La ilustración narra, imagina e interpreta las palabras, los territorios y los cuerpos que lo habitan. Es un modo de representación constante en la historia y, por ello, íntimamente integrada a la manera en que vemos, habitamos y percibimos la escala del mundo y del universo.
Por ello, la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá busca fortalecer el ecosistema gráfico local y propiciar espacios donde ilustradores locales puedan visibilizar su trabajo, conectarse con otros lenguajes artísticos y aportar desde la imagen gráfica a la conversación pública. Por este motivo, se lanza la Invitación cultural “Ilustre Bogotá”, que busca destacar la ilustración contemporánea; fomentar la lectura visual, la circulación de contenidos y la vinculación de creadores profesionales y emergentes en espacios públicos ciudadanos.
Para participar se deberá escoger e inscribirse solo a una (1) de las siguientes categorías:
Categoría 1. Profesional. La Bogotá del futuro.
Esta categoría está dirigida a personas naturales residentes en Bogotá, ilustradores con perfil universitario o autodidacta, mayores de 30 años cumplidos al cierre de la invitación, que acrediten al menos 5 años de experiencia profesional en ilustración. Las personas participantes deberán presentar dos (2) ilustraciones que exploren el tema “La Bogotá del futuro”, con técnica libre.
Requerimientos técnicos - Categoría 1.
Un (1) documento PDF con:
Dos (2) ilustraciones de su autoría, inéditas, bidimensionales, en una página cada una.
Nombre de las piezas postuladas y del autor/autora, técnica, formato y dimensiones originales, contacto y redes sociales.
Cita de un texto de máximo 1,000 palabras (canción, fragmento literario, guion, carta personal, receta, aforismo, entre otros) que haya inspirado o articulado la ilustración. Se deberá adjuntar el texto o fragmento, e indicar la autoría, el año y el formato de publicación (libro, sitio web, etc.). Si se trata de un texto de autoría propia, esto deberá señalarse expresamente.
Además, se deberá incluir un texto de máximo 500 palabras que describa la relación entre la cita, las ilustraciones presentadas y la temática propuesta: “La Bogotá del futuro”.
Un (1) link de portafolio profesional de ilustración con ilustraciones publicadas en libros, revistas, redes, videojuegos, streaming o redes propias, que acrediten mínimo 5 años de experiencia profesional.
Declaración juramentada del autor/a indicando que:
Es el autor/a de las imágenes;
No ha utilizado herramientas de generación por inteligencia artificial de manera total o significativa;
Las ilustraciones originales cumplen con los requisitos de calidad y formato de imagen mínimos para participar en la categoría (mínimo: 279 x 432 mm a 300 DPI).
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
1er puesto: $7,000,000
2do puesto: $5,000,000
NOTA 1: En relación a uso de inteligencias artificiales (IA), si bien el evento reconoce las variables tecnológicas que en este momento amplían el debate sobre creación y originalidad transhumana, los organizadores priorizan, en esta versión, el trabajo a través de técnicas tradicionales análogas, pictóricas, fotográficas collage, capturas 3D, modelado, gráfica de taller de impresión y grabado, tradigitales (tradicionales digitales: píxeles, vectores, pintura digital, mix media) y afines. Por tanto, imágenes de las que se pueda comprobar una dependencia total o significativa u origen a través de prompts quedarán inhabilitadas.
NOTA 2: No se permite la participación con piezas que incluyan, hagan uso o promueva usos de marcas de consumo y/o comerciales.
NOTA 3: Las ilustraciones originales deben cumplir con unos requisitos mínimos de calidad y formato de imagen mínimo para participar. La resolución para arte digital debe ser de mínimo: 279 x 432 mm a 300 DPI y para arte tradicional, mínimo: 279 x 432 mm.
Categoría 2. Emergente.
Esta categoría está dirigida a personas naturales residentes en Bogotá, mayores de edad, universitarias o autodidactas. Las personas participantes deberán presentarse en una (1) sola modalidad.
Las dos modalidades, de las que se puede presentar solo a una, son:
Modalidad 1 (1 página): Ilustración sobre textos que hablen, canten, dialoguen o narren la Bogotá Rural.
Modalidad 2 (1 página): Ilustración sobre textos que hablen, canten, dialoguen o narren la Transformación de la ciudad.
Requerimientos técnicos - Categoría 2.
Un (1) documento PDF con:
Ilustración (ver Modalidades) de su autoría, inédita, bidimensional, en una página.
Nombre de la pieza postulada y del autor/autora, técnica, formato y dimensiones originales, contacto y redes sociales.
Cita de un texto de máximo 1,000 palabras (canción, fragmento literario, guion, carta personal, receta, aforismo, entre otros) que haya inspirado o articulado la ilustración. Se deberá adjuntar el texto o fragmento, e indicar la autoría, el año y el formato de publicación (libro, sitio web, etc.). Si se trata de un texto de autoría propia, esto deberá señalarse expresamente.
Además, se deberá incluir un texto de máximo 500 palabras que describa la relación entre la cita y la propuesta presentada.
Un (1) link de sus procesos personales o académicos en ilustración (puede ser portafolio o redes sociales, entre otros).
Declaración juramentada del autor/a indicando que:
Es el autor/a de las imágenes;
No ha utilizado herramientas de generación por inteligencia artificial de manera total o significativa;
Las ilustraciones originales cumplen con los requisitos de calidad y formato de imagen mínimos para participar en la categoría (para arte digital debe ser mínimo: 279 x 432 mm a 300 DPI, y para arte tradicional, 279 x 432 mm).
Los incentivos de esta categoría se entregarán de acuerdo con el orden de elegibilidad de la siguiente manera:
Primer, segundo y tercer puesto modalidad 1: $2,000,000
Primer y segundo puesto modalidad 2: $2,000,000
NOTA 1: En relación a uso de IA, si bien el evento reconoce las variables tecnológicas que en este momento amplían el debate sobre creación y originalidad transhumana, los organizadores priorizan, en esta versión, el trabajo a través de técnicas tradicionales análogas, pictóricas, fotográficas collage, capturas 3d, modelado, gráfica de taller de impresión y grabado, tradigitales (tradicionales digitales: píxeles, vectores, pintura digital, mix media) y afines. Por tanto, imágenes de las que se pueda comprobar una dependencia total o significativa u origen a través de prompts quedarán inhabilitados.
NOTA 2: No se permite la participación con piezas que incluyan, hagan uso o promueva usos de marcas de consumo y comerciales.
NOTA 3: Las ilustraciones originales deben cumplir con unos requisitos mínimos de calidad y formato de imagen mínimo para participar. La resolución para arte digital debe ser de mínimo: 279 x 432 mm a 300 DPI y para arte tradicional, mínimo: 279 x 432 mm.
Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – BibloRed, verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, que las iniciativas inscritas se ajusten a lo estipulado y que los documentos o enlaces permitan su acceso, lectura y revisión completa. Esta invitación no cuenta con periodo de subsanación. Las iniciativas que cumplan con los requerimientos serán habilitadas para la etapa de evaluación.
La evaluación y selección se realizará en dos etapas, así:
Selección: A partir de las iniciativas preseleccionadas, la Dirección de Lectura y Bibliotecas (DLB), mediante selección directa, conformará una terna de jurados integrado por tres personas expertas (inscritas en el Banco de Personas Expertas del Sector Cultura) para evaluar y seleccionar las iniciativas ganadoras, de acuerdo con los criterios de evaluación señalados en la presente invitación.
Finalmente, los jurados se reunirán para hacer una deliberación en la que se determinará cuáles son los ganadores de cada una de las categorías. En total, se concederán siete (7) incentivos económicos. El puntaje mínimo de selección será de ochenta (80) puntos. En caso de que no haya iniciativas habilitadas o las iniciativas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido en alguna de las categorías o modalidades, los jurados podrán recomendar la asignación del incentivo a una iniciativa de otra categoría o modalidad, atendiendo el orden de elegibilidad.
En caso de empate, el criterio de desempate que primará será: Para la Categoría 1 (Profesional): «Aporte a la reflexión sobre la ciudad: Evalúa cómo la ilustración contribuye a la reflexión sobre Bogotá». Para la Categoría 2 (emergente): «Coherencia visual/narrativa: Evalúa la relación entre la ilustración y el texto que la originó, y cómo se complementan».
Publicación de resultados: La Resolución que acoge la recomendación de las iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados. Esta invitación no contempla periodo de subsanación de documentos.
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Lugar de residencia y domicilio: excepto en aquellas convocatorias que establezcan lo contrario, los participantes tipo persona natural, así como los integrantes de una agrupación, deberán ser residentes de la ciudad de Bogotá D.C. En el caso de personas jurídicas su domicilio principal o alguna de sus sedes tendrán que estar ubicadas en la ciudad de Bogotá D.C.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Aceptar formalmente el incentivo dentro del plazo legal tras notificación por correo electrónico.
Asistir a reuniones y actividades programadas por la entidad.
Hacer una entrega adicional de archivos PNG de cada imagen.
Dar créditos a la SCRD en piezas de divulgación.
Acreditar la autoría de las obras y no incurrir en plagio.
Autorizar a la SCRD el uso limitado, no exclusivo, sin fines comerciales, de las imágenes ganadoras para procesos de circulación cultural, actividades formativas, publicaciones digitales e impresas, redes sociales, y futuras estrategias de visibilización relacionadas con BibloRed o la SCRD.
Asumir responsabilidad legal ante posibles reclamaciones por derechos de autor.
Incentivos:
Los siguientes incentivos buscan fortalecer la visibilidad de los artistas y ampliar la circulación de su obra. Estas dinámicas tienen como objetivo robustecer sus trayectorias en el campo de la ilustración y generar espacios de encuentro, aprendizaje y proyección artística dentro del ecosistema cultural de Bogotá.
Incentivos a otorgar Categoría 1: La Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá, BibloRed, otorgará dos (2) incentivos. Uno (1) de $7,000,000 y uno (1) de $5,000,000 a las iniciativas seleccionadas como ganadoras.
Incentivos a otorgar Categoría 2: La Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá, BibloRed, otorgará cinco (5) incentivos de $2,000,000 cada uno a las iniciativas seleccionadas como ganadoras.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
2. Gestionar los desembolsos de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.