La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, en alianza con el Centro Felicidad Chapinero (CEFE), invita a personas naturales, agrupaciones y personas jurídicas vinculadas al sector de las artes, que tengan sede en la localidad de Chapinero, desarrollen allí sus actividades o aporten al fortalecimiento del ecosistema cultural local, a participar en la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales CEFE Chapinero 2026, la cual busca fortalecer la circulación, visibilización y acceso a las artes visuales y plásticas en la localidad. Esta invitación tiene como propósito impulsar la proyección de creadores y colectivos, dinamizar la oferta cultural, fomentar la diversidad de formatos expositivos e innovadores, y generar experiencias de encuentro entre el arte y la ciudadanía, reconociendo a Chapinero como un territorio creativo.
De esta manera, la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales se configura como un espacio para destacar el trabajo de artistas locales y sus conexiones con la ciudad, propiciando la articulación entre instituciones, colectivos y escenarios culturales de la localidad, y contribuyendo al fortalecimiento del ecosistema artístico mediante el diálogo, la circulación y la participación activa de la comunidad.
Lo que se busca en las iniciativas:
Las iniciativas deberán plantear acciones expositivas, instalativas o performativas que:
Promuevan nuevas formas de relación entre el arte, el espacio y la comunidad.
Fortalezcan el tejido artístico y cultural de la localidad mediante experiencias creativas.
Exploren lenguajes contemporáneos, experimentales o tradicionales que dialoguen con la ciudad.
Generen procesos de circulación y mediación con públicos diversos.
Podrán participar iniciativas individuales o colectivas que representen distintas disciplinas y perspectivas de las artes visuales y plásticas, priorizando aquellas que aporten enfoques innovadores, inclusivos y con perspectiva territorial.
Incentivos y beneficios: Los participantes seleccionados recibirán:
Incentivos económicos asignados de acuerdo con el puntaje obtenido en el proceso de evaluación. Se seleccionarán las primeras 16 iniciativas por orden de elegibilidad como ganadoras de un incentivo económico de $15.625.000 para cada una
Acceso a espacios expositivos del CEFE Chapinero, incluyendo salas, halles culturales y zonas alternativas.
Difusión y visibilidad de su iniciativa a través de las plataformas y canales de la SCRD y aliados estratégicos.
La distribución de incentivos se realizará por orden de puntaje: los proyectos con mayor calificación en el proceso de evaluación serán reconocidos como ganadores y priorizados para la asignación de recursos y espacios expositivos.
Condiciones de participación: Cada persona natural, agrupación o persona jurídica podrá presentar una (1) única iniciativa como proponente principal.
No obstante, una persona natural que haga parte de una agrupación o persona jurídica podrá también postularse de manera individual como proponente principal, siempre que la iniciativa presentada sea distinta a la de la agrupación o persona jurídica de la cual hace parte. En ningún caso podrá presentarse más de una vez con la misma iniciativa.
Cada proyecto deberá contemplar la realización de al menos una (1) exposición, instalación, intervención o muestra artística entre julio y septiembre de 2026, en los espacios expositivos del Centro Felicidad Chapinero (CEFE) o en otros escenarios culturales dentro de la localidad de Chapinero gestionados por el propio participante seleccionado.
La duración, fechas y horarios de exhibición de cada muestra serán definidos conjuntamente entre el equipo de programación del CEFE Chapinero y los artistas o colectivos seleccionados, de acuerdo con la disponibilidad de espacios, el cronograma general de la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales CEFE 2026, y las condiciones técnicas de cada proyecto.
Quedará no habilitado la o el participante que haya sido ganador de alguna de estas Invitaciones Culturales:
- “Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local”
- “Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales”
Modalidad de presentación:
Las iniciativas podrán desarrollarse en una o varias fases de exhibición, siempre que se mantenga la coherencia curatorial y se garantice el cumplimiento del periodo general de ejecución establecido en la invitación.
Todas las iniciativas deberán especificar claramente si cuentan o no con tiempos consecutivos o exhibiciones por etapas, desarrollando a profundidad las necesidades técnicas, la justificación, las fechas tentativas y los espacios previstos. Así mismo, deberá tener en cuenta que los tiempos de montaje y desmontaje de cada etapa no podrán exceder de 3 a 5 días hábiles, los cuales deberán quedar explícitamente indicados dentro del cronograma propuesto. El tiempo de montaje y desmontaje no se contabilizará dentro del período de exhibición al público, por lo que deberá contemplarse como tiempo adicional en la planeación general del proyecto.
La programación definitiva será acordada con el equipo de programación del CEFE Chapinero, según la disponibilidad de espacios y la articulación con la agenda de la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales CEFE 2026.
Las y los participantes conservarán la titularidad de los derechos morales y patrimoniales sobre sus obras. Sin embargo, al aceptar el incentivo, autorizan a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y al Centro Felicidad Chapinero (CEFE) para el uso no exclusivo de las imágenes, registros audiovisuales y demás materiales derivados de la iniciativa, con fines de divulgación, memoria institucional y promoción cultural, sin ánimo de lucro.
Toda reproducción o difusión de las obras deberá respetar los créditos de autoría, curaduría y producción correspondientes, según la información suministrada por los participantes y los lineamientos de la SCRD.
Nota. Al momento de inscribirse, cada participante asume y garantiza que es el autor o autora de las obras presentadas, o que cuenta con las autorizaciones, licencias o permisos necesarios para su exhibición pública. La SCRD y el CEFE Chapinero no serán responsables por reclamaciones de terceros derivadas del incumplimiento de esta declaración, quedando la responsabilidad a cargo exclusivo del participante.
Para cualquier inquietud, duda o aclaración, comuníquese a: convocatorias@scrd.gov.co
Verificación: El Centro Felicidad Chapinero (CEFE), en articulación con la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), será el encargado de realizar la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente invitación. Esta etapa incluirá la revisión de la documentación aportada, la claridad y accesibilidad del material presentado (textos, imágenes, videos y enlaces), así como la confirmación de la trayectoria y de los requisitos mínimos exigidos para cada perfil participante. Solo las iniciativas que cumplan con todas las condiciones administrativas y técnicas tanto de las condiciones específicas de la invitación, como las de la guía operativa, serán habilitadas para avanzar a la etapa de evaluación. Esta invitación no contempla período de subsanación, por lo cual es responsabilidad exclusiva del participante verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos antes de realizar el envío.
Evaluación y selección: La evaluación será realizada por un comité de selección ad honorem, conformada por profesionales en el campo de las artes visuales, curaduría, gestión cultural y producción, designados por la SCRD.
Este comité evaluará cada iniciativa de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes condiciones. Aquellas que obtengan un puntaje mínimo de setenta (70) puntos sobre 100 serán consideradas elegibles.
En caso de presentarse un empate, se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor calificación en el criterio de calidad conceptual, artística y curatorial.
El resultado de la evaluación se consignará en un acta de recomendación suscrita por el comité de selección, la cual será acogida mediante acto administrativo expedido por la SCRD. Contra dicho acto procederán los recursos de ley establecidos.
Finalmente, la publicación oficial de resultados se realizará a través del micrositio web de la invitación cultural, donde se publicará la resolución que formaliza la selección de las iniciativas ganadoras.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..
La o el participante se inscribió a la categoría equivocada.
La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).
La o el participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa
Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.
La o el participante es beneficiario de la “Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local” y la “Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales”
Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Las y los artistas, colectivos o entidades seleccionadas en la Invitación Cultural Ruta de las Artes Plásticas y Visuales – CEFE Chapinero 2026 deberán cumplir con los siguientes compromisos durante el proceso de producción, exhibición, circulación y cierre del proyecto:
Cumplimiento normativo: Cumplir con todas las normas legales, técnicas, de derechos de autor, laborales y de seguridad vigentes, así como con las regulaciones que rigen el uso de los espacios culturales públicos.
Aceptación del incentivo: Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la SCRD el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo los ganadores deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, el participante deberá hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.
Póliza: Presentar la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo económico, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por mínimo el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador, y estar acompañadas por el soporte de pago y por las condiciones generales que la rigen.
Entrega de documentación: Presentar en los plazos establecidos todos los documentos requeridos para el otorgamiento del incentivo, seguimiento, evaluación y cierre del proceso.
Puntualidad y participación: Asistir a todas las reuniones, encuentros técnicos, espacios de divulgación, ensayos, actividades de prensa y presentaciones acordadas con la SCRD y el CEFE Chapinero.
En caso de que los montajes, desmontajes o exhibiciones coincidan con eventos institucionales o actividades programadas en el CEFE, la agenda será coordinada de manera conjunta con el equipo técnico y de programación del centro, con el fin de garantizar una adecuada convivencia de actividades y el correcto desarrollo de la muestra.
Se permite la instalación de elementos de visibilidad, señalética, textos curatoriales o recursos gráficos dentro del área expositiva o en su entorno inmediato, siempre que no afecten la movilidad, la seguridad ni la estética del espacio.
Al finalizar el proceso, los espacios deberán ser entregados en las mismas condiciones en que fueron recibidos, sin residuos, daños ni elementos adheridos.
Cualquier solicitud de visibilidad adicional en zonas comunes o áreas externas deberá ser previamente coordinada y aprobada por el equipo del CEFE Chapinero.
La presente invitación cuenta con recursos económicos por un total de $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos colombianos) destinada a fortalecer la circulación, exhibición, producción y mediación de las artes visuales y plásticas en la localidad de Chapinero en el marco de la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales CEFE Chapinero 2026.
Los recursos serán distribuidos de la siguiente manera:
Proyectos seleccionados – $250.000.000:
Se otorgarán hasta dieciséis (16) incentivos económicos, cada uno por un valor de $15.625.000 (quince millones seiscientos veinticinco mil pesos colombianos), destinados a cubrir los costos asociados a la producción, montaje, transporte, circulación, desmontaje, mediación y documentación de las iniciativas seleccionadas.
Cada proyecto deberá contemplar la realización de al menos una (1) exposición, instalación, intervención o muestra artística, en los espacios expositivos del Centro Felicidad Chapinero (CEFE) o en otros escenarios culturales que se encuentren dentro de la localidad de Chapinero y que sean gestionado por el participante seleccionado.
El tiempo estimado de exhibición será concertado entre el equipo de programación del CEFE y el participante, de acuerdo con la naturaleza del proyecto, la disponibilidad de los espacios y la agenda general de la Ruta de las Artes Plásticas y Visuales CEFE Chapinero 2026. En promedio, las exhibiciones podrán tener una duración de entre una y tres semanas.
La persona natural o jurídica deberá certificar su trayectoría y residencia en la localidad de chapinero.
En caso de que la oferta expositiva del CEFE se encuentre con cupo completo, las y los seleccionados podrán gestionar la circulación de su proyecto en otros espacios de Chapinero sin que ello afecte el otorgamiento del incentivo.
Desembolso:
Primer desembolso (80 %): se realizará una vez los participantes hayan entregado la documentación requerida para la legalización del incentivo.
Segundo desembolso (20 %): se efectuará posterior a la entrega y validación del informe final de ejecución, el cual deberá incluir los soportes y evidencias de cumplimiento definidos por el CEFE Chapinero y la SCRD.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.
Verificación, evaluación y resultados: Realizar la verificación de requisitos, la evaluación por parte de la terna de jurados ad honorem y la publicación de resultados conforme al cronograma.
Condiciones para la circulación: Proveer las condiciones físicas mínimas para el desarrollo de exhibiciones, instalaciones, intervenciones o muestras (uso de espacios del CEFE, cuando haya disponibilidad) y coordinar la agenda de programación.
Acompañamiento técnico y curatorial: Brindar orientación técnica para montaje/desmontaje, lineamientos de seguridad y conservación, así como articulación curatorial y operativa necesaria para la correcta ejecución de los proyectos.
Difusión y visibilidad: Incluir a los seleccionados en la agenda cultural y en las acciones de comunicación institucional del CEFE y la SCRD, conforme a lineamientos de marca.
Acto administrativo y desembolso: Expedir el acto administrativo que acoge la recomendación del comité evaluador y adelantar las gestiones para el desembolso del incentivo económico una vez se cumplan los requisitos y entregables.
Seguimiento y control: Realizar seguimiento técnico y administrativo, pudiendo solicitar ajustes, informes o evidencias adicionales para efectos de control y cierre.
Protección de datos: Garantizar la confidencialidad y tratamiento de los datos personales de acuerdo con la normatividad vigente; la información será utilizada exclusivamente para fines de la invitación.
Medidas por incumplimiento: En caso de incumplimiento, la entidad podrá suspender o retirar el incentivo económico, inhabilitar la participación en futuras invitaciones y/o aplicar otras medidas pertinentes según la gravedad del caso, sin perjuicio de las acciones legales o administrativas a que haya lugar.
Contacto: Para cualquier inquietud o aclaración, escribir a: convocatorias@scrd.gov.co