Invitación focalizada Idartes 2025 - Arte ancestral: sanación y creatividad en procesos artísticos asociados a la mesa de participación de víctimas de los pueblos indígenas (MPVI) residentes en la ciudad de Bogotá - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, especialmente de la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2025 – Arte ancestral: sanación y creatividad promueve procesos artísticos basados en la oralitura, como parte de un acuerdo con la MPVI. Dirigida a víctimas indígenas Yanacona, Wayuu, Kubeo, Zenú, Eperara Siapidara y Wounaan en Bogotá, impulsa expresiones tradicionales y contemporáneas que fortalecen la memoria colectiva, la resistencia y el vínculo espiritual con la naturaleza y sus raíces culturales.
Pueblos étnicos
19-08-2025
Fecha de apertura
27-08-2025 5:00 PM
Fecha de cierre
11-09-2025
Publicacion de iniciativas recomendadas
28-11-2025
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

El Instituto Distrital de las Artes - Idartes, a través de la Subdirección de las Artes, especialmente de la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2025 – Arte ancestral: sanación y creatividad la cual es una iniciativa que surge como parte de un acuerdo concertado con la Mesa de Participación de Víctimas de los Pueblos Indígenas (MPVI) en Bogotá. Está dirigida exclusivamente a víctimas pertenecientes a los pueblos Yanacona, Wayuu, Kubeo, Zenú, Eperara Siapidara y Wounaan, y busca fortalecer su memoria colectiva, experiencias de resistencia y vínculo espiritual con la naturaleza y sus raíces culturales.

El proceso artístico se centra en la oralitura como herramienta de sanación y creación, destacando tradiciones transmitidas de generación en generación mediante formas narrativas, poéticas, performativas, simbólicas, cotidianas y pedagógicas. Se incluyen mitos y leyendas, cantos rituales, relatos de sabiduría ancestral, poemas orales, palabra ceremonial, diálogos con la naturaleza, narración en movimiento, consejos de mayores, juegos orales y toponimias narradas.

Asimismo, se incorporan expresiones literarias contemporáneas como la escritura bilingüe y la auto traducción, poesía y narrativa de oralitura, teatro comunitario y ritual, slam y spoken word indígena, ensayo y crónica desde la comunidad, literatura textil y gráfica, y literatura digital y multimedia. Estas manifestaciones artísticas permiten visibilizar las voces indígenas, reconectar con sus saberes ancestrales y proyectar sus memorias hacia el futuro.

Basándose en los objetivos de la Invitación Focalizada Idartes 2025 - Arte Ancestral, el proceso artístico puede enfocarse en diversas expresiones de oralitura y creación colectiva que permitan la sanación, el reconocimiento y el empoderamiento de las comunidades involucrada, mediante cualquiera de las siguientes ideas:

  • Laboratorio de saberes orales y memoria viva, que permita crear espacio intergeneracional donde mayores y jóvenes compartan mitos, cantos, relatos de origen y toponimias, en dinámica propia de círculos de palabra, caminatas narradas por el territorio bogotano y registro audiovisual o gráfico de proceso que presente como resultado una cartografía oral comunitaria en formato físico y digital
  • Residencia de oralitura escénica, que tenga como objetivo transformar relatos y cantos en piezas performativas a través de desarrollo de taller de narración en movimiento y poesía corporal y un montaje que integren palabra ceremonial, danza ritual, vestuario simbólico y sonoridades ancestrales que tenga como resultado una puesta en escena en espacio comunitario.
  • Taller de escritura bilingüe y autotraducción, que fortalezca la escritura en lenguas originarias con acompañamiento creativo, que genere la escritura de poemas relatos o cartas dirigidas al territorio o a los ancestros o incluso, el ejercicio de auto traducción reflexiva que permita dar respuesta a la pregunta ¿qué cambia cuando traduzco mi voz?, y que genere la publicación artesanal o digital de una antología comunitaria.
  • Palabra sonora: Slam y Spoken Word Ancestral, que recupere la fuerza política y emocional de la palabra oral en formatos actuales, con el desarrollo de taller de creación de spoken word indígena con prácticas de ritmo, dicción, cuerpo y memoria que genere un cierre con micrófono abierto con grabación sonora o en video para archivo comunitario.
  • Narrativas gráficas y tejidas donde se cuenten contar historias mediante tejidos, bordados, pinturas o grafismos con el desarrollo de estrategia de crear mantas narrativas o murales móviles con relatos bordados o pintados que integran cantos o palabras grabadas en audio junto al textil que genere como resultado una instalación colectiva itinerante.

Para esta Invitación Focalizada, se deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • Enfoque Étnico: La convocatoria está dirigida exclusivamente a las víctimas comunidades indígenas residentes en Bogotá. No podrán participar otros grupos poblacionales de víctimas indígenas diferentes a las de las comunidades indígenas informadas en esta invitación (está dirigida exclusivamente a víctimas pertenecientes a los pueblos Yanacona, Wayuu, Kubeo, Zenú, Eperara Siapidara y Wounaan).
  • Garantía de Participación Artística: Es requisito que participen artistas y/o creadores artísticos, asegurando que la invitación esté alineada tanto con el enfoque étnico como con una perspectiva artística.
  • Restricción para Contratistas: Los agentes artísticos y culturales, incluidos aquellos con pertenencia étnica, no podrán participar en la invitación ni como integrantes de la iniciativa artística integral si, en la fecha de apertura o durante las fases de ejecución, tienen contratos vigentes como profesionales o referentes étnicos en cualquier entidad del sector nacional o del Distrito Capital. La verificación de esta condición se realizará a través de la plataforma SECOP.
  • Número de iniciativas por agrupación: Cada agrupación podrá presentar únicamente una iniciativa. Además, los integrantes de los colectivos participantes no deben coincidir entre sí.
  • Identificación de beneficiarios: Es requisito indispensable que las personas asistentes o beneficiarios de cada proceso se identifiquen y reconozcan como afectados por el conflicto. Para garantizar esta condición, se verificará la información mediante cruce de datos con el Registro Único de Víctimas (RUV), al momento de pasar los listados de asistencia.
  • Prohibiciones Específicas:
    • Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en la asesoría, preparación o elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación; así como quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento, su mesa técnica o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.
    • Parentesco con servidores públicos: Quedan excluidas las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).
    • Miembros del comité de verificación o selección: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de selección o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).
  • Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas o agrupaciones que hayan sido declaradas incumplidas, mediante acto administrativo ejecutoriado, por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado convocatorias durante los años 2023 y 2024.
  • Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, jurídicas o agrupaciones que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés según lo establecido en la legislación vigente.

Incentivos


  • Se otorgarán seis (6) incentivos monetarios de DIEZ MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL CINCUENTA Y TRES PESOS MCTE ($10.902.053) cada uno, concedidos a seis (6) agrupaciones rotativas de víctimas de indígenas informadas por la Mesa de participación.

¿Quién puede participar?

 Agrupaciones conformadas por personas pertenecientes a los Pueblos Indígenas residentes en Bogotá. Todos los integrantes de la agrupación deben estar registrados en el Registro Único de Víctimas (R.U.V.), como afectados por el conflicto armado.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

● Cédula de Ciudadanía del representante de la Agrupación Adjunte la cédula de ciudadanía del representante de la Agrupación.
Documentos técnicos

Iniciativa

Presente la Iniciativa en el formato dispuesto para tal fin, que encontrará en el apartado “Anexos”. Descargar plantilla aquí

Cronograma

El cronograma de la iniciativa y sus fases se encuentra contenido en el Anexo 1 (Formulario de iniciativa Invitación Focalizada). Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Diligencie el presupuesto en el formato dispuesto para tal fin (Presupuesto.xlsx). Para hacer el presupuesto, tenga en cuenta la Guía de presupuesto (Anexo 2) y los gastos aceptables y no aceptables que se establecen en este documento. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía para la elaboración de presupuesto Para hacer el presupuesto, tenga en cuenta la Guía de presupuesto (Anexo 2) y los gastos aceptables y no aceptables que se establecen en este documento.

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • 1) Pertenencia Étnica
    Puntaje máximo: 25
  • 2) Enfoque Artístico y Cultural
    Puntaje máximo: 25
  • 3) Objetivo de la Iniciativa
    Puntaje máximo: 25
  • 4) Tipos de Expresión Artística
    Puntaje máximo: 25

Proceso de recomendación

  1. Presentación de la Iniciativa: Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de invitaciones Culturales: www.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece.
  2. Verificación del cumplimiento de requisitos: La entidad revisará la documentación administrativa y técnica de la iniciativa artística presentada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
    A) Integridad de los documentos: la revisión asegurará que todos los documentos requeridos han sido presentados completa y correctamente.
    B) Cumplimiento de criterios de elegibilidad: se verificará que los participantes cumplen con los siguientes criterios de elegibilidad de esta Invitación Focalizada: 1) Pertenencia Étnica, 2) Enfoque Artístico y Cultural, 3) Objetivo de la Iniciativa, 4) Tipos de Expresión Artística.
    C) Inhabilidades e incompatibilidades: Confirmación que los participantes no se encuentran en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas.
    D) Concordancia de la iniciativa: Verificación que la propuesta presentada se ajuste a los objetivos y lineamientos de la invitación.
    E) Viabilidad técnica y administrativa: análisis de la viabilidad técnica y administrativa de la propuesta, asegurando que los recursos solicitados sean adecuados y que la ejecución de la iniciativa sea factible.
  3. Recomendación: El comité de verificación y recomendación revisará la documentación presentada como parte de la iniciativa artística. Si fuera necesario, el comité realizará observaciones y recomendaciones, las cuales quedarán consignadas en el Acta de Recomendación. Estas recomendaciones deberán ser acogidas por el participante al momento de la ejecución de la iniciativa.
  4.  Notificación de adjudicación: El acta, la resolución de iniciativas recomendadas y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación focalizada, se publicarán en el panel de documentos en la parte superior de esta invitación. Los ganadores serán notificados vía correo electrónico certificado del acto administrativo por el cual se les otorga el incentivo, tal como se describe en el ítem “Compromisos de los seleccionados”.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos para la ejecución

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo(Art. 61, Ley 4 de 1913), al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co, manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.

Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:

A. Certificado bancario del Representante de la agrupación desde la cual fue enviada la presente invitación, no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional: Debe incluir el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

B. Cédula de Ciudadanía del representante de la Agrupación 

C. Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La póliza debe amparar el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este y cuatro (4) meses más.

D. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir esta póliza, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del Idartes.

  1. Acoger las recomendaciones técnicas que proponga el comité de verificación y recomendación del Idartes, para lo cual el participante seleccionado deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
  2. Asistir a las reuniones, encuentros, visitas y demás convocadas por el Idartes.
  3. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa, en caso de ser requeridos.
  4. En caso de que la iniciativa se trate de una intervención en espacio público, será obligación del ganador cumplir con la normativa vigente y gestionar los permisos correspondientes con las autoridades competentes para llevar a cabo esta iniciativa.
  5. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.        Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.  
  6. Asistir a las sesiones de acompañamiento con el mentor asignado al proceso de la iniciativa.
  7. El ganador se compromete a notificar con un plazo mínimo de cinco (5) días calendario de anticipación la programación y realización de los eventos, garantizando una comunicación clara, efectiva y oportuna con el equipo responsable del seguimiento de la iniciativa.
  8. Entregar un informe final que incluye:
    1. Todos los beneficiarios deberán completar el formato institucional de la base de datos correspondiente al año 2025. Este documento incluirá la información necesaria para verificar su inscripción en el Registro Único de Víctimas (RUV), asegurando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
    2. Diligenciamiento de formato de informe técnico que incluye el desarrollo real de las actividades propuestas.
    3. Reporte de gastos con soportes que den cuenta de la ejecución de los recursos otorgados por el Idartes.
    4. Se deberán presentar las piezas comunicativas, fotografías y videos como documentación de apoyo para la realización de cada actividad. Se requiere un mínimo de cinco (5) fotografías y un (1) video por cada actividad. 
    5. Una (1) memoria social audiovisual, en la que se documenta el desarrollo del proceso artístico. Esta memoria debe responder a los siguientes elementos clave: 1) Contexto y justificación centrada en resaltar la importancia de la oralitura en la sanación y el empoderamiento de las comunidades, 2) Objetivos de la Invitación en relación con el propósito central de fortalecimiento de la identidad, memoria y resistencia cultura, beneficiarios directos de las víctimas de las comunidades indígenas residentes en Bogotá e impacto esperado en los participantes y la comunidad, 3) Metodología y desarrollo del proceso en donde se describan las actividades realizadas, las modalidades artísticas trabajadas y el enfoque participativo y comunitario de la ejecución, 4) Resultados y logros con testimonios de los participantes y los cambios y aportes en el fortalecimiento de la memoria colectiva, 5) Retos y aprendizajes identificando los desafíos enfrentados en la implementación y 6) Impacto en la comunidad y proyección futura precisando la expansión y continuidad del proceso artístico con la posibilidad de nuevas alianzas y colaboraciones a partir de la orientación brindada por la mentoría.
    6. Se solicitará a los artistas el diligenciamiento de un formato de caracterización como agentes del sector, así como un diagnóstico artístico de la comunidad, con el fin de consolidar información relevante para el fortalecimiento de los procesos artísticos y creativos.
    7. Los demás que solicite la entidad.

Beneficios

  1. Las iniciativas seleccionadas recibirán apoyo especializado a través de mentoría, lo que les permitirá: 1) Optimizar la ejecución de sus proyectos: Acceso a asesoría estratégica para fortalecer los procesos artísticos. 2) Retroalimentación personalizada: Orientación experta en áreas clave para potenciar el impacto de las iniciativas 3) Sostenibilidad y proyección: Diseño de estrategias para garantizar continuidad y fortalecimiento de los proyectos en el mediano y largo plazo. 4) Desarrollo comunitario: Fortalecimiento de las asociaciones y organizaciones de los distintos grupos étnicos, promoviendo su crecimiento y consolidación.
  2. Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes:
  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del proponente seleccionado y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte del IDARTES.

Nota: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

2. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.

Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, en caso de no garantizarse el cumplimiento de los compromisos de los seleccionados se presumirá el incumplimiento por parte del ganador, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011. Adicionalmente, y como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las  invitaciones focalizadas adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.