Invitación Cultural Bolsa de Circulación Artística Arte a la KY 2026 - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes convoca a músicos, bailarines, cantantes, cuenteros, narradores orales, artistas circenses, performers, escultores, fotógrafos, poetas, marionetistas o titiriteros y estatuas humanas, que se encuentren registrados y aprobados en la plataforma transaccional www.paes.gov.co, a participar en la Invitación Cultural Bolsa de Circulación Artística Arte a la KY 2026.
Artistas en espacio público
09-04-2026
Fecha de apertura
11-05-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
11-05-2026
Publicación de iniciativas habilitadas y no habilitadas
12-05-2026
Presentación de observaciones al listado de verificación
19-06-2026
Fecha límite publicación de seleccionados
30-11-2026
Fecha límite realización de actividades (Seleccionados)
Progreso
14% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Invitación Cultural Bolsa de Circulación Artística Arte a la KY 2026 convoca a músicos, bailarines, cantantes, cuenteros, narradores orales, artistas circenses, performers, escultores, fotógrafos, poetas, marionetistas o titiriteros y estatuas humanas, registrados y aprobados en la plataforma de Permiso para Aprovechamiento Económico de Artistas en Espacio Público (www.paes.gov.co), a ser parte de una iniciativa que busca dinamizar distintos espacios de la ciudad a través del arte.


Esta invitación propone activar escenarios urbanos mediante funciones e intervenciones artísticas que se integran al ritmo cotidiano de Bogotá, generando encuentros espontáneos entre el arte hecho en el espacio público y la ciudadanía. A través de estas acciones, los artistas del Espacio Público podrán visibilizar sus prácticas, mostrar sus iniciativas y realizar aprovechamiento económico en espacios gestionados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes durante la vigencia 2026. 


La invitación reconoce el trabajo de los artistas que, desde el cumplimiento de la regulación vigente y el respeto por el espacio público, han consolidado sus prácticas artísticas como parte del ecosistema cultural de la ciudad. En este sentido, se abre esta invitación cultural para fortalecer sus procesos de exhibición, promover oportunidades de aprovechamiento económico y consolidar espacios de encuentro donde el arte de calle dialogue de manera directa con la ciudadanía.


De esta manera, la invitación cultural impulsa la exhibición de iniciativas  de artistas del espacio público en diversos lugares de Bogotá, generando escenarios artísticos temporales que transforman el tránsito cotidiano en experiencias culturales. Estas intervenciones artísticas aportan a la construcción de una ciudad más viva y participativa, donde el espacio público se reconoce como un escenario legítimo para la expresión artística, el intercambio cultural y la apropiación colectiva del territorio.


Categorías de participación para esta invitación:


  • Artistas Escénicos: Dirigida a músicos, bailarines, cantantes, cuenteros, narradores orales, artistas circenses, marionetistas o titiriteros y performers que deseen postularse de manera individual o colectiva en agrupaciones integradas por mínimo (2) y máximo tres (3) integrantes, quienes deberán presentar una iniciativa que promueva el acceso a la cultura, la dinamización de la vida urbana y la interacción con la ciudadanía a través de manifestaciones artísticas diversas, para desarrollar una presentación, de mínimo 20 minutos de duración, en los espacios de activación artística que disponga el Idartes. 


  • Estatuas Humanas y Fotógrafos: Dirigida a estatuas humanas y fotógrafos que deseen postularse de manera individual, quienes deberán presentar una iniciativa para desarrollar una intervención de mínimo 60 minutos de duración que promueve el acceso a la cultura, la dinamización de la vida urbana y la interacción con la ciudadanía, en los espacios de activación artística que disponga el Idartes. 


  • Escultores: Dirigida a escultores que deseen postularse de manera individual, quienes deberán presentar una iniciativa de carácter pedagógico de mínimo 60 minutos de duración que promueve el acceso a la cultura, la dinamización de la vida urbana y la interacción con la ciudadanía, en los espacios de activación artística que disponga el Idartes. 


Nota: La iniciativa podrá contemplar la participación de artistas no registrados que contribuyan al desarrollo de la puesta escénica, estos participarán en calidad de invitados y no serán beneficiarios de incentivo económico.

¿Cómo se hace la inscripción?

La inscripción de iniciativas deberá realizarse en la plataforma de Invitaciones Culturales de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/). 


Con el fin de atender dificultades en el uso de herramientas de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que puedan  tener las personas mayores de 60 años, se dispondrá del Punto de Atención a Artistas en Espacio Público para brindar orientación y asistencia operativa en la presentación de sus iniciativas en esta invitación cultural. Este espacio está ubicado en la sede principal del Idartes (Carrera 8 # 15-46), en horario de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y 4:30 p.m. exceptuando el día de cierre de la invitación cultural. 


Nota: La asistencia brindada por parte de los profesionales del Idartes será únicamente operativa y estará sujeta a la disponibilidad de tiempo del equipo, por lo que se recomienda acudir al punto de atención, de manera oportuna. El contenido de la iniciativa y los detalles técnicos de la misma deberán ser elaborados y descritos por el o la participante, por lo que el Idartes se exime de cualquier responsabilidad asociada a errores, inconsistencias o interpretaciones que se presenten durante el proceso de inscripción y postulación de la iniciativa. Finalmente, es responsabilidad exclusiva del participante la entrega de los documentos y la presentación de la iniciativa dentro de los plazos establecidos.


Historia de Arte a la KY


El programa Arte a la KY nació en el año 2020 como un modelo de gestión orientado a la ampliación de oportunidades de inclusión social y productiva para los artistas que han apostado por el uso responsable del espacio público. Esta estrategia se materializa mediante la inversión de recursos destinados a la apertura de invitaciones culturales, convocatorias exclusivas para esta población, acceso a procesos de formación y cualificación, y el desarrollo de acciones que contribuyen a la visibilización de estos artistas. 


A través de acciones de innovación social, el programa Arte a la KY tiene la capacidad de generar acuerdos para el desarrollo de las cotidianidades creativas de los artistas. Es así como para el Plan de Desarrollo 2024 – 2027 “Bogotá Camina Segura”, el programa se enfoca en el cumplimiento objetivo estratégico No. 1 “Bogotá se siente segura”, con el propósito de que los artistas del espacio público puedan aportar desde su capacidad artística a la construcción de la ciudad como un lugar más amable, donde se genere apropiación y disfrute de los espacios públicos. 


Desde el Idartes se promueve el desarrollo de intervenciones y actividades artísticas y culturales, que propicien la interrelación de la ciudadanía con el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia pacífica y transformación social, resignificando el imaginario colectivo del entorno, y fomentando el vínculo de apropiación de la ciudadanía con las prácticas de los artistas de las calles bogotanas.


De esta manera, se presenta la Invitación Cultural Bolsa de Circulación Artística Arte a la KY 2026; con el fin de acercar mucho más el arte del espacio público a la cotidianidad de las personas. La mirada del Idartes se encuentra enfocada en que la ciudad sea parte de un cúmulo de experiencias que mantendrán encendido el interés del arte que vive en cada ciudadano y ciudadana.

Incentivos

Todas las categorias

  • Se otorgarán CINCUENTA (50) incentivos económicos a los seleccionados de las categorías participantes que cumplan con los requisitos de la Invitación, por valor de CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($400.000) cada uno, para un total de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000). Nota: Al valor total del incentivo económico se aplicarán los descuentos y retenciones de ley a que haya lugar.

¿Quién puede participar?

PERSONA NATURAL: 

Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C.,  que desarrollen su práctica artística en el espacio público.


Los artistas que se postulen, deben estar registrados y aprobados con corte al 31 de marzo de 2026, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público (PAES) disponible en www.paes.gov.co.


Documentos administrativos a presentar:

-Documentos de Identidad:

  • Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Pasaporte vigente.

  • Ciudadanos Venezolanos:

PPT (Permiso por Protección Temporal)


Nota 1: Ciudadanos extranjeros verificar si su documento cargado en plataforma es vigente, de no ser el caso se solicita cargar su documento actualizado.

Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023


AGRUPACIÓN: 


Personas colombianas o extranjeras que deseen conformar una agrupación integrada por mínimo 2 y máximo 3 personas, mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C. y que desarrollen su práctica artística en el espacio público. 


Los artistas que se postulen, deben estar registrados y aprobados con corte al 31 de marzo de 2026, en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público (PAES) disponible en www.paes.gov.co.


Documentos administrativos a presentar:

-Documentos de Identidad:

  • Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.

  • Cédula de extranjería.

  • Pasaporte vigente.

  • Ciudadanos Venezolanos:

PPT (Permiso por Protección Temporal)


Nota 1: Ciudadanos extranjeros verificar si su documento cargado en plataforma es vigente, de no ser el caso se solicita cargar su documento actualizado.

Nota 2: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Todas las categorias

Soportes de trayectoria

Soportes que acrediten trayectoria de al menos cinco (5) años en el desarrollo de su práctica artística: programas de mano, evidencias fotográficas fechadas, notas de prensa, permisos de aprovechamiento económico expedidos por el Idartes, actos administrativos o certificaciones de participación en el Programa Distrital de Estímulos del sector o invitaciones culturales del Idartes, entre otros soportes documentales que permitan dar cuenta de la temporalidad de la trayectoria artística. La información deberá presentarse organizada por año y clasificada según el tipo de documento cargado, de manera que facilite su lectura, comprensión, verificación y evaluación.

Formato de compromiso

Diligencie y cargue en un documento PDF, el compromiso y la aceptación de la adecuada ejecución de su iniciativa de la presente invitación. Nota: El documento debe ser diligenciado sobre el formato suministrado por la entidad, descargue aquí. Descargar plantilla aquí
Documentos administrativos Artistas Escénicos

Documentos de identidad de la agrupación

Cargue en un solo documento, todos los documento de identidad de todos los integrantes que conforman la agrupación.
Documentos técnicos Artistas Escénicos

Iniciativa Artística

El participante debe presentar su iniciativa artística de forma clara y coherente, diligenciando el formato suministrado y asegurando que la información coincida con el material audiovisual de la postulación. Se valorará que la iniciativa esté bien estructurada y que coincida con el video aportado. Descargar plantilla aquí

Video

Un enlace que redirija a una plataforma audiovisual con un video de mínimo dos (2) minutos y máximo tres (3) minutos que haya sido grabado en los últimos seis (6) meses, a la fecha de cierre de la invitación, el cual tenga coherencia con la iniciativa presentada, donde se evidencie el desarrollo de la práctica artística y la participación del(los) postulante(s). Nota: Es importante que el video evidencie lo descrito en el formato diligenciado de la iniciativa artística.
Documentos técnicos Estatuas Humanas y Fotógrafos

Iniciativa artística

El participante debe presentar su iniciativa artística de forma clara y coherente, diligenciando el formato suministrado y asegurando que la información coincida con el portafolio aportado en la postulación. Se valorará que la iniciativa esté bien estructurada y que lo que se describe se refleje de manera clara en el material aportado. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos Escultores

Iniciativa Artística

El participante debe presentar su iniciativa artística de forma clara y coherente, diligenciando el formato suministrado y asegurando que la información coincida con el portafolio aportado en la postulación. Se valorará que la iniciativa esté bien estructurada y que lo que se describe se refleje de manera clara en el material aportado. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía Operativa Guía Operativa Invitaciones Culturales

Criterios de selección


Artistas Escénicos
Primera Ronda:
  • Solidez y congruencia en la iniciativa artística presentada a través del formato suministrado, en coherencia con el material audiovisual presentado en la postulación.
    Puntaje máximo: 35
  • Calidad y creatividad en el desarrollo de la práctica artística, evidenciada a través del material audiovisual aportado en relación directa con lo diligenciado en la iniciativa artística.
    Puntaje máximo: 40
  • Trayectoria asociada al desarrollo de la práctica artística en el espacio público, sustentada a través de soportes que acrediten dicha trayectoria.
    Puntaje máximo: 25

Estatuas Humanas y Fotógrafos
Primera Ronda:
  • Solidez y congruencia en la iniciativa artística presentada a través del formato suministrado, en coherencia con el portafolio presentado en la postulación.
    Puntaje máximo: 40
  • Calidad y creatividad en el desarrollo de la práctica artística, evidenciada a través del portafolio aportado en relación directa con lo diligenciado en la iniciativa artística.
    Puntaje máximo: 35
  • Trayectoria asociada al desarrollo de la práctica artística en el espacio público, sustentada a través de soportes que acrediten dicha trayectoria.
    Puntaje máximo: 25

Escultores
Primera Ronda:
  • Solidez y congruencia en la iniciativa artística presentada a través del formato suministrado, en coherencia con el portafolio presentado en la postulación.
    Puntaje máximo: 40
  • Calidad y creatividad en el desarrollo de la práctica artística, evidenciada a través del portafolio aportado en relación directa con lo diligenciado en la iniciativa artística.
    Puntaje máximo: 35
  • Trayectoria asociada al desarrollo de la práctica artística en el espacio público, sustentada a través de soportes que acrediten dicha trayectoria.
    Puntaje máximo: 25

Proceso de selección

  • Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura. 

  • Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: El listado se publicará en esta página máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación

Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.

La documentación solicitada no podrá subsanarse, en ese sentido, si el participante no adjunta la documentación o no diligencia la información solicitada, no será habilitado.


Evaluación y selección: Mediante selección directa, el Idartes conformará una terna de Jurados integrada por tres (3) personas idóneas para evaluar y seleccionar las iniciativas ganadoras, de acuerdo con los criterios de evaluación señalados en la presente Invitación Cultural. El proceso de selección tendrá una etapa inicial para la evaluación individual de las iniciativas inscritas en la plataforma, por parte de cada jurado. Posteriormente se llevará a cabo un proceso de deliberación conjunta que quedará consignado en un Acta con las iniciativas seleccionadas. Finalmente, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes acogerá la recomendación del comité evaluador mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.


El Instituto Distrital de las Artes – Idartes no se hace responsable por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las iniciativas ganadoras.


Puntaje mínimo de selección de la categoría 1 “Artistas Escénicos” de la categoría 2 “Estatuas Humanas y Fotógrafos” y de la categoría 3 “Escultores”: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a setenta (70) puntos ponderados. Las iniciativas  serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.


En tanto, las siguientes dos (2) iniciativas de cualquiera de las tres categorías participantes que superen los setenta (70) puntos y no se encuentren dentro de las cincuenta (50) primeras, se declararán como iniciativas suplentes, las cuales podrán ser seleccionadas, en respectivo orden de calificación, en el caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar su iniciativa, o renuncie al incentivo económico.

  

Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 70  puntos o más, no implica su selección como ganadora.


Nota: En el caso donde se presenten dos o más iniciativas por un participante, se tomará para el proceso de evaluación y selección la última iniciativa presentada.


Aclaración: El comité evaluador podrá recomendar que el proceso de la invitación cultural se declare desierto, total o parcialmente, si durante la deliberación se encuentra por unanimidad que las iniciativas evaluadas no ameritan el otorgamiento del incentivo. En este caso, los jurados expondrán las razones que tuvo en cuenta para tomar esta decisión.


Publicación de resultados: El Acta y la Resolución de iniciativas seleccionadas se publicarán en el micrositio de esta invitación (parte superior). 

Causales para no ser habilitado

El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa de la presente invitación, se excluirán del proceso por medio del retiro del incentivo a las iniciativas en las que se evidencie el incumplimiento de cualquiera de las condiciones y términos aquí establecidos. 

A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal:

  1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.

  2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados. 

  3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.

  4. La persona natural postulante es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

  5. Se presentaron dos o más iniciativas por parte de la persona natural participante.

  6. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  7. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

  8. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.

  9. El participante no cuenta con un registro y aprobado en la plataforma de Permiso para aprovechamiento económico de artistas en espacio público www.paes.gov.co, a corte del 31 de marzo del 2026.

  10. El participante cuenta con tres llamados de atención (3) formalizados mediante actas de reunión, debido a no acatar las normas de convivencia, el incumplimiento de acuerdos previamente establecidos o el uso inadecuado del espacio destinado para la ejecución de su iniciativa en alguna de las invitaciones culturales del programa Arte a la KY, donde se haya designado como ganador.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del correo de notificación, para dar su respuesta al correo electrónico: artistas.espaciopublico@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia al incentivo, procediéndose a su asignación al suplente, si lo hubiera.


Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.co, de los siguientes documentos: 

 

  • Documento de identidad (según Perfil del Participante).

  • Certificado bancario (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica),  no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 
    *No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

  • RUT (de la persona natural), generado en el año 2026.


  1. Asumir los gastos asociados al desarrollo de la iniciativa y desplazamientos necesarios para cumplir con los deberes señalados en esta invitación. 

  2. Garantizar la asistencia a los espacios asignados y en los horarios establecidos por el Idartes para la ejecución de la iniciativa. 

  3. Los ganadores de la Categoría 2, "Estatuas Humanas y Fotógrafos", cuya iniciativa seleccionada sea en calidad de “Estatua humana” deberá garantizar la exhibición de una ficha técnica de su personaje visible para los transeúntes durante la ejecución de su iniciativa.. 


  1. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.

  2. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, exhibición, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.

  3. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

  4. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas

  5. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa.

  6. Garantizar la adecuada ejecución de su iniciativa. Ante cualquier alteración del orden, consumo de sustancias psicoactivas y/o bebidas embriagantes, o incumplimientos de los compromisos señalados en el presente apartado y en el documento “Carta de compromiso”, será retirado del espacio de ejecución de manera definitiva.


Nota: El retiro del artista del lugar de ejecución  será considerado como una causal directa para el retiro del incentivo económico otorgado en el marco de la presente Invitación Cultural. Cualquier acción inapropiada por parte del ganador que implique el retiro de la escarapela, se entenderá como un incumplimiento de los compromisos adquiridos en su calidad de ganador. En consecuencia, se dará aplicación a las medidas administrativas correspondientes, de conformidad con lo establecido en los términos y condiciones de la Invitación Cultural.  


  1. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artistas.espaciopublico@idartes.gov.coen un término no superior a los siguientes tres (3) días calendario de presentarse la eventualidad.

Nota: La ocurrencia de un hecho constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, que imposibilite la ejecución de la iniciativa ganadora en las condiciones establecidas, dará lugar al retiro del incentivo otorgado al participante.

Nota: Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito, un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.

Beneficios

  1. Un único desembolso correspondiente al 100% del valor del incentivo económico, posterior a la ejecución de la presentación artística, el desarrollo de la exposición o el taller, según sea el caso, en los espacios dispuestos por el Idartes.

  2. Un (1) espacio físico para el desarrollo de la activación artística que contribuya a la visibilización de su práctica y aprovechamiento económico en los espacios dispuestos por el Idartes.