Invitación focalizada Idartes 2026 - Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá - IDARTES

JM
El Instituto Distrital de las Artes – Idartes, a través de la Subdirección de las Artes y la Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de Bogotá. Esta iniciativa busca fortalecer la creación, formación y circulación artística del pueblo Muisca de Bosa mediante procesos escénicos, formativos y colaborativos que promueven la memoria viva, la identidad cultural y la autonomía creativa en el contexto urbano.
Pueblos étnicos
20-04-2026
Fecha de apertura
27-04-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
06-05-2026
Publicacion de iniciativas recomendadas
30-11-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

11-05-2026 9:00 AM - RESOLUCIÓN No. 417 (06 – May - 2026)«Por medio de la cual se acoge el acta de designación del mentor requerido para acompañar la iniciativa seleccionada en la INVITACIÓN FOCALIZADA IDARTES 2026 - SEMILLAS DE ARTE MUISCA EN EL CABILDO BOSA: FORMACIÓN Y CIRCULACIÓN ARTÍSTICA DEL PUEBLO ORIGINARIO DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ»

06-05-2026 11:11 AM - Resolución No. 408, 04 de mayo de 2026 «Por medio de la cual se acoge la recomendación del Comité de Recomendación designado para elegir la iniciativa de la INVITACIÓN FOCALIZADA IDARTES 2026 - SEMILLAS DE ARTE MUISCA EN EL CABILDO BOSA: FORMACIÓN Y CIRCULACIÓN ARTÍSTICA DEL PUEBLO ORIGINARIO DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, se ordenan los desembolsos del incentivo económico a la iniciativa seleccionada y se precisan unas disposiciones»

01-05-2026 4:15 PM - Acta de selección de mentor de la Invitación focalizada Idartes 2026 - Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá

28-04-2026 4:43 PM - Acta de selección comité verificador Invitación focalizada Idartes 2026 - Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá

20-04-2026 11:34 AM - RESOLUCIÓN No. 353 (17 – Abr - 2026) «Por medio de la cual se da apertura a la INVITACIÓN FOCALIZADA IDARTES 2026 - SEMILLAS DE ARTE MUISCA EN EL CABILDO BOSA: FORMACIÓN Y CIRCULACIÓN ARTÍSTICA DEL PUEBLO ORIGINARIO DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES»

Descripción

 El Instituto Distrital de las Artes – Idartes, a través de la Subdirección de las Artes y la Línea de Políticas Públicas de Pueblos Étnicos, presenta la Invitación Focalizada Idartes 2026 Tejiendo futuro: Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa. Esta invitación focalizada da cumplimiento a los acuerdos y productos concertados en el marco de los sub ejes de Política Pública de los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C., CONPES 37, Gobernanza Cultural a través del Plan de Vida de la comunidad Muisca de Bosa "Palabra que Cuida y Protege la Semilla", Gobernanza Cultural a través del Plan de Cumplimiento y Plan Decenal de Cultura de la Comunidad Muisca de Bosa y Gobernanza Cultural a través del Plan Especial de Salvaguardia y la Juntanza Étnica del Festival Jizca Chía Zhue.

La invitación focalizada se desarrolla en tres fases:

  • Fase 1. Semillas de Arte y Palabra: Formación artística Intercultural e Intergeneracional. En esta fase se debe desarrollar un proceso de formación artística integral que reúne un conjunto de talleres de dos meses y medio, orientados a la práctica de arte propio mediante la creación colectiva de una comparsa. Esta manifestación comunitaria debe combinar tradición, arte y participación, y estará dirigida principalmente a niños, niñas y adolescentes indígenas, con una duración máxima de tres meses. La iniciativa será diseñada y construida por la comunidad, integrando músicos, bailarines, actores y diversas expresiones escénicas, con el propósito de representar, a través de la música, la danza, el vestuario y la puesta en escena, la identidad, las tradiciones y el mensaje colectivo de la comunidad.
  • La participación de niños, niñas y adolescentes es fundamental, ya que se vincularán en las presentaciones de danza y música, colaborarán en la elaboración de vestuarios y elementos escénicos, y representarán símbolos culturales. Este proceso formativo fortalecerá su identidad, creatividad y valores de trabajo en equipo, respeto y colaboración, al tiempo que consolida la acción colectiva de la comunidad.Los resultados de este proceso deben presentarse en el desfile inaugural de la vigésima sexta edición del Festival Jizca Chía Zhue en la localidad de Bosa, como una expresión viva de la cultura, la memoria y la creación artística comunitaria.
    De manera complementaria, se llevará a cabo un proceso de formación artística con un alcance más amplio y sostenido durante el resto del año, que incorpore un enfoque intergeneracional e intercultural. Este proceso estará orientado a la práctica colaborativa en las artes escénicas, involucrando áreas como el teatro, la danza, la música, la oralitura u oraliteratura, las artes plásticas y visuales, las artes audiovisuales y la expresión corporal, con el fin de fortalecer la identidad cultural y reconocer las expresiones artísticas de la comunidad en el territorio.
  • Fase 2. Memorias Vivas en Escena: En esta fase, desarrollada de manera paralela a la fase 1. Semillas de Arte y Palabra: Formación artística Intercultural e Intergeneracional, se llevará a cabo la creación material y escénica de la comparsa. En esta fase, los participantes trabajarán colectivamente en la elaboración de carrozas, vestuario y maquillaje, integrando saberes tradicionales y contemporáneos. El proceso fomentará la participación intergeneracional, la transmisión de conocimientos, la creatividad colectiva y el fortalecimiento de la identidad cultural, garantizando que la puesta en escena refleje de manera integral la memoria viva y el espíritu comunitario del pueblo Muisca de Bosa.
  • Fase 3. Tradiciones artísticas en movimiento: En esta fase, la persona jurídica recomendada como ganadora deberá seleccionar cinco propuestas artísticas presentadas por la comunidad en cualquiera de las áreas artísticas (excepto prácticas culturales y patrimoniales), con especial énfasis en danza y música. Estas propuestas, ya sean individuales o colectivas, deberán evidenciar un trabajo artístico cuya calidad, trayectoria e innovación permitan su presentación en otros espacios o plataformas artísticas sugeridas por el Idartes, diferentes al Festival Jizca Chía Zhue.
  • No podrán postularse como propuestas los trabajos artísticos presentados en el marco del proyecto especial Laboratorio de Cocreación Artefactum, ni aquellos derivados de dicho espacio.

  • Para facilitar la adecuada formulación de las iniciativas presentadas en la invitación focalizada, tenga en cuenta las siguientes condiciones:

Restricción de participación de contratistas vinculados a los diferentes sectores de la nación, distrito o de las localidades y de personas seleccionadas en el proyecto especial Laboratorio de Co Creación Artefactum

No podrán participar como parte del equipo ejecutante devengando recurso económico alguno, personas que, desde la fecha de apertura o durante cualquiera de etapas subsiguientes incluida la ejecución, adquieren o mantienen contratos vigentes con entidades del orden nacional, distrital o local en calidad de contratistas. Esta restricción busca garantizar la solicitud de la comunidad de ampliación de oportunidades, permitiendo que otros miembros de la comunidad, que no tienen vínculos contractuales con entidades públicas, puedan acceder a apoyos económicos y visibilización artística, además de garantizar la transparencia y equidad, prevención de conflictos de interés, fortalecimiento comunitario y legitimidad del proceso.

Igualmente, esta restricción se aplicará a los beneficiarios seleccionados en el proceso asociado al proyecto especial Laboratorio de Co Creación Artefactum. De esta manera se garantiza que, en cada uno de los procesos, los participantes asuman de manera juiciosa y responsable las acciones y compromisos derivados de su participación, cumpliendo con las responsabilidades emanadas de cada etapa.

Con el fin de asegurar el cumplimiento de los criterios establecidos, se realizará la verificación de ambas condiciones a través de la plataforma transaccional SECOP II y la información contenida en la página de Datos Abiertos, específicamente el conjunto de datos de los contratos celebrados mediante SECOP II, alimentado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.

Además, la participación en los procesos de fomento mencionados, se verificarán en las plataformas sectoriales cultured.gov.co e invitaciones.scrd.gov.co.

2. Restricción de participación por desempeño previo de roles en Invitación focalizada Idartes 2025 – Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Co-Creación, Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá:

No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que, durante el año inmediatamente anterior (2025), hayan desempeñado los siguientes roles en el marco de la Invitación focalizada Idartes 2025 – Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Co-Creación, Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá:

  • Coordinador(a) General
  • Comunero(a) para seguimiento
  • Encargado(a) de Relaciones Públicas (Comunicaciones)
  • Coordinador(a) de Decoración y Carrozas de los procesos artísticos propuestos

Esta restricción responde a la solicitud de la comunidad de ampliar las oportunidades de participación, permitiendo que otros miembros asuman estos roles. Con ello, se busca fomentar la rotación de responsabilidades y fortalecer las capacidades de nuevos comuneros dentro de los procesos artísticos y culturales.

La verificación de esta condición se realizará sobre la propuesta formulada en el año 2025 y conforme con los soportes de su ejecución.

3. Otras prohibiciones específicas:

  1. Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en la asesoría, preparación o elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación; así como quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento, su mesa técnica o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.
  2. Parentesco con servidores públicos: Quedan excluidas las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).
  3. Miembros del comité de verificación o selección: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de selección o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).
  4. Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas (incluyendo sus miembros) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) a quienes se les que haya declarado, mediante acto administrativo ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguna de las convocatorias o invitaciones culturales parte de los programas o proyectos de fomento distrital, ya sea por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado Iniciativas durante los años 2024 y 2025.
  5.  Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, personas jurídicas (incluyendo sus miembros) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés según lo establecido en la legislación vigente.

Incentivos


  • Fase 1. Semillas de Arte y Palabra: Formación artística Intercultural e Intergeneracional Del valor total del incentivo, se destinará para esta fase una suma de Cuarenta y siete millones novecientos mil pesos MCTE ($47.900.000), destinado para la formación artística con enfoque intercultural e intergeneracional, que consolida los acuerdos realizados con la comunidad indígena en esta materia.

  • Fase 2. Memorias Vivas en Escena – Festividades y Conmemoraciones Indígenas Del valor total del incentivo, se destinará para esta fase una suma de Trece millones Trescientos cincuenta y siete mil pesos MCTE ($13.357.000), destinado al proceso artístico y cultural asociado con las conmemoraciones y festividades de la comunidad Muisca de Bosa.

  • Fase 3. Semillas en escena Del valor total del incentivo, se destinará para esta fase una suma de Veinticinco millones de pesos MCTE ($25.000.000), destinado a realizar programación artística y puesta en escena en espacio sugerido por el Idartes con al menos, cinco prácticas artísticas en danza y música de la Comunidad Muisca de Bosa.

¿Quién puede participar?

 

Persona Jurídica:

Sujeto de derecho debidamente constituido bajo cualquiera de las modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.

La persona jurídica participante deberá corresponder a una (1) entidad con carácter especial, legalmente constituida por la comunidad Muisca de Bosa, con sede o domicilio en la ciudad de Bogotá.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos de Identificación

Con el fin de acreditar la existencia y representación de la comunidad, se deberá adjuntar en un único PDF el Registro Único Tributario (RUT) emitido por la DIAN, el cual debe incluir el Número de Identificación Tributaria (NIT), que funciona como identificador oficial de la entidad ante el Estado y terceros. Asimismo, se deberá anexar la copia del documento de identidad del representante legal o responsable de la iniciativa y el certificado de existencia y representación legal emitido por la autoridad competente.
Documentos técnicos

Presentación de la iniciativa

Los participantes deben presentar la Iniciativa diligenciando en su totalidad el archivo denominado "2026 Formato para la presentación de la iniciativa integral Muisca de Bosa", el cual se encuentra disponible en el apartado de Anexos. Es de carácter obligatorio mantener la estructura original del formato sin borrar, modificar o alterar los campos solicitados. Este formato es el instrumento técnico central de la iniciativa y contiene la planeación detallada de las tres fases de ejecución: Fase 1 (Semillas de Arte y Palabra), Fase 2 (Memorias Vivas en Escena) y Fase 3 (Semillas en escena). Tenga en cuenta que la información allí plasmada será la base fundamental que el Idartes utilizará para el seguimiento, monitoreo y evaluación de las metas, poblaciones y actividades. Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Se debe diligenciar el presupuesto de la iniciativa en el formato dispuesto para tal fin (Presupuesto.xlsx). Este documento debe evidenciar la correcta distribución del valor total de la invitación ($86.257.000 MCTE), el cual debe distribuirse de la siguiente manera: $47.900.000 para la Fase 1, $13.357.000 para la Fase 2, y $25.000.000 para la Fase 3. Esta distribución es de carácter obligatorio y no podrá realizarse de otra forma. Para formular el presupuesto correctamente, es indispensable tener en cuenta la Guía de presupuesto (Anexo 2). En este formato se deben organizar de manera coherente las actividades con sus respectivos tipos de gasto (como recurso humano, materiales e insumos, divulgación, logística, etc.), detallando cantidades y valores unitarios. Es imperativo que el presupuesto contemple únicamente los gastos permitidos (directamente asociados a la ejecución artística) y excluya los gastos no aceptables detallados en la guía, tales como impuestos, pagos de pólizas, gastos de funcionamiento, imprevistos o elaboración de informes. Descargar plantilla aquí

Anexos

GUIA prevención Violencias Basadas en Género GUIA prevención Violencias Basadas en Género

GUIA para formulación de presupuesto GUIA para formulación de presupuesto

2026 Glosario Muisca de Bosa 2026 Glosario Muisca de Bosa

Guía operativa Invitaciones culturales Guía operativa Invitaciones culturales

Proceso de recomendación

  1. Presentación de la iniciativa:  

Presentación de la Iniciativa: Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de Invitaciones Culturales: www.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece.

  1. Verificación del cumplimiento de requisitos:        

La entidad revisará la documentación administrativa (copia del documento de identidad del representante legal o responsable de la iniciativa, certificado de residencia y certificado de existencia y representación legal) y técnica de la iniciativa artística presentada (formulario de alistamiento debidamente diligenciado, soportes de trayectoria artística o cultural (pueden incluir certificados, publicaciones, registros fotográficos, enlaces a medios digitales, entre otros) y presupuesto detallado de la iniciativa), teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Integridad de los documentos: Se comprobará que todos los documentos requeridos hayan sido presentados completa y correctamente.
  • Cumplimiento de criterios de elegibilidad: Se verificará que los participantes cumplan con los requisitos de esta Invitación Focalizada, entre ellos:
  • Pertenencia y representación comunitaria: La invitación está dirigida exclusivamente al pueblo originario de Bogotá, específicamente a la comunidad Muisca de Bosa, que debe participar activamente en el Consejo Consultivo Indígena de Bogotá. La iniciativa integral debe estar avalada mediante declaración firmada por el representante del cabildo o comunidad.
  • Participación sin duplicidad: Los integrantes del equipo responsable no podrán repetir roles ni datos de contacto, evitando duplicaciones dentro del equipo humano.
  • Criterios de no habilitados: Se excluirán personas con vínculos contractuales vigentes con entidades públicas, quienes hayan ocupado roles específicos en la invitación Semillas de Arte Muisca durante 2025, familiares de servidores públicos o evaluadores con conflicto de interés, personas o agrupaciones con antecedentes de incumplimiento en 2024–2025, y beneficiarios de proyectos derivados del Laboratorio de Cocreación Artefactum.
  • Concordancia de la iniciativa: Se verificará que la iniciativa se ajuste a los objetivos y lineamientos de la invitación.
  1. Recomendación:  

El comité de verificación y recomendación revisará la documentación presentada y, si lo considera necesario, emitirá observaciones y recomendaciones consignadas en el Acta de Recomendación. Estas deberán ser acogidas por los participantes durante la ejecución de la iniciativa.

  1. Notificación de selección:  

El acta y la resolución de iniciativas verificadas y recomendadas, junto con los documentos generados en el proceso, se publicarán en el panel de documentos de la invitación. Los seleccionados serán notificados mediante correo electrónico certificado del acto administrativo que formaliza la adjudicación del incentivo, conforme a lo establecido en el apartado “Compromisos de los seleccionados”.

Causales para no ser habilitado

Para facilitar la adecuada formulación de las iniciativas presentadas en la invitación focalizada, tenga en cuenta las siguientes condiciones:

  1. Restricción de participación de contratistas vinculados a los diferentes sectores de la nación, distrito o de las localidades y de personas seleccionadas en el proyecto especial Laboratorio de Co Creación Artefactum

No podrán participar como parte del equipo ejecutante devengando recurso económico alguno, personas que, desde la fecha de apertura o durante cualquiera de etapas subsiguientes incluida la ejecución, adquieren o mantienen contratos vigentes con entidades del orden nacional, distrital o local en calidad de contratistas. Esta restricción busca garantizar la solicitud de la comunidad de ampliación de oportunidades, permitiendo que otros miembros de la comunidad, que no tienen vínculos contractuales con entidades públicas, puedan acceder a apoyos económicos y visibilización artística, además de garantizar la transparencia y equidad, prevención de conflictos de interés, fortalecimiento comunitario y legitimidad del proceso.

Igualmente, esta restricción se aplicará a los beneficiarios seleccionados en el proceso asociado al proyecto especial Laboratorio de Co Creación Artefactum. De esta manera se garantiza que, en cada uno de los procesos, los participantes asuman de manera juiciosa y responsable las acciones y compromisos derivados de su participación, cumpliendo con las responsabilidades emanadas de cada etapa.

Con el fin de asegurar el cumplimiento de los criterios establecidos, se realizará la verificación de ambas condiciones a través de la plataforma transaccional SECOP II y la información contenida en la página de Datos Abiertos, específicamente el conjunto de datos de los contratos celebrados mediante SECOP II, alimentado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.

Además, la participación en los procesos de fomento mencionados, se verificarán en las plataformas sectoriales cultured.gov.co e invitaciones.scrd.gov.co.

2. Restricción de participación por desempeño previo de roles en Invitación focalizada Idartes 2025 – Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Co-Creación, Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá:

No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que, durante el año inmediatamente anterior (2025), hayan desempeñado los siguientes roles en el marco de la Invitación focalizada Idartes 2025 – Semillas de Arte Muisca en el Cabildo Bosa: Co-Creación, Formación y Circulación Artística del Pueblo Originario de la Ciudad de Bogotá:

  • Coordinador(a) General
  • Comunero(a) para seguimiento
  • Encargado(a) de Relaciones Públicas (Comunicaciones)
  • Coordinador(a) de Decoración y Carrozas de los procesos artísticos propuestos

Esta restricción responde a la solicitud de la comunidad de ampliar las oportunidades de participación, permitiendo que otros miembros asuman estos roles. Con ello, se busca fomentar la rotación de responsabilidades y fortalecer las capacidades de nuevos comuneros dentro de los procesos artísticos y culturales.

La verificación de esta condición se realizará sobre la propuesta formulada en el año 2025 y conforme con los soportes de su ejecución.

 3. Otras prohibiciones específicas:

a. Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en la asesoría, preparación o elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación; así como quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento, su mesa técnica o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.

b. Parentesco con servidores públicos: Quedan excluidas las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).

c. Miembros del comité de verificación o selección: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de selección o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).

 4. Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas (incluyendo sus miembros) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) a quienes se les que haya declarado, mediante acto administrativo ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguna de las convocatorias o invitaciones culturales parte de los programas o proyectos de fomento distrital, ya sea por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado Iniciativas durante los años 2024 y 2025.

 5. Restricciones Legales: No podrán ser habilitados las personas naturales, personas jurídicas (incluyendo sus miembros) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) que presenten restricciones de participación, incompatibilidades o conflictos de interés según lo establecido en la legislación vigente.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos para la ejecución

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación, al correo suministrado por el ganador, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasado el término indicado la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización de este, se entenderá que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.

Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:

    1. Certificado bancario del Representante de la forma o expresión organizativa raizal desde la cual fue enviada la presente iniciativa, no mayor a un mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional: Debe incluir el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

    1. Cédula de Ciudadanía del representante legal de la persona jurídica.  
    2. Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La póliza debe amparar el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este y cuatro (4) meses más.
    3. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir esta póliza, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del Idartes. 
      1. La iniciativa seleccionada deberá acoger, en el momento oportuno, las recomendaciones técnicas formuladas por el comité de verificación y recomendación del Idartes, así como cumplir con las condiciones establecidas en el cronograma, la descripción, los requisitos específicos de la invitación, las restricciones de participación, los compromisos de la entidad y las consecuencias previstas en caso de incumplimiento. En caso de requerirse, deberá entregar dentro del plazo estipulado el plan de mejora correspondiente. Este proceso quedará registrado en un acta que dará constancia de la atención a la solicitud realizada por el Idartes.
      2. El o los responsables de la iniciativa seleccionada deberá asistir de manera puntual a todas las reuniones convocadas por el Idartes, ya sean presenciales o virtuales, así como a las visitas y demás encuentros programados por el equipo de supervisión.
      3. En caso de que la iniciativa contemple actividades, eventos o intervenciones en el espacio público, la propuesta seleccionada deberá gestionar los permisos y autorizaciones correspondientes, conforme a lo establecido en el Decreto 315 de 2024 o en la normativa aplicable. Este trámite deberá adelantarse ante las autoridades competentes, respetando los lineamientos fijados por el Distrito y garantizando el cumplimiento de las condiciones estipuladas. Las condiciones incluyen:
          1. Obtención previa de permisos.
          2. Respeto por el entorno mediante la adecuada gestión de residuos según su clasificación.
          3. Preservación del mobiliario urbano.
          4. Manejo responsable del sonido, evitando superar los decibeles permitidos por la normativa distrital.
          5. Uso del espacio público dentro de los horarios autorizados, ajustándose estrictamente a los tiempos aprobados.  Asimismo, se prohíbe: 
        1. La instalación de estructuras ancladas al suelo que alteren de manera permanente el espacio público.
        2. La realización de ventas no autorizadas o comercio informal en zonas restringidas.
        3. Cualquier uso que contravenga la destinación del espacio público, incluyendo el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas.
      4. La iniciativa seleccionada deberá incluir, conforme al manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones y demás materiales relacionados, previa aprobación del equipo responsable de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.                Asimismo, la iniciativa seleccionada se compromete a garantizar el manejo adecuado de la imagen institucional y la reputación del Idartes, siguiendo las orientaciones de la Oficina Asesora de Comunicación y bajo el acompañamiento del equipo de supervisión.De igual manera, deberá suscribir los documentos que autoricen la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa y su uso con fines de divulgación, así como cualquier otro que el Idartes requiera para estos efectos.
      5. La iniciativa seleccionada deberá mantener indemne al Idartes frente a cualquier reclamación relacionada con el contenido de las propuestas. Para tal fin, se solicita el envío del logo de la organización participante o, en caso de no contar con uno, la indicación expresa del nombre de la organización. Esta exigencia se fundamenta en que los recursos utilizados corresponden a fondos públicos, lo que obliga a garantizar transparencia y una adecuada visibilidad institucional.
      6. La iniciativa seleccionada deberá asistir puntualmente a las sesiones de acompañamiento programadas por el mentor o la mentora asignada. Se aclara que la labor de los mentores no incluye la asesoría en la elaboración de informes o reportes de gestión, ni la gestión de solicitudes de equipamientos culturales que puedan requerirse para el desarrollo de la iniciativa.
      7. La iniciativa seleccionada deberá atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de procesos administrativos, o en actuaciones previas a estos, por presunto incumplimiento total o parcial que se llegaran a presentar durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo con los señalado en la presente invitación y mantener actualizados sus canales electrónicos y físicos de notificación y envío de información, durante el proceso.
      8. La iniciativa seleccionada deberá ejecutar de manera adecuada la propuesta ganadora, sin incurrir en situaciones de violencia física o verbal hacia otros ganadores, personas, instituciones vinculadas al proyecto o terceros, garantizando en todo momento que no haya una alteración al orden que pueda ser provocada o en la que participe la persona jurídica (representante representante legal y miembros de la junta directiva), o cualquier persona que actúe en representación o que haga parte del equipo ejecutor de la propuesta. 
        Nota: En caso de incumplimiento de este deber la Entidad podrá retirar al participante de las actividades propuestas y, posteriormente, mediante acto administrativo, retirar total o parcialmente el estímulo asignado, previa verificación del porcentaje real de ejecución. Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas a que haya lugar, dando cumplimiento a lo establecido en la presente invitación.
      9. La iniciativa seleccionada deberá entregar un informe integral final, el cual se diligenciará únicamente en la carpeta Drive con enlace asignado e informado por el Idartes. Este informe deberá incluir: 
        a. Informe de seguimiento
        1. Diligenciar el formato correspondiente que permite a la supervisión contrastar lo planeado en el formulario de alistamiento con lo que realmente será ejecutado en cada fase y etapa. La supervisión verificará el cumplimiento de metas, actividades, cronograma, responsables y recursos planificados midiendo la gestión con indicadores de gestión.
          b. Reporte de gastos
          Presentar un informe acompañado de los soportes que evidencien la correcta utilización de los recursos otorgados por el Idartes.
          • Las cuentas de cobro deberán estar respaldadas con: Registro Único Tributario (RUT), comprobantes de egreso y documento de identidad.
            c. Piezas comunicativas
          • Entregar las piezas de comunicación correspondientes a cada fase o etapa de la invitación.
          • Adjuntar fotografías y videos que documenten la realización de cada actividad del plan inicial.
          • Se requiere un mínimo de cinco (5) fotografías y un (1) video por actividad.
            d. Registro audiovisual o sonoro
          • 11. Elaborar un registro que responda a las preguntas clave definidas por el Idartes, constituyendo la memoria social del proceso en cada etapa.
          • 12. Las respuestas podrán ser diligenciadas por el equipo ejecutor o por los beneficiarios/participantes.
            Las preguntas por desarrollar son las siguientes: 
            1. ¿Cuál es el contexto y los objetivos de cada fase?
            2. ¿Cómo se describe la comunidad beneficiaria y quiénes son los participantes? (número, características poblacionales, localidades, edades, pertenencia étnica, forma de convocatoria).
            3. ¿Qué metodología se utilizó para fomentar la práctica artística?
            4. ¿Cómo se evaluaron los resultados y logros artísticos alcanzados?
            5. ¿Cuáles fueron los desafíos enfrentados y cómo se superaron?
            6. ¿Qué lecciones se aprendieron y cuál es la reflexión crítica sobre lo ejecutado?
            7. Recopilar al menos tres testimonios de beneficiarios por fase, donde se expongan experiencias personales y el impacto cultural generado.
            8. . Caracterización de artistas
              • Solicitar a los artistas participantes (solamente), el diligenciamiento de la caracterización como agentes del sector.
              • Incluir el diagnóstico artístico de su comunidad, con el fin de consolidar información relevante para el fortalecimiento de los procesos artísticos y creativos.


Incumplimientos:

De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación focalizada, la no ejecución de los compromisos por parte de los seleccionados implica un incumplimiento. En tal caso, la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes. Si no se atienden los requerimientos o compromisos acordados, se adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Esto se realizará conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011 y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.

Adicionalmente, como consecuencia del proceso legal que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo, conllevando a la restricción de no poder participar por el término de dos (2) años en las invitaciones focalizadas y culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes.


Beneficios

La iniciativa seleccionada recibirá el incentivo económico correspondiente, distribuido en dos desembolsos:

  • Primer desembolso (90%): Se entregará el noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución de seleccionados y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho acto administrativo.
  • Segundo desembolso (10%): El diez por ciento (10%) restante se otorgará tras el cumplimiento de todos los compromisos asumidos por el proponente y la presentación del informe final de actividades, junto con el reporte de gastos y sus respectivos soportes. Este desembolso estará sujeto a la certificación de cumplimiento emitida por IDARTES.

Nota: Los desembolsos se realizarán únicamente previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos definida en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le aplicarán las retenciones correspondientes según la normatividad tributaria vigente, las cuales deberán ser asumidas por el proponente seleccionado de acuerdo con su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y a la programación de pagos de la Entidad.

2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.

3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.