La Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, con el fin de dar cumplimiento al objetivo distrital de "Bogotá confía en su bienestar" promueve estrategias de fomento para potenciar oportunidades que dinamicen el desarrollo cultural en el ámbito local. Con este propósito, invita artistas del teatro, la música, la danza, el circo, la magia, improvisación, comparsas, títeres o marionetas, a participar en la presente invitación cultural con sus iniciativas, con el fin de fortalecer la programación de las actividades barriales a ejecutarse en la temporada navideña 2025 en los distintos espacios y actividades organizados por la SCRD a nivel distrital o local.
El proyecto Navidad es Cultura 2025 constituye un esfuerzo interinstitucional entre los Fondos de Desarrollo Local de La Candelaria, Santa Fe, Tunjuelito, Suba y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), así como un ejercicio ciudadano que integra expresiones artísticas, tecnológicas y comunitarias, con el propósito de fortalecer la confianza en las instituciones, reafirmar el orgullo por la diversidad cultural de Bogotá y proyectar a la ciudad como un escenario de encuentro, esperanza y transformación social.
Buscamos iniciativas de las Artes Vivas para circular durante la temporada navideña en Bogotá.
Tenga en cuenta que pueden presentarse a la Invitación Cultural de Actividades Barriales, incluso si ya se postularon a otras invitaciones de Navidad; sin embargo, si resultan ganadores en alguna de esas otras invitaciones, quedarán automáticamente no habilitados para seguir participando o ser seleccionados en la presente invitación cultural.
Los participantes podrán inscribirse en una sola categoría, según la localidad y el énfasis artístico en el que deseen participar.
Noches Mágicas en La Candelaria, Santa Fe y Suba: se seleccionarán personas jurídicas, agrupaciones y/o personas naturales, priorizando las localidades de La Candelaria con 8 incentivos, Santa Fe con 6 incentivos y Suba con 8 incentivos a que presenten iniciativas de puestas en escena de teatro, títeres, clown, impro, circo, danza, música, coros, marionetas, magia, entre otras, enfocadas en temas navideños y de identidad cultural local, que estén dirigidas a público infantil o familiar, que tengan una duración entre mínimo (35) minutos y máximo cuarenta y cinco (45) minutos; la puesta en escena deberá contar con un mínimo de siete (7) y máximo diez (10) artistas (en escena). En el caso de que la puesta en escena sea de circo, estas deberán ser acciones realizadas en piso, no se aceptan iniciativas artísticas con actos aéreos.
Nota 1: El participante deberá residir en la localidad por la cual se presenta.
Nota 2: Esta categoría es exclusiva para artistas de las localidades de La Candelaria, Santa Fe y Suba.
Personajes y circuitos Itinerantes (Santafiesticos, Candelosos, Subeños y Tunalitos): se seleccionarán personas jurídicas y/o agrupaciones, priorizando las localidades de La Candelaria con 2 incentivos, Santa Fe con 2 incentivos, Suba con 3 incentivos y Tunjuelito con 1 incentivo a que presenten iniciativas de espectáculos de las artes vivas, narración oral y/o teatro callejero, que se adecuen a circuitos itinerantes, historias tradicionales y contemporáneas (personajes) en espacios abiertos de los barrios de la localidad en las calles, parques y espacios públicos. La iniciativa debe incluir entre 20 a 25 artistas y/o intérpretes para la localidad de Candelaria, Santa Fe y Suba y para la localidad de Tunjuelito que incluya 12 artistas.
Nota 1: Para esta categoría se debe tener en cuenta que la iniciativa ganadora deberá ejecutar todos los recursos inherentes a la ejecución de la propuesta artística que se requieran para el desarrollo del espectáculo.
Nota 2: Esta categoría es exclusiva para artistas de las localidades de La Candelaria, Santa Fe, Suba y Tunjuelito.
Artistas Emergentes (multidisciplinar): se seleccionarán 31 iniciativas de personas naturales, agrupaciones y/o personas jurídicas que pertenezcan a cualquier localidad, con diferentes disciplinas artísticas de teatro, danza, improvisación y música, con propuestas aptas para todo público, que tengan una duración mínima de cuarenta y cinco (45) minutos y máximo sesenta (60) minutos.
Nota: Los participantes de esta categoría que residan en la localidad de Suba tendrán 5 puntos asegurados en su puntuación total.
Desfile Inaugural Navideño: se seleccionarán personas jurídicas y/o agrupaciones, priorizando las localidades de La Candelaria con 2 incentivos, Santa Fe con 2 incentivos y Suba con 2 incentivos, se invita a participar a comparsas, grupos percusionistas o batucadas, con una propuesta navideña que incluya mínimo 20 artistas en escena.
Nota: Esta categoría es exclusiva para artistas de las localidades de La Candelaria, Santa Fe y Suba.
Tener en cuenta que, en caso de ser seleccionado, se realizará un contrato de prestación de servicios u orden de servicio en el marco del Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A., cuyo objeto consiste en: “Prestar los servicios requeridos para el desarrollo del proyecto Navidad es Cultura 2025, de conformidad con lo establecido en el Anexo Guía Técnica.” El aliado (A.N.A.) se encargará de realizar el proceso contractual pertinente e informará al ganador sobre las retenciones e impuestos aplicables, según la categoría correspondiente.
Para conocer las condiciones específicas por categoría, debe remitirse a:
1. ANEXO GUÍA TÉCNICA INVITACIÓN CULTURAL - NAVIDAD 2025
Persona Natural:
Noches Mágicas en La Candelaria, Santa Fe y Suba
Personas naturales mayores de dieciocho (18) años que residan en la localidad a la que se postule y que acrediten trayectoria de 3 años o más en la realización de presentaciones artísticas, culturales o conducción de eventos.
Artistas Emergentes (multidisciplinar)
Personas naturales mayores de dieciocho (18) años que acrediten trayectoria de 2 años en la realización o ejecución de proyectos culturales de la misma naturaleza de la presente invitación.
Nota: La experiencia requerida deberá ser desde el año 2018 a septiembre del 2025. El material de soporte debe evidenciar de manera clara la trayectoria del participante, incluir su nombre visible y la fecha correspondiente.
Agrupación:
Noches Mágicas en La Candelaria, Santa Fe y Suba
Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, que acrediten trayectoria como agrupación de 3 años o más en la realización de presentaciones artísticas, culturales o conducción de eventos. Todos los integrantes de la agrupación deberán residir en la localidad por la cual se presenta.
Personajes y circuitos Itinerantes
Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, quienes serán los responsables ante la entidad y deben residir en la localidad por la cual se presenta. La agrupación debe acreditar trayectoria de 5 años o más en la realización o ejecución de proyectos culturales y eventos en la producción artística y gestión cultural.
Artistas Emergentes (multidisciplinar)
Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, que acrediten trayectoria de 2 años en la realización o ejecución de proyectos culturales de la misma naturaleza de la presente invitación.
Desfile Inaugural Navideño
Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, quienes serán los responsables ante la entidad y deben residir en la localidad por la cual se presenta. La agrupación debe acreditar trayectoria de 3 años o más en la realización de presentaciones artísticas, culturales y contar con mínimo veinte (20) artistas en escena.
Notas:
Para validar la trayectoria de las agrupaciones sólo serán válidos los soportes como agrupación, no es válido la suma de la experiencia de los integrantes de la agrupación.
La experiencia requerida deberá ser desde el año 2018 a septiembre del 2025. El material de soporte debe evidenciar de manera clara la trayectoria del participante, incluir su nombre visible y la fecha correspondiente.
Persona Jurídica
Noches Mágicas en La Candelaría, Santa Fe y Suba
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria de 3 años o más en la realización de presentaciones artísticas, culturales o conducción de eventos. El domicilio principal de la persona jurídica o alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta.
Personajes y circuitos Itinerantes (Santafiesticos, Candelosos, Subeños y Tunalitos)
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria y experiencia de 5 años o más en la realización o ejecución de proyectos culturales y eventos en la producción artística y gestión cultural. El domicilio principal de la persona jurídica o alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta.
Artistas Emergentes (multidisciplinar)
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria y experiencia de dos (2) años en la realización o ejecución de proyectos culturales de la misma naturaleza de la presente invitación.
Desfile Inaugural Navideño
Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que acrediten trayectoria de 3 años o más en la realización de presentaciones artísticas, culturales y contar con mínimo veinte (20) artistas en la puesta en escena. El domicilio principal de la persona jurídica o alguna de sus sedes debe estar ubicada en la localidad por la cual se presenta.
Nota: La experiencia requerida deberá ser desde el año 2018 a septiembre del 2025. El material de soporte debe evidenciar de manera clara la trayectoria del participante, incluir su nombre visible y la fecha correspondiente.
Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes o enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y, posteriormente, publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar, en esta página. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar los documentos administrativos. Posterior a la subsanación, la SCRD publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página.
Evaluación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte delegará un comité de selección conformado por un número impar de profesionales idóneos, el cual será encargado de valorar los participantes de acuerdo con cada categoría. Este ejercicio se llevará a cabo teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en la invitación.
Selección: El resultado del proceso de evaluación quedará consignado en un acta. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité evaluador y procederá con la publicación de la lista de seleccionados.
Nota. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos, En caso de presentarse un empate, se seleccionará el participante que haya tenido mayor puntaje en el criterio de Calidad técnica y ejecución artística.
Publicación de resultados: Los resultados serán publicados en la página de Invitaciones Culturales.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma categoría, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados.
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas o se efectuaron de manera incorrecta o parcial. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Cuando la invitación establezca periodo de subsanación. El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Manifestar expresamente su aceptación o no aceptación del incentivo enviando un correo a correspondencia.externa@scrd.gov.co.
Otorgar los créditos debidos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación relacionadas con la iniciativa ganadora, así como en las piezas comunicativas generadas al respecto.
Tener disponibilidad para la(s) funciones requeridas en el día dispuesto.
Cumplir con la(s) presentación(es) del espectáculo o función.
Presentarse con la suficiente antelación a los espectáculos.
Entregar los formatos solicitados por la SCRD cuando el o los artistas sean programados para hacer parte de un evento o escenario.
Autorizar el uso de la información e imágenes para la construcción y circulación del directorio cultural y creativo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de autor, asumiendo la responsabilidad por todas las conductas en las que puedan incurrir y respondiendo a cualquier reclamación que pueda surgir, con ocasión a su emprendimiento
Cumplir con las instrucciones, asignaciones, horarios, lineamientos técnicos y logísticos para el correcto desarrollo de la participación de acuerdo al evento o escenario al cual sea programado.
Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
Los seleccionados podrán robustecer su trayectoria y capacidades como agentes del sector cultural, adquiriendo experiencia en la participación de espectáculos de gran formato. Asimismo, en el marco del Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A., cuyo objeto consiste en:“Prestar los servicios requeridos para el desarrollo del proyecto Navidad es Cultura 2025, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico.” se tendrá la retribución económica según categoría.
1. Realizar el seguimiento y acompañamiento en el marco del Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A.