecido por la ley). Es necesario precisar que la base de cotización para los sistemas de salud, pensiones y ARL deberá corresponder al 40% del valor bruto del incentivo otorgado, facturado en la forma que fuere. A saber: salud 12.5%, pensión 16% y ARL según el riesgo. En el caso de personas jurídicas deberán presentar el certificado de cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, firmado por el representante legal y/o el revisor fiscal según sea el caso.


12. Estar a paz y salvo con el pago de los aportes al sistema de seguridad social. De esta manera exime a la Asociación de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá – ASOSALAS- y a cualquiera de sus aliados estratégicos de cualquier tipo de responsabilidad.


13.    Entregar al equipo administrativo, de producción y comunicaciones los documentos que se le soliciten bajo las características que le sean indicadas (material de difusión y divulgación y documentos administrativos).


14.    Mantener el respeto por los horarios, las instalaciones, las locaciones, los escenarios, las plataformas, así como con el equipo humano durante su participación en el XX Festival de Teatro y Circo de Bogotá 2025.


15.    Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la propuesta, quienes incumplan con esta norma les será retirado el reconocimiento económico.


16.    En caso de presentarse una situación de fuerza mayor* que impida la ejecución de la propuesta por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artedramatico@idartes.gov.co y coordinacionftb@gmail.com, en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.


*Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.

Beneficios

  1. Recibir por parte de la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS- en el marco del Contrato No. 1869 - 2025, el reconocimiento monetario posterior a la realización de la función en la fecha, lugar y hora que sea programada por la producción del Festival, adicionalmente, deberá entregar la documentación completa y en las condiciones que le hayan sido solicitadas. La entrega del reconocimiento económico está sujeto a la programación anual de pago PAC que el Idartes tenga con la Asociación, dicho recurso estará sujeto a los descuentos y retenciones tributarias a las que haya lugar.
  2. Visibilización de las iniciativas seleccionadas en los diferentes medios y canales del Idartes como parte de la programación del Festival.
  3. Asignación de un espacio para la presentación de la obra o espectáculo seleccionado, teniendo en cuenta  las condiciones técnicas del mismo. 

Compromisos de la entidad

1.    En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el  Instituto Distrital de las Artes - Idartes en desarrollo del Contrato No. 1869 - 2025 suscrito con la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá, aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 

2. Velar por la entrega de los incentivos económicos a las propuestas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y la Asociación Nacional de Salas Concertadas de Teatro de Bogotá -ASOSALAS-. 

3. Apoyar la difusión y divulgación de las propuestas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

4. Brindar acompañamiento misional en la ejecución de las propuestas en todas sus etapas.

5. Realizar los trámites correspondientes ante Sayco y Acinpro para el desarrollo de las funciones que lo requieran

6. Realizar el trámite correspondiente ante el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas – PULEP.

INCUMPLIMIENTOS 

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de no garantizarse el cumplimiento de los compromisos de los seleccionados se presumirá el incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el la Gerencia de Arte Dramático.