Invitación Focalizada Idartes 2025 – Arte Palenquero: Tejiendo Tradiciones, Autonomía y Transformación en la Ciudad de Bogotá - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, especialmente de la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2025 - Arte Palenquero: Tejiendo Tradiciones, Autonomía y Transformación en la Ciudad de Bogotá, con la cual se busca visibilizar y fortalecer el Arte Palenquero en Bogotá mediante procesos artísticos y formativos concertados con la comunidad de San Basilio de Palenque residente en la ciudad, en el marco del CONPES D.C. 39, promoviendo la creación, investigación, circulación y apropiación desde diversas expresiones artísticas y ciclos vitales, tejiendo tradición, autonomía y transformación cultural.
Pueblos étnicos
18-07-2025
Fecha de apertura
22-07-2025 8:00 PM
Fecha de cierre
04-08-2025
Publicacion de iniciativas recomendadas
28-11-2025
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La invitación Focalizada Idartes 2025 - Arte Palenquero: Tejiendo Tradiciones, Autonomía y Transformación en la Ciudad de Bogotá es una estrategia concertada entre el Instituto Distrital de las Artes y la instancia participativa de la comunidad de San Basilio de Palenque residente en Bogotá, que busca dinamizar procesos artísticos y pedagógicos en el marco de la Política Pública de la Población Negra, Afrocolombiana y Palenquera 2024-2036 (CONPES D.C. Nº 39). Este ejercicio dará continuidad a la implementación de los productos 5.1.4 y 5.1.8 del CONPES, fomentando la creación, investigación, circulación, apropiación y formación en prácticas artísticas palenqueras, con enfoque intergeneracional y de revitalización cultural.

La iniciativa busca implementar dos productos CONPES claves del plan de acción concertado:

  1. Producto 5.1.4. Procesos en prácticas artísticas en las dimensiones de creación, investigación, circulación y apropiación artística, fomentadas para la comunidad palenquera residente en Bogotá. 
  1. Producto 5.1.8. Proceso de formación en práctica artística palenquera, dirigido a beneficiarios de diferentes grupos etarios o ciclos vitales.

 Para esta Invitación Focalizada, se deben tener en cuenta las siguientes restricciones de participación:

  1. Restricción para Contratistas: Los agentes artísticos y culturales no podrán participar si, en la fecha de apertura o durante el desarrollo de las fases de ejecución de la invitación, tienen contratos vigentes con roles de profesionales o referentes étnicos de cualquier entidad pública del ámbito nacional o distrital. La verificación de esta condición se realizará a través de la plataforma SECOP.
  2. Prohibiciones Específicas:
  • Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en la asesoría, preparación o elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación; así como quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento, su mesa técnica o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.
  • Parentesco con servidores públicos: Quedan excluidas las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).
  • Miembros del comité de verificación o selección: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de selección o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).
  1. Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas o agrupaciones a las que se les que haya declarado incumplimientos, mediante acto administrativo ejecutoriado, por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado convocatorias a procesos de fomento para el Sector Cultura durante los años 2023 y 2024.

Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, jurídicas o agrupaciones que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés, según lo establecido en la legislación vigente.

Incentivos


  • Para el desarrollo de esta Invitación Focalizada, se entregará un (1) Incentivo económico por valor de $50.000.000 (Cincuenta Millones de Pesos), para ser distribuidos así: ● Fase 1 - Círculo Palenquero: Crear, Investigar, Compartir Esta fase se centra en el fortalecimiento de los procesos en prácticas artísticas desarrolladas por y para la comunidad palenquera residente en Bogotá, abordando de manera integral las dimensiones de creación, investigación, circulación y apropiación artística. Para la realización de esta Fase de la Iniciativa, la agrupación recomendada recibirá un incentivo por valor de Cuarenta Millones de Pesos ($40.000.000). ● Fase 2 - Raíces que Enseñan: Arte Palenquero para Todas las Edades. Esta fase corresponde al desarrollo de un proceso formativo en prácticas artísticas palenqueras, diseñado para beneficiar a personas de distintos grupos etarios y ciclos vitales. Mediante metodologías sensibles a la diversidad generacional, se propician espacios de aprendizaje

¿Quién puede participar?

Persona Jurídica:

Forma o expresión organizativa perteneciente a la comunidad étnico - cultural de San Basilio de Palenque con reconocimiento oficial como persona jurídica y residente en Bogotá D.C.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de Identidad

Cargue un PDF con el documento de identidad del representante legal de la Persona Jurídica.
Cédulas de Ciudadanía: Se deberá cargar por ambas caras.

Registro Único Tributario (RUT)

De la Persona Jurídica, emitido por la DIAN, el cual debe incluir el Número de Identificación Tributaria (NIT). Con fecha de generación en el año 2025.

Certificado de Existencia y Representación Legal

Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Entidad competente, con mínimo 60 días antes de la fecha de cierre de inscripción.
Documentos técnicos

Presentación de la Iniciativa

Presentar la Iniciativa en el formato dispuesto para tal fin (anexo). Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Realice y presente el Presupuesto para la ejecución de su iniciativa en el formato anexo. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta Utilice como documento de consulta la "Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta", en la formulación del presupuesto para la ejecución de su iniciativa.

Proceso de recomendación

  1. Presentación de la Iniciativa: Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de Invitaciones Culturales: www.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece. El Formulario de Iniciativa ha sido diseñado específicamente para garantizar que esta convocatoria promueva y reconozca la especificidad cultural de los productos y acuerdos artísticos concertados. Su estructura responde al enfoque de la Política Pública de la Población Negra, Afrocolombiana y Palenquera 2024-2036 (CONPES D.C. n.º 39), en especial a los productos 5.1.4 y 5.1.8.Este formato constituye un requisito indispensable para participar en la invitación cultural focalizada. Su propósito es permitir a la forma o expresión organizativa palenquera residente en la ciudad de Bogotá presentar una iniciativa integral que fortalezca sus expresiones artísticas, tanto en la creación, investigación, circulación y apropiación desde diversas expresiones artísticas y ciclos vitales, tejiendo tradición, autonomía y transformación cultural.
    Asimismo, se exige la presentación de un cronograma detallado que incluya las etapas de preproducción, producción y posproducción de la propuesta, con el fin de garantizar que el desarrollo de la iniciativa cumpla con los estándares técnicos y artísticos, respetando a su vez las particularidades culturales de las comunidades participantes.
    Finalmente, el representante de la forma o expresión organizativa palenquera deberá certificar la veracidad de la información consignada en el documento, así como asumir el compromiso de llevar a cabo la correcta ejecución de las actividades propuestas. A través de este formato, se busca consolidar y fortalecer los procesos artísticos de la comunidad palenquera, promoviendo su desarrollo creativo y el reconocimiento pleno de su identidad cultural.


2. Verificación del cumplimiento de requisitos: La entidad revisará la documentación administrativa y técnica de la iniciativa artística presentada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

    1. Integridad de los documentos: la revisión asegurará que todos los documentos requeridos han sido presentados completa y correctamente.
    2. Cumplimiento de criterios de elegibilidad: se verificará que los participantes cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad de esta Invitación Focalizada: 1) Pertenencia Étnica, 2) Residencia en Bogotá, 3) Documentación obligatoria, 4) Concordancia temática con los productos concertados, es decir, la propuesta integral debe debe enfocarse en la creación, investigación, circulación y apropiación desde diversas expresiones artísticas y ciclos vitales, tejiendo tradición, autonomía y transformación cultural, 5) Cronograma y estructura técnica, 6) Compromiso institucional y 7) Criterio de coherencia cultural.
    3. Restricciones de participación: Confirmación que los participantes no se encuentran en ninguna de las causales de restricciones de participación establecidas en la Invitación Focalizada.
    4. Concordancia de la iniciativa: Verificación que la propuesta presentada se ajuste a los objetivos y lineamientos de la invitación.
    5. Viabilidad técnica y administrativa: análisis de la viabilidad técnica y administrativa de la propuesta, asegurando que los recursos solicitados sean adecuados y que la ejecución de la iniciativa sea factible. 

3. Recomendación: El comité de verificación y recomendación revisará la documentación presentada como parte de la iniciativa artística. Si fuera necesario, el comité realizará observaciones y recomendaciones, las cuales quedarán consignadas en el Acta de Recomendación. Estas recomendaciones deberán ser acogidas por el participante al momento de la ejecución de la iniciativa.  

4. Notificación de adjudicación: El Acta y la Resolución de iniciativas recomendadas y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación focalizada, se publicarán en el panel de documentos en la parte superior de esta invitación. 

Los ganadores serán notificados vía correo electrónico certificado del acto administrativo por el cual se les otorga el incentivo, tal como se describe en el ítem “Compromisos de los seleccionados”.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, jurídicas o agrupaciones que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés, según lo establecido en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos para la ejecución

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo(Art. 61, Ley 4 de 1913), al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere. 

Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos: 

    1. Certificado bancario del Representante de la forma o expresión organizativa palenquera desde la cual fue enviada la presente invitación, no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional: Debe incluir el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

    1. Cédula de Ciudadanía del representante legal de la persona jurídica.  
    2. Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La póliza debe amparar el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este y hasta cuatro (4) meses más.
    3. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir esta póliza, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del Idartes.

Nota: Durante la ejecución de las iniciativas, los seleccionados mantendrán vigentes las pólizas, en caso de cualquier modificación deberán ampliarse las mismas. 

  1. Acoger las recomendaciones técnicas que proponga el comité de verificación y recomendación del Idartes, para lo cual el participante seleccionado deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
  2. Asistir a las reuniones, encuentros, visitas y demás convocadas por el Idartes.
  3. En caso de que la iniciativa implique la realización de actividades, eventos o intervenciones en espacio público, el ganador deberá gestionar los permisos y autorizaciones correspondientes, cuando sean requeridos, conforme a lo dispuesto en el Decreto 315 de 2024 o la normativa aplicable. Este proceso deberá realizarse ante las autoridades competentes, respetando los lineamientos establecidos por el Distrito y garantizando el cumplimiento de las condiciones estipuladas, incluyendo el respeto por el entorno, la preservación del mobiliario urbano y la no instalación de estructuras ancladas al suelo.
  4. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.  
  5. Asistir a las sesiones de acompañamiento con el mentor asignado al proceso de la iniciativa.
  6. El ganador se compromete a notificar con un plazo mínimo de cinco (5) días calendario de anticipación la programación y realización de los eventos, garantizando una comunicación clara, efectiva y oportuna con el equipo responsable del seguimiento de la iniciativa.
  7. Entregar un informe final que incluye: 
    1. Diligenciamiento de formato de informe técnico que incluye el desarrollo real de las actividades propuestas.
    2. Reporte de gastos con soportes que den cuenta de la ejecución de los recursos otorgados por el Idartes.
    3. Se deberán presentar las piezas comunicativas, fotografías y videos como documentación de apoyo para la realización de cada actividad. Se requiere un mínimo de cinco (5) fotografías y un (1) video por cada actividad. 
    4. Una (1) memoria social audiovisual, en la que se documenta el desarrollo del proceso artístico. Esta memoria debe responder a los siguientes elementos clave: 
  1. Introducción:
    1. Descripción del contexto de cada fase y sus objetivos.
    2. Descripción de la comunidad beneficiaria y los participantes involucrados.
  2. Descripción detallada de los procesos artísticos en creación, investigación, circulación y apropiación desde diversas expresiones artísticas y ciclos vitales, tejiendo tradición, autonomía y transformación cultural.
  3. Metodología utilizada
  4. Testimonio de los participantes que reflejen sus experiencias personales y emocionales en cada fase.
  5. Evaluación de los resultados y logros artísticos alcanzados en cada fase.
  6. Análisis del impacto cultural y en la educación artística de la comunidad.
  7. Desafíos y lecciones aprendidas:
    1. Descripción de los desafíos enfrentados durante cada fase y cómo fueron superados.
    2. Lecciones aprendidas para futuras iniciativas y una reflexión crítica sobre lo ejecutado.
    1. Solicitar a los artistas participantes en el desarrollo de cada fase el diligenciamiento de su caracterización como agentes del sector, así como el diagnóstico artístico de su comunidad, con el fin de consolidar información relevante para el fortalecimiento de los procesos culturales y creativos.
    2. Los demás que solicite la entidad. 


Beneficios

Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes: 

  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución de seleccionados y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del proponente seleccionado y la presentación de un informe final de actividades y reporte de gastos con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte del IDARTES. 

Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberán ser asumidas por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de no garantizarse el cumplimiento de los compromisos de los seleccionados se presumirá el incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las  invitaciones focalizadas adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.